Entre__________________________________________, domiciliada en ____________________, República del Paraguay, representada para este acto por________________________, con cédula de identidad N° ________, denominada en adelante la contratante, por una parte, y, por la otra, la firma ____________, domiciliada en ___________________________________, República del Paraguay, representada para este acto por _________________________________, con cédula de identidad N° ________________, denominada en adelante el proveedor, identificadas en conjunto como "LAS PARTES" e, individualmente, "PARTE", acuerdan celebrar el presente "Contrato de _______________________________", el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
El objeto del contrato es:
Establecer derechos y obligaciones que asumen las PARTES, en relación al procedimiento de Licitación por Concurso de Ofertas N° 05/2.023 Contratación de servicios de impresiones para la Dirección de Comunicación y Prensa del Ministerio Público, conforme a las especificaciones técnicas insertas en el Pliego de Bases y Condiciones.
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del Contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
Los documentos adicionales del contrato son:
La Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato.
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID N° 421.921, según los créditos presupuestarios asignados para el Ministerio Público en el proyecto del Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2023 y para el ejercicio fiscal 2024, sujeto a la aprobación del Presupuesto General de la Nación. Asimismo, la Contratante dará cumplimiento conforme a los Art. 363- Contrataciones Plurianuales, y 364 - Contrataciones Ad Referéndum, del Decreto N° 8759/2023 que reglamenta de la Ley N° 8759/2023.
El contrato es el resultado del procedimiento de la Licitación por Concurso de Ofertas N° 05/2.023 - Contratación de servicios de impresiones para la Dirección de Comunicación y Prensa, Contrato plurianual Ad referéndum, convocado por la Unidad Operativa de Contratación, según Resolución F.G.E. N° ____. La adjudicación fue realizada según acto administrativo Resolución F.G.E. N°_______.
No Aplica.
[Formato de Tabla]
N° de Orden |
N° de Ítem/Lote |
Descripción |
Marca |
Procedencia |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Precio Unitario |
Monto Total |
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El monto total del presente contrato asciende a la suma de: _________________________Total: [sumatoria]
No Aplica.
[Formato de Tabla para contrato abierto - cantidades mínimas y máximas]
Nro. De Orden |
Nro. De Ítem/Lote |
Descripción |
Marca |
Procedencia |
Unidad de Medida |
Cantidad mínima |
Cantidad máxima |
Precio Unitario |
Monto mínimo |
Monto máximo |
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Total: [sumatoria de columna de montos mínimos y sumatoria de columna de montos máximos]
[Formato de Tabla para contrato abierto - montos mínimos y máximos]
Nro. de orden | Nro. de ítem/lote | Descripción | Unidad de medida | Cantidad | Presentación | Precio Unitario (IVA Incluído) |
PRECIO TOTAL: |
MONTO MÍNIMO | Gs. |
MONTO MÁXIMO | Gs. |
Total: [sumatoria de columna de montos mínimos y sumatoria de columna de montos máximos]
El monto mínimo del presente contrato asciende a la suma de____________ y el monto máximo es de_______________
El Proveedor se compromete a proveer los Bienes a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato.
La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en estas bases y condiciones.
El reajuste de precio solo será aplicado a solicitud escrita del proveedor sobre aquellos pendientes de suministros una vez surgidas las variaciones establecidas en dicho punto, como así también, que la Contratante reconocerá el reajuste de precios por el mismo porcentaje de aumento decretado, a partir de la fecha de vigencia de la disposición legal y que el ajuste de precios será aplicado a aquella parte del bien o entrega pendiente de ejecución, toda vez que no se halle en incumplimiento de la referente contratación, entre otras cuestiones.
No se reconocerá reajuste de precios si el suministro de los bienes se encuentre atrasado respecto del plazo establecido o, la Contratante haya podido constatar fehacientemente que la Contratista esté en incumplimiento de las obligaciones establecidas en este Pliego de Bases y Condiciones.
La vigencia del presente contrato será:
Este Contrato tendrá vigencia desde el día siguiente la firma de este documento por ambas partes con una duración de 24 meses
Los bienes y/o servicios deberán ser entregados y/o prestados dentro de los plazos establecidos en el Cronograma de Entregas del pliego de bases.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
La administración del contrato estará a cargo de la Dirección de Comunicación y Prensa del Ministerio Público y para la gestión de pago estará a cargo de la Dirección Administrativa.
La Unidad Administradora del Contrato es la responsable de la recepción de los bienes, certificando que el mismo cumpla con las Especificaciones exigidas, en caso de no adecuarse a dicha exigencia, se deberá realizar el reclamo pertinente.
La Unidad Administradora del Contrato deberá informar a la Dirección General de Administración y Finanzas, a la UOC, y a las demás unidades que corresponda de manera oportuna cualquier incumplimiento que constate, sea que estén relacionadas a las especificaciones pactadas o a los plazos previstos en el contrato. La UOC es la responsable de gestionar la administración de las sanciones previstas, cuando se constate el incumplimiento del contrato, así como de remitir a la DNCP la documentación comprobatoria de los hechos presumiblemente constitutivos de las infracciones previstas.
De darse un incumplimiento no atribuible a la Contratista adjudicada, la Unidad Administradora del contrato, basada en los antecedentes relacionados a la causa del incumplimiento contractual, procederá a informar y/o exponer a la Dirección General de Administración y Finanzas y las demás unidades que corresponda, los motivos por los cuales se podría considerar que el incumplimiento acaecido, sea considerado como consecuencia de una causa de fuerza mayor o el proveedor se encuentre exento de responsabilidad.
La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Contractuales del presente pliego de bases y condiciones, la cual se presentará a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en las Condiciones Contractuales del presente pliego. Llegado al monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2.051/2003 "De Contrataciones Públicas", caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 72 de la Ley N° 2051/2003 "De Contrataciones Públicas", modificado por Ley N° 6716/2021.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales del presente pliego de bases y condiciones.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme a las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las condiciones contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de ___________________ República del Paraguay al día___________ mes___________ y año_____________.
Firmado por: _____________________________ en nombre de la Contratante.
Firmado por: _____________________________ en nombre del Proveedor.