El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
GENERALIDADES:
De acuerdo a lo establecido en la Res. DNCP N° 1930/20 Por la cual se dispone la utilización del Sistema de Información de Contrataciones Públicas para la presentación y apertura de ofertas electrónicas en los procedimientos de contratación:
El porcentaje indicado en el SICP para la Garantía de Mantenimiento de Oferta es del 5% cinco por ciento.
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en la convocatoria y/o en las bases de la licitación. La adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
La convocante podrá prorrogar el plazo de presentación de ofertas a fin de dar a los posibles oferentes, un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta la enmienda en la preparación de sus ofertas. Esta prórroga deberá quedar asentada en la adenda citada.
1. El Proveedor deberá suministrar todos los bienes o servicios de acuerdo con las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones y sus adendas, así como en el Contrato y sus adendas.
2. El Proveedor será responsable de cualquier indemnización por daños causados en el marco de la ejecución del contrato por él o su personal a los funcionarios y/o a terceros, y/o a los bienes de éstos, y/o a los bienes o instalaciones o imagen reputacional de la Contratante; por causas imputables al mismo.
3. Responder por todo incumplimiento o consecuencia imputable al mismo, derivados de la incorrecta o incompleta ejecución de lo contratado.
4. Contratar y mantener el personal calificado necesario para la realización de los servicios requeridos. Cumplir con todas las leyes laborales y de Seguridad Social vigentes. Asumir todos los riesgos en los términos del Código del Trabajo vigente, liberando al BCP de cualquier responsabilidad al respecto.
5. Cumplir con todas las medidas de seguridad que se requieran respecto a su personal, a fin de evitar accidentes de trabajo durante la ejecución contractual.
6. El Proveedor deberá indemnizar y eximir de cualquier responsabilidad a la contratante y a sus empleados y funcionarios, por cualquier litigio, acción legal o procedimiento administrativo, reclamación, demanda, pérdida, daño, costo y gasto cualquiera sea su naturaleza, incluidos los honorarios y gastos de representación legal, en los cuales pueda incurrir la contratante como resultado de riesgos profesionales o muerte de los empleados del Proveedor, sea reclamado por el trabajador o sus causahabientes durante la vigencia del contrato. Como riesgos profesionales se entenderán los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Se considerarán igualmente accidentes del trabajo los hechos constituidos por caso fortuito o fuerza mayor inherentes al trabajo que produzcan las mismas lesiones.
MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
Contrato Abierto por monto
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
ÍTEM N° 1 - SERVICIO DE SALA MATERNAL Y GUARDERÍA INFANTIL
El Banco Central del Paraguay, en adelante BCP, con el propósito de dar cumplimiento a las normas laborales y de esa forma otorgar facilidades al funcionariado en el cuidado de sus hijos en el horario laboral, habilitará un espacio destinado para el servicio de Sala Maternal y Guardería Infantil, en adelante LA GUARDERÍA.
El proveedor de este servicio deberá dar cumplimiento a todas las disposiciones, requisitos, reglamentaciones vigentes o futuras del Ministerio de Educación y Ciencias, la Municipalidad de Asunción, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y cualquier otro organismo competente en cada ámbito relacionado a la adecuada prestación del servicio contratado, por ejemplo: disposiciones sobre la seguridad, salubridad, etc.
La administración del contrato estará a cargo de la Gerencia de Recursos Humanos, Departamento de Desarrollo Humano a través de la División Bienestar Social.
El servicio deberá comprender la atención integral de los niños, educación, higiene, seguridad, alimentación adecuada, etc.
La enseñanza debe ser acorde a la edad, debiendo incluir; estimulación, custodia permanente, juegos recreativos, lectura de cuentos, y otras actividades que le ayuden a los niños a convivir y desarrollarse en forma armónica dentro de la sociedad.
Definiciones
A los efectos del presente llamado se entenderá por:
Las actividades en LA GUARDERIA se desarrollarán durante todo el año de la siguiente manera:
En este periodo se llevará a cabo una Colonia de Vacaciones para los niños inscriptos en LA GUARDERÍA, a desarrollarse durante los meses de enero, julio y la segunda quincena de diciembre de cada año.
Los niños estarán agrupados por edades, en los siguientes niveles que se citan a continuación. Se podrá tener en cuenta la madurez y el desarrollo del niño a fin de incluirlo en cada nivel.
Las Salas de Maternal se clasifican en:
*La fecha límite y la edad de ingreso al sistema educativo de los niños y niñas del Pre-Jardín se ajustan a lo establecido en la reglamentación vigente emitida por el Ministerio de Educación y Ciencias.
El horario de atención y funcionamiento:
Es obligación de los padres:
La inscripción inicial en LA GUARDERÍA se realizará en cualquier época del año, para el efecto, los padres deben comunicar a la División Bienestar Social con 5 (cinco) días hábiles de anticipación a la fecha de asistencia del niño.
La inscripción dependerá de la capacidad máxima de niños por sala establecida por el Ministerio de Educación y Ciencias y de la cantidad total máxima de niños a ser prevista para el contrato.
Cuando la demanda de niños sea mayor, la División de Bienestar Social registrará al niño en la Lista de Espera, respetando el orden de prioridad que se indica más abajo.
El Proveedor deberá informar a la División de Bienestar Social de la disponibilidad de nuevas plazas y el motivo.
En el mes de febrero de cada año lectivo, el Proveedor deberá remitir a la División Bienestar Social la lista de los niños que continuarán en la Sala siguiente de LA GUARDERÍA.
En todos los casos, la inscripción se realizará sin costo alguno.
De acuerdo a la capacidad máxima de niños por sala, la inscripción se realizará conforme a los siguientes criterios de prioridad:
Recibimiento de los niños (a la hora de entrada): los niños deberán ser recibidos por sus respectivas profesoras y/o asistentes. Al momento de la salida deberán encargarse de controlar que los mismos sean retirados por sus padres o personas autorizadas previamente por éstos.
Es responsabilidad del Proveedor registrar diariamente la asistencia de los niños y del personal en las Planillas a ser habilitadas para el efecto. Esta última planilla debe ser suscripta por el personal que asista.
Ambas planillas de asistencia llevarán la firma de la Directora como responsable del informe, serán verificadas por la División Bienestar Social y formarán parte del expediente al momento de la solicitud de pago.
Se deberá acompañar en forma personal a los niños acorde a su edad, brindar enseñanzas de normas de higiene y urbanidad en la mesa, otorgar cantidad de alimentación necesaria acorde a la edad o desarrollo del niño, instruir y acompañar en el consumo diario de agua conforme a la exigencia de la edad de cada niño.
El Proveedor deberá dar cumplimiento a todas las disposiciones, requisitos, reglamentaciones vigentes o futuras del Ministerio de Educación y Ciencias, incluyendo el Reglamento de Educación Inicial y Preescolar, y de cualquier otro organismo relacionado con las actividades a desarrollar.
El Proveedor deberá entregar al BCP una copia de todos los documentos requeridos por las Instituciones citadas en el párrafo anterior con relación a LA GUARDERÍA, como ser el Proyecto Educativo Institucional, Proyecto Operativo Anual y planes adecuados a cada grupo de niños acorde a lo solicitado por el Ministerio de Educación y Ciencias.
Será responsabilidad del Proveedor cumplir y hacer cumplir el Reglamento de Funcionamiento de LA GUARDERÍA, que se le entregará a los padres al inicio de las actividades.
El Proveedor deberá otorgar las vacaciones a su personal en forma escalonada y secuencial, sin que el servicio se vea afectado y previendo los remplazantes en caso de resultar necesario. El Proveedor deberá comunicar a la División Bienestar Social el otorgamiento de vacaciones a cada personal, el periodo de duración y los datos del remplazante si necesario fuere, debiendo cumplir éste con los mismos requisitos exigidos para el titular en la presente Sección.
A partir del mes de diciembre, es responsabilidad de la Directora recabar la información de los funcionarios padres de niños asistentes a LA GUARDERÍA, sobre las fechas probables de sus vacaciones, con el objeto de organizar las vacaciones de su personal atendiendo a la disminución de niños asistentes, a fin de evitar que el servicio se vea afectado.
La oferta del servicio deberá prever las actividades correspondientes al festejo de las fechas establecidas en el calendario anual como ser: días patrios, religiosos, familiares, clausura del año escolar y otros.
La organización de los eventos, así como los elementos de ambientación y de decoración conmemorativa a ser utilizados, estarán a cargo del Proveedor.
Los artículos personales de cada niño para los eventos (por ejemplo: trajes) correrán por cuenta de los padres.
Las instalaciones, equipos, muebles y elementos en general existentes en LA GUARDERÍA y de propiedad del BCP, a ser utilizados gratuitamente por el Proveedor para el desarrollo del servicio, podrán ser observados en el lugar por los posibles oferentes, en la fecha y hora a ser establecida para la visita en el SICP.
Los electrodomésticos, utensilios, materiales y elementos necesarios para el cumplimiento del servicio deberán ser proveídos por el Proveedor durante toda la vigencia del contrato en caso de necesidad de nueva incorporación o de reemplazos.
El Proveedor es responsable del uso adecuado de las instalaciones, equipos, muebles y elementos concedidos para su uso y deberá mantenerlos y entregarlos en las mismas condiciones en que los recibió. A tal efecto se realizará un acta de recepción de los elementos con que cuenta LA GUARDERÍA.
Instalaciones:
El Proveedor podrá utilizar en forma gratuita todas las instalaciones incluyendo los equipos y muebles existentes en LA GUARDERÍA.
El Proveedor tendrá a disposición energía eléctrica y agua sin costo alguno.
La cocina que podrá ser utilizada para el servicio se encuentra en el 1º subsuelo, adyacente al área destinada a LA GUARDERÍA. La provisión de garrafa y gas, así como los demás utensilios necesarios para el cumplimiento del servicio, estarán a cargo del Proveedor.
Equipos:
Durante la ejecución del contrato, se podrá contar con el apoyo parcial de técnicos del BCP a efectos del mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos entregados por parte de la institución. En caso de que no se lograre recuperar los equipos con dicha asistencia, el Proveedor deberá contratar por su cuenta la mano de obra especializada y adquirir los repuestos necesarios para la puesta a punto de los equipos a efectos de su utilización y posterior entrega en buenas condiciones al BCP.
El Proveedor podrá introducir los equipos y utensilios necesarios para la correcta ejecución de sus trabajos. Los mismos deberán estar perfectamente identificados e inventariados en un listado que el Proveedor deberá presentar a la División Bienestar Social y éste al Departamento de Seguridad del BCP.
El personal asignado para el servicio podrá ingresar al BCP de lunes a viernes a partir de las 6:30 horas, y lo hará por el Portón Nº 4, exhibiendo el gafete identificatorio entregado por el Departamento de Seguridad del BCP, de acuerdo al listado de personal proporcionado por el Proveedor a la División de Bienestar Social.
Los proveedores de insumos necesarios para el servicio, con vehículo, ingresarán por el Portón Nº 4 en el horario comprendido entre las 8:00 y las 15:00 horas. El punto de ingreso de los insumos a LA GUARDERÍA será definido por el Departamento de Seguridad.
El Proveedor coordinará con el encargado del servicio de limpieza el retiro diario de la basura fuera del Área de LA GUARDERÍA, para que sea depositada en condiciones higiénicas en el espacio próximo al Portón Nº 10, destinado al efecto.
9.1. Servicios de asistencia médica.
El personal del Proveedor deberá estar capacitado en primeros auxilios en niños, a fin de brindar la ayuda básica necesaria e inmediata en casos de accidentes.
También deberá elaborar un protocolo de comunicación en caso de emergencias en coordinación con la División Bienestar Social, el cual deberá estar visible en el recinto de la Guardería.
Ante casos de emergencia y urgencias, el Proveedor podrá utilizar el servicio médico y/o de ambulancia contratado por el BCP y/o bomberos, según corresponda, cuya publicación de los datos para el pronto contacto telefónico deberá prever la Proveedora en la guardería.
En caso de que el BCP organice en su local capacitaciones de prevención de incendios, evacuación, uso de extintor o primeros auxilios, el personal del Proveedor estará obligado a participar de las mismas.
Respecto al personal propuesto se deberá tener en cuenta cuanto sigue:
Planilla de Personal mínimo:
Se detalla a continuación el personal mínimo exigido con el que deberá contar el Proveedor para la ejecución del contrato. La cantidad del personal mínimo podrá variar sin costo adicional para el BCP conforme a la cantidad de niños inscriptos en cada Sala.
Los documentos que acrediten los requisitos mínimos deberán ser presentados en el plazo máximo de 10 (diez) días hábiles desde la suscripción del contrato.
Cantidad mínima |
Personal exigido |
Requisitos mínimos / documentos a presentar por el Proveedor |
1 |
Directora |
|
4 |
Maestras Parvularias para las Salas 1, 2, 3 y Pre Jardín |
|
4 |
Asistentes para las Salas 1, 2, 3 y Pre Jardín |
|
1 |
Licenciada o técnica en Enfermería |
|
1 |
Profesora de Inglés |
|
1 |
Nutricionista |
|
1 |
Cocinera |
|
Reemplazos: Durante la ejecución del contrato, en caso de que el personal deba ausentarse por motivos de salud, vacaciones y/o fuerza mayor, el/la profesional reemplazante deberá reunir los mismos requisitos de la titular a quien va a reemplazar. Ante esta situación, el Proveedor deberá comunicar a la División de Bienestar Social el remplazo, indicando si el cambio es definitivo o temporal y acompañando los documentos de la reemplazante que certifiquen su aptitud para el cargo. Sin pérdida de sus funciones, la Directora podrá reemplazar en situaciones excepcionales a una profesora o una ayudante siempre y cuando se trate de horas o como máximo una semana, en situaciones imprevistas y de fuerza mayor en las que las profesionales no pueden concurrir y cuando las limitaciones de tiempo impidan convocar a las reemplazantes.
El Proveedor podrá reemplazar a su personal contratado durante la vigencia del contrato, con una comunicación de mínima de cinco (5) días hábiles a la División Bienestar Social con las documentaciones que acrediten el cumplimiento de las exigencias originales del Pliego de Bases y Condiciones.
El Proveedor deberá reemplazar a su personal contratado ante la solicitud, sin expresión de causa, de la Contratante, en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles.
Funciones y Responsabilidades del personal:
Directora.
Maestras Parvularias.
Asistentes
Licenciada o Técnica en Enfermería.
Profesora de inglés
Nutricionista
Cocinera
El servicio contratado incluirá los alimentos del Plan Nutricional (media mañana, almuerzo y merienda) para los niños asistentes. Dicho Plan será elaborado por la Nutricionista del Proveedor conforme al Protocolo de Implementación del Programa Alimentario Nutricional (PANI) de la Dirección General del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) dependiente del Ministerio de Salud y Bienestar Social, considerando la clasificación establecida en el mismo por edad del niño.
El BCP se reserva el derecho de realizar las verificaciones relacionadas a higiene, calidad de los productos utilizados, variación del menú preestablecido, indicando por ejemplo la utilización de las verduras y frutas naturales de estación que más convengan a los pequeños o manteniendo el consumo de las frutas o verduras que, aunque no sean de estación, sean indispensables para la óptima alimentación de los niños. Estos controles se realizarán por la División de Bienestar Social.
La última semana del mes el Proveedor presentará el plan de alimentación correspondiente al mes siguiente, elaborado por la Nutricionista el cual será informado a los padres y a la División Bienestar Social.
En caso de caso de enfermedad que requiera dieta especial el padre deberá comunicar y presentar el certificado médico correspondiente a la Directora.
En caso de intolerancias alimenticias (gluten, fructosa, lactosa) el padre deberá proveer los alimentos necesarios para su hijo.
En caso que el padre optare por preferencia por otro tipo de alimentos no contemplados en el menú, será responsabilidad de los mismos proveer los alimentos de su preferencia.
Los padres deberán presentar el Certificado Médico del Pediatra de los bebés que inician una alimentación adicional a la leche materna o de fórmula.
La alimentación exclusivamente con leche de fórmula de los niños, correrá por cuenta de sus padres, debiendo éstos proveer la leche y los biberones esterilizados que se requieran para su alimentación diaria.
Plan Nutricional Especial (para festividades):
Los alimentos a ser consumidos durante la realización de cumpleaños infantiles serán proveídos por sus padres.
Insumos y procesamiento:
El Proveedor será responsable de la provisión de los insumos a ser utilizados en el servicio, con la antelación requerida a fin de que el servicio no se vea afectado en cuanto a frecuencia y calidad; debiendo respetarse el horario establecido, considerando que se trata de niños habituados al horario indicado.
Todo lo indicado en el Plan Nutricional será elaborado diariamente, en su totalidad en las instalaciones de LA GUARDERÍA, (cocina) ubicada en el 1º Subsuelo del Edificio Centro Cultural. Las instalaciones del BCP no podrán ser utilizadas para preparar alimentos que serán servidos en otros locales a personas extrañas de LA GUARDERÍA.
Así mismo, el Proveedor será responsable de la higiene, salubridad, calidad y cantidad de los alimentos del servicio. Se debe considerar indefectiblemente la fecha de vencimiento de los productos utilizados. No se permitirá el reciclaje de productos, alimentos y aceites consumidos en días anteriores.
El Proveedor deberá prever todas las medidas necesarias para evitar la propagación de olores, debiendo circunscribirse los mismos al ámbito de la cocina propiamente dicha.
El control del aspecto físico del área de la cocina, será realizado por el Departamento de Logística.
El Proveedor deberá contar con todos los utensilios y menajes necesarios para la elaboración, traslado, distribución, y servido de los alimentos.
Horarios:
Los servicios se realizarán aproximadamente en el siguiente horario:
Tareas a ser ejecutadas por el Proveedor en el marco del Plan Nutricional y responsabilidades:
Los padres de los niños usuarios de LA GUARDERÍA deberán proveer los útiles que los niños utilizarán durante el año lectivo.
En el caso que el plazo de prestación del servicio tenga inicio a mediados del año lectivo en curso, el Proveedor adjudicado deberá respetar y mantener la Lista de útiles que fueran ya proveídos por los padres al inicio del mismo.
El Proveedor deberá poner a disposición de los padres la lista de útiles para el año lectivo, para cada nivel, a más tardar en el mes de febrero de cada año.
Es responsabilidad de los padres la provisión de elementos de uso y aseo personal, como ser: pañales, sabanitas, almohaditas y otros elementos necesarios para el buen pasar del niño asistente a LA GUARDERÍA, así mismo del lavado de dichos elementos.
ÍTEM N° 2 - SERVICIO DE COLONIA DE VACACIONES
El Proveedor deberá brindar el servicio de colonia de vacaciones en las siguientes condiciones:
LOCAL: Sede Social y Deportiva del BCP, ubicada en la Av. Choferes del Chaco y Capitán Carpinelli.
INICIO: primera quincena del mes de diciembre de cada año, en la fecha específica a definir por la División Bienestar Social, a ser comunicada al Proveedor.
TIEMPO DE DURACIÓN: 15 días hábiles de cada año.
USUARIOS: hijos de funcionarios de 4 a 10 años. Los cuales deberán ser agrupados por rangos etarios:
CONSIDERACIONES GENERALES
La administración del contrato estará a cargo de la Gerencia de Recursos Humanos, Departamento de Desarrollo Humano a través de la División Bienestar Social.
El Proveedor prestará los servicios profesionales para el funcionamiento de la Colonia de Vacaciones, previéndose la atención integral de los hijos de funcionarios del BCP.
Se estima la asistencia de aproximadamente 70 (setenta) niños. El pago al Proveedor se realizará por niño asistente.
El Proveedor deberá contratar el personal mínimo citado más abajo, cuya cantidad deberá ser ampliada conforme al número de niños inscriptos, sin que ello implique una variación en el precio unitario cotizado en la oferta.
La inscripción de los niños se realizará sin costo en la División Bienestar Social y la lista correspondiente será entregada al Proveedor.
El Profesor de cada grupo tendrá a su cargo la planilla de asistencia diaria de los niños, siendo su responsabilidad disponer que cada padre registre con su firma la llegada y salida de los niños del grupo. Las planillas serán firmadas por el Profesor de cada grupo y por el Coordinador General y serán verificadas por el representante de la División Bienestar Social.
El personal deberá firmar en forma diaria una planilla de asistencia diaria del personal, la cual será verificada por el representante de la División Bienestar Social.
El Proveedor deberá habilitar un Libro de Novedades, el cual se utilizará para el registro de situaciones, indicaciones, eventos y diferentes aspectos del servicio.
HORARIO:
Estará definido de la siguiente manera:
Horario normal: 7:30 horas a 16:30 horas, con una tolerancia de 15 minutos.
Horario excepcional: de 16:45 a 17:30; habilitado únicamente para casos en que el padre o la madre funcionario/a, por motivos exclusivamente laborales no puedan retirar al niño en el horario normal establecido, quienes deberán ajustarse a lo establecido en el Reglamento de la Colonia de Vacaciones. En este horario el Proveedor deberá prever una guardia de profesores o ayudantes que acompañen a los niños.
El Proveedor deberá organizar las actividades en los siguientes horarios:
ACTIVIDADES:
El Proveedor deberá presentar una temática para cada año, alrededor de la cual van a girar todas las actividades a ser realizadas en la Colonia en todos los grupos.
Las actividades de cada grupo, considerando las características evolutivas propias de cada rango etario, deberán tener un enfoque que acompañen y promuevan el desarrollo acorde a cada una de las etapas; promoviendo el trabajo en equipo, la disciplina, el orden, respeto a la naturaleza, la generosidad, la responsabilidad y amabilidad, entre otros valores.
Se deberán contemplar en las actividades: danza, arte, manualidades, música, videos educativos, dinámica de grupos recreativos, deportes y actividades acuáticas, entre otras. Las mismas deberán estar adecuadas a la edad de los niños de cada grupo.
El último día, será el acto de clausura del evento en horario de la tarde a confirmar por la División Bienestar Social.
PERSONAL:
El personal responsable de la puesta en marcha de la Colonia deberá estar formado por un plantel de Profesores y ayudantes idóneos, capacitados, dinámicos y con experiencia en este tipo de trabajo.
La edad del personal propuesto deberá ser preferentemente menor a 45 años.
El Proveedor presentará cada año la nómina del personal y documentos que acrediten la especialidad de cada uno de ellos, con anterioridad al inicio de la Colonia, debiendo estar conformado como mínimo por:
PERSONAL MÍNIMO EXIGIDO |
FUNCIONES MINIMAS |
DOCUMENTOS A PRESENTAR POR EL PROVEEDOR |
1 Coordinador General |
|
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1 Profesor para cada Grupo (1, 2 y 3). En total 3 como mínimo. |
|
|
1 Ayudante para cada grupo (1, 2 y 3). En total 3 como mínimo. |
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1. Fotocopia simple de Cédula de identidad civil. 2. Fotocopia simple del certificado de estudio que acredite, como mínimo, ser estudiante de la Licenciatura de Educación del Nivel Inicial o de Educación Parvularia emitido por Instituciones debidamente reconocidas por el MEC. 3. Fotocopia/s simple/s de Certificado/s de trabajo que certifique/n su experiencia mínima de 1 (un) año en el manejo de niños, en Centros Educativos públicos o privados. |
1 Profesor/a del área de deportes. |
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|
1 Profesor/a de natación. |
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1. Fotocopia simple de Cédula de identidad civil. 2. Fotocopia/s simple/s de Certificado/s de trabajo que certifique/n experiencia mínima de 2 (dos) años en la actividad a desarrollar. |
1 Profesor/a de danzas. |
|
1. Fotocopia simple de Cédula de identidad civil. 2. Fotocopia/s simple/s de Certificado/s de trabajo que certifique/n experiencia mínima de 2 (dos) años en la actividad a desarrollar. |
1 Profesor/a de educación artística (manualidades, arte y música). |
|
1. Fotocopia simple de Cédula de identidad civil. 2. Fotocopia/s simple/s de Certificado/s de trabajo que certifique/n experiencia mínima de 1 (un) año en la actividad a desarrollar. |
1 Licenciado/a o Técnico/a en Enfermería.
|
|
1. Fotocopia simple de Cédula de identidad civil. 2. Fotocopia autenticada del Registro profesional expedido por el Ministerio de Salud. 3. Fotocopia/s simple/s de Certificado/s de trabajo que certifique una experiencia mínima de 2 (dos) años en el cuidado de niños en el periodo comprendido entre los años 2018 a 2022. |
La cantidad de personal deberá ser ampliada por el Proveedor a solicitud del BCP conforme al número de niños inscriptos, sin que ello implique una variación en el precio unitario cotizado en la oferta.
Cada grupo consecuentemente tendrá en forma permanente: un Profesor encargado, con su ayudante y el profesor de la especialidad de la actividad que se desarrolle en dicho momento.
Reemplazos: Durante la ejecución del contrato, en caso de que el personal deba ausentarse por motivos de salud y/o fuerza mayor, la profesional reemplazante deberá reunir los mismos requisitos de la titular a quien va a reemplazar. Ante esta situación, el Proveedor deberá comunicar a la Coordinadora General el remplazo, indicando si el cambio es definitivo o temporal y acompañando los documentos de la reemplazante que certifiquen su aptitud para el cargo. Sin pérdida de sus funciones, la Coordinadora General podrá reemplazar en situaciones excepcionales a una profesora o una ayudante siempre y cuando se trate de horas o como máximo una semana, en situaciones imprevistas y de fuerza mayor en las que las profesionales no pueden concurrir y cuando las limitaciones de tiempo impidan convocar a las reemplazantes.
El Proveedor podrá reemplazar a su personal contratado durante la vigencia del contrato, con una comunicación de mínima de dos (2) días hábiles a la División Bienestar Social con las documentaciones que acrediten el cumplimiento de las exigencias originales del Pliego de Bases y Condiciones.
El Proveedor deberá reemplazar a su personal contratado ante la solicitud, sin expresión de causa, de la Contratante, en el plazo máximo de dos (2) días hábiles.
INSTALACIONES PROVISTA POR EL BCP
El BCP proporcionará el local de la Sede Social y Deportiva para el desarrollo de la Colonia.
ALIMENTOS A SER SUMINISTRADOS POR EL PROVEEDOR:
El día en que se realice el Acto de Clausura de la Colonia, el Proveedor deberá proveer refrigerio para los asistentes (niños y padres): En la oferta deberán tener en cuenta los siguientes aspectos:
1.- Los jugos serán naturales de frutas de estación y en cantidad abundante.
2.- Cada grupo deberá contar durante todo el día con abundante agua mineral fresca con vasos individuales, asegurando la higiene y protocolos correspondiente., en el lugar donde se hallen realizando sus actividades.
ACTO DE CLAUSURA
UNIFORME
MATERIALES
REGLAMENTO DE LA COLONIA DE VACACIONES
RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL PERSONAL DEL PROVEEDOR
El personal del Proveedor deberá estar capacitado en primeros auxilios en niños, a fin de brindar la ayuda básica necesaria e inmediata en casos de accidentes.
Ante casos de emergencia y urgencias, el Proveedor podrá utilizar el servicio médico y/o de ambulancia contratado por el BCP y/o bomberos, según corresponda, cuya publicación de los datos para el pronto contacto telefónico deberá prever la Proveedora.
CONSIDERACIONES A TENER EN CUENTA POR EL OFERENTE
1.Contratación del personal necesario. |
2. Alimentación 2. a.- Provisión del servicio de alimentos (media mañana, almuerzo y merienda) por quince días hábiles para cada niño. Provisión diaria agua mineral suficiente para distribución constante en vasos desechables. Se estima el requerimiento de 1 bolsa de hielo de 25 kg. por día. 2.b. Prever necesidad de provisión de bolsas de hielo en forma diaria. |
3. Provisión de porta nombres, remeras de colores a cada niño inscripto al inicio de las actividades. |
4. Acto de Clausura 4.a. Provisión para el Acto de Clausura de bocaditos dulces y salados, gaseosas en vasos de 250 ml. 4.b. Provisión de 10 unidades de fotos de la Colonia, en tamaño 10cm x 15 cm, expuestas en paneles. 4.c. Alquiler de equipo de sonido para el acto de clausura, con micrófonos, amplificadores, parlantes y otros accesorios; así como música adecuada al evento. 4.d. Provisión de manteles conforme mobiliario a ser utilizado |
5.- Alquiler de equipo de sonido para el acto de clausura, con micrófonos, amplificadores, parlantes y otros accesorios; así como música adecuada al evento. |
6.- Provisión de pelotas para realizar las clases de deporte: de fútbol (3 unidades), de básquetbol (3 unidades) y de hándbol (3 unidades). |
7.- Provisión de materiales para los trabajos de artes manuales. |
8.- Provisión de kit de Primeros Auxilios estándar. |
9.- Demás provisiones previstas en las especificaciones técnicas. |
CONSIDERACIONES A TENER EN CUENTA PARA EL PAGO
Para el pago de los servicios se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:
• El presente llamado a ser publicado ha sido solicitado por: la Gerencia de Recursos Humanos del Banco Central del Paraguay.
• La necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación realizada radica en: dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 134 del Código Laboral vigente, que establece la obligatoriedad de contar con este servicio, teniendo en cuenta la cantidad de madres existentes en la institución.
•Con relación a la planificación, se indica que: se trata de un llamado periódico, sucesivo ya que la necesidad es continua.
•Las especificaciones técnicas establecidas se justifican en: las necesidades actuales de la Institución, en su infraestructura, conocimiento del área técnica, entre otros.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
NO APLICA
DESCRIPCION |
LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO |
PLAZO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS |
PLAZO TOTAL DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO |
PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO |
Servicio de sala maternal y guardería infantil (Ítem N° 1) y Servicio de colonia de vacaciones (Ítem N° 2) |
Ítem N° 1: Edificio Centro Cultural del Banco Central del Paraguay, sito en Av. Federación Rusa y Augusto Roa Bastos, en las salas dispuestas al efecto. Ítem N° 2: Sede Social y Deportiva del BCP, sito en Av. Choferes del Chaco y Capitán Carpinelli |
Conforme se detalla en la presente Sección para cada ítem. |
El plazo de prestación de los servicios será de 24 (veinticuatro) meses a partir de la fecha que se establezca al efecto en la Orden de Inicio del Servicio (a ser emitida por la Gerencia de Recursos Humanos dentro del plazo de 10 días hábiles desde la suscripción del contrato). |
El plazo de vigencia del Contrato será de 24 (veinticuatro) meses a partir de la fecha que se establezca al efecto en la Orden de Inicio del Servicio (a ser emitida por la Gerencia de Recursos Humanos dentro del plazo de 10 días hábiles desde la suscripción del contrato). |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
La Contratante fiscalizará la ejecución del Contrato a través del área administradora del Contrato. Se verificará que lo ejecutado cumpla a cabalidad con lo establecido en la Sección Suministros Requeridos Especificaciones técnicas y en la Lista de Precios; y se adecuen al Plan de Entrega de los Bienes o Servicios del presente PBC.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Conformidad del área técnica administradora del contrato |
Nota/Formulario/Providencia/Memorando de conformidad del área técnica . |
Durante la ejecución contractual, de acuerdo al plazo establecido en el Plan de Entrega de los bienes o servicios del presente PBC, el área administradora del Contrato emitirá la Nota/Formulario de conformidad, exigida/o para los pagos correspondientes. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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