Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Técnico profesional en Seguridad y Salud Ocupacional categoría A El prestador deberá tener bajo su responsabilidad un técnico profesional en Seguridad y Salud Ocupacional categoría A y habilitado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ya como Personal permanente de la empresa, demostrado con la planilla de Seguro Social de los últimos 6 (seis) meses anteriores a la presentación de la oferta con Contrato laboral en carácter homologado por el Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social o contar con los servicios especializados externos en Medicina, Higiene. Ante dicha solicitud como parte de calificación del PBC quisiéramos saber si habría la posibilidad de comprobar que contamos con el Técnico Profesional de Categoría A de manera externa, pero a través de un contrato privado y/o facturas de pagos y no así con las planillas de Seguro Social. Además, no es necesario que se encuentre dentro del plantel de funcionarios inscriptos en IPS, pues la calidad del servicio sigue siendo el mismo ya que contamos con el respaldo de dicho profesional. 12-10-2022 21-10-2022
2 Capacidad Tecnica 4. Certificado de Capacitación realizado por el personal de limpieza de la empresa oferente, la misma será Certificada por la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA). Se requerirá de manera obligatoria una capacitación. En cuanto al siguiente requisito solicitamos a la convocante modificar por Declaración Jurada donde el adjudicado se compromete a presentar capacitación de personales en DIGESA, teniendo en cuenta todos los llamados a licitaciones del Ministerio de Salud realizaron dicha modificación de manera a fomentar la participación de potenciales oferentes. 17-10-2022 21-10-2022
3 Suministros y Especificaciones técnicas Una vez culminado el contrato los aparatos de seca manos eléctricos, aparatos eléctricos de extracción de malos olores, aparatos aromatizantes de ambientes con temporalizador serán retirados por la empresa. Los dispensers para los sanitarios públicos y privados, para toallas interfoliadas, para jabón líquido o en espuma, pasaran a formar parte de las instalaciones de la DIGIES en forma definitiva. SE SOLICITA LA MODFICACION DE ESTE REQUISITO, la convocante debe tener en cuenta que se esta prestando servicio tercrizado de limpieza, no adquisicion de equipos. Prestamos un servicio con valores agregados que son la provisión de equipos EN COMODATO. 17-10-2022 21-10-2022
4 Requisitos Aplicación de insecticidas para combatir cucarachas, moscas, termitas y todos tipos de insectos. A modo de respetar el medio ambiente, la empresa utilizará productos no contaminantes para la fumigación, se solicita que la empresa de limpieza está habilitada por el Mades y poseer el certificado de IMPACTO AMBIENTAL VIGENTE, como así también sus operarios fumigadores deberán estar habilitados por DIGESA. LAS EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIO NO ESTÁN INCLUIDOS PARA LA CATEGORÍA SOLICITUD DE CERTIFICADO DE IMPACTO AMBIENTAL. Favor aclarar en base a que análisis se solicito dicho requisito, teniendo en cuenta la REGLAMENTACIÓN DEL MADES. La convocante esta cayendo en total desconocimiento incluyendo requisitos que solo intentan favorecer a cierto grupo de empresas. 17-10-2022 21-10-2022
5 Requisitos Los productos para la fumigación deben cumplir con las regulaciones nacionales para el uso de insecticidas y que no tengan impacto ambiental y no ser nocivos para seres humanos. Los productos a utilizarse para la fumigación deben ser los autorizados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social a través de la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA) y /o por el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE), según corresponda de PIRETROIDE, IMIDACLOPRID, RATICIDA; y Registro sanitario vigente y autorización del Fabricante o representante del INSECTICIDA (Alfacipermetrina al 0,3%, D-aletrina al 0.3%, Piriproxifen al 0,063%, insecticida de baja toxicidad, para controlar todo tipo antropodos y plagas). Sobre dicho requisito se solicita la exclusión de AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE, este tipo de exigencias caen en maniobras conocidas que favorecen solo ciertas empresas que cuenta con dicho documento, y que hasta se considera absurdo en vista que se accede a la provisión de los productos con total facilidad pero no al documento, se vuelve a recalcar que estamos proveyendo SERVICIO y no adquisición de productos, 17-10-2022 21-10-2022
6 Requisitos El prestador deberá tener bajo su responsabilidad un técnico profesional en Seguridad y Salud Ocupacional categoría A y habilitado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ya como Personal permanente de la empresa, demostrado con la planilla de Seguro Social de los últimos 6 (seis) meses anteriores a la presentación de la oferta con Contrato laboral en carácter homologado por el Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social o contar con los servicios especializados externos en Medicina, Higiene. En cuanto a dicho requisito, no existe ninguna REGLAMENTACION el cual exige contar con dicho profesional dentro del listado de personales permanentes de una empresa, solo habla de la capacitaciones y certificaciones parte del mismo. Contar con un personal con antigüedad de 1 mes o presentar contrato de prestación de servicio se podria dar por cumplido dicha exigencia. 17-10-2022 21-10-2022
7 MATERIALES E INSUMOS EXTRAS A SER UTILIZADOS Una vez culminado el contrato los aparatos de seca manos eléctricos, aparatos eléctricos de extracción de malos olores, aparatos aromatizantes de ambientes con temporalizador serán retirados por la empresa. Los dispensers para los sanitarios públicos y privados, para toallas interfoliadas, para jabón líquido o en espuma, pasaran a formar parte de las instalaciones de la DIGIES en forma definitiva. SE SOLICITA LA MODFICACION DE ESTE REQUISITO, la convocante debe tener en cuenta que se está prestando un servicio tercerizado de limpieza, y no asi la adquisición de equipos. Prestamos los servicios que son equipos EN COMODATO, aun así, solicitamos una explicación detallada de las características técnicas, tamaño, origen del bien requerido, para así poder lograr una competencia sana al momento de ofertar, ya que existen un sinfín de tipos de dispenser. 18-10-2022 21-10-2022
8 REQUISITOS- MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE JARDINES Los productos para la fumigación deben cumplir con las regulaciones nacionales para el uso de insecticidas y que no tengan impacto ambiental y no ser nocivos para seres humanos. Los productos a utilizarse para la fumigación deben ser los autorizados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social a través de la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA) y /o por el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE), según corresponda de PIRETROIDE, IMIDACLOPRID, RATICIDA; y Registro sanitario vigente y autorización del Fabricante o representante del INSECTICIDA (Alfacipermetrina al 0,3%, D-aletrina al 0.3%, Piriproxifen al 0,063%, insecticida de baja toxicidad, para controlar todo tipo artrópodos y plagas). Sobre dicho requisito solicitamos se excluya esas documentaciones ya que el producto que contiene esos componentes es representada única y exclusivamente por MATHER COMPANY, lo cual indefectiblemente limita a VARIOS oferentes a la participación en este llamado y varios otros utilizando en el mismo mecanismo, este tipo de exigencias caen en maniobras conocidas que favorecen solo a ciertas empresas amigas que cuenta con dicho documento o con la cual han llegado a acuerdos, y que hasta se considera absurdo en vista que se accede a la provisión de los productos con total facilidad, resultando un REQUERIMIENTO INNECESARIO que no ayuda ni garantiza a una buena ejecución del servicio, por lo cual solicitamos una explicación detallada del motivo de solicitud de tales documentos. Este requerimiento es contrario al Articulo 4 Principios Generales, sobre todo en los incisos b. Igualdad y Libre Competencia y c. Transparencia y Publicidad de la ley 2051/03. Ley 4956/13 de defensa de la competencia en que los siguientes artículos expresa: 2° en su inciso 2: "Se prohíbe el abuso de posición dominante, así como todas las prácticas, conductos o recomendaciones individuales o concertadas que tengan por efecto u objeto, restringir, limitar, obstaculizar, distorsionar o impedir la competencia existente o futura en el mercado relevante". 3° la presente ley es aplicable a todos los actos, prácticas o acuerdos llevados a cabo por personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio legal en el país o en el extranjero, sean de derecho público o privado, o cualesquiera entidades que desarrollen actividades económicas, con o sin fines de lucro, y que produzcan efecto sobre competencia, en todo o en parte del territorio nacional, excepto las limitaciones establecidas por Ley, debidamente justificadas por razones de interés general. 4° "LA COMPETENCIA PRESUPONE LA LIBERTAD DE COMPRA, VENTA Y ACCESO AL MERCADO EN CONDICIONES EFICIENTES Y NO DISCRIMINATORIAS, SIN OTRAS RESTRICCIONES QUE LAS DERIVADAS DE LA LEY" 18-10-2022 21-10-2022
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