Entre CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE PARAGUARÍ, domiciliada en Avda. Mcal. Estigarribia esq. Tte. Herrero de la ciudad de Paraguarí, República del Paraguay, representada para este acto por el DR. JAVIER DEJESÚS ESQUIVEL GONZÁLEZ, con cédula de identidad N° 1.155.881, en su carácter de Presidente del Consejo de Administración, denominada en adelante la contratante, por una parte, y, por la otra, la firma ____________, domiciliada en ___________________________________, República del Paraguay, representada para este acto por _________________________________, con cédula de identidad N° ________________, denominada en adelante el proveedor, identificadas en conjunto como "LAS PARTES" e, individualmente, "PARTE", acuerdan celebrar el presente "CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE FIRMAS DIGITALES (AD REFERENDUM)", el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
El objeto del contrato es:
El Contrato tiene por objeto establecer las obligaciones que asumen LAS PARTES contratantes con relación al llamado a Contratación Directa (CD) PAC Nº 01/2023 "ADQUISICIÓN DE FIRMAS DIGITALES (AD REFERENDUM)" - ID Nº 424487, convocado por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE PARAGUARÍ, según Resolución Nº 02/2023, de fecha 28 de febrero de 2023 "POR LA QUE SE APRUEBA EL PROGRAMA ANUAL DE CONTRATACIONES (PAC) CONSOLIDADO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE PARAGUARÍ CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2023.
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del Contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente Contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (CDP) vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) - ID N°: 424487.
El presente Contrato es el resultado del procedimiento de Contratación Directa (CD) PAC Nº 01/2023 "ADQUISICIÓN DE FIRMAS DIGITALES (AD REFERENDUM)" - ID N° 424487, convocado por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE PARAGUARÍ. La adjudicación fue realizada según acto administrativo N° __________.
[Formato de Tabla para contrato abierto - montos mínimos y máximos]
Nro. de orden | Nro. de ítem/lote | Descripción | Unidad de medida | Cantidad | Presentación | Precio Unitario (IVA Incluído) |
MONTO MÍNIMO | Gs. |
MONTO MÁXIMO | Gs. |
El monto mínimo del presente Contrato asciende a la suma de __________________________ y el monto máximo es de _______________
EL PROVEEDOR se compromete a proveer los bienes y/o prestar los servicios a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato.
EL PROVEEDOR se obliga a proveer los bienes y/o prestar los servicios en las condiciones ofertadas y cumpliendo las Especificaciones Técnicas declaradas en su Oferta, bajo apercibimiento de ser pasible de las sanciones establecidas en el Art. 72 de la Ley Nº 2051/2003 "DE CONTRATACIONES PÚBLICAS".
Los precios cotizados en la Oferta comprenden todo gravamen y cualquier otro tipo de gasto en que incurra EL PROVEEDOR en la ejecución del Contrato y los mismos serán fijos e invariables, sólo serán reajustados bajo las condiciones establecidas en el Contrato. Queda entendido que están incluidos asimismo, los gastos generales y las utilidades del PROVEEDOR, así como los imprevistos y cualquier otro costo necesario conforme lo previsto en este documento.
LA CONTRATANTE se compromete a pagar al PROVEEDOR como contrapartida del suministro de los bienes y/o prestación de los servicios; y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en esta Carta de Invitación.
El precio adjudicado estará sujeto a reajustes conforme a cuanto sigue: siempre y cuando la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Banco Central del Paraguay (BCP) haya sufrido una variación igual o mayor al 15% referente a la fecha de apertura de sobres.
Fórmula de reajuste a aplicar: Pr = P X IPC1
IPC0
Donde:
Pr = Precio reajustado de la Oferta.
P = Precio adjudicado.
IPC1 = Índice de precios al consumidor (IPC) publicado por el Banco Central del Paraguay (BCP), correspondiente al periodo de ejecución del Contrato.
IPC0 = Índice de precios al consumidor (IPC) publicado por el Banco Central del Paraguay (IPC), correspondiente al mes de la apertura de sobres.
No se reconocerá reajuste de precios si la provisión/prestación de los bienes/servicios adjudicados se encontrare con atrasos respecto al plazo de ejecución establecido; o LA CONTRATANTE haya constatado fehacientemente que EL PROVEEDOR se encuentra en incumplimiento de sus obligaciones con la seguridad social.
Para la aplicación del reajuste deberá mediar solicitud escrita del PROVEEDOR; y se dará curso a la misma en el momento en que la Contratante disponga de los recursos presupuestarios pertinentes.
La vigencia del presente contrato será:
El presente Contrato tiene vigencia desde la fecha de su suscripción y hasta el 31 de diciembre del año 2024.
La validez o continuidad del Contrato para el/los siguiente/s periodo/s queda sujeta a la aprobación de los créditos presupuestarios correspondientes; conforme a lo establecido en el Art. 14 de la Ley Nº 2051/2003 "DE CONTRATACIONES PÚBLICAS".
Los bienes y/o servicios deberán ser entregados y/o prestados dentro de los plazos establecidos en el Cronograma de Entregas de la Carta de Invitación.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
La sección de Informática de la Circunscripción Judicial de Paraguarí.
La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Contractuales de la presente carta de invitación, la cual se presentará a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en las Condiciones Contractuales de la presente carta de invitación. Llegado al monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2.051/2003 "De Contrataciones Públicas", caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 72 de la Ley N° 2051/2003 "De Contrataciones Públicas", modificado por Ley N° 6716/2021.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales de la presente carta de invitación.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme a las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las condiciones contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Paraguarí, República del Paraguay al día ___________ del mes de ____________ de 2023.
Firmado por: _____________________________ en nombre de la Contratante.
Firmado por: _____________________________ en nombre del Proveedor.