El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Especificaciones técnicas
ITEMS |
Descripción |
Cantidad |
Unidad de medida |
Presentación |
Especificaciones Técnicas |
1 |
ADQUISICION DE SOFTWARE DE DIGITALIZACION DE DOCUMENTOS |
1 |
Unidad |
Unidad |
Ver abajo |
2 |
SERVIDOR
|
1 |
Unidad |
Unidad |
Ver abajo |
ITEM 1 - ADQUISICIÓN DE SOFTWARE DE DIGITALIZACIÓN DE DOCUMENTOS
El Sistema de Gestión Documental deberá estar integrado por un software de Digitalización Certificado, con su correspondiente Procedimiento de Digitalización Certificado y Plan de Calidad, en cumplimiento con la establecido en la Ley 4.017/2010, Ley 4.610/2012, Decreto Nº 7.369/2011 y la Resolución 1.438/2015 del Ministerio de Industria y Comercio (MIC).
El Software deberá tener la capacidad de integrarse a los sistemas de la Municipalidad de Asunción, de modo que una vez concluido el plazo contractual, el mismo, siendo propiedad de la Institución pueda seguir utilizándose para la organización, digitalización y disponibilidad de los archivos en formato digital.
El proveedor deberá tomar las medidas administrativas y burocráticas tendientes a la transferencia formal de la propiedad del software a la Municipalidad de Asunción.
El proveedor deberá entregar 1 (un) manual de uso del Software.
Deberá estar desarrollado en base al Clasificador Presupuestario Municipal aprobado por Ordenanza Municipal, y debe contemplar las actualizaciones por el plazo de 3 años.
El Sistema de Digitalización Certificada de Archivos (desktop-Web-API)
debe tener las siguientes funcionalidades
Acceso vía Web
API´s
Desarrollo y puesta en producción
ITEM 2 - SERVIDOR
Como parte de la prestación del servicio y a los efectos de la formulación de consultas al sistema, se deberá instalar en la sala de cómputos (data center) y en la red interna de la Municipalidad de Asunción, un servidor que deberá tener las siguientes especificaciones mínimas:
Abg. Edwin López Cattebecke Director General
Dirección General de Administración y Finanzas, Municipalidad de Asunción
Es necesario para optimizar los trabajos de; carga de datos de los egresos a un sistema informático, digitalización de los documentos de respaldo por egresos, emisión de reportes por rubros presupuestarios.
Con la adquisición de los bienes requeridos se pretende satisfacer una necesidad temporal.
Se ajusta a las necesidades técnicas.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Item |
Descripción del Bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los Bienes |
Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes |
1 |
SOFTWARE DE DIGITALIZACIÓN DE DOCUMENTOS | 1 | UNIDAD | Unidad de Rendición de Cuentas D.G.A.F. Piso 7, Edif. Comuneros (Bloque A) Mcal. López 5556 | 15 (Quince) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la orden de provisión emanada por la Dirección General de Administración y Finanzas. |
2 |
SERVIDOR |
1 |
UNIDAD |
Unidad de Rendición de Cuentas D.G.A.F. Piso 7, Edif. Comuneros (Bloque A) Mcal. López 5556 |
15 (Quince) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la orden de provisión emanada por la Dirección General de Administración y Finanzas. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento: DE UNA SOLA VEZ
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Orden de Provisión/Nota de Remisión / Acta de recepción |
Orden de Provisión/Nota de Remisión / Acta de recepción |
FEBRERO 2024. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
|
|
|
|
|
|
|
2. Documentos. Consorcios |
|
|
|
|