Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Capacidad Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
6. Certificado de Cumplimiento Tributario (**) |
7. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
8. Documentos legales |
8.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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8.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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8.3. Oferentes en Consorcio. |
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4.Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de oferta.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Para contribuyente de IRACIS/IRE GENERAL, IRPC/IRE SIMPLE, IRP e IVA GENERAL. AÑOS 2019, 2020, 2021.
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
1- Para contribuyentes de IRACIS/IRE GENERAL: Deberá cumplir con el siguiente parámetro de los años (2019, 2020, 2021).
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 últimos años
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 últimos años
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los 3 últimos años, no deberá ser negativo.
2- Para contribuyentes de IRPC/IRE SIMPLE: Deberá cumplir el siguiente parámetro.
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años 2019, 2020, 2021.
3- Para contribuyentes de IRP/IRP-RSP, Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años 2019, 2020, 2021.
4- Para contribuyentes exclusivamente del IVA General. Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los últimos (6) seis meses.
Para los consorcios: todos los integrantes deberán cumplir los índices financieros solicitados.
Observación: para hallar el promedio de los 3 años se calculará el índice de cada año y luego se sumarán estos índices y se dividirán entre la cantidad de años. En caso de empresas que tengan menos años de antigüedad, el promedio se realizará teniendo en cuenta la cantidad de años de existencia. En todos los casos se utilizarán dos decimales.
Los oferentes con menos de 3 (tres) años de antigüedad, podrán presentar sus Balances Generales y Estados Financieros desde su existencia como empresa. (Para los consorcios, todos los integrantes del consorcio deberán cumplir con los criterios de capacidad financiera).
Para los consorcios, el líder del Consorcio y los demás miembros del mismo, deberán cumplir con la totalidad de los requisitos tales: Capacidad Legal y Financiera en un 100% y en cuanto a la experiencia y capacidad técnica, el líder del Consorcio deberá cumplir con el 60%, en tanto que los demás integrantes el 40%.
a. Balance General y Estado de Resultados de los años 2019, 2020, 2021 para contribuyente de IRACIS/IRE GENERAL. |
b. Presentación del Formulario N° 106, año 2019, y 501 años 2020 y 2021 para los contribuyentes IRPC/IRE/IRE SIMPLE.- |
c. Presentación del Formulario N° 104 año 2019 y 515 años 2020 y 2021 para los contribuyentes del IRP/IRP-RSP.- |
d. Para contribuyentes de IVA Formularios IVA General: de los 6 seis últimos meses. |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar experiencia en Provisión de medicamentos con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al [30] % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los últimos [3 años] años (2020,2021,2022) en promedio.
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El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
Con el objetivo de calificar la capacidad técnica del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Documentación para evaluar el criterio:
Documentos expedidos por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del MSP y BS las cuales deberán estar vigentes para medicamentos
nacionales e Importados.
Para Fabricantes de Medicamentos Nacionales
1. Certificado de habilitación como fabricante de los productos ofertados
2. Certificado de cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufacturas y Control (BPM y C).
3. Certificado de Registro Sanitario del producto ofertado.
4. En caso de ofertarse medicamentos: copia autenticada del acta de fijación de precios de cada producto ofertado, en forma legible y emita
con anterioridad a la fecha de apertura.
5. En caso de que las documentaciones antes mencionadas se encuentran vencidas, deberán acompañar la Constancia emitida por la
DINAVISA de que los mismos se encuentran en trámite de renovación, y que ínterin, el/los producto/s pueden seguir siendo comercializados
y/o importados.
Para Importadores, Representantes de Medicamentos Importados:
Documentos emitidos por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria. (Todos los documentos deberán estar vigentes)
6.- Copia autenticada de la correspondiente resolución de apertura vigente, que lo habilite para importar y/o comercializar Medicamentos,
según sea el caso
7.-Certificado de Registro Sanitario.
8.-Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Almacenamiento.
9. En caso de ofertarse medicamentos: copia autenticada del acta de fijación de precios de cada producto ofertado, en forma legible y emita
con anterioridad a la fecha de apertura.
10. En caso de que las documentaciones antes mencionadas se encuentran vencidas, deberán acompañar la Constancia emitida por la
DINAVISA de que los mismos se encuentran en trámite de renovación, y que ínterin, el/los producto/s pueden seguir siendo comercializados
y/o importados.
OTRAS DOCUMENTACIONES
1.- Declaración Jurada de poseer la capacidad de producción y/o suministro para proveer la cantidad ofertada, en el tiempo solicitado.
2- Certificado de Registro Nacional de Estupefacientes y Drogas Peligrosas expedidos por las Oficinas Técnicas regionales dependientes de la
DNVS del MSP y BS y la SENAD, correspondiente al presente año, para oferentes de Medicamentos CONTROLADOS, según la Ley Nº 1340/88,
para los ítems 20,22,23,25,27,29,67,68,153,168,169,170,171.
Para Fabricantes de Medicamentos Nacionales |
1. Certificado de habilitación como fabricante de los productos ofertados |
2. Certificado de cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufacturas y Control (BPM y C). |
3. Certificado de Registro Sanitario del producto ofertado. |
4. En caso de ofertarse medicamentos: copia autenticada del acta de fijación de precios de cada producto ofertado, en forma legible y emita con anterioridad a la fecha de apertura. |
5. En caso de que las documentaciones antes mencionadas se encuentran vencidas, deberán acompañar la Constancia emitida por la DINAVISA de que los mismos se encuentran en trámite de renovación, y que ínterin, el/los producto/s pueden seguir siendo comercializados y/o importados. |
Para Importadores, Representantes de Medicamentos Importados: |
Documentos emitidos por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria. (Todos los documentos deberán estar vigentes) |
6.- Copia autenticada de la correspondiente resolución de apertura vigente, que lo habilite para importar y/o comercializar Medicamentos, según sea el caso |
7.-Certificado de Registro Sanitario. |
8.-Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Almacenamiento. |
9. En caso de ofertarse medicamentos: copia autenticada del acta de fijación de precios de cada producto ofertado, en forma legible y emita con anterioridad a la fecha de apertura. |
10. En caso de que las documentaciones antes mencionadas se encuentran vencidas, deberán acompañar la Constancia emitida por la DINAVISA de que los mismos se encuentran en trámite de renovación, y que ínterin, el/los producto/s pueden seguir siendo comercializados y/o importados. |
OTRAS DOCUMENTACIONES |
1.- Declaración Jurada de poseer la capacidad de producción y/o suministro para proveer la cantidad ofertada, en el tiempo solicitado. |
2- Certificado de Registro Nacional de Estupefacientes y Drogas Peligrosas expedidos por las Oficinas Técnicas regionales dependientes de la DNVS del MSP y BS y la SENAD, correspondiente al presente año, para oferentes de Medicamentos CONTROLADOS, según la Ley Nº 1340/88, para los ítems 20,22,23,25,27,29,67,68,153,168,169,170,171. |
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
Nota1: Conforme a lo previsto en el Decreto reglamentario de la Ley de Contrataciones los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos licitatorios, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado - SIPE, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo, no siendo la inscripción una exigencia para participar en el proceso tradicional.