Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
31 *- Configuraciones de respaldo En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. SOFTWARE DE GESTION DE VIDEO Y ANALITICA. Configuraciones de respaldo se solicita: Configuraciones de respaldo: El software debe permitir realizar las configuraciones de respaldo para cada servidor la cual debe estar encriptada, incluyendo los siguientes valores como mínimo: Configuración del sitio (usuarios y/o grupos, mapas, páginas web), configuración del servidor (conexiones a dispositivos). Exigido. Estos requerimientos fueron copiados casi textualmente de las especificaciones técnicas del Software de Gestión de Video y Analítica de la marca AVIGILON, y se puede comprobar en el siguiente link del fabricante, páginas 45 y 46, Restaurar la configuración del sistema: https://assets.avigilon.com/file_library/pdf/acc6/avigilon-acc6.14-client-standard-es-rev2.pdf por lo que se puede constatar que apuntan a una única solución de un único fabricante de la marca AVIGILON y por lo tanto es altamente restrictiva; siendo esto una limitante restrictiva a la libre participación de potenciales oferentes. Al respecto, SOLICITAMOS a la Convocante que estos requerimientos sean eliminados y que se reformulen las especificaciones técnicas de manera a permitir la participación de otros potenciales oferentes que cuentan con la experiencia en la implementación de soluciones con Softwares de Gestión de Video y Analítica. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 08-11-2022 17-11-2022
32 *- Reducción de velocidad de imagen En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. SOFTWARE DE GESTION DE VIDEO Y ANALITICA. Reducción de velocidad de imagen se solicita: Reducción de velocidad de imagen: El software debe contar con un parámetro para configurar la reducción de velocidad de imagen cuando la escena este inactiva. Exigido. Estos requerimientos fueron copiados casi textualmente de las especificaciones técnicas del Software de Gestión de Video y Analítica de la marca AVIGILON, y se puede comprobar en el siguiente link del fabricante, página 71, Punto 5 del documento: https://assets.avigilon.com/file_library/pdf/acc6/avigilon-acc6.14-client-standard-es-rev2.pdf por lo que se puede constatar que apuntan a una única solución de un único fabricante de la marca AVIGILON y por lo tanto es altamente restrictiva; siendo esto una limitante restrictiva a la libre participación de potenciales oferentes. Al respecto, SOLICITAMOS a la Convocante que estos requerimientos sean eliminados y que se reformulen las especificaciones técnicas de manera a permitir la participación de otros potenciales oferentes que cuentan con la experiencia en la implementación de soluciones con Softwares de Gestión de Video y Analítica. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 08-11-2022 17-11-2022
33 *- Vinculación En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. SOFTWARE DE GESTION DE VIDEO Y ANALITICA. Vinculación de múltiples fuentes de video a una de audio se solicita: Vinculación de múltiples fuentes de video a una de audio. Si. Exigido. Este requerimiento fue copiado casi textualmente de las especificaciones técnicas del Software de Gestión de Video y Analítica de la marca AVIGILON, y se puede comprobar en el siguiente link del fabricante, página 95, Punto 7 del documento: https://assets.avigilon.com/file_library/pdf/acc6/avigilon-acc6.14-client-standard-es-rev2.pdf por lo que se puede constatar que apuntan a una única solución de un único fabricante de la marca AVIGILON y por lo tanto es altamente restrictiva; siendo esto una limitante restrictiva a la libre participación de potenciales oferentes. Al respecto, SOLICITAMOS a la Convocante que estos requerimientos sean eliminados y que se reformulen las especificaciones técnicas de manera a permitir la participación de otros potenciales oferentes que cuentan con la experiencia en la implementación de soluciones con Softwares de Gestión de Video y Analítica. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 08-11-2022 17-11-2022
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