Consulta:
CONSULTA: Cual sería el argumento técnico de la convocante para solicitar AUTORIZACION DEL FABRICANTE, con este documento solo FOMENTAN MAS RIQUESA AUTOMOTOR S.A REPRESENTANTE DE HYUNDAI E ISUZU Y TAMBIEN LA EMPRESA CUEVAS HRNOS PARA NISSAN , y dejar sin trabajo a otras empresas que en capacidad técnica que son iguales y superior a AUTOMOTOR Y CUEVAS, por otro lado la LEY 2051/03 Esta para fomentar a las MIPYMES Y ESTOS REPRESENTANTE NO SON, NI PUEDEN SER MYPIMES, el objeto es ayudar al crecimiento y desarrollo de las empresas que tienen el mismo derecho en participar y suscribir contrato con instituciones del estado, pero con este requisito lo único que hacen es gastar mucho mas caro en reparaciones y repuestos , EL SUPUESTO DE ASEGURAR UNA CORRECTA REPARACION CON CASAS DEL REPRESENTANTE no es argumento para solicitar este documento para despilfarrar el dinero de la institución POR QUE PIDEN AUTORIZACION DEL FABRICANTE O DEL REPRESENTANTE, QUE APARTE ES MAS QUE SEGURO QUE EL REPRESENTANTE SOLO TIENE AUTORIZACION DE VENTA Y MANTENIMIENTO POS VENTA, NO HACI PARA REPARACIONES MAYORES, y todo esto para vehículos que pasaron su GARANTIA DE FABRICA O CON MAS DE TRES 3 AÑOS DE ANTIGÜEDAD, por todo esto con el debido respeto solicitamos extraer del pliego de bases y condiciones este documento para una competencia leal sin favorecer indebidamente a un SOLO OFERENTE en este caso a DOS. Y QUE DE VERDAD COMO REZA LA LEY DE CONTRATACIONES FOMENTE A LA PARTICIPACION DE LA MYPIMES, Y EN CASO DE QUE UNA EMPRESA NO CUMPLA CON EL CONTRATOS EXISTEN MUCHOS MECANIMOS DE SANCION PARA LOS QUE NO CUMPLEN EN SATISFACER LAS NECESIDADES DEL LA AGENCIA FINANCIAERA DE DESARROLLO , COMO mano de obra y repuestos originales y un buen servicio