Entre MUNICIPALIDAD DE CIUDAD DEL ESTE, domiciliada en AV PIONEROS DEL ESTE Y ALEJO GARCIA ESQ EUSEBIO AYALA, República del Paraguay, representada para este acto por________________________, con cédula de identidad N° ________, denominada en adelante la contratante, por una parte, y, por la otra, la firma ____________, domiciliada en ___________________________________, República del Paraguay, representada para este acto por _________________________________, con cédula de identidad N° ________________,según Poder Especial otorgado por_________________________, denominada en adelante la CONTRATISTA, identificadas en conjunto como "LAS PARTES" e, individualmente, "PARTE", acuerdan celebrar el presente "CONTRATO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRA, el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
El objeto del contrato es:
CONSTRUCCIÓN Y RECONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y EMPEDRADOS - PLURIANUAL EJERCICIOS 2022/2023
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del Contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID N°: 419066.
El presente Contrato es el resultado del procedimiento de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 13/22, convocado por la MUNICIPALIDAD DE CIUDAD DEL ESTE. La adjudicación fue realizada según acto administrativo N°_______.
El plazo de vigencia del presente Contrato será desde la fecha de suscripción hasta el cumplimiento total de las obligaciones con el otorgamiento de la recepción definitiva de las obras.
Ítem |
Código de Catalogo |
Descripción del Bien |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Precio Unitario (IVA incluido) |
Precio Total |
|
|
|
|
|
|
|
TOTAL |
|
120 (CIENTO VEINTE) DÍAS CORRIDOS CONTADOS DESDE LA RECEPCIÓN DE LA ORDEN DE INICIO para los Lotes 5, 7, 17, 25, 27, 28 y 29; 90 (NOVENTA) DÍAS CORRIDOS CONTADOS DESDE LA RECEPCIÓN DE LA ORDEN DE INICIO para los Lotes 1, 3, 4, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 18, 19, 20, 21, 23, 24, 26, 31, 32 y 33; y 60 (SESENTA) DÍAS CORRIDOS CONTADOS DESDE LA RECEPCIÓN DE LA ORDEN DE INICIO para los Lotes 2, 22 y 30.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
La administración del contrato estará a cargo del Sr. Edgar Arnaldo Núñez Bernal, designado según Resolución N° 2194/I.M. dependiente de la Dirección de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Ciudad del Este como Administrador de Contrato.
El programa de ejecución de los trabajos es el establecido en la oferta, conforme con las Condiciones Contractuales.
El porcentaje, número y fechas de entrega de anticipos y amortizaciones son los determinados en las Condiciones Contractuales.
La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, será equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total del Contrato, que podrá ser presentada mediante una Póliza de Seguros o de una Garantía Bancaria, dentro de los 10 (diez) días posteriores a la firma del Contrato.
La Garantía de Anticipo, será del 100 % (cien por ciento) del valor entregado como Anticipo Financiero, y podrá ser presentada mediante una Póliza de Seguros o de una Garantía Bancaria, dentro de los 10 (diez) días posteriores a la firma del Contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en el pliego de bases y condiciones. Superado el monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas”, caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 72 de la Ley N° 2051/2003 “De Contrataciones Públicas”, modificado por Ley N° 6716/2021.
LOTE N° |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
UBICACIÓN |
1 | Construcción de empedrado | KM 9 ACARAY |
2 | Construcción de empedrado | KM 5 MARIA AUXILIADORA |
3 | Construcción de empedrado | KM 10 ACARAY FRACCION ÑU PORA CALLE B |
4 | Construcción de empedrado | KM 10 ACARAY FRACCION LA CHACRA |
5 | Construcción de empedrado | KM 10 FRACCION ÑU PORA |
6 | Construcción de empedrado | KM 10 ACARAY FRACCION SANTA ELENA Y VILLA SOFIA |
7 | Construcción de empedrado | KM 12 ACARAY |
8 | Construcción de empedrado | KM 12 ACARAY FRACCION EL PORVENIR |
9 | Construcción de empedrado | KM 11 ACARAY ASENTAMIENTO BELLO HORIZONTE |
10 | Construcción de empedrado | KM 7 1/2 ACARAY BARRIO MARIA AUXILIADORA |
11 | Construcción de empedrado | KM 5 BARRIO MARIA AUXILIADORA |
12 | Construcción de empedrado | BARRIO ACARAY FRACCION LETICIA |
13 | Construcción de empedrado | KM 10 ACARAY YERBAL 1 |
14 | Construcción de empedrado | KM 12 MONDAY FRACCION LIDER |
15 | Construcción de empedrado | DON BOSCO FRACCION SANTA TERESA |
16 | Construcción de empedrado | KM 12 ACARAY FRACCION SUEÑO DORADO |
17 | Construcción de empedrado, canalizacion y reparacion de Puente | BARRIO 23 DE OCTUBRE ASENTAMIENTO SAN MIGUEL |
18 | Construcción de empedrado | BELLO HORIZONTE KM 11 Y 12 ACARAY |
19 | Construcción de empedrado | ASENTAMIENTO CIELITO KM 9 ACARAY |
20 | Construcción de empedrado | KM 9 ACARAY FRACCION SAN PAOLI |
21 | Construcción de empedrado | KM 10 MONDAY TERRITORIO SOCIAL DIVINO NIÑO JESUS |
22 | Construcción de empedrado | KM 11 ACARAY ASENTAMIENTO SAN PEDRO |
23 | Construcción de empedrado | KM 4 1/2 ACARAY ASENTAMIENTO MEDALLA MILAGROSA |
24 | Construcción de empedrado | KM 9 ACARAY FRACCION NANCY CECILIA |
25 | Construccion de Canalizacion y empedrado | KM 5 1/2 ASENTAMIENTO VIRGEN DE PRAGA |
26 | Construcción de empedrado | KM 10 FRACCION PORTILLO 2 |
27 | Construcción de empedrado y canalizacion | BARRIO DON BOSCO FRACCION LOS ABUELOS |
28 | Construcción de empedrado | KM 9 1/2 MONDAY FRACCION JAZMIN |
29 | Construccion de canalizacion y empedrado | BARRIO CIUDAD NUEVA FRACCION YCUA KAAGUY |
30 | Construcción de empedrado | KM 7 MONDAY BARRIO CIUDAD NUEVA |
31 | Construcción de empedrado | FRACCION EL PUENTE |
32 | Construcción de empedrado | BARRIO SAN JUAN KM 8 ACARAY |
33 | Construcción de empedrado y canalizacion | KM 6 1/2 MONDAY SAN VICENTE |
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme con las reglas establecidas en la Ley N° 2051/03 y en las Condiciones Contractuales.
Para la ejecución del laudo arbitral o para dirimir cuestiones que no sean arbitrables, las Partes establecen la competencia de los tribunales de la ciudad de Asunción, República del Paraguay.
En prueba de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de ________________, República del Paraguay, a los _________ días del mes de ___________ de ___.
Firmado por ________________________________________ (en nombre de la Contratante)
Firmado por _________________________________________ (en nombre de la Contratista)