Condición de Participación

Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".

Requisitos de Calificación

Capacidad Legal

Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.   

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas que incluye la declaratoria debidamente firmada.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso a) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, aparecen en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Miembros, de conformidad a estándar debidamente firmado en su oferta y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP a fin de detectar si directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.

            El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.

  1. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) para los fines pertinentes.

Análisis de precios ofertados

Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:

1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS

A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.

El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.

Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.

a) Consorcios:

a.1. Provisión de Bienes

El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.

a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).

Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.

Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.

Margen de preferencia local - CPS

Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.

En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.

Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.

 
 
 

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación

1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.]

2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*)

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de declaración jurada de acuerdo con el formulario de Garantía de Mantenimiento de oferta incluido en la Sección "Formularios".

3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**)

4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)

5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la              Ley N° 6355/19.(**). (NO APLICA), la Ley Nº 6355/19 fue derogada por la Ley Nº 6919/2022.
6. Declaración Jurada de Declaración de Miembros,  de conformidad con el formulario estándar  Sección Formularios. (**)
7.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
8. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**)

9. Documentos legales 

9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas.

  •  Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta.(*)
  •  Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes - RUC. (*)
  • En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas.

  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  • Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes y fotocopia simple de los Documentos de Identidad de los representantes o apoderados de la sociedad.
  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)

9.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
  • Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  • Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

       4.Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):

  • Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  • Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas. 

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

1) Para contribuyentes del IRE GENERAL (2022, 2021 y 2020).

Deberán cumplir con los siguientes parámetros:

a) Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente

Deberá ser igual o mayor a 1, en promedio, de los 3 últimos ejercicios fiscales (2022, 2021 y 2020).

b) Ratio de Endeudamiento: pasivo total / activo total

No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, de los 3 últimos ejercicios fiscales (2022, 2021 y 2020).

c)   Ratio de Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.

El promedio de los 3 últimos ejercicios fiscales (2022, 2021 y 2020), no deberá ser negativo.

 

2) Para contribuyentes del IRE SIMPLE (2022, 2021 y 2020).

Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

a) Eficiencia: ingresos / egresos

Deberá ser igual o mayor a 1, en promedio, de los 3 últimos ejercicios fiscales (2022, 2021 y 2020).

 

3) Para contribuyentes del IRP (2022, 2021 y 2020).

Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

a) Eficiencia: ingresos / egresos

Deberá ser igual o mayor a 1, en promedio, de los 3 últimos ejercicios fiscales (2022, 2021 y 2020).

 

4) Para contribuyentes exclusivos del IVA (Régimen General) (2023).

Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

a) Eficiencia: ingresos / egresos

Deberá ser igual o mayor a 1, en promedio, de las 6 últimas Declaraciones Juradas presentadas dentro del ejercicio fiscal 2023.

En caso de oferentes cuyos años de negocios sean inferiores a los requeridos, el promedio se extraerá de los últimos años desde que iniciaron actividad.

Oferentes en Consorcio: todos los integrantes deben cumplir con el requisito de capacidad financiera, en base al régimen tributario en el que se encuentran inscriptos.

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

a) Balance General y Estado de Resultados (comparativo) de los 3 últimos ejercicios fiscales 2022, 2021 y 2020; firmados por el Contador, Propietario y/o Representante Legal si correspondiere, acorde a las normas contables y a los modelos establecidos en las normativas vigentes de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios, que se encuentran en la página web de la DNIT ( www.set.gov.py).
b) Formulario 501 de los años 2022, 2021 y 2020, para contribuyentes del IRE SIMPLE.
c) Formulario 500 de los años 2022, 2021 y 2020, correspondientes a las Declaraciones Juradas del Impuesto a la Renta.
d) Formulario 515 de los años 2022, 2021 y 2020, para contribuyentes de Renta Personal y Formulario 516 IRP RGC, para los años 2022, 2021 y 2020.
e) Formulario 120 para contribuyentes del IVA GENERAL, de las 6 últimas Declaraciones Juradas presentadas dentro del ejercicio fiscal 2023.

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

 

Demostrar la experiencia en la prestación de servicios de MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE SISTEMAS DE CLIMATIZACIÓN, en el sector público y/o privado, con Contratos, Órdenes de Servicio y/o Facturas, dichos documentos deberán corresponder al periodo comprendido entre los años 2022, 2021 y 2020 y la sumatoria de estos deberá alcanzar, al menos 50% del monto máximo de la presente convocatoria. Se aclara que no es necesario contar con un Contrato, Orden de Servicio y/o Factura por año.

Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET).
2. Copias simples de Contratos, Órdenes de Servicio y/o Facturas, correspondientes al objeto de la presente contratación.

Capacidad Técnica

El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

1) Deberá presentar autorización expedida por el fabricante de ser Centro Autorizado de Servicio de la marca de los equipos ofrecidos para la presentación del servicio.

2) Deberá contar con:

a. 1 Ingeniero de una de las siguientes ramas: Ingeniero Electromecánico, Ingeniero Mecánico, o afines, que posea como mínimo 3 (tres) años de experiencia como supervisor técnico en mantenimiento y/o reparación e climatización (compresores, chillers, motobombas, torres de condensación, UMAS y fancoils). El mismo deberá formar parte del plantel de la empresa.

b. 2 Técnicos especializados en el mantenimiento de equipos de climatización, que posean como mínimo 3 (tres) años de experiencia en mantenimiento y/o reparación de equipos de climatización (chillers, UMAS y fancoils). Los mismos deberán formar parte del plantel de la empresa con la antigüedad mínima indicada.

c. 1 Personal, como mínimo, con curso/s sobre electrónica de potencia.

d. 1 Personal, como mínimo, con Certificado de Buenas Prácticas en Refrigeración y Acondicionadores de Aire.

3) Serán de entera responsabilidad del Contratista todos los daños a los bienes de la Convocante, provenientes de hechos voluntarios, resultantes de la negligencia o impericia de sus empleados, sin cargo alguno para la Convocante.

4) Deberán disponer en stock repuestos originales y personal técnico calificado para los servicios establecidos en las especificaciones técnicas al momento de ser requeridos en la Orden de Requerimiento y cumpliendo los plazos.

5) Deberá realizar una visita e inspección al sitio de ejecución del Contrato.

6) Deberá cumplir con las Especificaciones Técnicas ofertadas.

7) Certificado vigente de Registro de Prestadores de Servicio (REPSE).

8) Certificado vigente de manejo de gases, expedido por el INTN.

9) Autorización vigente para vender y/o comprar gas R-22, emitida por el MADES.

Oferentes en Consorcio: El socio líder debe cumplir al menos con el 60% del requisito; y los demás socios en su conjunto deben cumplir al menos con el 40% del requisito.

Requisito documental para evaluar la capacidad técnica

       1) Autorización expedida por el fabricante de ser representantes, distribuidores y sub-distribuidores de los productos ofrecidos.

Dicho documento debe reunir los siguientes requisitos:

a- Para representantes deben reunir los siguientes requisitos: Documentación expedida por el fabricante que lo acredite como representante y/o Centro Autorizado de Servicios de la marca ofertada, dichos documentos deben estar debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay.

Los mismos deben ser originales o copias autenticadas por Escribano Público.

b- Para Distribuidor Autorizado debe reunir los requisitos. Documentación expedida por el Fabricante que lo acredite como distribuidor y/o Centro Autorizado de Servicio de la marca ofertada, para tal efecto debe presentar el documento original o copia autenticada por Escribano Publico, y el mismo debe estar debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay.

c- Para Sub-Distribuidor debe reunir los siguientes requisitos: Documentación expedida por el Fabricante, representante o distribuidor autorizado que lo acredite como sub-distribuidor y/o Centro Autorizado de Servicios de la marca ofertada acompañado del documento original o copia autenticada por Escribano Publico de la autorización del Fabricante extendida al Representante, Distribuidor y/o Resellers para el PARAGUAY Y/O LATINAMERICA que lo nombran como representante, o distribuidor autorizado de la marca ofertada y en la cual lo autoriza a nombrar sub-distribuidores y/o Centro Autorizado de servicios. Para tal efecto debe presentar el documento original o copia autenticada por Escribano Publico, y el mismo debe estar debidamente legalizado por el Consuelo Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay.

Serán considerados validos los documentos apostillados como los documentos legalizados por el Consulado y el Ministerio de Relaciones Exteriores en conformidad a la LEY Nº 4987/13 QUE APRUEBA EL CONVENIO SUPRIMIENDO LA EXIGENCIA DE LA LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PUBLICOS EXTRANEJEROS.

2) Listado de profesionales y/o técnicos, acompañado de la Planilla del Instituto de Previsión Social correspondiente al mes anterior vencido al acto de presentación de ofertas en donde figuren los técnicos solicitados:

a.1 (un) Ingeniero de una de las siguientes ramas: Ingeniero Electromecánico, Ingeniero Mecánico, o afines, que posea como mínimo 3(tres) años de experiencia como supervisor técnico en mantenimiento y/o reparación e climatización (compresores, chillers, motobombas, torres de condensación, UMAS y fancoils). El mismo deberá formar parte del plantel de la empresa y se deberá acompañar la siguiente documentación:

  • Curriculum Vitae
  • Fotocopia de título universitario.
  • Fotocopia de cédula de identidad.

b. 2 (dos) técnicos especializados en el mantenimiento de equipos de climatización, que posean como mínimo 3 (tres) años de experiencia en mantenimiento y/o reparación de equipos de climatización (chillers, UMAS y fancoils). Los mismos deberán formar parte del plantel de la empresa con la antigüedad mínima indicada y se deberá acompañar las siguientes documentaciones:

  • Curriculum Vitae.
  • Fotocopia de cédula de identidad de los técnicos.

4) Declaración Jurada de disponer stock de repuestos originales y personal técnico calificado para los servicios establecidos en las especificaciones técnicas, al momento de ser requeridos en la orden de servicio, por un plazo de 24 (veinticuatro) meses, igual a la vigencia del Contrato.

5) Constancia de visita al sitio de ejecución del Contrato, emitida por la Unidad Operativa de Contrataciones.

6) Especificaciones Técnicas ofertadas.

7) Certificado del REPSE.

8) Certificado del INTN.

9) Autorización del MADES.

Criterios de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en la carta de invitación del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.