Condición de Participación

Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".

Requisitos de Calificación

Capacidad Legal

Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.   

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas que incluye la declaratoria debidamente firmada.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso a) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, aparecen en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Miembros, de conformidad a estándar debidamente firmado en su oferta y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP a fin de detectar si directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.

           El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.

  1. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) para los fines pertinentes.

Análisis de precios ofertados

Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:

1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS

A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.

El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.

Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.

a) Consorcios:

a.1. Provisión de Bienes

El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.

a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).

Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.

Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.

Margen de preferencia local - CPS

Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.

En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.

Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.

 

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación

1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.]

2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*)

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución.

3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**)

4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)

5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**) NO APLICA
6. Declaración Jurada de Declaración de Miembros,  de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios  (**)
7.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
8. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**)

9. Documentos legales 

9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas.

  •  Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta.(*)
  •  Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes - RUC. (*)
  • En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas.

  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  • Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes y fotocopia simple de los Documentos de Identidad de los representantes o apoderados de la sociedad.
  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)

9.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
  • Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  • Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

       4. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):

  • Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  • Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas. 

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente-Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2019-2020-2021)

 b. Endeudamiento: pasivo total / activo total-No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los años (2019-2020-2021)

c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital - El promedio en los en los años (2019-2020-2021), no deberá ser negativo.

Las empresas consorciadas deberán cumplir requisitos de carácter legal y la capacidad financiera, en un 100 %, como ser obligaciones tributarias, laborales, de seguridad social y las específicas para el cumplimiento de los bienes licitados.

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

a. Balance General y Estado de Resultado 2019-2020, 2021.

b. Certificado de Cumplimento Tributaria vigente.

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

 

El oferente deberá presentar documentación que demuestre poseer una antigüedad mínima en el mercado de por lo menos 3 (tres) años, contados desde la constitución de la empresa, lo cual será comprobada con el Acta de Constitución o Constancia de RUC.

Demostrar la experiencia en mantenimiento de sistemas eléctricos o trabajos de electricidad con contratos, facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 25% como mínimo del monto máximo de la presente licitación, de los últimos tres años: 2019/2020/2021. Las facturas o contratos deberán ser copias simples e indefectiblemente deberán venir acompañadas de su correspondiente constancia de buen cumplimiento contractual o conformidad emitida por la Contratante. Los contratos, facturas y/o recepciones finales presentados deben corresponder en promedio, como mínimo por un valor equivalente del 25% del monto máximo del llamado. El promedio se obtendrá de la sumatoria de todos los contratos presentados siempre que cuenten con sus respectivas constancias de buen cumplimiento o conformidad, divido por el número de años del periodo requerido, es decir, divido por 3.

En caso de haber sido proveedor de esta Cartera de Estado en el periodo comprendido entre los años 2019 y 2022, el oferente deberá presentar indefectiblemente una constancia de buen cumplimiento contractual, emitida por la Convocante.

 


Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

 

a. Acta de Constitución de la Empresa o Constancia de RUC

b. Copia de contratos, facturaciones y/o recepciones finales (de entidades públicas o privadas) que avalen la experiencia requerida en los años 2019-2020-2021. Equivalentes al 25% del monto máximo del llamado, con sus respectivas constancias de buen cumplimiento contractual o de conformidad.
c. Constancia de cumplimiento contractual emitida por esta Convocante.

Capacidad Técnica

El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

La empresa deberá contar o proponer a, al menos, un Arquitecto y un Ingeniero Industrial o Ingeniero en Electromecánica o Ingeniero Electricista. El Arquitecto y el Ingeniero (en cualquiera de las especialidades mencionadas) deberán tener experiencia mínima de 5 años, contados desde la obtención del título universitario, para lo cual deberán presentar copia del título universitario. En caso de que el título profesional haya sido expedido en el extranjero, el mismo deberá estar debidamente homologado y traducido al idioma español si estuviere en un idioma distinto.

Además, al menos 1 (uno) de los profesionales deberá demostrar que posee experiencia en refacción, remodelación o restauración de sistema eléctrico mayor, por medio de Currículo, donde deberá comprobarse la realización de dichos trabajos, y la experiencia será comprobada mediante la presentación de al menos un (1) contrato o factura con entidades públicas o privadas, de los últimos 3 (tres) años (2019-2020-2021) donde deberá constar los datos del edificio. Podrá incluirse factura o contrato del presente año, siempre que haya finalizado la provisión del servicio, para lo cual deberá presentarse la constancia de buen cumplimiento o acta de conformidad.

El oferente deberá presentar una constancia por la cual los profesionales propuestos aceptan trabajar con la empresa oferente en caso que la misma sea adjudicada, o la nómina de inscriptos en el IPS, si los profesionales propuestos son funcionarios de la empresa oferente.

La empresa deberá contar o proponer un electricista certificado por la ANDE Categoría A, el cual deberá tener experiencia mínima de 3 años desde la obtención de la certificación de la ANDE. Este requerimiento será comprobado por medio de una copia del carnet habilitante expedida por la ANDE.

El oferente deberá presentar una constancia por la cual el electricista propuesto acepta trabajar con la empresa oferente en caso que la misma sea adjudicada, o la nómina de inscriptos en el IPS, si es funcionario de la empresa oferente.

La empresa debe contar por lo menos de un vehículo a nombre de la empresa que se verificará mediante cédula verde que deberá presentarse, además debe contar con seguro contra daños materiales a bienes de terceros, que se verificará con la copia de la póliza de seguro. 

 

Requisito documental para evaluar la capacidad técnica

  1. Título universitario  de un Arquitecto y de un Ingeniero Industrial o Ingeniero en Electromecánica o Ingeniero Electricista. En caso de que el título profesional haya sido expedido en el extranjero, el mismo deberá estar debidamente homologado y traducido al idioma español si estuviere en un idioma distinto.
  1. Al menos 1 (uno) de los profesionales deberá demostrar que posee experiencia en refacción, remodelación o restauración de sistema eléctrico mayor, por medio de Currículo, donde deberá comprobarse la realización de dichos trabajos, y la experiencia será comprobada mediante la presentación de al menos un (1) contrato o factura con entidades públicas o privadas, de los últimos 3 (tres) años (2019-2020-2021) donde deberá constar los datos del edificio. Podrá incluirse factura o contrato del presente año, siempre que haya finalizado la provisión del servicio, para lo cual deberá presentarse la constancia de buen cumplimiento o acta de conformidad.
  1. Constancia por la cual, el personal propuesto (Arquitecto, Ingeniero, electricista) acepta trabajar con la empresa oferente o su inscripción en el IPS en caso de ser funcionario de la empresa oferente.

        4. Carnet Habilitante Categoría A expedida por la ANDE del electricista propuesto

        5.  Cédula verde del vehículo de la empresa y Póliza de seguro contra daños materiales a bienes de terceros, del vehículo de la empresa

Criterios de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.