El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ITEM N° |
DESCRIPCION DEL ITEM |
CANTIDAD |
ESPECIFICACIONES TECNICAS |
1 |
Cubierta 10.00 R20 16PR |
11 |
Los neumáticos o cubiertas deberán ser originales y nuevos de fábrica, sin uso, no se aceptarán neumáticos o cubiertas tipo blemish o segundas recauchutado de ningún tipo o con defectos de apariencia. Se deberá indicar el nombre comercial o código a fin de identificar las cubiertas ofertadas No se aceptará la entrega de neumáticos cuyas marcas y/o características técnicas difieran de la cotizada, o representen una segunda línea de producción de la principal de fábrica, aunque esta se encuentre garantizada por dicha fábrica. La fecha de fabricación (Certificado DOT) no deberá ser superior a los doce (12) meses anteriores a la fecha de la oferta y deberá estar estampada en el flanco del neumático.
ARO: 20 LARGURA: 10.00 CATEGORIA: TBR
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2 |
Cubierta 275/80 R22.5 |
2 |
Los neumáticos o cubiertas deberán ser originales y nuevos de fábrica, sin uso, no se aceptarán neumáticos o cubiertas tipo blemish o segundas recauchutado de ningún tipo o con defectos de apariencia. Se deberá indicar el nombre comercial o código a fin de identificar las cubiertas ofertadas No se aceptará la entrega de neumáticos cuyas marcas y/o características técnicas difieran de la cotizada, o representen una segunda línea de producción de la principal de fábrica, aunque esta se encuentre garantizada por dicha fábrica. La fecha de fabricación (Certificado DOT) no deberá ser superior a los doce (12) meses anteriores a la fecha de la oferta y deberá estar estampada en el flanco del neumático
ARO: 22.5 LARGURA: 275 PERFIL: 80 CATEGORIA: TBR |
3 |
Cubierta 17.5-25 20PR G2/L2 |
12 |
Los neumáticos o cubiertas deberán ser originales y nuevos de fábrica, sin uso, no se aceptarán neumáticos o cubiertas tipo blemish o segundas recauchutado de ningún tipo o con defectos de apariencia. Se deberá indicar el nombre comercial o código a fin de identificar las cubiertas ofertadas No se aceptará la entrega de neumáticos cuyas marcas y/o características técnicas difieran de la cotizada, o representen una segunda línea de producción de la principal de fábrica, aunque esta se encuentre garantizada por dicha fábrica. La fecha de fabricación (Certificado DOT) no deberá ser superior a los doce (12) meses anteriores a la fecha de la oferta y deberá estar estampada en el flanco del neumático ARO: 25 LARGURA: 17.5
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4 |
Cubierta 12-16.5 |
2 |
Los neumáticos o cubiertas deberán ser originales y nuevos de fábrica, sin uso, no se aceptarán neumáticos o cubiertas tipo blemish o segundas recauchutado de ningún tipo o con defectos de apariencia. Se deberá indicar el nombre comercial o código a fin de identificar las cubiertas ofertadas No se aceptará la entrega de neumáticos cuyas marcas y/o características técnicas difieran de la cotizada, o representen una segunda línea de producción de la principal de fábrica, aunque esta se encuentre garantizada por dicha fábrica. La fecha de fabricación (Certificado DOT) no deberá ser superior a los doce (12) meses anteriores a la fecha de la oferta y deberá estar estampada en el flanco del neumático
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5 |
Cubierta 12.5/80 -18 |
4 |
Los neumáticos o cubiertas deberán ser originales y nuevos de fábrica, sin uso, no se aceptarán neumáticos o cubiertas tipo blemish o segundas recauchutado de ningún tipo o con defectos de apariencia. Se deberá indicar el nombre comercial o código a fin de identificar las cubiertas ofertadas No se aceptará la entrega de neumáticos cuyas marcas y/o características técnicas difieran de la cotizada, o representen una segunda línea de producción de la principal de fábrica, aunque esta se encuentre garantizada por dicha fábrica. La fecha de fabricación (Certificado DOT) no deberá ser superior a los doce (12) meses anteriores a la fecha de la oferta y deberá estar estampada en el flanco del neumático ARO: 18 LARGURA: 12.5/80
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6 |
Cubierta 14.00-24 16PR G2/L2 |
6 |
Los neumáticos o cubiertas deberán ser originales y nuevos de fábrica, sin uso, no se aceptarán neumáticos o cubiertas tipo blemish o segundas recauchutado de ningún tipo o con defectos de apariencia. Se deberá indicar el nombre comercial o código a fin de identificar las cubiertas ofertadas No se aceptará la entrega de neumáticos cuyas marcas y/o características técnicas difieran de la cotizada, o representen una segunda línea de producción de la principal de fábrica, aunque esta se encuentre garantizada por dicha fábrica. La fecha de fabricación (Certificado DOT) no deberá ser superior a los doce (12) meses anteriores a la fecha de la oferta y deberá estar estampada en el flanco del neumático ARO: 24 LARGURA: 14.00
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7 |
Cubierta 295/80 R22.5 |
6 |
Los neumáticos o cubiertas deberán ser originales y nuevos de fábrica, sin uso, no se aceptarán neumáticos o cubiertas tipo blemish o segundas recauchutado de ningún tipo o con defectos de apariencia. Se deberá indicar el nombre comercial o código a fin de identificar las cubiertas ofertadas No se aceptará la entrega de neumáticos cuyas marcas y/o características técnicas difieran de la cotizada, o representen una segunda línea de producción de la principal de fábrica, aunque esta se encuentre garantizada por dicha fábrica. La fecha de fabricación (Certificado DOT) no deberá ser superior a los doce (12) meses anteriores a la fecha de la oferta y deberá estar estampada en el flanco del neumático ARO: 22.5 LARGURA: 295 PERFIL: 80 CATEGORIA: TBR
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8 |
Cubierta 275/70 R22.5 |
8 |
Los neumáticos o cubiertas deberán ser originales y nuevos de fábrica, sin uso, no se aceptarán neumáticos o cubiertas tipo blemish o segundas recauchutado de ningún tipo o con defectos de apariencia. Se deberá indicar el nombre comercial o código a fin de identificar las cubiertas ofertadas No se aceptará la entrega de neumáticos cuyas marcas y/o características técnicas difieran de la cotizada, o representen una segunda línea de producción de la principal de fábrica, aunque esta se encuentre garantizada por dicha fábrica. La fecha de fabricación (Certificado DOT) no deberá ser superior a los doce (12) meses anteriores a la fecha de la oferta y deberá estar estampada en el flanco del neumático
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9 |
Cubierta 195/70 R15 |
4 |
Los neumáticos o cubiertas deberán ser originales y nuevos de fábrica, sin uso, no se aceptarán neumáticos o cubiertas tipo blemish o segundas recauchutado de ningún tipo o con defectos de apariencia. Se deberá indicar el nombre comercial o código a fin de identificar las cubiertas ofertadas No se aceptará la entrega de neumáticos cuyas marcas y/o características técnicas difieran de la cotizada, o representen una segunda línea de producción de la principal de fábrica, aunque esta se encuentre garantizada por dicha fábrica. La fecha de fabricación (Certificado DOT) no deberá ser superior a los doce (12) meses anteriores a la fecha de la oferta y deberá estar estampada en el flanco del neumático ARO: 15 LARGURA: 195 PERFIL: 70 CATEGORIA: LTR
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10 |
Cubierta 215/75 R17.5 |
8 |
Los neumáticos o cubiertas deberán ser originales y nuevos de fábrica, sin uso, no se aceptarán neumáticos o cubiertas tipo blemish o segundas recauchutado de ningún tipo o con defectos de apariencia. Se deberá indicar el nombre comercial o código a fin de identificar las cubiertas ofertadas No se aceptará la entrega de neumáticos cuyas marcas y/o características técnicas difieran de la cotizada, o representen una segunda línea de producción de la principal de fábrica, aunque esta se encuentre garantizada por dicha fábrica. La fecha de fabricación (Certificado DOT) no deberá ser superior a los doce (12) meses anteriores a la fecha de la oferta y deberá estar estampada en el flanco del neumático ARO: 17.5 LARGURA: 215 PERFIL: 75 CATEGORIA: TBR
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11 |
Cubierta 245/70 R16 |
24 |
Los neumáticos o cubiertas deberán ser originales y nuevos de fábrica, sin uso, no se aceptarán neumáticos o cubiertas tipo blemish o segundas recauchutado de ningún tipo o con defectos de apariencia. Se deberá indicar el nombre comercial o código a fin de identificar las cubiertas ofertadas No se aceptará la entrega de neumáticos cuyas marcas y/o características técnicas difieran de la cotizada, o representen una segunda línea de producción de la principal de fábrica, aunque esta se encuentre garantizada por dicha fábrica. La fecha de fabricación (Certificado DOT) no deberá ser superior a los doce (12) meses anteriores a la fecha de la oferta y deberá estar estampada en el flanco del neumático ARO: 16 LARGURA: 245 PERFIL: 70 CATEGORIA: SUV
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12 |
Cubierta 155/70 R13 |
8 |
Los neumáticos o cubiertas deberán ser originales y nuevos de fábrica, sin uso, no se aceptarán neumáticos o cubiertas tipo blemish o segundas recauchutado de ningún tipo o con defectos de apariencia. Se deberá indicar el nombre comercial o código a fin de identificar las cubiertas ofertadas No se aceptará la entrega de neumáticos cuyas marcas y/o características técnicas difieran de la cotizada, o representen una segunda línea de producción de la principal de fábrica, aunque esta se encuentre garantizada por dicha fábrica. La fecha de fabricación (Certificado DOT) no deberá ser superior a los doce (12) meses anteriores a la fecha de la oferta y deberá estar estampada en el flanco del neumático ARO: 12 LARGURA: 155 CATEGORIA: LTR
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13 |
Cubierta 275/80 R22.5 LISA 149/145 |
8 |
Los neumáticos o cubiertas deberán ser originales y nuevos de fábrica, sin uso, no se aceptarán neumáticos o cubiertas tipo blemish o segundas recauchutado de ningún tipo o con defectos de apariencia. Se deberá indicar el nombre comercial o código a fin de identificar las cubiertas ofertadas No se aceptará la entrega de neumáticos cuyas marcas y/o características técnicas difieran de la cotizada, o representen una segunda línea de producción de la principal de fábrica, aunque esta se encuentre garantizada por dicha fábrica. La fecha de fabricación (Certificado DOT) no deberá ser superior a los doce (12) meses anteriores a la fecha de la oferta y deberá estar estampada en el flanco del neumático ARO: 22.5 LARGURA: 275 PERFIL: 80 CATEGORIA: TBR
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•El oferente deberá presentar con su oferta Catálogo, folletos, brochures o similar donde se expongan las características técnicas de los bienes ofertados.
Nombre, cargo y dependencia de la Institución quien solicita el llamado : Lic. Pastor Oviedo, Jefe de Servicios Generales de la
Institución.
Justificación de la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada : La solicitud es realizada
a los efectos de adquirir cubiertas para los vehículos y maquinarias de la Secretaría de Obras Públicas de la Institución .
Justificación de la planificación: El llamado es de carácter sucesivo, ya que la misma es a fin de satisfacer una necesidad
constante.
Justificación de las especificaciones técnicas establecidas: Las especificaciones técnicas requeridas responden a la necesidad
particular de la Convocante de contar con los bienes solicitados
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
1 |
Cubierta 10.00 R20 16PR |
11 |
UNIDAD |
Gobernación de Misiones. Oficina de la Jefatura de Servicios Generales. En días hábiles de lunes a viernes de 07:00 a 13:00 hs. |
A los 5 días corridos de haber recepcionada la Orden de Entrega. |
2 |
Cubierta 275/80 R22.5 |
2 |
UNIDAD |
||
3 |
Cubierta 17.5-25 20PR G2/L2 |
12 |
UNIDAD |
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4 |
Cubierta 12-16.5 |
2 |
UNIDAD |
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5 |
Cubierta 12.5/80 -18 |
4 |
UNIDAD |
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6 |
Cubierta 14.00-24 16PR G2/L2 |
6 |
UNIDAD |
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7 |
Cubierta 295/80 R22.5 |
6 |
UNIDAD |
||
8 |
Cubierta 275/70 R22.5 |
8 |
UNIDAD |
||
9 |
Cubierta 195/70 R15 |
4 |
UNIDAD |
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10 |
Cubierta 215/75 R17.5 |
8 |
UNIDAD |
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11 |
Cubierta 245/70 R16 |
24 |
UNIDAD |
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12 |
Cubierta 155/70 R13 |
8 |
UNIDAD |
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13 |
Cubierta 275/80 R22.5 LISA 149/145 |
8 |
UNIDAD |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será: ACTA DE RECEPCIÓN
Frecuencia: única.
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Acta de recepción |
Acta de recepción |
A los 5 días corridos de haber recepcionado la Orden de Entrega. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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