CONTRATO N° /2023
Entre la FACULTAD DE CIENCIAS MEDICAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCION, domiciliada en Avda. Mcal. López y Cnel. Cazal, San Lorenzo, República del Paraguay, representada para este acto por el Señor MG. PROF. DR. OSMAR MANUEL CUENCA TORRES, con Cédula de Identidad N° 751.071, denominada en adelante la contratante, por una parte, y, por la otra, la firma, con 2, domiciliada en Humaitá Nº 965 e/ Colón, de la Ciudad de Asunción, República del Paraguay, representada para este acto por el Señor, con Cédula de Identidad N°.., denominada en adelante el proveedor, denominadas en conjunto "LAS PARTES" e, individualmente, "PARTE", acuerdan celebrar el presente contrato de la CONTRATACIÓN DIRECTA N° 02/2023 SERVICIO DE CEREMONIAL, GASTRONOMICO Y ADQUISICION DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y BEBIDAS PARA LA FACULTAD DE CIENCIAS MEDICAS/UNA AD REFERNDUM PRESUPUESTO 2023 ID Nº 422.458
, el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
El objeto del contrato es:
El presente contrato tiene por objeto regular los derechos y obligaciones de las partes con relación al CONTRATACIÓN DIRECTA N° 02/2023 SERVICIO DE CEREMONIAL, GASTRONOMICO Y ADQUISICION DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y BEBIDAS PARA LA FACULTAD DE CIENCIAS MEDICAS/UNA AD REFERNDUM PRESUPUESTO 2023 ID Nº 422.458
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del Contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
Los documentos adicionales del contrato son:
7. Adendas y/o modificaciones al contrato;
8. Documentos presentados por la firma en el marco del proceso de formalización del contrato.
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID N° 422.458
El contrato es el resultado del procedimiento de la CONTRATACIÓN DIRECTA N° 02/2023 SERVICIO DE CEREMONIAL, GASTRONOMICO Y ADQUISICION DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y BEBIDAS PARA LA FACULTAD DE CIENCIAS MEDICAS/UNA AD REFERNDUM PRESUPUESTO 2023 ID Nº 422.458, convocado por la FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCIÓN. La adjudicación fue realizada según acto administrativo Resolución D. N°
N° de Orden |
N° de Ítem/Lote |
Descripción |
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Procedencia |
Unidad de Medida |
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Precio Unitario |
Monto Total |
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El monto mínimo del presente contrato asciende a la suma de Gs y el monto máximo es de Gs. (.)
El Proveedor se compromete a proveer los servicios a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato.
La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en esta carta de invitación.
La vigencia del presente contrato será:
La vigencia del presente contrato será hasta el 31/12/2023.-
Los bienes y/o servicios deberán ser entregados y/o prestados dentro de los plazos establecidos en el Cronograma de Entregas de la Carta de Invitación.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
La administración de éste contrato estará a cargo de la Administración de la Facultad de Ciencias Médicas.
La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Contractuales de la presente carta de invitación, la cual se presentará a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en las Condiciones Contractuales de la presente carta de invitación. Llegado al monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2.051/2003 "De Contrataciones Públicas", caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 72 de la Ley N° 2051/2003 "De Contrataciones Públicas", modificado por Ley N° 6716/2021.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales de la presente carta de invitación.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme a las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las condiciones contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de San Lorenzo, República del Paraguay, a la fecha .
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MG. PROF. DR. OSMAR MANUEL CUENCA TORRES |
PROVEEDOR |
DECANO - F.C.M. U.N.A. |