El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
El ámbito institucional requirente de esta contratación es la sección de Obras Civiles de la Circunscripción Judicial de Paraguarí, cuya Jefatura está a cargo de la Arq. María Sol Moreno.
La contratación del servicio es programada periódicamente, a fin de garantizar el correcto e ininterrumpido funcionamiento de las instalaciones eléctricas del Palacio Judicial de Paraguarí.
Las especificaciones técnicas fueron elaboradas por la sección de Obras Civiles de la Circunscripción Judicial de Paraguarí; y son las que a criterio del ámbito requirente, satisfarán los requerimientos de la institución.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS
1-Objeto del Servicio Licitado:
Instalaciones Eléctricas: Tableros, Llaves Termomagnéticas, Contactores, Relé Térmico, Artefactos de Iluminación; y Otros.
2-Mantenimiento Preventivo y Reparador:
2.1- Mantenimiento Preventivo:
a- Control e identificación de irregularidades: En el marco del Mantenimiento Preventivo, técnicos del Proveedor deberán realizar obligatoriamente la correspondiente visita de mantenimiento; y esta actividad consistirá en: limpieza, regulación, ajustes y lubricación y/o cambio de repuestos, piezas, elementos y/o componentes de las instalaciones del edificio, consideradas en este documento. El Mantenimiento Preventivo tiene por objeto la preservación en óptimas condiciones de funcionamiento de las Instalaciones Eléctricas, para lo cual el Proveedor deberá realizar todas las acciones preventivas necesarias, en concordancia con las instrucciones dadas por el Fabricante o Representante, por lo tanto debe estar en total conocimiento de los manuales de uso y mantenimiento.
b- Plan de Trabajo: El Oferente deberá presentar con su Oferta un Plan General de Trabajos, que servirá de base al seguimiento y control de la prestación de los servicios. Éste deberá prever todas las acciones necesarias para una completa cobertura del Mantenimiento contemplado en estas Bases Concursales (deberá detallar como mínimo los recursos humanos, equipos y herramientas a ser utilizadas, como también la disponibilidad de medios de comunicación y transporte; y la metodología propuesta para el cumplimiento eficaz de los fines del servicio).
c- Periodicidad: Los Servicios de Mantenimiento Preventivo se desarrollarán cada 6 meses, el Proveedor realizará una verificación exhaustiva de las Instalaciones Eléctricas del edificio y emitirá un Informe en el que reporte el estado general de las mismas y relacione las eventuales fallas, averías o mal funcionamiento advertidos.
2.2- Mantenimiento Reparador:
En el marco del Mantenimiento Reparador deberán ser ejecutadas dos tipos de acciones: Las Previstas y las No Previstas.
En las intervenciones Previstas son realizadas reparaciones y cambios programados de piezas, componentes y/o repuestos, por vencimiento de su vida útil o porque hayan evidenciado fallas de funcionamiento detectadas durante el proceso de verificación de rutina. En estos casos el Proveedor deberá solicitar la aprobación de la realización de los trabajos dentro del Informe, para lo cual deberá describir detalladamente las características y precios de las piezas, componentes y/o repuestos a ser cambiados, así como los motivos que ocasionan dicho cambio, tras la aprobación por parte de la sección de Obras Civiles, su ejecución deberá ser efectuada en la próxima intervención. Si se considera necesaria mayor urgencia en la realización de los trabajos, se deberá tomar todos los recaudos para la realización en el tiempo adecuado.
Las intervenciones No Previstas son las requeridas como consecuencia de fallas detectadas en el sistema, fuera de las intervenciones de rutina. Están considerados en este concepto, los reclamos planteados por la Administración por causa de problemas surgidos durante el uso de las instalaciones. Según la gravedad de los reclamos realizados, puede surgir la necesidad de realizar acciones inmediatas, como en el caso que deban ser restituidos servicios indispensables (telefonía, seguridad, etc.); o cualquier otra eventualidad, para lo cual el Proveedor deberá atender las fallas técnicas que la Contratante reclame, a más tardar dentro de las 24 horas de haber sido notificado, en situaciones que a criterio de la Contratante considere de emergencia. Se deberá contar con una atención preferencial de emergencia con servicios de comunicación telefónica celulares las 24 horas del día, incluyendo fines de semana y feriados.
En casos que una acción no prevista se considere no urgente, podrá ser derivada la solución a los días normales de visita. La determinación del grado de urgencia o rapidez con la cual deban ser realizadas las acciones, así como la autorización para el cambio de piezas, componentes y/o repuestos a ser utilizados en las intervenciones, la tomará la sección de Obras Civiles de la Circunscripción Judicial de Paraguarí.
Para todas las intervenciones, el Proveedor deberá informar por escrito a la sección de Obras Civiles de la situación o el problema detectado; y presentará el presupuesto correspondiente. Una vez aprobado el presupuesto, el Proveedor deberá proceder a las reparaciones pertinentes. Al culminar los trabajos, la sección de Obras Civiles dará su conformidad e informará acerca de lo realizado, el Proveedor presentará la factura correspondiente para el inicio de los trámites de pago. Ninguna factura será procesada ni reconocida como válida, sin los documentos citados anteriormente.
El Oferente deberá contemplar en su oferta, los medios, herramientas, mano de obra e insumos necesarios para la realización de los trabajos de mantenimiento, la mano de obra para el remplazo de piezas, componentes y/o repuestos deberá estar incluida dentro de la Oferta, aun si este se realice en intervenciones no previstas. Serán considerados gastos, no incluidos en la oferta, la adquisición de materiales, repuestos o piezas de recambio, así como la mano de obra de reparaciones especiales como las realizadas en talleres. No serán considerados gastos los insumos de máquinas o herramientas utilizadas en la realización de los trabajos de mantenimiento. Sólo podrán ser considerados como gastos los elementos o piezas que queden incorporados a las instalaciones de manera definitiva.
3-Informes:
El Proveedor presentará el denominado Informe de los trabajos realizados según la periodicidad establecida (pudiendo ser de carácter mensual, trimestral, cuatrimestral, semestral, anual, etc.), sobre la condición general de las Instalaciones, además de describir las acciones realizadas y las que deberán ser realizadas para garantizar su buen funcionamiento.
En casos de que surjan fallas que por sus características no sean consideradas ordinarias, interrupciones en el servicio o cualquier otro inconveniente que lo justifique, la sección de Obras Civiles podrá requerir al Proveedor la elaboración de Informes adicionales sobre las dificultades específicas presentadas.
4-Calificaciones/ Experiencias/ Perfil mínimo del Personal Requerido:
4.1- Gerente de Mantenimiento:
Deberá ser un profesional del área de Ingeniería Electromecánica, Eléctrica, Industrial; o afines, con título universitario.
Experiencia de trabajo de por lo menos tres años, en trabajos relacionados al gerenciamiento del mantenimiento de edificios de porte y características del objeto del presente concurso.
Conocimiento del mercado nacional: proveedores, calidad ofrecida, responsabilidad de los mismos, conocimientos acerca de las procedencias de los equipos, cumplimiento de las garantías ofrecidas, respaldo técnico, repuestos, etc.
Claras habilidades de negociación, coordinación y supervisión.
4.2- Personal Técnico:
Equipo mínimo conformado por dos técnicos especializados para la ejecución de los trabajos de mantenimiento de las Instalaciones Eléctricas:
Experiencia de trabajo de dos años, como mínimo, en la realización de trabajos de mantenimiento de edificios de porte y características del objeto del presente Concurso.
El Oferente, en el caso de resultar adjudicado, está obligado a mantener el personal propuesto para el cumplimiento del Contrato de Servicio; salvo que la Contratante solicite la sustitución del personal que no cumpla correctamente con las tareas que le son asignadas.
Responsabilidades, Coordinación, Supervisión, Lugar de Trabajo:
Ítem Nº |
Descripción |
Lugar de Prestación de los Servicios |
Plazo de Entrega |
1 |
SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS DEL PALACIO DE JUSTICIA DE PARAGUARÍ. |
Palacio de Justicia de Paraguarí. |
Los servicios de Mantenimiento Preventivo se realizarán con la frecuencia estipulada en las Especificaciones Técnicas, previa emisión de la Orden de Requerimiento. |
Los servicios de Mantenimiento Correctivo serán realizados a partir de la fecha de la emisión de la Orden de Requerimiento, previa aprobación del presupuesto para la realización de los trabajos, siendo el plazo de conclusión de los mismos de 15 días calendario, computado a partir de la fecha de la recepción de la Orden por parte del Proveedor. |
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
[NO APLICA].
Los diferentes plazos establecidos para la prestación de los servicios se hallan establecidos detalladamente en el apartado precedente: "Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS".
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Conformidad |
Nota de Conformidad |
Tras la conclusión de los servicios requeridos en cada Orden de Requerimiento; y a entera satisfacción de la Contratante. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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