SOLICITAMOS RESPETUOSAMENTE A LA CONVOCANTE QUE EL SISTEMA DE ADJUDICACIÓN SEA POR ÍTEMS. SIENDO POR LOTE LIMITA LA PARTICIPACIÓN DE POTENCIALES OFERENTES. Lo solicitado se enmarca en: IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA, preceptuados en los incisos a y b del Art. 4º de la LEY Nº 2051/03 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
SOLICITAMOS RESPETUOSAMENTE A LA CONVOCANTE QUE EL SISTEMA DE ADJUDICACIÓN SEA POR ÍTEMS. SIENDO POR LOTE LIMITA LA PARTICIPACIÓN DE POTENCIALES OFERENTES. Lo solicitado se enmarca en: IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA, preceptuados en los incisos a y b del Art. 4º de la LEY Nº 2051/03 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
La Tesorería de la Actividad 09 - Servicio de Operaciones Especiales y de Contención, considera necesaria la adjudicación por LOTE teniendo en cuenta la uniformidad de los equipos solicitados.
3
MUESTRAS
SOLICITAMOS RESPETUOSAMENTE A LA CONVOCANTE ESPECIFICAR LA FECHA Y HORA TOPE DE PRESENTACIÓN DE LAS MUESTRAS DE LOS ÍTEMS OFERTADOS.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Experiencia requerida, dice:
Demostrar la experiencia en la provisión de Equipos Antimotines, y/o Chalecos Antibalas y/o Materiales de Seguridad a Instituciones Públicas y/o Privadas, con facturaciones de servicio y/o contratos por un monto igual o superior a 50 % del monto total ofertado en la presente licitación, en los últimos 3 (tres) años (2020, 2021, 2022).
Solicitamos a la convocante, sea aceptada la experiencia en provisión de Equipos Antimotines, y/o Chalecos Antibalas y/o Materiales de Seguridad, con facturaciones de venta y/o contratos y/o recepciones finales por un monto equivalente al 30 (treinta) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, en los 10 (diez) últimos años: 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021, 2022.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud , esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual autoriza a que se puedan introducir modificaciones al pliego en la medida de que ello resulte en beneficio del llamado, cuidando siempre de no cambiar sustancialmente el objeto del mismo, según reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Experiencia requerida, dice:
Demostrar la experiencia en la provisión de Equipos Antimotines, y/o Chalecos Antibalas y/o Materiales de Seguridad a Instituciones Públicas y/o Privadas, con facturaciones de servicio y/o contratos por un monto igual o superior a 50 % del monto total ofertado en la presente licitación, en los últimos 3 (tres) años (2020, 2021, 2022).
Solicitamos a la convocante, sea aceptada la experiencia en provisión de Equipos Antimotines, y/o Chalecos Antibalas y/o Materiales de Seguridad, con facturaciones de venta y/o contratos y/o recepciones finales por un monto equivalente al 30 (treinta) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, en los 10 (diez) últimos años: 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021, 2022.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud , esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual autoriza a que se puedan introducir modificaciones al pliego en la medida de que ello resulte en beneficio del llamado, cuidando siempre de no cambiar sustancialmente el objeto del mismo, según reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
La Tesorería de la Actividad 09 - Servicios Especiales y de Contención, considera no factible el pedido realizado por el posible oferente, el requerimiento de este garantiza la experiencia reciente del proveedor en los productos a ofertar como así también su constante relacionamiento con los fabricantes.
5
/*Informe de Ensayo
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Capacidad Técnica, dice:
5. Para el Lote Nro. 02 - Chalecos Antibalas, Presentar el Informe de Ensayo expedido por el Organismo Nacional de Inspección departamento de Seguridad Industrial, dependiente del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN), sobre el chaleco anti punzantes y antibalas ofertado y en particular sobre la muestra del panel balístico.
Solicitamos a la convocante, que el Informe de ensayo balístico realizado por la INTN sea EXCLUIDO o bien indicado como OPCIONAL, considerando que en el Pliego de Bases y Condiciones ya se encuentra establecido el requisito para demostrar la calidad y certificación de los chalecos, a saber:
- REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Capacidad Técnica: 4. Para el Lote Nro. 02 - Chalecos Antibalas, Presentar la Certificación de Cumplimiento de la Norma NIJ 0101.06 del Instituto Nacional de Justicia (NIJ) de los Estados Unidos, para el nivel de protección III-A de no más de 5 años de antigüedad, expedido por un laboratorio reconocido internacionalmente. En el caso que el documento requerido esté en otro idioma diferente al español, deberá estar acompañado de una Traducción fidedigna al idioma español realizado por Traductor Público con Matrícula habilitante de la Corte Suprema de Justicia.
Al respecto, cabe señalar que el cumplimiento de la Norma internacional NIJ solicitada asegura la resistencia para el nivel III-A exigido. La Certificación Internacional de cumplimiento de la Norma NIJ establece un estándar, desarrollando métodos de prueba precisos y detallados. Los fabricantes, las agencias y organismos de aplicación de la ley, utilizan esta norma para determinar si el diseño cumple con los requisitos exigidos, por lo que de exigir otro ensayo balístico resultaría técnicamente no indispensable. Por otra parte, el ensayo Balístico realizado en la INTN es un proceso que requiere tiempo, lo cual excluye a potenciales oferentes que deben realizar la importación del chaleco según las especificaciones técnicas requeridas para someterlo a las pruebas y ensayos exigidos.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Capacidad Técnica, dice:
5. Para el Lote Nro. 02 - Chalecos Antibalas, Presentar el Informe de Ensayo expedido por el Organismo Nacional de Inspección departamento de Seguridad Industrial, dependiente del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN), sobre el chaleco anti punzantes y antibalas ofertado y en particular sobre la muestra del panel balístico.
Solicitamos a la convocante, que el Informe de ensayo balístico realizado por la INTN sea EXCLUIDO o bien indicado como OPCIONAL, considerando que en el Pliego de Bases y Condiciones ya se encuentra establecido el requisito para demostrar la calidad y certificación de los chalecos, a saber:
- REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Capacidad Técnica: 4. Para el Lote Nro. 02 - Chalecos Antibalas, Presentar la Certificación de Cumplimiento de la Norma NIJ 0101.06 del Instituto Nacional de Justicia (NIJ) de los Estados Unidos, para el nivel de protección III-A de no más de 5 años de antigüedad, expedido por un laboratorio reconocido internacionalmente. En el caso que el documento requerido esté en otro idioma diferente al español, deberá estar acompañado de una Traducción fidedigna al idioma español realizado por Traductor Público con Matrícula habilitante de la Corte Suprema de Justicia.
Al respecto, cabe señalar que el cumplimiento de la Norma internacional NIJ solicitada asegura la resistencia para el nivel III-A exigido. La Certificación Internacional de cumplimiento de la Norma NIJ establece un estándar, desarrollando métodos de prueba precisos y detallados. Los fabricantes, las agencias y organismos de aplicación de la ley, utilizan esta norma para determinar si el diseño cumple con los requisitos exigidos, por lo que de exigir otro ensayo balístico resultaría técnicamente no indispensable. Por otra parte, el ensayo Balístico realizado en la INTN es un proceso que requiere tiempo, lo cual excluye a potenciales oferentes que deben realizar la importación del chaleco según las especificaciones técnicas requeridas para someterlo a las pruebas y ensayos exigidos.
La Tesorería de la Actividad 09 - Servicios de Operaciones Especiales y de Contención, se mantiene en el pedido del ensayo. Por recomendación de los técnicos, este requiso es fundamental para la evaluación del material y la calidad del chaleco ofertado por cada oferente.
6
/*Muestras
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Sección de DATOS DE LA LICITACIÓN, Muestras, dice:
APLICA SOLO PARA EL LOTE Nº 1 - EQUIPOS ANTIMOTINES.
Solicitamos a la Convocante que la presentación de la muestra sea EXCLUIDA de los requerimientos exigidos para el LOTE N° 1 y sean aceptados los catálogos técnicos e información oficial proveída por el fabricante de los equipos a fin de verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: Las especificaciones técnicas ( ) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Sección de DATOS DE LA LICITACIÓN, Muestras, dice:
APLICA SOLO PARA EL LOTE Nº 1 - EQUIPOS ANTIMOTINES.
Solicitamos a la Convocante que la presentación de la muestra sea EXCLUIDA de los requerimientos exigidos para el LOTE N° 1 y sean aceptados los catálogos técnicos e información oficial proveída por el fabricante de los equipos a fin de verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: Las especificaciones técnicas ( ) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
La Tesorería de la Actividad 09 - Servicios de Operaciones Especiales y de Contención, se mantiene en el pedido por recomendación de los técnicos, este requiso es fundamental para la evaluación del material y la calidad de los equipos antimotines ofertado por cada oferente.
7
/*Plan de Entrega
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Plan de entrega de los bienes, dice:
LOTE Nº 01 - EQUIPOS ANTIMOTINES; Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes: 5 (cinco) días hábiles posteriores a la recepción de la Orden de Compra y/o Provisión
LOTE Nº 02 - CHALECOS ANTIBALAS; Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes: 5 (cinco) días hábiles posteriores a la recepción de la Orden de Compra y/o Provisión
Al respecto, solicitamos a la Convocante extender el plazo de entrega para los LOTES mencionados en al menos 60 (sesenta) días calendario a partir del día siguiente de la suscripción del contrato formalizado al proveedor, considerando que continúan vigentes los efectos adversos a causa de la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid 19, a lo que se suma la situación de los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania que afecta los procesos de tránsito y circuitos comerciales y logísticos a nivel internacional y que las importaciones se vean resentidas por atrasos que dificultan la normal producción de equipos solicitados, provocando serias alteraciones en las cadenas de suministros a nivel mundial, sobre lo cual todas las agencias de noticias a nivel mundial vienen informando.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud , esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Plan de entrega de los bienes, dice:
LOTE Nº 01 - EQUIPOS ANTIMOTINES; Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes: 5 (cinco) días hábiles posteriores a la recepción de la Orden de Compra y/o Provisión
LOTE Nº 02 - CHALECOS ANTIBALAS; Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes: 5 (cinco) días hábiles posteriores a la recepción de la Orden de Compra y/o Provisión
Al respecto, solicitamos a la Convocante extender el plazo de entrega para los LOTES mencionados en al menos 60 (sesenta) días calendario a partir del día siguiente de la suscripción del contrato formalizado al proveedor, considerando que continúan vigentes los efectos adversos a causa de la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid 19, a lo que se suma la situación de los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania que afecta los procesos de tránsito y circuitos comerciales y logísticos a nivel internacional y que las importaciones se vean resentidas por atrasos que dificultan la normal producción de equipos solicitados, provocando serias alteraciones en las cadenas de suministros a nivel mundial, sobre lo cual todas las agencias de noticias a nivel mundial vienen informando.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud , esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En los datos de la convocatoria, en la Sección Etapas y Plazos, dice:
Fecha Límite de Consultas: lunes, 24 de abril de 2023 - 15:00
Fecha de Entrega de Ofertas: viernes, 5 de mayo de 2023 - 09:00
Solicitamos a la convocante una prórroga de al menos 20 (veinte) días en la Fecha Limite de Consultas y de Entrega de Ofertas, de manera a que todos los potenciales oferentes puedan contar con el tiempo necesario y suficiente para realizar un análisis íntegro y pormenorizado de todas las condiciones y requisitos establecidos dentro del presente llamado, y en consecuencia, presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
Favor considerar también que la convocante está solicitando MUESTRAS, y la importación de los bienes requieren de un plazo mayor al establecido en el presente llamado, atendiendo a que continúan vigentes los efectos adversos a causa de la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid 19, a lo que se suma la situación de los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania que afecta los procesos de tránsito y circuitos comerciales y logísticos a nivel internacional, por lo que los potenciales oferentes que deseen presentar su oferta con bienes importados, no tendrán oportunidad de realizar estos trámites para cumplir cabalmente con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
Lo solicitado encuentra sustento legal, en al artículo 20° de la Ley 2051/2003, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En los datos de la convocatoria, en la Sección Etapas y Plazos, dice:
Fecha Límite de Consultas: lunes, 24 de abril de 2023 - 15:00
Fecha de Entrega de Ofertas: viernes, 5 de mayo de 2023 - 09:00
Solicitamos a la convocante una prórroga de al menos 20 (veinte) días en la Fecha Limite de Consultas y de Entrega de Ofertas, de manera a que todos los potenciales oferentes puedan contar con el tiempo necesario y suficiente para realizar un análisis íntegro y pormenorizado de todas las condiciones y requisitos establecidos dentro del presente llamado, y en consecuencia, presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
Favor considerar también que la convocante está solicitando MUESTRAS, y la importación de los bienes requieren de un plazo mayor al establecido en el presente llamado, atendiendo a que continúan vigentes los efectos adversos a causa de la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid 19, a lo que se suma la situación de los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania que afecta los procesos de tránsito y circuitos comerciales y logísticos a nivel internacional, por lo que los potenciales oferentes que deseen presentar su oferta con bienes importados, no tendrán oportunidad de realizar estos trámites para cumplir cabalmente con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
Lo solicitado encuentra sustento legal, en al artículo 20° de la Ley 2051/2003, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
SOLICITAMOS RESPETUOSAMENTE A LA CONVOCANTE QUE EL SISTEMA DE ADJUDICACIÓN SEA POR ÍTEMS. SIENDO POR LOTE LIMITA LA PARTICIPACIÓN DE POTENCIALES OFERENTES. HEMOS VISUALIZADO QUE LA ADJUDICACIÓN DEL AÑO PASADO ID N° 406.112 FUE REALIZADA POR ÍTEMS, CON CUMPLIMIENTO EN TIEMPO Y FORMA DE LOS ADJUDICADOS. LO VOLVEMOS A REPETIR, LA ADJUDICACIÓN POR LOTE ES LIMITANTE. Lo solicitado se enmarca en: IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA, preceptuados en los incisos a y b del Art. 4º de la LEY Nº 2051/03 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
SOLICITAMOS RESPETUOSAMENTE A LA CONVOCANTE QUE EL SISTEMA DE ADJUDICACIÓN SEA POR ÍTEMS. SIENDO POR LOTE LIMITA LA PARTICIPACIÓN DE POTENCIALES OFERENTES. HEMOS VISUALIZADO QUE LA ADJUDICACIÓN DEL AÑO PASADO ID N° 406.112 FUE REALIZADA POR ÍTEMS, CON CUMPLIMIENTO EN TIEMPO Y FORMA DE LOS ADJUDICADOS. LO VOLVEMOS A REPETIR, LA ADJUDICACIÓN POR LOTE ES LIMITANTE. Lo solicitado se enmarca en: IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA, preceptuados en los incisos a y b del Art. 4º de la LEY Nº 2051/03 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
SOLICITAMOS RESPETUOSAMENTE A LA CONVOCANTE TENER EN CUENTA LAS SIGUIENTES ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA EL ESCUDO:
MATERIAL DE ALEACIÓN DE ALUMINIO COLOR NEGRO.
ALTURA: 90 CM COMO MÍNIMO Y 100 CM COMO MÁXIMO.
ANCHO: 50 CM COMO MÍNIMO Y 62 CM COMO MÁXIMO.
ESPESOR: 2 MM COMO MÍNIMO Y 2.5 CM COMO MÁXIMO.
PESO: 2,5 KG COMO MÍNIMO Y 6 KG COMO MÁXIMO (PARA UN MEJOR MANEJO DEL PERSONAL).
VISOR: DE ANCHO 15 CM COMO MÍNIMO Y 28 CM COMO MÁXIMO. DE ALTO 10 CM COMO MÍNIMO Y 14 CM COMO MÁXIMO.
EN EL LADO POSTERIOR DEL ESCUDO: CON EMPUÑADURA Y ABRAZADERA A LA ALTURA DEL BRAZO REGULABLE. ESTO DARÁ UNA MAYOR PARTICIPACIÓN DE POTENCIALES OFERENTES. Lo solicitado se enmarca en: IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA, preceptuados en los incisos a y b del Art. 4º de la LEY Nº 2051/03 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
SOLICITAMOS RESPETUOSAMENTE A LA CONVOCANTE TENER EN CUENTA LAS SIGUIENTES ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA EL ESCUDO:
MATERIAL DE ALEACIÓN DE ALUMINIO COLOR NEGRO.
ALTURA: 90 CM COMO MÍNIMO Y 100 CM COMO MÁXIMO.
ANCHO: 50 CM COMO MÍNIMO Y 62 CM COMO MÁXIMO.
ESPESOR: 2 MM COMO MÍNIMO Y 2.5 CM COMO MÁXIMO.
PESO: 2,5 KG COMO MÍNIMO Y 6 KG COMO MÁXIMO (PARA UN MEJOR MANEJO DEL PERSONAL).
VISOR: DE ANCHO 15 CM COMO MÍNIMO Y 28 CM COMO MÁXIMO. DE ALTO 10 CM COMO MÍNIMO Y 14 CM COMO MÁXIMO.
EN EL LADO POSTERIOR DEL ESCUDO: CON EMPUÑADURA Y ABRAZADERA A LA ALTURA DEL BRAZO REGULABLE. ESTO DARÁ UNA MAYOR PARTICIPACIÓN DE POTENCIALES OFERENTES. Lo solicitado se enmarca en: IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA, preceptuados en los incisos a y b del Art. 4º de la LEY Nº 2051/03 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.