Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:
Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.
Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y
Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1.Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
6. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
7. Patente Comercial del muncipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
8. Documentos legales |
8.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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8.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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8.3. Oferentes en Consorcio. |
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
a) Contribuyente de IRACIS - IRE
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 últimos años (2019, 2020 y 2021).
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, e n los 3 últimos años (2019, 2020 y 2021).
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los últimos 3 años (2019, 2020 y 2021), no deberá ser negativo.
b) Contribuyente de IRPC - IRE
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales (2019, 2020 y 2021) requeridos.
c) Contribuyente de IRP - IRE
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales (2019, 2020 y 2021) requeridos.
d) Contribuyente exclusivamente IVA General
Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ultimo 6 meses.
Para los casos de Consorcios, se requeriré que todos los integrantes del mismo cumplan con la totalidad de lo requerido en la Capacidad Financiera
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
a) Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los años 2019-2020-2021 para contribuyente de IRACIS, así como Impuesto a la Renta Formulario 101 correspondientes a los ejercicios fiscales 2019-2020-2021. |
b) IVA General de los últimos 6 meses, para contribuyentes SÓLO del IVA General |
c) Formulario 106 de los últimos 2019-2020-2021 años para contribuyentes del IRPC |
d. Formulario 104 de los últimos 2019-2020-2021 años para contribuyentes de IRP |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
1. Deberá contar con la Habilitación del MADES (Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible) para operar como taller mecánico, no se admitirá constancia en trámite.
2. Superficie Requerida: El Oferente deberá contar con infraestructura propia y/o tercerizada de por lo menos 700 m² como mínimo de superficie total del Terreno, que deberá demostrar con la presentación del Certificado de Licencia Comercial expedida por la Municipalidad de Asunción para los Talleres ubicados en Asunción actualizada. En caso de que el taller del oferente se encuentre en otro municipio deberá presentar Resolución Municipal equivalente. (no en trámite)
3. Presentar copia del plano de infraestructura del taller debidamente aprobado por el municipio que corresponda. No se admitirán superficies en regulación. (podrá ser propio y/o alquilado).
4. Poseer indefectiblemente un sistema de protección contra incendio, con alarma en todas sus instalaciones, balde de arena, extintores, sistema de detección de humo, sensor de humo con alarma (se probará el funcionamiento del mismo en la visita de la verificación técnica), poseer de carteles indicadores de salida de emergencia, boca hidrante, Sistema BIE, PCI (Plano de prevención contra incendio) aprobado por el municipio.
5. Contar con un taller móvil (vehículo) totalmente equipado para brindar servicio permanente de mantenimiento y reparación de vehículos, a pedido de la Contratante en el Interior del país, deberá presentar cedula verde y habilitación municipal vigente, a nombre del oferente. Si el servicio fuese tercerizado deberá presentar del contrato de prestación, suscrito con la empresa prestadora a favor del oferente.
6. Contar con un mínimo de 08 (ocho) personal técnico, indefectiblemente con personal para la reparación de la inyección electrónica diésel y naftero, deberán contar con Certificados emitidos por el Ministerio de Educación y Cultura, Ministerio de Trabajo y/o SNPP (Servicio Nacional de Promoción Profesional), además del personal administrativo necesario
Las siguientes certificaciones o especializaciones mínimas requeridas son:
7. Deberá contar con Servicio de Traslado de Grúa en la modalidad (24x365) disponible en todo el territorio nacional: deberá demostrar si posee vehículo propio o mediante empresa tercerizada para efectuar los servicios de grúa y/o remolque. Si el servicio fuese tercerizado deberá presentar copia de suscripción con la empresa para la prestación del servicio, vigente al inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE, en caso de contar con vehículos propios presentar cedula verde y habilitación vigente.
8. Poseer circuito cerrado de TV y servicio de monitoreo las 24 hs. que garantice a la convocante que tenga la seguridad desde el ingreso del vehículo hasta la salida
9. El Oferente deberá contar con Póliza de Seguro de Cobertura contra robo, incendio y de responsabilidad civil, que incluye la cobertura por daños a los vehículos de la Policía Nacional durante la prestación de los servicios en las instalaciones de la empresa, proveniente de hechos u omisiones voluntarios e involuntarios, resultantes de la negligencia o impericia de sus empleados, sin cargo alguno para la convocante, para asegurar el cabal eficiente y oportuno resarcimiento en caso de daño a los vehículos mientras se hallen en talleres de la Empresa con vigencia hasta la culminación de la ejecución del Contrato, por un monto mínimo de G. 1.000.000.000.-
10. Debe contar con guardia de seguridad permanente 24 Hs. para garantizar la protección de los vehículos, presentar contrato con prestadora.
11. Herramientas Requeridas: El Taller oferente deberá contar con herramientas propias o de terceros. Entre las cuales se citan:
12. Presentar croquis de ubicación y plano aprobado por el Municipio del Taller para propietarios y/o tercerizados.
13. Declaración Jurada manifestando su Capacidad de proveer en tiempo y forma los servicios ofertados en caso de ser adjudicado.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1. Copia de Licencia Ambiental emitida por el MADES (Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible) para operar como Taller Mecánico.
2. Declaración Jurada de contar como mínimo de 700m² de infraestructura propia y/o tercerizada acompañado del Certificado de Licencia Comercial expedida por la Municipalidad de Asunción y/o Resolución Municipal equivalente. (no en trámite)
3. Copia del plano de infraestructura del taller debidamente aprobado por el municipio que corresponda.
4. Copia de plano/s del sistema de prevención contra incendios, definitivos y no a regularizar, debidamente homologado y/o aprobado por el municipio que corresponda.
5. Declaración Jurada de Contar con un taller móvil (vehículo) totalmente equipado para brindar servicio permanente de mantenimiento y reparación de vehículos en el interior del País acompañado de Cedula verde y habilitación municipal vigente, a nombre del oferente en caso de ser propietario. Si el servicio fuese tercerizado, copia del contrato de prestación del servicio.
6. Lista del personal técnico propuesto acompañado con el documento que acredite la especialidad acompañado de los certificado emitido por el Ministerio de Educación y Cultura, Ministerio del Trabajo y/o SNPP (Servicio Nacional de Promoción Profesional).
7. Para el Servicio de Grúa: para vehículos propios presentar cedula verde y habilitación vigente. Si el servicio fuese tercerizado deberá presentar copia del contrato de suscripción con la empresa para la prestación del servicio
8. Declaración Jurada de poseer el sistema de circuito cerrado de TV y servicio de monitoreo las 24 hs. que garantiza la seguridad desde el ingreso hasta la salida de los vehículos.
9. Póliza de Seguro de Cobertura contra robo, incendio y de responsabilidad civil, por importe de G. 1.000.000.000, como mínimo.
10. Copia de contrato con prestadora del servicio de guardia de seguridad permanente 24 Hs.
11. Declaración Jurada emitida por el oferente de contar con las herramientas requeridas (citar).
12. Copia de croquis de ubicación y plano aprobado por el Municipio del Taller para propietarios y/o tercerizados.
13. Declaración Jurada manifestando su Capacidad de proveer en tiempo y forma los servicios ofertados en caso de ser adjudicado.
El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.
Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme las disposiciones del Decreto 7781/06, para las Contrataciones con Organismos de la Administración Central, el Oferente que resulte adjudicado, deberá contar con una cuenta corriente y/o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, o en su defecto, hallarse en condiciones de poder habilitar una cuenta corriente y/o caja de ahorro a su nombre, a fin de poder hacer efectivo el Pago Directo a Proveedores y Acreedores vía acreditación en cuenta bancaria.