El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Nro de Articulo |
Descripción del Bien |
Especificaciones técnicas y Normas |
Instituciones Educativas a ser beneficiadas |
1 |
SILLA PARA ALUMNO PRESCOLAR |
Adjunto especificaciones técnicas SICP |
Las Instituciones a ser beneficiadas serán las primeras 9 (nueve) Instituciones Educativas, según el listado que constan en la AUTORIZACIÓN DEL MEC.- |
2 |
MESA PUPITRE PARA ALUMNO PRESCOLAR |
Adjunto especificaciones técnicas SICP |
Las Instituciones a ser beneficiadas serán las primeras 9 (nueve) Instituciones Educativas, según el listado que constan en la AUTORIZACIÓN DEL MEC.- |
3 |
SILLA PARA ALUMNO |
Adjunto especificaciones técnicas SICP |
Las Instituciones a ser beneficiadas serán las primeras 9 (nueve) Instituciones Educativas, según el listado que constan en la AUTORIZACIÓN DEL MEC.- |
4 |
MESA PUPITRE INDIVIDUAL PARA ALUMNO |
Adjunto especificaciones técnicas SICP |
Las Instituciones a ser beneficiadas serán las primeras 9 (nueve) Instituciones Educativas, según el listado que constan en la AUTORIZACIÓN DEL MEC.- |
Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado: Direccion de Educacion y Cultura, Directora Zulemi Fariña
Por ello se realizado las gestiones pertinentes para la obtención de la autorización de la Dirección de Infraestructura del Ministerio de Educación y Ciencias para la programación del presente proceso licitatorio.
Cabe indicar que los mobiliarios son de primera necesidad y QUE SERAN UTILIZADOS POR LOS ALUMNOS DE DIFERENTES INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL MUNICIPIO DE HERNANDARIAS.
Dichas instituciones han sido beneficiadas con mejoras edilicias las cuales actualmente se encuentran sin mobiliarios para poder darles un usufructo adecuado. Los mobiliarios requeridos en el presente llamado son necesarios para que las salas de clases estén en óptimas condiciones y para salvaguardar la educación de los niños, adolescentes y docentes.
El mismo responde a una necesidad periódica.
Las Especificaciones Técnicas fueron establecidas a modo de que se garantice la participación de aquellos oferentes que cumplan los criterios Técnicos básicos para la provisión de los mobiliarios y de acuerdo a las solicitudes de diferentes instituciones educativas.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
N° orden |
Código de localidad |
Código de institución |
Nombre de la Institución |
Silla para alumno Prescolar |
Mesa pupitre para alumno Prescolar |
Silla para alumno |
Mesa pupitre individual para alumno |
Lugar de Entrega de los Bienes |
Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes |
1 |
16476 |
1005079 |
Esc. Bás. N° 4356 Fulgencio Yegros |
0 |
0 |
120 |
120 |
En las Instituciones educativas de la Ciudad de Hernandarias conforme a la autorización del Mec
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A partir de la firma del Contrato se emitirá la Orden de Compra, y una vez recepcionada la misma por el oferente adjudicado, deberá entregar los bienes dentro del plazo de 30 (treinta) días hábiles..
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2 |
26771 |
1005033 |
Colegio Nacional San Ramón |
0 |
0 |
60 |
60 |
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3 |
16979 |
1005007 |
Esc. Bás. N° 2411 Mcal. Francisco Solano López |
0 |
0 |
120 |
120 |
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4 |
16928 |
1005018 |
Esc. Bás. N° 1896 Ntra. Virgen de Fátima |
20 |
20 |
0 |
0 |
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5 |
16506 |
1005078 |
Esc. Bás. N° 4817 San Blas |
0 |
0 |
30 |
30 |
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6 |
16533 |
1005102 |
Esc. Bás. N° 6198 San Ignacio |
35 |
35 |
0 |
0 |
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7 |
15889 |
1005083 |
Esc. Bás. N° 4772 Divino Niño Jesús |
35 |
35 |
0 |
0 |
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8 |
17104 |
1005016 |
Esc. Bás. N° 3170 María Auxiliadora |
0 |
0 |
100 |
100 |
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9 |
16616 |
1005071 |
Esc. Bás. N° 4816 Adela Speratti |
20 |
20 |
0 |
0 |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
Para la presente contratación se pone a disposición en el SICP los PLANOS Y DISEÑOS, de todos los ítems en un archivo con las especificaciones técnicas.-
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Abril de 2023 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Mayo de 2023 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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