Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:
Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.
Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y
Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1.Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**) NO APLICA |
6. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
7. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
8. Patente Comercial del muncipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
9. Documentos legales |
9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
|
|
|
9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
|
|
|
9.3. Oferentes en Consorcio. |
|
|
|
|
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
a) Oferentes contribuyente de IRACIS.
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los tres (3) años 2020, 2021 y 2022.
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los tres (3) años 2020, 2021 y 2022.
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital. El promedio en los de los tres (3) años no deberá ser negativo.
b) Oferentes contribuyentes de IRPC
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los 3 años (2020, 2021 y 2022).
c) Oferentes contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los 3 años (2020, 2021 y 2022).
d) Oferentes contribuyentes exclusivamente de IVA General
Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los últimos 3 (tres) meses anteriores a la fecha de presentación de la oferta conforme al Calendario Perpetuo establecido por la Secretaría de Estado de Tributación (SET).
En casos de oferentes en consorcio, el líder deberá cubrir el 60 % de los requisitos establecidos y los demás integrantes el 40 %.
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
|
|
|
|
|
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en MANTENIMIENTO Y/O REPARACIÓN DE MOTOBOMBAS con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 5 años. Últimos años (2018, 2019, 2020, 2021 y 2022).
Se sumarán los valores de las facturas y/o recepciones finales emitidas a entidades públicas y/o privadas dentro de los años 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022 cuya descripción deberá estar relacionada al MANTENIMIENTO Y/O REPARACIÓN DE MOTOBOMBAS. El resultado será promediado dividiendo el mismo por 5 (cinco). El valor resultante deberá ser igual o superior al 50 % DEL MONTO MÁXIMO ESTABLECIDO EN LA PRESENTE LICITACIÓN. Las fotocopias de las facturas deberán ser legibles. Las recepciones finales deberán detallar los valores de los servicios realizados. Las facturaciones y/o recepciones finales con valores en moneda extranjera serán convertidas a guaraníes teniendo en cuenta el tipo de cambio establecido en el Histórico del Banco Central del Paraguay en la fecha de emisión de los documentos.
El oferente deberá contar mínimamente con 2 (dos) constancias de buen cumplimiento satisfactorio de contrato, emitida por la entidad pública y/o privada que ha contratado los servicios de mantenimiento y/o reparación de motobombas.
En casos de oferentes en consorcio se considerará las facturaciones de venta y/o recepciones finales de todos los miembros integrantes del consorcio. El Líder deberá cubrir el 60 % y los demás integrantes el 40 % de los requisitos.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
|
|
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
Garantías: El oferente deberá garantizar que los servicios que requieran la provisión de repuestos cuentan con una garantía mínima de 6 (seis) meses, señalando que, serán utilizados repuestos nuevos y que cumplen con las Especificaciones Técnicas requeridas. Así mismo, el oferente deberá garantizar que, para los casos de emergencia, cuenta con equipos a ser utilizados por la contratante durante el tiempo que dure la reparación de un equipo retirado, señalando que los mismos son los adecuados y que reúnen con las condiciones y/o especificaciones correspondientes para cubrir las necesidades y/o prestaciones requeridas por la institución.
Personal técnico: El oferente deberá demostrar cuenta mínimamente con 2 (dos) personales técnicos debidamente calificados para efectuar los trabajos requeridos, los cuales deberán estar capacitados y certificados.
Infraestructura: El oferente deberá demostrar que cuenta con la infraestructura necesaria para la prestación del servicio requerido, contar con un inmueble donde funciona las oficinas y talleres ya sea propio o alquilado, contar con 1 (un) vehículo cerrado adecuado para el traslado de motobombas y/o equipos, así como las herramientas e instrumentos necesarios para la realización de los trabajos requeridos. El Local del oferente deberá contar con superficie cubierta destinada para las reparaciones, así mismo, deberá contar con un sistema de detección y combate contra incendios y póliza de seguro contra siniestros.
Visita Técnica a los Edificios del MIC
El proveedor deberá presentar junto con su oferta la (Constancia de Visita Técnica emitida por la Convocante) o la (Declaración Jurada en la cual manifiesta conocer el sitio y que cuenta con la información suficiente para preparar la oferta y ejecutar el contrato).
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
|
|
|
|
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
El comité de evaluación podrá realizar visita del local declarado por el oferente, a los efectos de corroborar que este cumpla con los requerimientos de infraestructura establecidos.
El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.
Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme las disposiciones del Decreto 7781/06, para las Contrataciones con Organismos de la Administración Central, el Oferente que resulte adjudicado, deberá contar con una cuenta corriente y/o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, o en su defecto, hallarse en condiciones de poder habilitar una cuenta corriente y/o caja de ahorro a su nombre, a fin de poder hacer efectivo el Pago Directo a Proveedores y Acreedores vía acreditación en cuenta bancaria.