El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ITEM 1 - Carne Vacuna en Res Capital
Carne Vacuna Capital: Se recibirá carne limpia al gancho de novillos medio gordo como mínimo, de 2 a 4 años (hasta 4 dientes), en cortes de media res (entero: delantero, centro y trasero) con un peso promedio de 110 kilos como mínimo a 140 kilos como máximo cada media res, de clasificación en el mercado tipo exportación, el rendimiento de los cortes de 1° categoría (trasero) y 2° categoría (delantero) serán de un mínimo de 54% del total del animal, con todas sus partes (lomo, lomito, rabadilla, carnaza negra, bola de lomo, etc.).
Inocuidad de la carne: en buen estado, con buena calidad higiénica, libre de contaminantes físicos (cuerpos extraños, lascas de metal, vidrios, pelos, cuero, suciedad de arrastre, materia fecal, contenido gastrointestinal, bilis, etc.) y químicos (residuos de detergentes, hipoclorito de sodio, grasa de roldana, etc.) o cualquier sustancia que indique que el producto no cumple con las normas de inocuidad según la inspección veterinaria, el producto debe ser reflejo de animales sanos, sin sufrir estrés, con un mínimo de 24 hs., de descanso en corrales antes de la faena.
Características organolépticas: con color rojo cereza de carne fresca, sin olor desagradable, con determinada firmeza y textura. La merma líquida no será mayor al 3% del peso del producto, no deberán observarse abscesos, tumoraciones, ni hematomas.
El producto en el momento de la entrega: deberá contar con 24 hs., de refrigeración como mínimo, en cámaras frigoríficas con una temperatura promedio de 2 a 7 grados Celsius.
Para el traslado del producto: desde la cámara frigorífica hasta el lugar determinado por la Contratante, deberá contar con el Certificado de autorización emitido por la SENACSA y deberá ser colgado (enganchado), bien separados y no apilonados.
El traslado del producto para su entrega: deberá ser en Camiones Frigoríficos para carne vacuna, habilitados por la SENACSA, que mantengan la misma temperatura de 2 a 7 grados Celsius para evitar perder la cadena de frio. Observación: el conductor deberá contar con la copia del certificado de habilitación respectivo y el vehículo deberá contar con las señales impresas y/o pintadas de forma visible.
El producto debe ser cotizado por kilogramos limpio.
ITEM 2 - Carne Vacuna en Res Interior
Carne Vacuna Interior: Se recibirá carne limpia al gancho de novillos medio gordo como mínimo, de 2 a 4 años (hasta 4 dientes), en cortes de media res (entero: delantero, centro y trasero) con un peso promedio de 110 kilos como mínimo a 140 kilos como máximo cada media res, de clasificación en el mercado tipo exportación, el rendimiento de los cortes de 1° categoría (trasero) y 2° categoría (delantero) serán de un mínimo de 54% del total del animal, con todas sus partes (lomo, lomito, rabadilla, carnaza negra, bola de lomo, etc.).
Inocuidad de la carne: en buen estado, con buena calidad higiénica, libre de contaminantes físicos (cuerpos extraños, lascas de metal, vidrios, pelos, cuero, suciedad de arrastre, materia fecal, contenido gastrointestinal, bilis, etc.) y químicos (residuos de detergentes, hipoclorito de sodio, grasa de roldana, etc.) o cualquier sustancia que indique que el producto no cumple con las normas de inocuidad según la inspección veterinaria, el producto debe ser reflejo de animales sanos, sin sufrir estrés, con un mínimo de 24 hs., de descanso en corrales antes de la faena.
Características organolépticas: con color rojo cereza de carne fresca, sin olor desagradable, con determinada firmeza y textura. La merma líquida no será mayor al 3% del peso del producto, no deberán observarse abscesos, tumoraciones, ni hematomas.
El producto en el momento de la entrega: deberá contar con 24 hs., de refrigeración como mínimo, en cámaras frigoríficas con una temperatura promedio de 2 a 7 grados Celsius.
Para el traslado del producto: desde la cámara frigorífica hasta el lugar determinado por la Contratante, deberá contar con el Certificado de autorización emitido por la SENACSA y deberá ser colgado (enganchado), bien separados y no apilonados.
El traslado del producto para su entrega: deberá ser en Camiones Frigoríficos para carne vacuna, habilitados por la SENACSA, que mantengan la misma temperatura de 2 a 7 grados Celsius para evitar perder la cadena de frio. Observación: el conductor deberá contar con la copia del certificado de habilitación respectivo y el vehículo deberá contar con las señales impresas y/o pintadas de forma visible.
El producto debe ser cotizado por kilogramos limpio.
ITEM 3 - Carne de Cerdo - Capital
Se recibirá carne limpia al gancho de cerdos grandes de primera categoría, de clasificación en el mercado tipo exportación, en cortes de media res (entero: delantero, centro y trasero) sin patas, sin cabeza, sin piel, sin cuero y sin tocino.
Inocuidad de la carne: en buen estado, con buena calidad higiénica, libre de contaminantes físicos (cuerpos extraños, lascas de metal, vidrios, pelos, cuero, suciedad de arrastre, materia fecal, contenido gastrointestinal, bilis, etc.) y químicos (residuos de detergentes, hipoclorito de sodio, grasa de roldana, etc.) o cualquier sustancia que indique que el producto no cumple con las normas de inocuidad según la inspección veterinaria, el producto debe ser reflejo de animales sanos, sin sufrir estrés, con un mínimo de 24 hs. de descanso en corrales antes de la faena.
Características organolépticas: con color rojo cereza de carne fresca, sin olor desagradable, con determinada firmeza y textura. La merma líquida no será mayor al 3% del peso del producto, no deberán observarse abscesos, tumoraciones, ni hematomas.
El producto en el momento de la entrega: deberá contar con 24 hs. de refrigeración como mínimo, en cámaras frigoríficas con una temperatura promedio de 2 a 7 grados Celsius.
Para el traslado del producto: desde la cámara frigorífica hasta el lugar determinado por la Contratante, deberá contar con el Certificado de autorización emitido por la SENACSA y deberá ser colgado (enganchado), bien separados y no apilonados.
El traslado del producto para su entrega: deberá ser en Camiones Frigoríficos para carne porcina, habilitados por la SENACSA, que mantengan la misma temperatura de 2 a 7 grados Celsius para evitar perder la cadena de frio. Observación: el conductor deberá contar con la copia del certificado de habilitación respectivo y el vehículo deberá contar con las señales impresas y/o pintadas de forma visible.
El producto debe ser cotizado por kilogramos limpio
ITEM 4 - Carne de Cerdo - Interior
Se recibirá carne limpia al gancho de cerdos grandes de primera categoría, de clasificación en el mercado tipo exportación, en cortes de media res (entero: delantero, centro y trasero) sin patas, sin cabeza, sin piel, sin cuero y sin tocino.
Inocuidad de la carne: en buen estado, con buena calidad higiénica, libre de contaminantes físicos (cuerpos extraños, lascas de metal, vidrios, pelos, cuero, suciedad de arrastre, materia fecal, contenido gastrointestinal, bilis, etc.) y químicos (residuos de detergentes, hipoclorito de sodio, grasa de roldana, etc.) o cualquier sustancia que indique que el producto no cumple con las normas de inocuidad según la inspección veterinaria, el producto debe ser reflejo de animales sanos, sin sufrir estrés, con un mínimo de 24 hs. de descanso en corrales antes de la faena.
Características organolépticas: con color rojo cereza de carne fresca, sin olor desagradable, con determinada firmeza y textura. La merma líquida no será mayor al 3% del peso del producto, no deberán observarse abscesos, tumoraciones, ni hematomas.
El producto en el momento de la entrega: deberá contar con 24 hs. de refrigeración como mínimo, en cámaras frigoríficas con una temperatura promedio de 2 a 7 grados Celsius.
Para el traslado del producto: desde la cámara frigorífica hasta el lugar determinado por la Contratante, deberá contar con el Certificado de autorización emitido por la SENACSA y deberá ser colgado (enganchado), bien separados y no apilonados.
El traslado del producto para su entrega: deberá ser en Camiones Frigoríficos para carne porcina, habilitados por la SENACSA, que mantengan la misma temperatura de 2 a 7 grados Celsius para evitar perder la cadena de frio. Observación: el conductor deberá contar con la copia del certificado de habilitación respectivo y el vehículo deberá contar con las señales impresas y/o pintadas de forma visible.
El producto debe ser cotizado por kilogramos limpio
ITEM 5 - Pollo entero - Capital
Se recibirá carne de pollo parrilleros entero, frescos , congelados, con menudencias, envasados en bolsas de polietileno transparente con su marca correspondiente impresa, provenientes de establecimientos autorizados y con inspección sanitaria habilitada podrán ser recibidos en bolsas platilleras adecuadas, nuevas en cantidades de hasta 10 (diez) unidades, los cuales deberán ser transportados en vehículos especialmente refrigerados habilitados para el efecto por el SENACSA Para la apertura de ofertas Deberá presentar el envase vacío del producto ofertado con la marca impresa en el mismo, deberá llevar impresa , la habilitación correspondiente por el INAM , R.E. , R.S.P.A, como también la habilitación correspondiente del SENACSA. Se deberá cotizar por kilogramos.
ITEM 6 - Pollo entero - Interior
Se recibirá carne de pollo parrilleros entero, frescos , congelados, con menudencias, envasados en bolsas de polietileno transparente con su marca correspondiente impresa, provenientes de establecimientos autorizados y con inspección sanitaria habilitada podrán ser recibidos en bolsas plastilleras adecuadas, nuevas en cantidades de hasta 10 (diez) unidades, los cuales deberán ser transportados en vehículos especialmente refrigerados habilitados para el efecto por el SENACSA Para la apertura de ofertas Deberá presentar el envase vacío del producto ofertado con la marca impresa en el mismo, deberá llevar impresa, la habilitación correspondiente por el INAM , R.E. , R.S.P.A, como también la habilitación correspondiente del SENACSA. Se deberá cotizar por kilogramos
ITEM 7 - Poroto San Francisco
Serán proveídos en paquetes de 5 Kilos, enteros, lustrosos, secos, no ardidos, sin picaduras, en buen estado de conservación y libres de insectos, polvos, cascaras o sustancias extrañas. Deben ser de la cosecha del año, los envases deben contener impresa la marca registrada, la habilitación del INAM R.E., fecha de Vencimiento, lote Nº. Se deberá cotizar por kilogramos
ITEM 8 - Sal gruesa Yodada
Granulado, solubles en el agua. Sal para consumo humano. En el rotulado debe indicarse la calidad, fecha de vencimiento del año y mes. Llevará impreso en el envase: su origen, informaciones nutricionales, habilitación del INAM, R.E., R.S.P.A. Se recibirá en bolsas de 30 kilos. FECHA DE VENCIMIENTO MINIMO 1 AÑO DESPUES DE LA FECHA DE RECEPCION, RE Y RSPA TODO INDICADO EN EL ENVASE. Se deberá cotizar por kilogramos
ITEM 9- Fideo tallarín
Fideo tallarín: Con la denominación genérica de Pastas alimenticias o Fideos, se entienden los productos no fermentados obtenidos por el empaste y amasado mecánico de: sémolas o semolín o harina de trigo tipo 000, ricos en gluten o harinas de panificación o por sus mezclas, con agua potable, con o sin la adición de substancias colorantes autorizadas a este fin, con o sin la adición de otros productos alimenticios de uso permitido para esta clase de productos sometidos a un proceso de desecación con posterioridad a su moldeo.
El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano.
El producto debe responder a sus caracteres normales, sin olores ni sabores extraños, envasado en paquetes limpios, sanos e inviolables, paquetes de polipropileno de 5 kilogramos. El producto deberá cumplir con los requisitos fisicoquímicos y microscópicos establecidos en las Resoluciones MERCOSUR o en la legislación nacional específica. En ausencia de ambas deberá cumplir con lo establecido en las Normas del Codex Alimentarius y/o Códigos o legislaciones Regionales y/o Norma Paraguaya. . La Información Nutricional (como mínimo) que deberá estar impresa en la bolsa y cumplir con las siguientes informaciones mínimas: Valor energético - 289 kcal; Carbohidratos 62 gr; Proteínas 10 gr; grasas totales 0,16 gr; Grasas saturadas 0 gr; Grasas trans 0 gr; Colesterol 0 gr; Fibra alimentaria 0,045 gr; sodio mg. Se deberá cotizar por kilogramos.
ITEM 10 - Fideo espagueti
Fideo espagueti: Con la denominación genérica de Pastas alimenticias o Fideos, se entienden los productos no fermentados obtenidos por el empaste y amasado mecánico de: sémolas o semolín o harina de trigo tipo 000, ricos en gluten o harinas de panificación o por sus mezclas, con agua potable, con o sin la adición de substancias colorantes autorizadas a este fin, con o sin la adición de otros productos alimenticios de uso permitido para esta clase de productos sometidos a un proceso de desecación con posterioridad a su moldeo.
El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano.
El producto debe responder a sus caracteres normales, sin olores ni sabores extraños, envasado en paquetes limpios, sanos e inviolables, paquetes de polipropileno de 5 kilogramos. El producto deberá cumplir con los requisitos fisicoquímicos y microscópicos establecidos en las Resoluciones MERCOSUR o en la legislación nacional específica. En ausencia de ambas deberá cumplir con lo establecido en las Normas del Codex Alimentarius y/o Códigos o legislaciones Regionales y/o Norma Paraguaya. La Información Nutricional (como mínimo) que deberá estar impresa en la bolsa y cumplir con las siguientes informaciones mínimas: Valor energético - 289 kcal; Carbohidratos 62 gr; Proteínas 10 gr; grasas totales 0,16 gr; Grasas saturadas 0 gr; Grasas trans 0 gr; Colesterol 0 gr; Fibra alimentaria 0,045 gr; sodio mg. Se deberá cotizar por kilogramos.
ITEM 11 - Fideo cortadito
Fideo cortadito: Con la denominación genérica de Pastas alimenticias o Fideos, se entienden los productos no fermentados obtenidos por el empaste y amasado mecánico de: sémolas o semolín o harina de trigo tipo 000, ricos en gluten o harinas de panificación o por sus mezclas, con agua potable, con o sin la adición de substancias colorantes autorizadas a este fin, con o sin la adición de otros productos alimenticios de uso permitido para esta clase de productos sometidos a un proceso de desecación con posterioridad a su moldeo.
El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano.
El producto debe responder a sus caracteres normales, sin olores ni sabores extraños, envasado en paquetes limpios, sanos e inviolables, paquetes de polipropileno de 5 kilogramos. El producto deberá cumplir con los requisitos fisicoquímicos y microscópicos establecidos en las Resoluciones MERCOSUR o en la legislación nacional específica. En ausencia de ambas deberá cumplir con lo establecido en las Normas del Codex Alimentarius y/o Códigos o legislaciones Regionales y/o Norma Paraguaya. La Información Nutricional (como mínimo) que deberá estar impresa en la bolsa y cumplir con las siguientes informaciones mínimas: Valor energético - 289 kcal; Carbohidratos 62 gr; Proteínas 10 gr; grasas totales 0,16 gr; Grasas saturadas 0 gr; Grasas trans 0 gr; Colesterol 0 gr; Fibra alimentaria 0,045 gr; sodio mg. Se deberá cotizar por kilogramos.
ITEM 12- Arroz Glaseado
El producto deberá corresponder a la característica del "Arroz Glaseado Largo Fino Tipo I (Grano entero de Oriza Sativa), no se aceptarán arrocillos. Serán uniformes por cada partida y enteros, lustrosos, secos, no ardidos, sin picaduras, en buen estado de conservación y libres de insectos, polvos, cáscaras o sustancias extrañas. Deben ser de la cosecha del año, envasados en bolsas de primer uso. Los envases deben contener la información nutricional correspondiente, la habilitación del INAN, R.E., R.S.P.A., fecha de Vencimiento, Lote Nº etc. Serán proveídos en bolsas de 30 kilogramos como mínimo.
El producto deberá cumplir con los requisitos fisicoquímicos y microscópicos establecidos en las Resoluciones MERCOSUR o en la legislación nacional específica. En ausencia de ambas deberá cumplir con lo establecido en las Normas del Codex Alimentarius y/o Códigos o legislaciones Regionales y/o Norma Paraguaya. La Información Nutricional (como mínimo) que deberá estar impresa en la bolsa y cumplir con las siguientes informaciones mínimas: Valor energético - 170 kcal; Carbohidratos 38 gr; Proteínas 3,4 gr; Grasas totales 0 gr; Grasas saturadas 0 gr; Grasas trans 0 gr; Fibra alimentaria 0,5 gr; sodio mg. Se deberá cotizar por kilogramos.
ITEM 13 - Locro
Serán proveídos en paquetes de 5 kilos, serán uniformes por cada partida. Serán de 1ª Calidad de granos serán enteros, lustrosos, secos, no ardidos, sin picaduras, en buen estado de conservación y libres de insectos, polvos o sustancias extrañas. Deben ser de la cosecha del año, envasados en bolsas de primer uso. Se deberá cotizar por kilogramos.
ITEM 14 - Aceite de Soja
Aceite de Soja: según requerimiento de la convocante, refinado, de color claro y translucido, sin olor ni sabor desagradable, sin contenido de colesterol, envasado en fabrica con la marca registrada en el envase, deberá contar además con la información de sus ingredientes, valor nutricional, fecha de vencimiento, lote Nº, habilitación del INAN, Lote Nº R.E., R.S.P.A. Deberá presentar el Informe de Ensayo expedido por el INTN, a fin de verificar el cumplimiento de las especificaciones (técnicas) fisicoquímicas detalladas más abajo . Será proveído en tambores nuevos de 190 Litros uniformes por cada partida. Se deberá cotizar por litro.
CARACTERISTICAS FISICOQUIMICAS DEL ACEITE DE SOJA REFINADO SON:
PARAMETRO |
MINIMO |
MAXIMO |
Densidad relativa a 25/4°C: |
0.9120 |
0.9180 |
Índice de refracción a 40° C |
1.4675 |
1.4690 |
Índice de yodo (WIJS) |
125 |
143 |
Índice de saponificación |
188 |
195 |
Materia insaponificable |
|
Max: 1.5% |
Humedad y materia volátil a 105° C |
|
Max: 0,05% |
Índice de peróxido , Meqo2/kg |
|
Max: 10,0 |
Sedimento |
(-) |
|
Reacción de Halphen |
(-) |
|
Jabones como oleato de sodio |
|
Max: 5mg/l |
Impurezas insolubles en éter de petróleo |
|
Max: 0,05 % |
Acidez expresado en ácido oleico |
|
Max: 0.06 % |
Test de enfriamiento a O° C |
Min: 5,5 hs |
|
Color (Lovibond Cubeta 133.3 mm) |
Amarillo |
Max: 25 |
Rojo |
Max:2 |
|
Azul |
Max: 0 |
ITEM 15- Café molido
Negro Tradicional en paquetes de 500 gramos, Etiquetado con habilitación de INAM R.S.P.A. y R.E. fecha de vencimiento FECHA DE VENCIMIENTO MINIMO 1 AÑO DESPUES DE LA FECHA DE RECEPCION, RE Y RSPA TODO INDICADO EN EL ENVASE. Se deberá cotizar por unidad de paquete de 500 gramos.
ITEM 16- Levadura
Deberá ser En panes de 500 gr, para la elaboración de panificados, fecha de vencimiento deberá contar con la información nutricional correspondiente, su composición, la autorización del INAM, R.E., R.S.P.A. Se deberá cotizar por unidad.
ITEM 17 - Anís común
Deberá ser proveído granos enteros, sin insectos, no ardidos, bien limpios cosecha del año. Bien maduros, secos, con buen aroma y sabor, envasados en bolsas de 25 kilos, con la marca registrada en cada envase, la habilitación del INAM R.E. y RSPA vigente. Se deberá cotizar por kilogramos
ITEM 18 - Manteca vegetal para panadería
Será Proveído en cajas de cartón de 10 Kilos c/u (para panadería), según requerimiento de la Convocante: Deberá ser elaborado de aceites de origen vegetal líquidos, hidrogenado hasta 40% de agua y 60% materia grasa (lípidos), aromatizados con sabor natural de manteca. Sin contenido de colesterol, con la marca contratada en el envase, deberá contar además con la información de sus ingredientes, información nutricional, fecha de elaboración, fecha de envasado, fecha de vencimiento, Lote Nº, la habilitación del INAM, su R.E. y R.S.P.A. Cotizar por kilogramos
ITEM 19 - Fruta Abrillantada
Deberán ser elaborados de Cáscara de frutas: mamón, sandia, naranja, zanahoria, azúcar, protegidas en paquete y en cajas de 10 de Kilos, con fecha de vencimiento a la vista. Llevará impreso en cada envase, su origen, información nutricional, composición, habilitación del INAM, RE y RSPA. Cotizar por kilogramos
ITEM 20 - Uva pasa sin semilla
Deberán ser elaborados de Uvas sin semillas, protegidas en paquete y en cajas de 10 de Kilos, con fecha de vencimiento a la vista. Llevará impresa en cada envase, su origen, información nutricional, composición, habilitación del INAM, RE y RSPA. Cotizar por kilogramos
ITEM 21 - Nuez
Nuez de Castilla . Serán recibidos enteros, secos, sin cascaras, protegidas en paquete y en cajas de 10 de Kilos, con fecha de vencimiento a la vista., llevará impreso en el envase su origen, informaciones nutricionales, habilitación del INAM, R.E., R.S.P.A. Cotizar por kilogramos
ITEM 22- Almendras
Serán recibidos enteros, secos, sin cascaras, protegidas en paquete y en cajas de 10 de Kilos, con fecha de vencimiento a la vista., llevará impreso en el envase su origen, informaciones nutricionales, habilitación del INAM, R.E., R.S.P.A. Cotizar por kilogramos
ITEM 23- Extracto de Tomate
Elaborado de Tomates frescos, sin contenido de gluten ni conservantes ni colorantes. Deberá ser marca registrada en cada envase tetra pack de 500 gramos como mínimo cada uno, con fecha de vencimiento a la vista, llevará impresa la información nutricional, habilitación del INAM, su R.E. y RSPA. Cotizar por unidad.
ITEM 24- Dulce de Maní
DULCE DE MANI EN PANES : serán proveídos de 30 gramos c/u como mínimo, con las dimensiones mínimas de 7 cm. de largo x 4 cm. de ancho x 0,7 cm. de grosor, envueltos en forma individual, bien firmes, de color oscuro, bien cocidos, deberá llevar impresa la marca contratada en cada envase, con la información nutricional correspondiente, composición, fecha de elaboración, fecha de envasado, fecha de vencimiento, Lote Nº, Certificado de comercialización dentro del MERCOSUR, la habilitación correspondiente del INAM, el R.E. y R.S.P.A. Serán proveídos en paquetes de 12 barras. Se deberá cotizar por unidad.
ITEM 25 - Durazno en almíbar en lata
En latas mínimo de 500 grs., de durazno. Debiendo ser conservados en almibares livianos o jugo natural. Debe conservar todos los nutrientes naturales (vitaminas). Deben estar etiquetadas en donde se especifique valor nutricional, si esta cortada en gajos, mitades o entera, habilitación para el consumo humano del INAM (R.E. R.S.P.A.). Fecha de vencimiento a la vista. Latas que no presenten defectos exteriores, perfectamente selladas. Cotizar por unidad.
ITEM 26- Banana
Serán proveídos en cajas de 20 docenas, a puntos de maduración, de tamaño mediano, Sin picaduras, ni machucaduras. Deben ser de color amarillo o verdoso o amarillo con puntas verdes. Peso mínimo de cada fruta 185 gramos. Serán proveídos en cajas de 20 docenas. Cotizar por unidad.
ITEM 27 - Naranja
Serán proveídos en bolsas de 100 Unidades, de tamaño mediano, a punto de maduración de sabor agradable (dulces) para postre, sin semilla injertados. Con la piel limpia y firme, sin defectos o alteraciones graves que tengan cáliz, con la forma y tamaño adecuados y con una coloración anaranjada característica y uniforme. Peso mínimo de cada fruta 195 gramos. Serán proveídos en bolsas de 100 Unidades. Cotizar por unidad.
ITEM 28- Margarina
Será proveído en potes de 500 gr, para consumo directo y untable, según requerimiento de la convocante. Deberá ser elaborado de Aceites de origen vegetal líquido, hidrogenado hasta 50 % de soja y algodón, aromatizados con sabor natural de manteca, y de aroma agradable. Ingredientes: aceite de soja neutralizado, blanqueado hidrogenado y desodorizado, aceite de algodón neutralizado, leche en polvo, betacaroteno, antioxidantes. Sin contenido de colesterol, con la marca contratada en el envase, deberá contener información sobre su composición, fecha de Vencimiento a la vista Lote Nº, habilitación correspondiente para su comercialización en el MERCOSUR, la habilitación del INAM, su R.E., y R.S.P.A. FECHA DE VENCIMIENTO MINIMO 1 AÑO DESPUES DE LA FECHA DE RECEPCION, RE Y RSPA TODO INDICADO EN EL ENVASE. Cotizar por unidad.
ITEM 29- Huevo de gallina
Deberá ser proveído huevos de gallina del tamaño A con peso de 60 gramos como mínimo , frescos, en planchas de cartón prensado, que provengan de establecimientos especialmente habilitados para el efecto por SENACSA, serán rechazados los productos con sospecha de descomposición, (olor o sonidos característicos) no podrán transportarse en planchas apiladas indebidamente. Cotizar por unidad.
ITEM 30 - Leche de entera liquido
En base a la Plantilla de la DNCP
El producto se presentará en envase tetra brik de 1000 Ml.
Aspecto: liquido - Color: blanco amarillento. - Olor: característico. - Sabor: agradable, exento de olores extraños (a rancio, quemado, crudo, solventes, etc.) Cotizar por litro.
ITEM 31 - Ajo
Ajo: deberán ser proveídas en cabezas de ajo (bulbo del ajo completo sin quitarle ninguno de sus dientes), frescas de tamaño mediano bien maduro sin picaduras ni descomposición. Deberá proveerse en bolsas de 100 unidades como mínimo. Peso mínimo de 100 gramos cada unidad de cabeza de ajo. Se deberá cotizar por unidad de cabeza de ajo.
ITEM 32- Jugo Elaborado en Polvo
Serán proveídos en polvo para la preparación instantánea de 8 LTS de jugo bebible preparados a partir de 200 grs., de variados gustos (Naranja, Frutilla, Piña, Grosella) con contenido adicional de vitamina C en sobres de 200 grs. con la marca registrada impresa en el envase, deberá llevar impresa además la información nutricional correspondiente, su composición, y la habilitación del INAM, R.E, R.S.P.A., fecha de Vencimiento, Lote Nº etc. Cotizar por unidad.
ITEM 33- Mermelada de Guayaba
Será proveído en potes de 1 Kilo, bien espesos color obscuro bien cocidos deberá llevar impresa la marca contratada en cada envase, con la información nutricional correspondiente, composición, fecha de elaboración, fecha de envasado, fecha de vencimiento, lote Nº, la habilitación correspondiente del INAM, el R.E. y R.S.P.A. Cotizar por unidad.
ACLARACIONES SOBRE BIENES OFERTADOS:
Los bienes presentados como muestras para la evaluación de las ofertas, deberán cumplir las especificaciones técnicas y la forma presentación y las unidades de medidas establecidas, además deberán presentar con Logotipo de la Empresa Oferente.
REQUISITO DE COMPRA DE PRODUCTOS HORTÍCOLAS Y OTROS A LOS PRODUCTORES DE LA AGRICULTURA FAMILIAR.
Los productos (ITEM: 12, 26, 27, 29,31 ) objetos de la presente Licitación deberán ser adquiridos de los productores, asociaciones o familias que hayan recibido asistencia por parte del Gobierno Nacional como el Ministerio de Agricultura y Ganadería u otras instituciones, en un porcentaje mínimo del 20% (veinte por ciento) con relación a las cantidades totales adjudicadas.
Solo para el porcentaje de productos a ser adquiridos de Productores, Asociaciones o familias no será exigencia la presentación de Certificados y Habilitaciones del INAN (RSPA, RE), SENAVE y SENACSA, ni el cumplimiento de las Resoluciones del Mercosur en cuanto a especificaciones de envases, rotulados en general y etiquetas, establecidas en las ESPECIFICACIONES TECNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS.
JUSTIFICATIVA DE LLAMADO A CONTRATACIÓN
Dando cumplimiento a la Resolución DNCP N° 2115/2021 de fecha 18 de mayo de 2.021, POR LA CUAL SE APRUEBA LA VERSIÓN 4 DE LOS PLIEGOS ESTÁNDARES A SER UTILIZADOS POR LOS ORGANISMOS Y ENTIDADES DEL ESTADO, SOCIEDADES ANÓNIMAS CON PARTICIPACIÓN MAYORITARIA DEL ESTADO Y MUNICIPALIDADES, EN EL MARCO DE LA LEY N° 2051/03.
IDENTIFICACIÓN
JUSTIFICACIÓN DEL LLAMADO
La presente solicitud tiene por objeto satisfacer las necesidades de Productos Alimenticios a ser proveídos al Ministerio de Defensa Nacional, Comando de las Fuerzas Militares y las distintas Unidades del Comando del Ejército y del Comando Logístico durante el Ejercicio Fiscal 2023, cumpliendo con la Directiva General Bienio y demás exigencias del Escalón Superior.
IDENTIFICACIÓN DE LA PLANIFICACIÓN
La presente solicitud para el llamado de Adquisición de Productos Alimenticios es periódica para cada Ejercicio Fiscal, por tratarse de una necesidad vital para la alimentación de todo el personal militar y para el desarrollo normal de las actividades de las Unidades.
JUSTIFICACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Las especificaciones técnicas de cada artículo que comprende la presente solicitud es el resultado de un trabajo de identificación específica de cada producto alimenticio, que sirve para optimizar la utilización del mismo, posterior comparación con otros artículos de similares características buscando siempre la economía y eficiencia, y las fuentes utilizadas fueron los precios de posibles oferentes y contratos de llamados anteriores.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
De acuerdo a la necesidad de la institución afectada, el adjudicado deberá entregar lo solicitado en la misma dentro de los 5 (cinco) días hábiles contados desde el momento de la recepción de la Orden de compra.
ITEM | CRONOGRAMA DE ENTREGA |
1, 3 y 5 | INICIO DE ENTREGA DESDE LA FIRMA DEL CONTRATO, HASTA EL 100% PARA EL MES DE DICIEMBRE/2023. REGULADO POR ORDENES DE COMPRA. LUGAR DE ENTREGA: JEFATURA DE ABASTECIMIENTO DE CARNE - TABLADA NUEVA. |
2, 4 y 6 | INICIO DE ENTREGA DESDE LA FIRMA DEL CONTRATO, HASTA EL 100% PARA EL MES DE DICIEMBRE/2023. REGULADO POR ORDENES DE COMPRA. LUGAR DE ENTREGA: DISTINTAS UNIDADES DEL INTERIOR DEL PAÍS CONFORME AL SIGUIENTE DETALLE: |
1 - I CUERPO DE EJÉRCITO - CIUDAD DE CURUGUATY | |
2 - 3º DIVISIÓN DE CABALLERÍA - CIUDAD DE CURUGUATY | |
3 - 3º DIVISIÓN DE INFANTERÍA - CIUDAD DEL ESTE | |
4 - 4º DIVISIÓN DE INFANTERÍA - CIUDAD DE CONCEPCIÓN | |
5 - II CUERPO DE EJÉRCITO - CIUDAD DE SAN JUAN BAUTISTA MISIONES | |
6 - 2º DIVISIÓN DE CABALLERÍA - CIUDAD DE SAN JUAN BAUTISTA MISIONES | |
7 - 2º DIVISIÓN DE INFANTERÍA - CIUDAD DE VILLARRICA | |
8 - III CUERPO DE EJÉRCITO - MARISCAL JOSÉ FELIX ESTIGARRIBIA (CHACO PARAGUAYO) | |
9 - 6º DIVISIÓN DE INFANTERÍA - MARISCAL JOSÉ FELIX ESTIGARRIBIA (CHACO PARAGUAYO) | |
10- 5º DIVISIÓN DE INFANTERÍA - MAYOR PABLO LAGERENZA (CHACO PARAGUAYO) | |
11- 1º DIVISIÓN DE CABALLERÍA - JOEL ESTIGARRIBIA (CHACO PARAGUAYO) | |
12- COMISOE - CIUDAD DE ENCARNACIÓN | |
7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26. | INICIO DE ENTREGA DESDE LA FIRMA DEL CONTRATO, HASTA EL 100% PARA EL MES DE DICIEMBRE/2023. REGULADO POR ORDENES DE COMPRA. LUGAR DE ENTREGA: EN EL DEPÓSITO CENTRAL DE LA DIRECCIÓN DEL SERVICIO DE INTENDENCIA DEL EJÉRCITO, SITO EN LA CIUDAD DE MARIANO ROQUE ALONSO, RUTA TRANSCHACO KM 13,5. |
27, 28, 29, 30, 31, 32, 33 | INICIO DE ENTREGA DESDE LA FIRMA DEL CONTRATO, HASTA EL 100% PARA EL MES DE DICIEMBRE/2023. REGULADO POR ORDENES DE COMPRA. LUGAR DE ENTREGA: JEFATURA DE ABASTECIMIENTO DE CARNE - TABLADA NUEVA. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Los bienes a ser entregados serán verificados en detalle en cuanto a su composición, calidad, presentación con especialistas en nutrición y en caso necesario el comité de recepción remitirá los bienes a la Institución competente para realizar dicha verificación, como ser la INTN o la INAN.
La presentación de los bienes a ser entregados deberá cumplir con las especificaciones técnicas y marcas de productos que los mismos no se encuentren vencidas ni deterioradas o infectadas, al momento de la presentación conforme se detalla a continuación.
Los bienes deberán estar empaquetadas y selladas a fin de no sufrir ningún tipo de deterioro o infestación por algún tipo de insectos o microorganismos.
Si los bienes al momento de la entrega, que tengan algún tipo de organismo ajeno al producto, automáticamente serán rechazados.
Será obligatoria la presentación de los productos en envases y/o cajas de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas, con la marca impresa en los mismos, las que deberán llevar impresa la habilitación correspondiente por el INAM, R.E., R.S.P.A, como también la habilitación correspondiente del SENACSA, de conformidad a lo que corresponda por cada bien.
OBSERVACION PARA EL ETIQUETADO DE LOS PRODUCTOS
El producto deberá cumplir con los requisitos fisicoquímicos establecidos en las Resoluciones MERCOSUR o en la legislación nacional específica. En ausencia de ambas deberá cumplir con lo establecido en las Normas del Codex Alimentarius y/o Códigos o legislaciones Regionales y/o Norma Paraguaya.
El alimento deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM Para Rotulado de Alimentos Envasados y la Resolución MERCOSUR GMC 22/02 RTM Para expresar la Indicación Cuantitativa del Contenido Neto de los Productos Premedidos y con lo establecido en el Decreto Nº 1.635/99 que Reglamenta el art. 175 de la Ley Nº 836/80 Código Sanitario, Resolución GMC 46/03 Para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados y Resolución 47/03 Porciones de Alimentos envasados a los fines del Rotulado Nutricional De acuerdo a las reglamentaciones arriba citadas las etiquetas de los envases deberán estar impresas de forma clara e indeleble, y deberá presentar la siguiente información:
1. Denominación del alimento
2. Peso Neto
3. Datos del Establecimiento elaborador
4. País de origen
5. Lote N°
6. Lista de ingredientes
7. Fecha de vencimiento
8. Condiciones de conservación, cuando corresponda
9. Datos del Importador, en caso de productos importados
10. Instrucciones de preparación del alimento cuando corresponda
11. Información Nutricional
12. Número de registros de producto (RSPA Nº) y establecimiento (RE Nº), otorgados por el INAN, MSP y BS.
La Convocante se reserva el derecho de realizar visitas a los locales de los oferentes, a fin de corroborar la ubicación de los depósitos y/o almacenes y las condiciones en que se encuentran los mismos.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
ENERO/2023 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
FEBRERO/2023 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
MARZO/2023 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
ABRIL/2023 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
MAYO/2023 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
JUNIO/2023 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
JULIO/2023 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
AGOSTO/2023 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
SETIEMBRE/2023 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
OCTUBRE/2023 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
NOVIEMBRE/2023 |
Nota de Remisión / Acta de recepción | Nota de Remisión / Acta de recepción | DICIEMBRE/2023 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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