El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Adquisición de Cal Hidratada en polvo para tratamiento de agua.
Modalidad de contrato abierto por cantidades mínimas y máximas
item |
Descripción del bien |
Unidad de Medida |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
1 |
Cal Hidratada |
Toneladas |
3.840 |
7.680 |
ENVASES: La cal se entregará envasada en bolsas de papel de dos (2) pliegos como mínimo y con un gramaje de 85-90 gr/m2, que garantice la protección y calidad del producto.
PESO: El peso de cada bolsa será de 20 Kg. +/-10%
INDICACIÓN DE CARACTERÍSTICAS: Los envases llevarán sellados directamente y con caracteres legibles e indelebles, las siguientes frases:
PARA USO EXCLUSIVO DE ESSAP S.A. - PROHIBIDA SU COMERCIALIZACIÓN DENUNCIAS AL TELÉFONO (021) 203 986, UNIDAD DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS (GERENCIA ADMINISTRATIVA) DIRECCIÓN: JOSÉ BERGES N° 516 C/ SAN JOSÉ. ASUNCIÓN - PARAGUAY |
REQUISITOS QUÍMICOS: La Cal Hidratada en polvo para el tratamiento de agua deberá cumplir con los requisitos químicos indicados en las NP N°160,
Cal Hidratada en Polvo para tratamiento de agua.
Especificaciones TABLA 1.
TABLA 1 |
||
PARÁMETROS |
MÍNIMO |
MÁXIMO |
Óxido de Calcio |
69% |
|
Cal útil |
58% |
|
Óxido de Magnesio (MgO) |
1% |
|
Óxido de Sílice (SiO2) |
4% |
|
Asentamiento |
35 ml |
|
Humedad |
1% |
ANÁLISIS A REALIZAR: Determinaciones a realizar en laboratorio Central de ESSAP por cada partida recibida:
Óxido de calcio.
Óxido de sílice.
Cal Útil.
Observación: En caso de encontrar alguna anomalía en la calidad de la cal se determinarán también, en el Laboratorio central de ESSAP, los siguientes parámetros:
Óxido de Magnesio
Asentamiento
Humedad
MUESTREO ALEATORIO: En caso de dificultades en el tratamiento o daños en los equipos durante la utilización del producto proveído, se realizarán muestreos aleatorios, in situ, durante la ejecución del contrato. La Contratante deberá solicitar al INTN, la realización de muestreos aleatorios sobre los productos entregados en el depósito de Viñas Cué, para efectuar las Determinaciones Químicas de modo a constatar la conformidad de los productos con las especificaciones indicadas en la sección Requisitos Químicos.
La solicitud de toma de muestras deberá ser realizada a través de nota de la Contratante dirigida al INTN, en la que indicará la descripción del proceso de contratación, el nombre o razón social del Proveedor, la descripción del producto (marca y forma de presentación) adjuntando las especificaciones técnicas del producto adjudicado.
La toma de muestra solicitada por la contratante al INTN será efectuada una vez realizado el pago de los servicios por parte del Proveedor al INTN. Para el efecto, la Contratante notificará al Proveedor la realización de la toma de muestras y solicitará al mismo que abone el costo de las determinaciones a ser realizadas en un plazo que no podrá exceder 5 días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación. De no constatarse el pago del Proveedor en el plazo mencionado, la Contratante solicitará y abonará directamente al INTN por las determinaciones a ser realizadas cuyo costo deducirá de las facturas pendientes de pago al Proveedor. El resultado de las determinaciones realizadas por el INTN será comunicado al Proveedor.
INCUMPLIMIENTOS: En caso de que los resultados de los análisis arrojen valores que no cumplan con los requisitos químicos establecidos en la Norma Paraguaya N°160, la ESSAP S.A se reserva el derecho de rechazar la partida, de no mediar razones de servicio que lo impidan, corriendo por cuenta del proveedor el retiro del material.
Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado:
Sandra Pagliaro. Cargo: Gerente de la Gerencia de Operaciones
Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada:
La cal hidratada es utilizada en el tratamiento de Potabilización del agua, en la etapa de estabilización, como corrector de pH, cuyos valores aceptables están establecidos en las normas de calidad del agua y controladas por los Entes reguladores. Un pH adecuado evita que el agua sea agresiva con los medios con los que está en contacto (cañerías, accesorios, etc.), corrosiva para valores de pH por debajo del pH de saturación e incrustante para valores de pH mayores al mismo.
Justificar la planificación:
Es un llamado que responde a una necesidad periódica.
Justificar las especificaciones técnicas establecidas:
Las especificaciones técnicas fueron redactadas de acuerdo a los requerimientos de la Norma Paraguaya N°160 del INTN, la cual contiene las Especificaciones y requisitos que debe reunir la Cal Hidratada a ser utilizada en el tratamiento de Potabilización de agua.
Además, ajustarse a los parámetros establecidos en la mencionada Norma, contribuye a la optimización en el proceso de saturación y evita el deterioro acelerado de los equipos Dosadores por las impurezas que puedan contener (a mayor pureza, menos residuos).
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
item |
Descripción del bien |
Unidad de Medida |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
1 |
Cal Hidratada |
Toneladas |
3.840 |
7.680 |
Ítem |
Descripción del Bien |
Unidad de medida |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
Partida/ Mes |
Año |
Lugar de Entrega |
Fecha Final de ejecución de los servicios |
1 |
Cal Hidratada para tratamiento de agua |
Tn |
160 |
320 |
01 de 24 |
2023 |
Unidad Administrativa de Materiales-Depósito de materiales Viñas Cué, Concepción, San Bernardino, Tebicuary-mi, Encarnación, Ciudad del Este, Villa Hayes, Pilar, Bella Vista Norte, San Estanislao, Caacupé, Alberdi, Caaguazú, Carayaó, Antequera. |
30 (treinta) días corridos, a partir de la recepción de la Orden de Compra por parte del proveedor. |
Tn |
160 |
320 |
02 de 24 |
|||||
Tn |
160 |
320 |
03 de 24 |
|||||
Tn |
160 |
320 |
04 de 24 |
|||||
Tn |
160 |
320 |
05 de 24 |
|||||
Tn |
160 |
320 |
06 de 24 |
|||||
Tn |
160 |
320 |
07 de 27 |
|||||
Tn |
160 |
320 |
08 de 24 |
|||||
Tn |
160 |
320 |
09 de 24 |
2024 |
||||
Tn |
160 |
320 |
10 de 24 |
|||||
Tn |
160 |
320 |
11 de 24 |
|||||
Tn |
160 |
320 |
12 de 24 |
|||||
Tn |
160 |
320 |
13 de 24 |
|||||
Tn |
160 |
320 |
14 de 24 |
|||||
Tn |
160 |
320 |
15 de 24 |
|||||
Tn |
160 |
320 |
16 de 24 |
|||||
Tn |
160 |
320 |
17 de 24 |
|||||
Tn |
160 |
320 |
18 de 24 |
|||||
Tn |
160 |
320 |
19 de 24 |
|||||
Tn |
160 |
320 |
20 de 24 |
|||||
Tn |
160 |
320 |
21 de 24 |
2025 |
||||
Tn |
160 |
320 |
22 de 24 |
|||||
Tn |
160 |
320 |
23 de 24 |
|||||
Tn |
160 |
320 |
24 de 24 |
|||||
Total |
Tn |
3,840 |
7,680 |
La provisión de los Bienes, objetos de este llamado, estará sujeta a las condiciones establecidas en el contrato, las documentaciones del Pliego de Bases y Condiciones, las Adendas y las órdenes de Compras generadas en el marco de este de llamado.
CONDICIONES DE LA ENTREGA: Una vez firmado el contrato emergente de este llamado, y obtenido el CÓDIGO DE CONTRATACIÓN, la Unidad de Gestión de Bienes y Servicios, dependiente de la Gerencia Administrativa, elaborará las ÓRDENES DE COMPRAS del bien a ser proveído, teniendo el proveedor, 3 (tres) días para retirar la Orden de Compra una vez emitida.
Los Bienes a suministrar, serán recepcionados por ESSAP S.A. en las oficinas de la UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN DE MATERIALES, ubicada en Cnel. Bóveda y Tte. Alejandro Monges Viñas Cué, la Planta de Tratamiento de Agua Potable de la ciudad de Asunción, barrio Zeballos Cué, Asunción Paraguay.
El proveedor deberá comunicar con 48 hs. de anticipación, vía telefónica, a la Unidad de Administración de Materiales, la fecha y hora en que hará la entrega de los bienes conforme a la orden de compra correspondiente.
Todo el producto suministrado será objeto de inspección por parte del sector solicitante y Unidad de Administración de Materiales quienes verificarán: a) Cantidades, y b) Estado Físico de las bolsas y/o envases en los que se entrega el producto. En cada entrega la Unidad de Control de Calidad de la ESSAP S.A., realizará las pruebas en el Laboratorio de manera a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos y demás especificaciones técnicas certificando a tal efecto la calidad del producto. La cantidad de kilos recibidos a tener en cuenta será la de menor valor, entre la cantidad pesada por la báscula del proveedor y el peso será controlado por la ESSAP. Las inspecciones y pruebas se realizan en el Laboratorio de la Unidad de control de calidad de la ESSAP S.A. y en caso que fuere necesario en el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).
Una vez que los bienes sean recibidos y recepcionados a satisfacción del verificador nombrado por la convocante para el efecto, serán aceptados (Acta de Recepción).
Todos los bienes a ser proveídos, serán ingresados por medio de las facturas legales correspondientes a tenor de lo establecido en el Art. 80 de la Ley N° 125/91 y el Art. 5 inc. 2) del Decreto N° 6339/05.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
SI APLICA. Las muestras presentadas serán objeto de inspecciones y pruebas en el Laboratorio de la Unidad de Control Calidad de la ESSAP S.A., de manera a verificar el cumplimiento de los requisitos químicos (Especificaciones Técnicas-TABLA 1) indicados en las Normas paraguayas N° 160 y demás especificaciones técnicas indicadas en el Pliego de Bases y Condiciones.
De igual manera la Convocante se reserva el derecho de realizar la inspección in situ en el Depósito del Oferente, para la toma de muestras y comparar los resultados con la muestra presentada por el mismo. Éste muestreo estará a cargo de Técnicos del Laboratorio de ESSAP S.A., acompañado de un representante de la UOC y en presencia de un Representante del Oferente.
Toda unidad muestral (frasco), una vez llenada por el funcionario autorizado de ESSAP S.A. será tapada y precintada por éste con los sellos de la Convocante y del Oferente, indicándose en la etiqueta las siguientes constancias: 1) Nombre del producto, marca y proveedor; 2) Fecha de extracción de la muestra; y 3) Firma del funcionario autorizado de ESSAP S.A. y del Representante del Oferente en el acto.
Se originan tres unidades muestrales, cualquier de ellas serán analizadas en el Laboratorio de la ESSAP S.A. La segunda unidad quedará como muestra testigo en el Laboratorio Central de ESSAP S.A. La tercera unidad muestral quedará para el Oferente. Los resultados de los análisis serán indicados en el Informe de Evaluación.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Acta de recepción |
Bien |
Según Órdenes de Compras emitidas según plan de entrega. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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