Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:
Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.
Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y
Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1.Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
6. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
7. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
8. Patente Comercial del muncipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
9. Documentos legales |
9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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9.3. Oferentes en Consorcio. |
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Según el tipo de obligaciones tributarias
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Deberá ser igual o mayor que 1 (uno), en promedio, con datos extraídos de los Balances Generales presentado ante la autoridad tributaria correspondiente a los 3 (tres) últimos Ejercicios Fiscales [2019,2020 y 2021]
No deberá ser mayor a 0,80 (cero con ochenta) en promedio, con datos extraídos de los Balances Generales presentado ante la autoridad tributaria correspondiente a los 3 (tres) últimos Ejercicios Fiscales [2019,2020 y 2021] negativo.
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1(uno), el promedio, con datos extraídos de los formularios 106 Declaración Jurada del Impuesto a la Renta del Pequeño Contribuyentes (IRPC) de los ejercicios fiscales años 2019,2020 y 2021.
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1(uno), el promedio con datos extraídos de los formularios 104 Declaración Jurada del Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal (IRP), de los ejercicios fiscales 2019,2020 y 2021.
General Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1(uno), el promedio con datos extraídos de los formularios 120 Declaración Jurada del Impuesto al Valor Agregado (IVA) General, de los ejercicios fiscales años 2019,2020 y 2021.
Observación: En caso de tratarse de empresas consorciadas, cada integrante deberá cumplir el 100% de los requisitos establecidos
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
a) Balance General y Cuadro de Estado de Estado de Resultados de los años 2019,2020 y 2021 para contribuyente de IRACIS |
b) Formulario N.º 120 IVA General de los años 2019,2020 y 2021, para contribuyentes solo del IVA General |
c) Formulario N.º 106 de los años 2019, 2020 y 2021, para contribuyentes del IRPC |
d) Formulario N.º 104 de los años 2019, 2020 y 2021, para contribuyentes de Renta Personal |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
a) Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente individual, o en caso de consorcio cada miembro del consorcio deberá cumplir con los siguientes índices: Que cuente como mínimo con 3 (tres) años, (2019, 2020 y 2021) de existencia en el mercado, para lo cual se debe presentar copia de apertura de negocios en la SSET. |
b) Patente comercial vigente al inicio de la etapa competitiva de la SBE, del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. |
c) Demostrar la experiencia en Mantenimiento y Reparación de vehículos con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 3 (tres) últimos años 2019, 2020 y 2021. Se podrán presentar la cantidad de facturas y/o contratos y/o recepciones finales, siempre y cuando hayan sido ejecutados en los periodos mencionados, hasta llegar al porcentaje requerido, todas las facturas y/o contratos presentados deberán contar con la constancia de buen cumplimiento de contrato. |
d) Presentación de Licencia Ambiental emitida por la MADES (Ministerio del ambiente desarrollo sostenible) /y o SEAM para operar como Taller Mecánico vigente al inicio de la etapa competitiva de la SBE. |
PARA OFERENTES EN CONSORCIOS: La Empresa Líder del Consorcio deberá cumplir con al menos el 70% de todos los documentos exigidos para demostrar la experiencia requerida, mientras que los demás integrantes del mismo deberán completar el 30% restante.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
a) Copia de la constancia de RUC emitida por la SET. |
b) Copia del Patente comercial vigente al inicio de la etapa competitiva de la SBE, del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. |
c) Copia de contratos y/o facturaciones y 5 certificados de buen cumplimiento de contrato como mínimo y/o recepciones finales, a los años 2019, 2020, 2021, donde conste el desempeño satisfactorio en la provisión de servicio de Mantenimiento y reparación de vehículos, expedidos por Empresas públicas y/o privadas (mismas documentaciones para oferentes, individuales y de consorcios). |
d) Presentación de Licencia Ambiental emitida por la MADES (Ministerio del ambiente desarrollo sostenible) /y o SEAM para operar como Taller Mecánico vigente al inicio de la etapa competitiva de la SBE. |
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
1. DOTACION DE RECURSOS HUMANOS: El oferente deberá contar con una cantidad mínima de personal consistente en 20 (veinte) personas, las cuales deberán estar inscriptas en el seguro social del IPS con una antigüedad mínima de 6 meses. De las 20 solicitadas en el párrafo anterior, 14 personas deberán ser técnicos. Debido al tamaño de la necesidad requerida por esta convocante, no se considerará a una persona técnica en más de una especialidad. Se requiere presentar certificados y títulos certificados por el Ministerio de Educación y Cultura (MEC), Ministerio de Justicia y/o Ministerio del Trabajo y/o SNPP (Servicio Nacional de Promoción Profesional). Las especializaciones requeridas son las siguientes:
14 PERSONALES TECNICOS:
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PARA EL RESTO DE LOS PERSONALES: |
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*No aplica el Certificado o Constancia de Estudios para los auxiliares de mecánica. |
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La cantidad de personal solicitado obedece a que las necesidades de esta convocante son considerables, debido a la importante flota de vehículos con el que contamos y, por consecuencia, la demanda de vehículos operativos es alta, lo cual requiere que las reparaciones sean rápidas y eficientes, ya que necesariamente deben estar operativos en el menor tiempo posible.
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2. PLANO DE INFRAESTRUCTURA: El oferente deberá presentar plano de la infraestructura del taller debidamente aprobado por la intendencia municipal que corresponda.
El oferente deberá contar con infraestructura propia y/o alquilada para el desempeño de las funciones contratadas. Las instalaciones serán verificadas por el Departamento de Mantenimiento y Reparación de Vehículos, Equipos y Maquinarias de la Dirección de Bienes y Suministros.
INFRAESTRUCTURA:
El taller deberá contar con local e infraestructura propia y/o alquilada con una superficie total de 2.000M2 como mínimo, además deberá estar amurallada en su totalidad, distribuido de la siguiente manera:
El taller deberá contar con un tinglado, con área cubierta mínima de 1.300 m2. El área cubierta de taller no incluirá superficies de áreas administrativas ni comerciales, tales como oficinas, salones de atención al público y/o ventas y/o reuniones, comedores etc.
El Oferente debe poner a disposición de la Convocante un lavadero propio o tercerizado, en el caso de ser tercerizado debe presentar el contrato del mismo en caso de ser adjudicado.
Además, debe contar con un patio abierto para estacionamiento y/o maniobras, buena iluminación, con espacio que permita maniobrar, con un área mínima de 700 m2. El área de patio abierto y de maniobras deberá estar ubicada en el mismo predio del taller, a los efectos de salvaguardar los bienes de la Institución.
El Taller oferente debe contar con sala cerrada para las reparaciones de motor, caja y diferencial, a fin de evitar la contaminación del ambiente, equipada con todas las herramientas necesarias.
4. EQUIPAMIENTOS Y HERRAMIENTAS. El oferente deberá contar mínimamente con:
PROVISIONES DE REPUESTOS: Acceso rápido para la provisión eficiente de los repuestos que se requieran, para realizar un trabajo técnico eficiente.
5. SEGURO CONTRA TODO RIESGO: El oferente deberá presentar copia de seguro contra todo riesgo para los vehículos que se encuentren a cargo del taller, y con una cobertura hasta 10 km a la redonda del taller, previendo pruebas por trabajo terminado, con monto mínimo a cubrir de Gs. 1.000.000.000 (Gs. mil millones). Este seguro deberá estar vigente al momento de la presentación de la oferta y se deberá extender durante el tiempo de vigencia del contrato si el oferente fuese adjudicado.
Observación: Para los Consorcios se tendrá en cuenta lo siguiente: los integrantes podrán cumplir estos requisitos conjuntamente, debiendo suscribir necesariamente la documentación solicitada el firmante autorizado para el efecto.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
DOTACION DE RECURSOS HUMANOS: copias de Certificados y/o diplomas de los siguientes personales: |
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14 PERSONALES TECNICOS EN: |
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PARA EL RESTO DE LOS PERSONALES: |
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*No aplica el Certificado o Constancia de Estudios para los auxiliares de mecánica. |
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2. Plano aprobado por la Municipalidad donde se encuentre asentado el taller.
Copia simple de título de propiedad (en caso de ser local propio), copia del contrato (en caso de ser alquilado).
3. El oferente deberá presentar copia autenticada de planos de sistema de prevención contra incendios, debidamente homologado y/o aprobado por la intendencia municipal correspondiente.
4. El oferente deberá presentar una Declaración Jurada de contar con los equipamientos y herramientas solicitadas. Para los equipos especializados (Tornos, bancos y probador de picos inyectores) en caso de ser tercerizado, deberá presentar contrato de tercerización y documentos que lo habilitan, patente al día, licencia comercial, certificado de cumplimiento con el seguro social IPS del personal tercerizado
5. Copia de póliza de seguro contra todo riesgo por el valor mínimo requerido.
6. Copia de planos aprobado del sistema de prevención contra incendios del municipio correspondiente y Copia del contrato individual del personal de guardia (en caso de ser personal dependiente) o copia de contrato con empresas tercerizadas (en caso de tercerizar).
7. Presentar copia de contrato de Grúa en caso de tercerizar o copia de documentos del rodado en caso de ser propio.
8. Copia de Planilla de pagos al IPS.
El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.
Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme las disposiciones del Decreto 7781/06, para las Contrataciones con Organismos de la Administración Central, el Oferente que resulte adjudicado, deberá contar con una cuenta corriente y/o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, o en su defecto, hallarse en condiciones de poder habilitar una cuenta corriente y/o caja de ahorro a su nombre, a fin de poder hacer efectivo el Pago Directo a Proveedores y Acreedores vía acreditación en cuenta bancaria.