El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ESPECIFICACIONES
CARACTERISTICAS MECANICAS
EQUIPAMIENTOS
Sistema de Audio y Entretenimiento
SERVICIOS TÉCNICOS Y GARANTÍAS
OBSERVACIONES: La convocante no aceptara vehículos de menor prestación que las requeridas en las Especificaciones Técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de referencia, los potenciales oferentes podrán ofertar bienes de iguales características a lo solicitado o superiores a los expresados en las especificaciones técnicas mínimas requeridas
CNEL DCEM ALFREDO GABRIEL GRANCE LEZCANO ; Director Administrativo y Financiero de la DGAF.
La Dirección General de Administración y Finanzas (DGAF); tomando la estadística del parque automotor en lo que respecta a utilización del vehículo para el transporte del Director en todo el territorio paraguayo. Así mismo la DGAF tiene la necesidad de compra de un AUTOMOVIL SEDAN para la flota de vehículos para amortiguar todos los servicios y necesidades de la Institución para las diferentes misiones asignadas dentro del territorio nacional por parte de la Dirección General de Administración y Finanzas (DGAF). Este pedido de Adquisición del AUTOMOVIL SEDAN es a fin de cubrir la necesidad de contar con un vehículo que cuente con altos estándares de seguridad a ser utilizado por la Comandancia de la Institución.
En ese contexto es de vital importancia la adquisición de la camioneta cerrada a fin de que los servicios internos y externos sean complementadas conforme a las necesidades existentes y al mismo tiempo que el parque automotor a cargo de la Sección de Transporte de Asunción cumpla con los servicios asignados por la superioridad.
En lo que concierne a la solicitud de pedido es realizado por el Señor Director de la DGAF; dirigido al señor Director de la Dirección de Administración y Finanzas (DAF); para realizar el proceso del llamado para la Adquisición de Automovil sedan para aumentar el parque automotor de la Sección transporte de la DGAF - ASUNCIÓN.
Es de suma importancia que la adquisición de la Automovil sedan para que las flotas de vehículos sean modernizadas, que redituara en pos del personal militar dentro del territorio paraguayo acompañados por personal militar idóneo en el manejo del vehículo.
Este proceso Licitatorio es a fin de satisfacer las necesidades existentes en cuanto a la adquisición de Automovil sedan para el presente llamado para el Ejercicio Fiscal 2023.
Las especificaciones técnicas fueron elaboradas conforme a las necesidades de la DGAF, haciendo hincapié principalmente en la adquisición de un vehículo nuevo, con avances tecnológicos, características, prestaciones y seguridad del pasajero, considerando que el vehículo será utilizado por la Dirección para sus diferentes actividades emanadas por la superioridad en el cumplimiento de sus funciones.
Conforme las Especificaciones Técnicas de la camioneta a ser solicitada se encuentra plasmada a solicitud del señor Director de Administración y Finanzas en el Pliego de Bases y Condiciones.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
1 |
Automóvil |
1 |
Unidad |
Comando de las Fuerzas Militares - DGAF - UOC Nº 6, Av. Mcal. López c/ Av. Gral. Santos, ciudad de Asunción |
10 (diez) Días Hábiles posterior a la recepción de la Orden de compra |
NO APLICA
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los servicios) |
(Insertar la cantidad de rubros de servicios a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los rubros de servicios |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
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Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Contrato |
Orden de Compra/ Nota de Remisión |
Ítem 1: 10 (diez) Días Hábiles posterior a la recepción de la Orden de compra. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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