El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
El ámbito institucional requirente de esta Contratación es la sección de Informática de la Circunscripción Judicial de Paraguarí, cuya jefatura está a cargo del Sr. Iván Delvalle.
Esta contratación es programada atendiendo a la necesidad de brindar continuidad al empleo de la firma digital para la rúbrica de documentos internos y externos de esta institución, con el fin de reducir el uso de papel y contribuir a la sostenibilidad ambiental, en concordancia con lo establecido en la Ley 6562/2020 "DE LA REDUCCIÓN DE LA UTILIZACIÓN DE PAPEL EN LA GESTIÓN PÚBLICA Y SU REEMPLAZO POR EL FORMATO DIGITAL".
Las especificaciones técnicas fueron definidas por la sección de Informática, conforme a las actualizaciones y las normativas vigentes para certificados de firma digital.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ÍTEM |
SERVICIO |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
UNIDAD DE MEDIDA |
PRESENTACIÓN |
CANTIDAD |
1 |
PROVISIÓN DE FIRMA DIGITAL CUALIFICADA + DISPOSITIVO (TOKEN) |
CONFORME AL ANEXO |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
2 |
PROVISIÓN DE FIRMA DIGITAL CUALIFICADA |
CONFORME AL ANEXO |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
3 |
SERVICIO DE AGENTE DE REGISTRO MÓVIL |
CONFORME AL ANEXO |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
ANEXO
La empresa a ser contratada deberá prestar servicios de emisión de Certificados Cualificados para la Firma Digital de Personas Físicas sin datos laborales, calificados en el marco de la PKI Paraguay. A efectos del servicio y la dinámica de la institución, se establecerá un procedimiento entre el Prestador del servicio de emisión de Firmas Digitales Cualificadas y la Circunscripción Judicial de Paraguarí, en el marco del cual se realizará la gestión de los Certificados. La dinámica de la comunicación para la gestión de los servicios contratados se efectuará a través del correo electrónico desde las cuentas institucionales debidamente identificadas en el marco del procedimiento acordado.
El Proveedor deberá contar con servicio móvil de "Agente de Registro", para la gestión de Certificados Cualificados relacionadas a Usuarios que requieren la provisión o reposición inmediata de sus dispositivos de firma, el esquema funcional de este servicio formará igualmente parte del procedimiento acordado entre el Proveedor y la Circunscripción Judicial de Paraguarí.
El servicio móvil incluirá:
- La presencia del Agente en las Oficinas individualizadas.
- La Firma Electrónica Cualificada solicitada.
- La instalación de los aplicativos y controladores de los Tokens para la Firma Digital Cualificada en los equipos señalados.
OBSERVACION: Los costos del servicio móvil, serán facturados por VISITA del Agente a la institución, independientemente a la cantidad de Firmas Digitales Cualificadas expedidas. La empresa deberá prestar servicio de Revocación de Certificados Digitales Cualificados expedidos para los Magistrados, Actuarios y Funcionarios Administrativos, a solicitud de los usuarios, conforme el procedimiento establecido. Conforme los procedimientos legales establecidos, en lo relativo al ítem 1, la clave privada de los Certificados Digitales Cualificados deberá encontrarse resguardada en dispositivos criptográficos, cumpliendo con los niveles de máxima seguridad y exigencias de seguridad de la PKI Paraguay, alineados con las mejores prácticas y los estándares internacionales.
La Circunscripción Judicial de Paraguarí comunicará al Proveedor los nombres y direcciones de correo institucional de las personas debidamente autorizadas para realizar gestión de Firmas Digitales Cualificadas en nombre de la dependencia. La gestión para la provisión de las Firmas Digitales Cualificadas será efectuada por la Circunscripción Judicial de Paraguarí, utilizando al efecto la comunicación con el Proveedor del Servicio, a través del correo electrónico. En igual sentido, el Proveedor establecerá una dirección de correo electrónico en donde recibirá todas las solicitudes de la Circunscripción en el marco del Contrato.
La solicitud de emisión de una nueva de Firma Digital Cualificada será enviada mediante un correo electrónico, así como los datos completos del magistrado o funcionario para el que se solicita la Firma Digital Certificada, cumpliendo con los requerimientos de información establecidas por el Proveedor para la emisión del Certificado.
La vigencia de los Certificados emitidos será de 2 años, a partir la entrega de la Firma Digital Cualificada.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
[NO APLICA].
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los Bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los Bienes |
1 |
PROVISIÓN DE FIRMA DIGITAL CUALIFICADA + DISPOSITIVO (TOKEN) |
Según las EE. TT. |
Según las EE. TT. | El servicio podrá ser prestado tanto en el Palacio de Justicia de la Ciudad de Paraguarí, sito en Mcal. Estigarribia y Tte. Herreros, así como en las oficinas del proveedor. Los servicios deberán ser prestados en forma inmediata ante la persona para la cual se solicita la firma digital cualificada. El proveedor deberá presentarse en la institución en un plazo máximo de 2 (dos) días hábiles, desde la recepción de la solicitud emitida por la Circunscripción. |
Los servicios serán prestados por 24 (veinticuatro) meses, a partir de la firma del Contrato. |
2 |
PROVISIÓN DE FIRMA DIGITAL CUALIFICADA | Según las EE. TT. | Según las EE. TT. | El servicio podrá ser prestado tanto en el Palacio de Justicia de la Ciudad de Paraguarí, sito en Mcal. Estigarribia y Tte. Herreros, así como en las oficinas del proveedor. Los servicios deberán ser prestados en forma inmediata ante la persona para la cual se solicita la firma digital cualificada. El proveedor deberá presentarse en la institución en un plazo máximo de 1 (un) día hábil, desde la recepción de la solicitud emitida por la Circunscripción. | Los servicios serán prestados por 24 (veinticuatro) meses, a partir de la firma del Contrato. |
3 | SERVICIO DE AGENTE DE REGISTRO MÓVIL | Según las EE. TT. | Según las EE. TT. | El servicio podrá ser prestado tanto en el Palacio de Justicia de la Ciudad de Paraguarí, sito en Mcal. Estigarribia y Tte. Herreros, así como en las oficinas del proveedor. El proveedor deberá presentarse en la institución en un plazo máximo de 1 (un) día hábil, desde la recepción de la solicitud emitida por la Circunscripción.. | Los servicios serán prestados por 24 (veinticuatro) meses, a partir de la firma del Contrato. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Los documentos que acreditarán el efectivo cumplimiento contractual serán los Informes de Conformidad con los servicios prestados por el Proveedor, emitidos por el Administrador del Contrato, en relación a cada solicitud realizada. Estos informes certificarán, si correspondiere, que los servicios prestados por el Proveedor se ajustaron a las Especificaciones Técnicas.
Cantidad de informes: en función a las solicitudes realizadas.
Frecuencia de informes: en función a las solicitudes realizadas.
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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