solicitamos respetuosamente extender el mismo a 90 días como minimo, teniendo en cuenta que se trata de una gran cantidad de equipos y el 90% de los proveedores no cuenta con esa cantidad en su stock, especialmente para negocios como la licitación de referencia que solicitan requerimientos específicos del nuevo estandar Mitic, esto obliga a incurrir en una importación para cumplir con los requerimientos en tiempo y forma, lo cual está asociado a plazos logísticos y de trámites aduaneros. De esta forma podrían dar la posibilidad a más oferentes de presentar su oferta.
solicitamos respetuosamente extender el mismo a 90 días como minimo, teniendo en cuenta que se trata de una gran cantidad de equipos y el 90% de los proveedores no cuenta con esa cantidad en su stock, especialmente para negocios como la licitación de referencia que solicitan requerimientos específicos del nuevo estandar Mitic, esto obliga a incurrir en una importación para cumplir con los requerimientos en tiempo y forma, lo cual está asociado a plazos logísticos y de trámites aduaneros. De esta forma podrían dar la posibilidad a más oferentes de presentar su oferta.
Considerando los plazos que implica las diferentes etapas de esta licitación más la importancia de contar en la brevedad posible con los equipos solicitados, la Convocante considera razonable el plazo para la entrega de los bienes; por lo tanto remitirse a la establecido en el PBC (Carta de Invitación) con relación al plazo de entrega.
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PRECIO REFERENCIAL ITEM 2 - COMPUTADORAS TIPO 2
CONSIDERANDO LAS NUEVAS ESPECIFICACIONES TECNICAS ESTANDAR VERSION 4 APROBADAS POR MITIC Y DNCP, SOLICITAMOS QUE SEA RECTIFICADA EL PRECIO REFERENCIAL ESTABLECIDO PARA LAS COMPUTADORAS TIPO 2 INTERMEDIA.
CONSIDERANDO LAS NUEVAS ESPECIFICACIONES TECNICAS ESTANDAR VERSION 4 APROBADAS POR MITIC Y DNCP, SOLICITAMOS QUE SEA RECTIFICADA EL PRECIO REFERENCIAL ESTABLECIDO PARA LAS COMPUTADORAS TIPO 2 INTERMEDIA.
Los precios son referenciales, en la etapa de evaluación el Comité considerará si es o no razonable los precios ofertados por los participantes considerando las normativas vigentes. La Convocante no considera conveniente rectificar los mismos.
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/*Plazo de entrega
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Plan de entrega de los bienes, para los Ítems 1, 2 y 3 se solicita: “El plazo de entrega de los equipos solicitados es de 30 días corridos a partir de la firma de la orden de compra por proveedor adjudicado”.
Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay se solicita la ampliación del plazo de entrega a un mínimo de 60 (sesenta) días hábiles desde la emisión de la orden de compra respectiva. Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, en observancia de la economía y la eficiencia que se busca, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Plan de entrega de los bienes, para los Ítems 1, 2 y 3 se solicita: “El plazo de entrega de los equipos solicitados es de 30 días corridos a partir de la firma de la orden de compra por proveedor adjudicado”.
Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay se solicita la ampliación del plazo de entrega a un mínimo de 60 (sesenta) días hábiles desde la emisión de la orden de compra respectiva. Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, en observancia de la economía y la eficiencia que se busca, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
La Convocante considera plazos muy razonables para la entrega de los insumos, considerando además, las etapas del proceso de licitación, por lo que se deberá remitirse al PBC (carta de invitación) en cuanto a los plazos para la entrega.
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/* Memoria RAM para Ítem 3
En las especificaciones técnicas publicadas en el SICP para el Ítem n°3 (Notebook), apartado n°2 “Memoria RAM” solicita: “Memoria RAM Tipo DDR4 2400 MHz o superior”
Al respecto solicitamos a la convocante aclarar la cantidad de memoria RAM en GB que precisan para este Ítem.
En las especificaciones técnicas publicadas en el SICP para el Ítem n°3 (Notebook), apartado n°2 “Memoria RAM” solicita: “Memoria RAM Tipo DDR4 2400 MHz o superior”
Al respecto solicitamos a la convocante aclarar la cantidad de memoria RAM en GB que precisan para este Ítem.