Aspectos Generales para la Contratación de Obras

Los Aspectos Generales para la Contratación de Obras Públicas, es un documento complementario del presente pliego electrónico estándar. Acceda al mismo dando click en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/l/docestandar

Subcontratación

El porcentaje permitido para la subcontratación será de:

  1. Que el Contratista, antes del inicio de los trabajos contratados, solicite, por escrito, la autorización de la Contratante para subcontratar, mencionando la empresa que será subcontratada y el porcentaje de la mano de obra a subcontratar.
  2. Que la empresa a subcontratar necesariamente sea una empresa no adjudicada en ningún Ítem de la presente contratación  e indefectiblemente deberá ser uno de la lista presentada con la oferta por el Oferente adjudicado en el ítem en cuestión.  
  3. Que una Subcontratista determinada podrá trabajar como máximo con dos Contratistas Principales al mismo tiempo, y con Cuadrillas diferentes en cada caso.
  4. Que el porcentaje de la mano de obra a ser subcontratada no exceda el sesenta por ciento (60%) del total de la mano de obra ejecutada.

Frente a la Contratante responderá siempre el Contratista principal de todas las obligaciones que le correspondan por razón del contrato. De la mano de obra ejecutada, la Contratante considerará el cien por ciento (100%) al Contratista y al subcontratista, el porcentaje subcontratado, autorizado por escrito por la Contratante.

Serán tenidos en cuenta los trabajos ejecutados como subcontratistas solamente aquellos que hayan sido previamente autorizados por escrito por la ANDE. Los mismos se detallarán en los Anexos y serán considerados de la siguiente manera: 100% para el contratista adjudicado, y para el subcontratista en la proporción subcontratada y hasta el límite establecido en la Ley Nº 2051/03 De Contrataciones Públicas.

Si el Oferente tiene la intención de adjudicar parte de los trabajos especificados en el Contrato a Subcontratistas, deberá presentar el tipo y alcance de dichos trabajos juntamente con su Oferta y una lista de nombres y direcciones de Subcontratistas potenciales, quienes deberán acreditar la misma experiencia y capacidad solicitada al oferente. Después de la adjudicación, el (los) subcontratista(s) que realizará(n) efectivamente el(los) trabajo(s), deberá(n) ser uno de la lista presentada inicialmente con la Oferta. La Convocante aprobará previamente la Subcontratación.

Observación.

La Convocante, en todos los casos, se reserva el derecho de verificar la veracidad y vigencia de la información suministrada por el Oferente.

Estimación de las obligaciones financieras de la contratante

El contratista presentará, al fiscal de obra, en el plazo de: Diez (10) días corridos contados desde la emisión de la orden de inicio, una estimación detallando las obligaciones de pago de la contratante.

Fondos de reparo

Del monto de pago de cada certificado, la contratante deducirá un cinco por ciento (5%) en concepto de fondo de reparos, suma que no devengará intereses y que será devuelta al contratista dentro del plazo establecido en el art. 39 de la Ley N° 2051/2003, en forma posterior a la recepción definitiva.

Este fondo podrá ser sustituido por una póliza de seguros a satisfacción de la contratante emitida por una compañía de seguros autorizada a operar y emitir pólizas en la República del Paraguay:

No se admite la sustitución del cinco por ciento (5%) por una póliza de seguros.

Se retendrá el (5%) cinco por ciento del monto de cada factura, en concepto de Fondo de Reparo. Esta retención representa una garantía pecuniaria a disposición de la Contratante, que asegura el cabal cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Contrato y que no devengará interés alguno a favor del Contratista. Durante el curso de ejecución del Contrato, la Contratante podrá destinar total o parcialmente el monto acumulado en concepto de Fondo de Reparo, para el pago de indemnizaciones debidas a la Contratante por incumplimiento de las obligaciones contractuales, de una parte o de la totalidad de los servicios efectuados, multas por retrasos o cualquier otro concepto.

El Contratista solicitará, por escrito, la devolución del Fondo de Reparo una vez que haya sido pagada la última factura.

Dentro de los diez (10) días hábiles de esta solicitud y no habiendo reclamaciones, la Contratante devolverá al Contratista el Fondo de Reparo, tomando en cuenta las deducciones hechas (si las hubieren).

Pólizas de Seguro

No obstante las obligaciones que se establezcan en el presente apartado, el contratista será en todo momento el único responsable y protegerá a la contratante frente a cualquier reclamación de terceros por concepto de indemnización por daños de cualquier naturaleza o lesiones corporales producidas como consecuencia de la ejecución del presente contrato por el contratista, sus subcontratistas y su respectivo personal.

El contratista contratará los seguros que incluirá como mínimo:

  1. Seguro contra daños a terceros: El contratista suscribirá un seguro de responsabilidad civil que comprenderá los daños corporales y materiales que puedan ser provocados a terceros como consecuencia de la realización de los trabajos, así como durante el plazo de garantía. El capital asegurado es de ₲. 100.000.000 por persona.

La póliza de seguros debe especificar que el personal de la contratante, el fiscal de obra, así como el de otras empresas que se encuentren en la zona de obras se considerarán como terceros a efectos de este seguro de responsabilidad civil.

  1. Seguro contra accidentes de trabajo: El contratista contratará todos los seguros necesarios para cubrir accidentes de trabajo requeridos por la reglamentación vigente por la cantidad de personal que efectivamente se encuentre trabajando en la obra debidamente identificados e individualizados. El contratista será responsable de que sus subcontratistas también cumplan con esa obligación. El contratista mantendrá indemne a la contratante y al fiscal de obras frente a todos los recursos que el personal del contratista o el de sus subcontratistas pudieran ejercer en este sentido. El capital asegurado es de no inferior a ₲. 100.000.000.
  1. Seguro contra los riesgos en la zona de obras: El contratista suscribirá en conformidad con la reglamentación aplicable un seguro contra todo riesgo en la zona de obras. Dicho seguro contendrá las garantías más amplias y cubrirá, por lo tanto, todos los daños materiales que puedan sufrir todos los bienes incluidos en el contrato, en particular los daños debidos a un defecto de concepción o diseño, a defectos del material de construcción o a la realización de trabajos defectuosos, a fenómenos naturales, a la remoción de escombros después de un siniestro. Este seguro también deberá proteger contra los daños materiales ocasionados por fenómenos naturales. El capital asegurado es de ₲. 500.000.000 como mínimo

Las condiciones de expedición de los seguros indicados precedentemente, son: Para la Póliza de todo riesgo en zona de obras, la Contratante será designada Beneficiaria o coasegurado. El Contratista entregará a la Contratante las pólizas de seguros como prueba de que las pólizas requeridas están plenamente vigentes. Los seguros indicados no eximirán al Contratista de sus responsabilidades por los daños cuyos valores sean superiores al valor de las pólizas contratadas. Estos seguros deberán ser presentados antes del inicio de los trabajos ante la Unidad Administradora del Contrato. Las Pólizas deberán ser presentadas en la Unidad Administradora del Contrato para su verificación y aprobación.

Contenido y características de los precios

Los precios comprenden los siguientes criterios: 

Conforme a las Condiciones Contractuales

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

Los precios fijados en la Lista de Precios del Contrato presentados por el Contratista en su oferta, son de su exclusiva responsabilidad.

Si después de la presentación de la Oferta se verificaren variaciones de precios de los principales rubros que integran el precio unitario adjudicado, como la mano de obra y/o combustible, se reconocerá un ajuste de precios de los componentes citados, sobre los trabajos realizados a partir de la fecha de variación de estos rubros.

En el caso de la mano de obra se utilizará como referencia el Salarió Mínimo Oficial y para el combustible se utilizará como referencia el precio de Petróleos Paraguayos (Petropar) para el Gasoil tipo III.

Para el cálculo de ajuste de precios se utilizará la siguiente fórmula:

PA = Po + Po (0,40 x MO + 0,15 x G)

PA = Precio  Ajustado.

Po = Precio básico de la oferta a ser ajustado.

MO = Variación del salario mínimo oficial, registrado posterior a la presentación de la oferta, en tanto por uno. SMF= Salario Mínimo Final, SMI= Salario Mínimo Inicial. Para hallar MO = (SMF-SMI) / SMI   

G = Variación del Precio del Gasoil en tanto por uno, registrada posterior a la presentación de la oferta GF= Precio del Gasoil Final, GI= Precio del Gasoil Inicial. Para hallar G = (GF-GI) / GI.

Durante la vigencia del contrato, el ajuste de precios será efectuado sobre los trabajos encomendados por las unidades administrativas, a partir de la fecha de variación del Salario Mínimo Oficial independiente al porcentaje de variación, y para reajustes ocasionados por las variaciones del precio del gasoil cuando supere el diez (10%) por ciento por arriba o por abajo.

La Contratante emitirá una Resolución por cada ajuste de precios, en la que se dará a conocer el nuevo precio ajustado, debiendo facturarse la Mano de Obra con dicho precio.

Los precios de materiales suministrados de manera eventual por el contratista (cuyos precios base forman parte del Planilla R), serán actualizados/reajustados según la siguiente fórmula de Actualización/Reajuste de dicho Anexo.

Pr= PO.C/CO

Dónde:

Pr: Precio Ajustado

PO: Precio Base del listado de materiales.

C: Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Banco Central del Paraguay, del mes correspondiente a la actualización / reajuste.

CO: Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Banco Central del Paraguay, del mes de la Apertura de Ofertas.

El término actualización/reajuste se refiere tanto al aumento como a la disminución de los precios. Por lo tanto, si el resultado de la aplicación de la fórmula resultare en una disminución del precio inicial (Po), igualmente se deberán actualizar los precios beneficiando en este caso a la Contratante.

La actualización/reajuste correspondiente a los precios de los materiales eventuales será realizada cada 12 (doce) meses, a partir de la Apertura de Ofertas.

El precio de los materiales a ser proveídos serán los vigentes a la fecha de emisión de la Orden de Provisión.

La actualización/reajuste de precios será analizada y emitida por la Unidad Competente de la Contratante, en el periodo previsto, a solicitud del Contratista.

 

Impuestos, Derechos, Gravámenes y Cotizaciones

El precio del contrato comprenderá todos los impuestos, derechos, gravámenes y cotizaciones de toda índole exigibles en la República del Paraguay, los cuales se calcularán teniendo en cuenta las modalidades de base tributaria y de tasas fiscales vigentes quince (15) días antes de la fecha límite para la presentación de las ofertas, salvo que se establezca algo distinto en este apartado:

Impuesto al Valor Agregado; Impuesto a la Renta; Contribución sobre contratos suscriptos, conforme a lo que establece el Art. 1° de la Ley 3439/07 que modifica el Art. 41 de la Ley N° 2051/03, el equivalente a 0,5% sobre el importe de cada factura conforme a la Ley N° 7050/23 en su Art. 278, deducido los impuestos correspondientes.

Formas y condiciones de pago

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

1. Documentos Genéricos:

  1. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
  2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
  3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
  4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
  5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
  6. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).

Plazo de pago: Dentro de los treinta (30) días, desde la aprobación del certificado de obra y la presentación de la factura.

Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:

Una vez que la certificación haya sido aprobada y debidamente firmada por las partes, la Solicitud de Pago y la Liquidación Pro-Forma deberá ser presentada a través de una Nota por el portal de Mesa de Entrada de ANDE (www.ande.gov.py), el cual generará un número de Expediente y de ID en el Sistema para seguimiento. La Unidad Administradora del Contrato (UAC) verificará el pedido y autorizará el pago, adjuntando los documentos respaldatorios.

El Contratista presentará dicha solicitud de pago con las eventuales Solicitudes de Ajuste de Precios correctamente justificadas o de acuerdo a las exigencias requeridas por la Contratante, con los Informes Mensuales y documentaciones relativas que el Fiscal de Obras solicite, dentro de los quince (15) días siguientes al mes al que se refieren los trabajos contabilizados.

Se deberá presentar una Certificación de Cuenta Bancaria emitida por el Banco para proceder a realizar los pagos vía transferencia bancaria.

Dicha documentación se complementará indefectiblemente con el Certificado de Obra firmado por el Representante del Contratista, acompañado de las Documentaciones al cual se refiere el certificado, un listado de personal, formularios FIP (Formulario de Identificación del Personal) como el FIS (Formulario de Identificación de Servicios Personales), de la DNCP, que deberán ser completados por las personas físicas, jurídicas o consorcios que resulten adjudicados, copias simples de los comprobantes de pago de las obligaciones sociales del Contratista (obrero-patronal) del mes anterior a la realización de los trabajos certificados, correspondiente al personal asignado a este Contrato.

Asimismo, si los documentos presentados son insuficientes o presentan errores, serán devueltos bajo constancia escrita al Contratista para la rectificación correspondiente. En este caso, el plazo para el pago queda interrumpido sin responsabilidad alguna para la Contratante.

La Unidad Administradora del Contrato realizará la verificación de la LIQUIDACIÓN PRO-FORMA y en caso de no tener ningún reparo, solicitará al Contratista la remisión de la Factura Legal con fecha del mes vigente al momento de presentación, con fecha límite hasta el día veinte (20).

La factura deberá cumplir con lo establecido en la Ley Nº 2421/04 y sus reglamentaciones, en lo referente a los comprobantes que expidan por las ventas que efectúen y/o servicios que presten a la Institución.

Se retendrá en concepto de contribuciones, el equivalente a cero punto cinco por ciento (0.5%) sobre el importe de cada factura, deducido los impuestos correspondientes, conforme a lo establecido en el Art. 278 de la Ley Nº 7050/23.

La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

Pago por acopio de materiales

El método de cálculo para el pago por acopio de materiales es el siguiente:

NO APLICA.

Solicitud de Pago de Anticipo

Las condiciones para la solicitud del pago de anticipo son como se establecen a continuación: 

Anticipo solo para MIPYME: El Anticipo será del Diez por Ciento (10%) sobre el monto minimo adjudicado.

a) Plazo máximo para la presentación de la solicitud de pago de anticipo: dentro de los quince (15) días calendario posteriores a la firma del contrato, una vez que la Unidad Administradora del Contrato notifique al Contratista el cumplimiento de las condiciones previas para inicio de la obra indicadas en las Condiciones Contractuales, de lo contrario dicho plazo quedará suspendido. Las Garantías de Cumplimiento de Contrato y la de Anticipo deberán ser presentadas en el Quinto (5to) Piso Departamento de Seguros previa Nota dirigida al Presidente de la ANDE a la atención del Departamento de Seguros ingresada por la página web de la ANDE (www.ande.gov.py).

b) Dirección: Avda. España N° 1268 esq. Padre Cardozo Barrio Las Mercedes.

c) Horario de atención: 07:00hs a 15:00hs

d) Oficina y/o departamento: Página Web de la ANDE (www.ande.gov.py)

e) Responsable de la recepción: Funcionarios de Secretaria General

f) Plazo o fecha en la cual se abonará al contratista el monto del anticipo, siguiente a la fecha de la presentación de la solicitud: Se verificarán las documentaciones requeridas y se abonará al Contratista el monto total del anticipo, a más tardar treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de presentación de la solicitud.  

Para el cobro de este Anticipo el Contratista deberá presentar la solicitud correspondiente acompañada de la Garantía de Fiel Cumplimiento, de la Garantía para Anticipo y de la factura legal correspondiente.

Una vez notificada la disponibilidad del anticipo conjuntamente con la Orden de Inicio, comenzará a computarse el plazo de ejecución de la obra, independientemente de que el Contratista no se haya presentado para el cobro. De constatarse defectos o la omisión de alguno de los documentos citados, esto será comunicado al Contratista y el plazo de pago quedará suspendido.

Una vez verificada y aprobada la LIQUIDACIÓN PRO-FORMA por parte de la Unidad Administradora del Contrato (UAC), la misma solicitará al Contratista, vía correo electrónico o fax, la presentación de la respectiva factura legal con la fecha del mes vigente al momento de presentación de dicha factura, la cual será adjuntada al expediente respectivo.   

La Contratante notificará por escrito al Contratista la disponibilidad del anticipo. El monto anticipado será deducido por el Contratista en las facturas mensuales en el mismo porcentaje establecido para el anticipo. 

g) Forma de amortización del monto anticipado con relación a las certificaciones realizadas: será descontando de forma proporcional en las certificaciones.

1. El anticipo es la suma de dinero que se entrega al proveedor, consultor o contratista destinada al financiamiento de los costos en que este debe incurrir para iniciar la ejecución del objeto contractual. El mismo no constituye un pago por adelantado; debe estar amparado con una garantía correspondiente al cien por ciento de su valor y deberá ser amortizado durante la ejecución del contrato y durante la ejecución de contrato demostrar el debido uso. La garantía de anticipo deberá mantener su vigencia hasta su total amortización.

Los recursos entregados en calidad de anticipo no podrán destinarse a fines distintos a los relacionados con el objeto del contrato.

En caso de extensión de la Garantía de Anticipo, la misma deberá cubrir el saldo pendiente de amortización.

2. Si se establece en el SICP el otorgamiento de anticipos, no podrá superar en ningún caso el porcentaje establecido en la legislación vigente.

3. La solicitud de pago del anticipo deberá ser presentada por escrito, con la factura, el plan de inversiones y la Garantía de Anticipo.

4. El proveedor podrá remitir una comunicación por escrito a la contratante, en la cual informe que rechaza el anticipo previsto en el PBC. La falta de solicitud de anticipo en el plazo previsto en el PBC será considerada como un rechazo del mismo. En estos casos podrá darse inicio al cómputo de la ejecución contractual en las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones.

5. El pago del anticipo debe ser total. En el caso que se realizare el pago de un porcentaje inferior al 100% del mismo, el proveedor podrá rechazarlo en el plazo de cinco (5) días hábiles mediante una nota de reclamo remitida a la contratante. Transcurrido dicho plazo, se considerará que el anticipo ha sido aceptado por el proveedor y podrá darse inicio al cronograma de ejecución contractual en las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones.

6. En el caso de que el proveedor haya solicitado el anticipo en las condiciones establecidas en la presente cláusula y la convocante no ha procedido al pago, el oferente no está obligado a iniciar la ejecución del contrato hasta tanto el pago se haya efectuado de forma total o de acuerdo a lo dispuesto en el punto 5.

7. El contratista deberá usar el anticipo únicamente para pagar equipos, planta, materiales y/o gastos de movilización que se requieran específicamente para la ejecución del contrato. El contratista deberá demostrar que ha utilizado el anticipo para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u otros documentos al fiscal de obras, quien junto con la contratante realizará el seguimiento y control de los recursos entregados. El contratista estará obligado a proporcionar a la contratante los comprobantes, certificaciones y cualquier otra información que le fuera requerida con el objeto de comprobar el cumplimiento del plan de inversión del anticipo.

8. Para la ejecución de esta garantía, especialmente cuando sea instrumentada a través de Póliza de Seguro de caución, será requisito que previamente el proveedor sea notificado del incumplimiento y la intimación de que se hará efectiva la ejecución del monto asegurado.

9. A menos que se indique otra cosa en este apartado, la Garantía de Anticipo será liberada por la contratante y devuelta al proveedor, a requerimiento de parte, a más tardar treinta (30) días contados a partir de la fecha de cumplimiento de las obligaciones del proveedor en virtud del contrato, pudiendo ajustarse por el saldo adeudado.

10. El atraso en la entrega del anticipo imputable a la contratante prorrogará en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes.

11. En el caso de rescisión o terminación anticipada del contrato, los contratistas deberán reintegrar a la contratante el saldo por amortizar.

Tasa de interés por Mora

En caso de retrasos en los pagos por la contratante, el contratista tendrá derecho a percibir interés por mora por cada día de atraso en el pago, equivalentes al promedio de las tasas máximas activas nominales, anuales, percibidas en los bancos por los préstamos de consumo en moneda nacional al plazo de ciento ochenta días, determinada por el Banco Central del Paraguay para el mes anterior de la constitución de la obligación y publicado en diarios de difusión nacional.

Si la contratante, en virtud de causas establecidas en el contrato, está facultada para suspender la tramitación de un pago, las sumas correspondientes durante los atrasos resultantes no devengarán intereses por mora.

Certificaciones mensuales

Los procedimientos y formularios a utilizar para preparar los certificados son los siguientes:

1- Los trabajos serán certificados solamente después de concluidos y aprobados por las Unidades Administradoras correspondientes.

2- El Contratista a través de una Nota por el portal de Mesa de Entrada de ANDE (www.ande.gov.py), el cual generará un número de Expediente y de ID en el Sistema para seguimiento, la solicitud de verificación de las Planillas de Resumen General de Servicios Efectuados (Anexo O), de Resumen de Materiales Proveídos por el Contratista (Anexo R) y de Planilla de Utilización de Materiales (Anexo S), suscritas por el Representante Técnico del Contratista, dentro de los 10 (diez) primeros días del mes siguiente al fenecido.

3- Las planillas mencionadas en el párrafo anterior deberán estar correctamente elaboradas de acuerdo a instrucciones vigentes y deberán estar acompañadas de los siguientes documentos:

- Listado de personal responsable de la ejecución de los trabajos (Anexo P), razón social del Contratista, mes de ejecución de los trabajos, LOTE al cual corresponde el listado de personal, los nombres y apellidos, cargos que ocupan, número de Cédula de Identidad y número de carnet y categoría de los profesionales electricistas correspondientes. Este listado deberá estar conformado por el Representante Técnico y por el/los Fiscal/es de Obras y en ausencia de éste, por el Jefe de la Unidad Administradora del Contrato.

- Copia autenticada del Certificado de Cumplimiento con el Seguro Social actualizado y la  planilla de pago efectuado en concepto de aporte obrero-patronal al IPS correspondiente al mes anterior al de la ejecución de los trabajos concluidos.

- Órdenes de Ejecución de Mantenimiento (Anexo OEM), conformadas por el Jefe de la Unidad Administradora, por el Fiscal y por el Representante Técnico.

- Planilla de Mano de Obra, conformada por el Representante Técnico y por el Jefe de la Unidad Administradora del Contrato (Anexo GC-20).

- Planilla de Resumen de Materiales Proveídos (Anexo R), conformada por el Representante Técnico y por el Jefe de la Unidad Administradora del Contrato.

- Planilla de Utilización de Materiales, conformada por el Representante Técnico y por el Fiscal (Anexo S).

- Órdenes de Provisión de Materiales (Anexo GC-21), acompañadas por la copia del documento de Salida de Materiales (SMA) de los materiales NO RETIRADOS DE LA ANDE.

- Copias de documentos de materiales nuevos sobrantes y/o retirados de la red y devueltos a los depósitos de la Contratante. En caso de que no haya sido devuelto la totalidad de los materiales nuevos sobrantes y/o retirados de la red, serán descontados al Contratista con los precios establecidos en la Lista de Precios de Materiales para Suministros Eventuales, a través de una Nota de Crédito por Materiales no Devueltos, de la factura correspondiente al mes de procesamiento de la Orden de Ejecución de Mantenimiento (Anexo OEM) afectadas.

4- En caso de Medidores no devueltos a la ANDE, se procederá al descuento de los mismos de la factura correspondiente al mes de la ejecución de los trabajos. La Contratante establecerá el precio actualizado a ser descontado del Contratista.

5- Todos los documentos serán verificados previamente y conformados por las Unidades Administradoras correspondientes, toda vez que el Contratista complete los documentos necesarios para la presentación de las Facturas, establecidos anteriormente, en un plazo máximo de 15 (quince) días calendario.

6- Toda vez que los documentos cumplan con los requisitos exigidos, las planillas de resumen, Anexos O, R y S, serán conformadas por el Jefe de la Unidad Administradora del Contrato, debiendo indicarse en los resúmenes la aclaración de firmas y la fecha de aprobación.

7- En caso de no cumplirse con cualquiera de las documentaciones anteriormente mencionadas, el Jefe de la Unidad Administradora del Contrato comunicará por escrito las observaciones encontradas, y solicitará el cumplimiento de las mismas para la conformación correspondiente.

8- Una vez aprobadas y conformadas las Planillas,  mencionadas en el Punto 2 de esta cláusula, por el Jefe de la Unidad Administradora del Contrato, éste comunicará por escrito al Contratista que se encuentra en condiciones para presentar sus liquidaciones proformas. Después de recibida ésta comunicación por escrito, el Contratista presentará a la misma Unidad Administradora del Contrato las liquidaciones proformas mensuales correspondientes a cada prestación ejecutada junto con la copia del Código de Contratación emitida por la DNCP (Dirección Nacional de Contrataciones Públicas), adjuntándolos al Expediente para su pago.

9- La Unidad Administradora del Contrato deberá expedirse dentro de un plazo no mayor de 10 (diez) días calendario de la recepción de las liquidaciones proformas. El Jefe de la Unidad Administradora verificará si los montos mencionados en Liquidación Pro-Forma presentada coinciden plenamente con los montos de los Anexos O y R y en caso de no tener ningún reparo la conformará aclarando la firma y fecha de aprobación de la misma. Posteriormente, remitirá el expediente a la Oficina de Coordinación de la Gerencia Comercial.

10- La Oficina de Coordinación de la Gerencia Comercial verificará que el expediente cumpla con todos los requisitos establecidos en esta cláusula y solicitará al Contratista la presentación de la Factura Legal con la fecha del mes vigente al momento de presentación, con fecha límite hasta el día 20 de cada mes.

11- El pago se hará en guaraníes, dentro de los 30 (Treinta) días de la aprobación del Jefe de la Unidad Administradora del Contrato, de la Liquidación Pro-Forma correspondiente a los trabajos ejecutados previstos en cada Orden de Ejecución.

12- Si en controles internos, posteriores a la aprobación de la Unidad Administradora del Contrato, se constatare algún error o incumplimiento en las condiciones para el pago, el expediente será devuelto a la unidad de origen para su corrección o regularización correspondiente.

En este caso, el plazo para el pago se reiniciará a partir de la nueva aprobación del expediente por parte del jefe de la Unidad Administradora.

13- Se retendrá el 5% (cinco por ciento) del monto de cada factura, en concepto de Fondo de Reparo. Esta retención representa una garantía pecuniaria a disposición de la Contratante, que asegura el cabal cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Contrato y que no devengará interés alguno a favor del Contratista. Durante el curso del Servicio, la Contratante podrá destinar total o parcialmente el monto acumulado en concepto de Fondo de Reparo, para el pago de indemnizaciones debidas a la Contratante por incumplimiento de las obligaciones contractuales, de una parte o de la totalidad de los servicios efectuados, multas por retrasos o cualquier otro concepto.

14- El Contratista solicitará, por escrito, la devolución del Fondo una vez cumplido los 180 (ciento ochenta) días calendario contados a partir de la aprobación de cada facturación. Dentro de los 30 (treinta) días de esta solicitud y no habiendo reclamaciones sobre los trabajos correspondientes a las Órdenes de Trabajos (OT) contenidas en dichas facturaciones, la Contratante devolverá al Contratista el Fondo de Reparo, tomando en cuenta las deducciones hechas (si las hubieren).

15- Asimismo, se retendrá en concepto de contribución, el equivalente a (0.5%) cero punto cinco por ciento sobre el importe de cada factura, deducido los impuestos correspondientes, conforme a lo establecido en el Art. 41 de la Ley N° 3439/07.

16- El Contratista para tener derecho a todo pago, deberá cumplir con lo establecido en la Ley N° 2421/04 y sus reglamentaciones, en lo referente a los comprobantes que expidan por las ventas que efectúen y/o servicios que presten a la Institución.

Pago de cuotas mensuales

Las deducciones que se realizarán sobre las certificaciones serán: 

a. El cinco por ciento (5%) de cada factura en concepto de Fondo de Reparo (Indemnizaciones, sanciones por Incumplimientos y atrasos en los plazos establecidos en la Orden de Trabajo).

b. Los gastos incurridos por la Contratante debido a daños o perjuicios ocasionados por el Contratista.

c. Multas aplicadas al Contratista.

Una vez aprobado el certificado, la factura deberá ser presentada en la siguiente dirección: El Contratista a través de una Nota por el portal de Mesa de Entrada de ANDE (www.ande.gov.py), el cual generará un número de Expediente y de ID en el Sistema para seguimiento.

Cuenta final

La estimación de la cuenta final se enviará al fiscal de obras dentro de los quince días contados a partir de la fecha de notificación de la recepción provisoria de las obras, salvo que en este apartado se disponga de un plazo mayor:

No aplica

Cuenta General. Finiquito

La cuenta general, será comunicada por escrito al contratista, en el plazo de dieciocho (18) días contados después de la fecha de entrega de la estimación de la cuenta final, salvo que en este apartado se disponga de un plazo distinto:

No aplica

Plazo de ejecución

El plazo de ejecución se computa desde la recepción por parte del contratista de la orden de inicio para comenzar las obras, emitida una vez que se hayan cumplido cada una de las condiciones indicadas en la cláusula de “Plazo de Ejecución” de los Aspectos Generales del Contrato, además de las siguientes condiciones:

El Contrato se ejecuta bajo la modalidad de Contrato Abierto. En ese sentido, el plazo máximo para inicio y terminación de los trabajos será especificado en las respectivas Órdenes de Trabajos (OEM).

El plazo de ejecución de los trabajos serán computados a partir del 1er. día hábil siguiente a la fecha de entrega al contratista de las Órdenes de Trabajo (OEM), por un plazo indicado en la misma que no será mayor a 5 (cinco) días por cada una.

 

 

Multas y retenciones

Las penalidades diarias por retrasos en la ejecución de los trabajos y forma de cálculo:

La Contratante realizará análisis periódicos del desempeño y cumplimiento de los trabajos del Contratista y en caso de atraso o incumplimiento de los plazos en la entrega de cualquiera de los trabajos previstos en el presente Contrato, se aplicarán penalidades que se darán de acuerdo a los incumplimientos infringidos por el Contratista. 

Cualquier atraso o incumplimiento contractual deberá ser asentado en el Registro Diario o Libro de Obra, apenas tome conocimiento o constate el Fiscal y/o el Jefe de la Unidad Administrativa. Al respecto, se aplicará la sanción correspondiente.

La Unidad Administradora del Contrato elevará vía jerárquica, en la brevedad posible, los resultados de sus análisis periódicos. Si se verificare atrasos e incumplimientos de las cláusulas contractuales, estos serán notificados al Contratista. En caso de no regularizar el incumplimiento, será motivo de rescisión del Contrato.

Si se verificare incumplimientos de las cláusulas contractuales se aplicarán las siguientes penalidades:

1er. Incumplimiento: Apercibimiento por escrito al Contratista a través de una nota por dicho motivo, emplazándole por 48 (cuarenta y ocho) horas para regularizar el incumplimiento.

2do. Incumplimiento: al no regularizar cumplidas las 48 (cuarenta y ocho) horas, se emite el segundo apercibimiento por escrito, con multa del 10% (diez por ciento) sobre el monto de la factura mensual correspondiente al mes en que se incurrió en la falta. La multa será aplicada y deducida en forma automática por la Contratante, sin ninguna interpelación judicial o extrajudicial, y se emplaza por otras 48 (cuarenta y ocho) horas para regularizar el incumplimiento.

3er. Incumplimiento: de persistir en el incumplimiento, se inician los trámites correspondientes para la Rescisión del Contrato por responsabilidad del Contratista y los antecedentes serán remitidos a la DNCP (Dirección Nacional de Contrataciones Públicas).

4to. Cuando el valor de las multas supere el monto de la Garantía de Cumplimiento del Contrato, la Contratante podrá rescindir administrativamente el Contrato, de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2051/2003, caso contrario seguirá aplicando el monto de las multas que correspondan.

La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje indicado en este apartado. La contratante podrá rescindir administrativamente el contrato cuando el valor de las multas supere el monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.

La aplicación de multas no libera al contratista del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.

Procedencia de los suministros, equipos, enseres, materiales y productos

La procedencia de los suministros, equipos, enseres, materiales y productos para la ejecución del contrato será:

Estos deberán ajustarse estrictamente a las Especificaciones Técnicas de la ANDE.

Excepciones a normas aplicables en cuanto a calidad

Las excepciones que puedan hacerse respecto a las normas de calidad de los materiales, productos y componentes de construcción serán:

Las normas aplicables serán las que estén en vigor quince (15) días antes de la fecha establecida para la presentación y apertura de las ofertas.

Recibo, movimiento y conservación por el contratista de los materiales y productos suministrados por la contratante en virtud del contrato

El lugar y condiciones de entrega de los materiales será:

Los materiales o equipos a ser suministrados por la Contratante, serán entregados al Contratista en los Depósitos de la ANDE de San Lorenzo, sito en Avda. Eugenio A. Garay esquina Dr. Eduardo Schaerer y de Boggiani, sito en Avda. Facundo Machain y Avda. Boggiani y en los depósitos regionales.

La devolución de los materiales no utilizados retirados de los depósitos de la Contratante y los retirados de la red de distribución será realizada en los depósitos de la Contratante de San Lorenzo, sito en Avda. Eugenio A. Garay esquina Dr. Eduardo Schaerer y de Boggiani, sito en Avda. Facundo Machain y Avda. Boggiani y en los depósitos regionales.

La devolución será supervisada por la Contratante y deberá ser efectuada dentro del plazo máximo de diez (10) días calendario a partir de la finalización de los trabajos.

El costo de los materiales retirados de la obra que no sean devueltos será determinado por la ANDE y podrá ser descontado de la facturación mensual o del Fondo de Reparo.

El Contratista dispondrá de las copias del Formulario de Devolución de Materiales y deberá adjuntar al Expediente de Solicitud de Pago.

Todos los materiales en poder del Contratista deben ser correctamente manipulados y almacenados, de modo a evitar que los mismos sufran daños que comprometan su posterior instalación y rendimiento

Materiales para la Ejecución de los Trabajos

  1. Los materiales y equipos necesarios para la ejecución de los trabajos serán proveídos por la Contratista, y conforme a lo establecido en las Especificaciones Técnicas.
  2. Todos los materiales y equipos necesarios para la ejecución de los trabajos serán responsabilidad del Contratista y la provisión de los mismos por parte del Contratista, para cada trabajo específico que le fuera asignado, siendo condición ineludible el cumplimiento de los requerimientos técnicos indicados en las Especificaciones Técnicas de dichos materiales.
  3. El plazo de inicio de los trabajos será de 1 (un) día hábil, como máximo, contados a partir de la recepción de la Orden de Provisión de Materiales - Anexo GC-21.
  4. La Contratante solicitará al Contratista, a efectos de su control, copias la planilla de uso de materiales.
  5. Es obligación del Contratista verificar estado y cantidad de todos los materiales que son utilizados para el cumplimiento de los trabajos, a fin de evitar reclamos posteriores por parte de la Contratante.
  6. Todos los Medidores o equipos suministrados por la Contratante al Contratista para la ejecución de los trabajos, deben ser correctamente manipulados y almacenados, de modo a evitar que los mismos sufran daños que comprometan su posterior instalación y desempeño. En este caso y en el caso de pérdida de los mismos por parte del Contratista, queda a cargo de este su reposición, o la Contratante procederán al descuento de hasta 6 (seis) veces el costo de dichos materiales o equipos de la facturación mensual o del fondo de reparo.
  7.  Los medidores y equipos suministrados por la Contratante y no utilizados, deberán ser devueltos a la misma, al día siguiente de la ejecución de los trabajos. El Contratista dispondrá de las copias del formulario de devolución de materiales y deberá adjuntar al expediente de solicitud de pago.
  8. En los casos en que los materiales y equipos sean proveídos por el Contratista, los mismos deberán cumplir con las Especificaciones Técnicas de la Contratante y previo a su utilización el Contratista deberá recibir la aprobación correspondiente.
  9. Para los casos citados en el punto 3, se deberá confeccionar una Orden de Provisión de Materiales Anexo GC-21, al Contratista, donde la Contratante, a través de la Unidad Administradora solicita la provisión de los materiales por inexistencia en depósitos para la ejecución de los trabajos. Se deberá adjuntar las copias de los vales de salida de materiales con el sello de NO RETIRO señalando el motivo (sin existencia, reserva, comprometido, otros)
  10. El Contratista deberá informar la dirección de la Oficina, que sirva de guarda de los materiales entregados por la Contratante a los efectos de realizar inspecciones de rutina y constatar el correcto almacenamiento y manipuleo de los mismos.

Control de calidad a materiales y productos. Pruebas y ensayos

Las verificaciones de calidad de materiales y productos para la ejecución del contrato serán realizadas en las siguientes condiciones:

Las verificaciones serán efectuadas por la Contratante, serán realizadas única y exclusivamente en presencia del Fiscal designado por la Contratante.

Preparación de los trabajos

Duración del periodo de movilización:

Correrán por cuenta y cargo del Contratista la mano de obra, las instalaciones, los materiales, los equipos y todos demás elementos y/o gastos necesarios para la ejecución de obras provisionales tendientes a garantizar todas las obligaciones del Contratista y la ejecución cabal y completa de todas las prestaciones y trabajos solicitados en virtud a este Contrato, en especial, la colocación de estructuras provisorias que garanticen la continuidad del servicio hasta la conclusión de la obra.

Programa de ejecución

El contratista presentará un cronograma de ejecución de los trabajos y un Plan de Seguridad e Higiene para la aprobación del Fiscal de Obras dentro del plazo de veinte (20) días hábiles posteriores a la firma del contrato, salvo que se indique lo contrario en este apartado.

El cumplimiento de los trabajos será realizado del siguiente modo:

1.El Contratista se pondrá a disposición de la Unidad Administradora en cuya zona se efectuarán los trabajos, dentro de los diez (10) días calendarios de haber formalizado el Contrato.

2. Al no ponerse a disposición de la Unidad Administradora para el inicio de los trabajos en el tiempo indicado, la Contratante tendrá derecho a rescindir el Contrato.

Asimismo, la Contratante comunicará a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) para que proceda en términos del Título Séptimo: De las Infracciones y Sanciones, de la Ley Nº 2051/2003.

3. En todas sus relaciones con el Contratista, durante la ejecución de los trabajos, la Contratante estará representada por un Fiscal quien tendrá a su cargo el control de la ejecución de los trabajos, el cumplimiento de las especificaciones técnicas y demás documentos contractuales.

4. El Contratista ante pedido de la Contratante, deberá enviar a su Representante Técnico para recibir indicaciones de la Unidad Administradora.

5-  La Contratante habilitara un Registro Diario o Libro de Obra donde las partes anotarán todas las novedades así como las variaciones que se produjeran en relación a la ejecución de los trabajos.

El Contratista deberá suscribir, a través de su Encargado de Cuadrilla dicho Registro preparado por el Fiscal de la Contratante y se le facilitará una copia simple del mismo. La Contratante deberá suscribir, a través de su Fiscal dicho Registro preparado por el Encargado de Cuadrilla del Contratista y se le facilitará una copia simple del mismo.

6. La ejecución de los trabajos se adecuará al siguiente procedimiento: la Contratante emitirá a través de las Unidades Administradoras correspondientes, en forma mensual (primer día hábil), Orden de Ejecución de Mantenimiento (Anexo OEM) detallando el alcance de los mismos y en forma diaria Órdenes de Trabajo generadas en el Sistema OPEN/SGC (OT).

7. Las OT’s serán entregadas diariamente al Contratista en forma impresa en papel o en formato digital a través del Sistema REMOT, proveído por la Contratante, quien definirá el formato a ser utilizado con el Contratista.

En caso de entregarse las OT’s en forma impresa en papel: se entregará en forma conjunta la planilla Programación de Trabajos (Anexo GC-17) y la planilla diaria de trabajos ejecutados (Anexo GC-18), que incluye el detalle de Nro. OT y NIS. El Contratista deberá llenar las casillas indicadas en la misma planilla, correspondientes a las tareas ejecutadas y devolverlas a la Unidad Administradora del Contrato, juntamente con las OT’s, y la planilla Resumen de Utilización de Materiales - Anexo R elaborado y rubricado por los mismos y por el Fiscal, el mismo día o a primera hora del día siguiente.

En caso de entregarse las OT’s en formato digital vía el Sistema REMOT: el Contratista, quien previamente deberá acreditar su identidad contra el Sistema REMOT operando la aplicación para dispositivos móviles, proveída por la Contratante, descargará en formato digital la programación con las OT’s que le han sido asignadas (equivalente a la entrega de la Planilla de programación Anexo GC-17. Una vez ejecutada una OT, el Contratista deberá completar los campos de resolución de la misma, además de indicar los LOTES de tiempo padrón correspondientes a las tareas ejecutadas mediante la aplicación para dispositivos móviles que le ha sido proveída y enviar esta información a través de la aplicación para dispositivos móviles al Sistema REMOT de la Contratante, apenas tenga conectividad con el Sistema de la Contratante. Ese mismo día o a primera hora del día siguiente, la Contratante generará e imprimirá la Planilla Diaria de Trabajos Ejecutados (Anexo GC-18) en base a la información enviada por el Contratista.

Las OT’s no ejecutadas en el día programado, también serán devueltas por el Contratista en formato papel o digital, de acuerdo a como se le ha entregado por parte de la Contratante, ese mismo día o a primeras horas del día siguiente, a la Unidad Administradora del Contrato, para ser incluidas en una nueva programación.

Se establece los días lunes a viernes de 07:00 a 17:00 como horario normal de trabajo.

La Contratante, por razones de servicio, podrá introducir cambios en la programación de la ejecución de los trabajos y podrá determinar prioridades de ejecución de los mismos, estando el Contratista obligado a aceptarlos. En caso de entregarse en formato digital las OT’s, la Contratante podrá exigir al Contratista la descarga de las OT’s en línea (utilizando conexión a Internet y en tiempo real) a través de la aplicación para dispositivos móviles que le ha sido proveído.

La Contratante podrá ordenar al Contratista la suspensión de toda o alguna parte de los trabajos si así lo considera necesario, sin que ello implique pagos adicionales, ni modificación alguna de los precios establecidos.

Los trabajos ejecutados serán computados, a partir de los datos contenidos en el Anexo GC-17 y Anexo R, teniendo en cuenta la sumatoria de los LOTES correspondientes y será realizado a través de los documentos anexos: Planilla Diaria de Trabajos Ejecutados en Baja Tensión/Media Tensión Anexo GC-18, Planilla de Trabajos Ejecutados MT/BT GC-20,Planilla Resumen General de Servicios Efectuados Anexo O, Orden de Provisión de Materiales- Anexo GC-21, Planilla de Resumen de Materiales Proveídos - Anexo R, y el Anexo P.

8. Si los trabajos ejecutados no se ajustan a las Especificaciones Técnicas, serán considerados defectuosos y la Contratante ordenará, a través del Libro de Obras, su rectificación en el plazo de 72 horas de recibido la comunicación sin cargo alguno para la Contratante.

Los trabajos efectuados en 1 (un) suministro deberá finiquitarse en el día y por ningún motivo podrá iniciarse y postergar su conclusión para el día siguiente, salvo que mediara Orden emanada por el Ministerio Público.

9. Cualquier desperfecto o daño en las redes o en aparatos electrodomésticos de propiedad de terceros o clientes, causados a consecuencia de los trabajos realizados por el Contratista, será de exclusiva responsabilidad del mismo.

10. Las Órdenes de Trabajo (OT) serán emitidas según las necesidades del servicio por parte de la Contratante, y entregadas al Contratista.

En caso de que el Contratista no iniciare los trabajos en el plazo máximo establecido (un día laboral a partir de la fecha de entrega de las OT), o el Contratista de la zona alcanzare el monto máximo contractual, o cuando el mismo haya abandonado los trabajos, se encuentre suspendido, haya terminado y/o rescindido su contrato por alguno de los motivos indicados en el Contrato, o en el caso de que sea necesario el concurso de otro Contratista por razones de servicio, la Contratante procederá a la entrega de las Ordenes de Ejecución a la Empresa Contratista de cualquiera de los ÍTEMS, con prioridad al más cercano del ÍTEM en cuestión, con el mismo precio vigente de la modalidad HHP2 del ÍTEM del lugar de trabajo, sin pagos adicionales por traslados del Contratista de su zona adjudicada, siempre que el mismo no supere su propio monto contractual.

La emisión de las órdenes de ejecución de trabajo y/o de mantenimiento, la fiscalización y el procesamiento de facturación estarán a cargo de la unidad administradora en cuya zona se efectuarán los trabajos.

La designación por ÍTEM no otorga de modo alguna exclusividad del Contratista, pudiendo por los motivos expuestos en el segundo párrafo de esta Cláusula, ser reemplazado o acompañado (cuando su capacidad sea superada por la cantidad de trabajos) por otro Contratista si fuere necesario.

11. El Contratista informará de inmediato a la Contratante sobre cualquier accidente a personas o cosas, que pueda afectar la realización de los trabajos, o dar lugar a responsabilidad civil o penal. En el informe se describirá detalladamente lo acontecido.

12. De existir alguna duda de interpretación respecto al alcance de los trabajos, la Contratante se reserva el derecho de aclararlo y comunicarlo a los Contratista es a través de una circular aclaratoria.

13. Las partes se reunirán periódicamente, en los días que la Contratante indique, a los efectos de coordinar y establecer pautas que permitan mejorar y perfeccionar el cumplimiento de los objetivos del presente Contrato (desempeño de las cuadrillas, OT´s pendientes de ejecución, control de las facturaciones, etc.).

Referente al Personal Vehículos y Terceros

El Contratista empleará personal propio, asegurado en el Instituto de Previsión Social en nivel de dependencia de la firma, como mínimo con las cantidades indicadas en el Anexo P de su Oferta, de probada capacidad para la ejecución de los trabajos y el cumplimiento de los plazos estipulados por la Contratante.

El Contratista deberá proveer todo el equipo de seguridad (Anexo H) al personal a su cargo, con el objeto de evitar accidentes durante la ejecución de los trabajos.

El Contratista es el único responsable de todo acontecimiento que sobrevenga por incumplimiento de este punto. Asimismo, la Contratante podrá exigir el retiro del personal que no utilice elementos de seguridad durante la ejecución de los trabajos.

Todo el personal deberá estar correctamente uniformado, con uniforme color azul marino (pantalón, remera y chaqueta mangas largas), debiendo llevar el nombre, bien visible, de la Empresa Contratista no de la Contratante, en la espalda de la chaqueta. Los 2 (dos) integrantes de la Cuadrilla deberán portar un carnet colgante de identificación que contenga los siguientes datos: nombre del Contratista, nombre y apellido del Encargado de Cuadrilla o Ayudante Electricista, fotografía actualizada tamaño 2x3 cm y número de Cédula de Identidad. No estarán autorizados a ejecutar los trabajos diarios sin portar el carnet identificatorio.

Para todos los efectos del Código de trabajo vigente, y de las leyes de Previsión Social, el Contratista asume las obligaciones del empleador, con respecto a todo el personal cuyos servicios utilice para la ejecución de los trabajos.

El Contratista deberá presentar a la Contratante, una semana antes del inicio de los trabajos estipulados en el presente Contrato, un listado del personal a su cargo designado para este Contrato, detallando en cada listado, razón social del Contratista, el ÍTEM y licitación al cual corresponde el listado de personal, los nombres y apellidos, cargos que ocupan, números de documentos de identidad de cada uno, números de carnet de los profesionales, según lo establecido en el Anexo "P" (Detalle de la mano de obra para HHP2).

No podrá formar parte del listado de personal de un ÍTEM, el personal que esté integrando la lista de otro ÍTEM (si fuere el caso de estar el mismo Contratista adjudicado en 2 (dos) ÍTEMS) o de otra licitación en vigencia. Asimismo, el Contratista, para la ejecución de los trabajos del presente contrato, no podrá emplear personal alguno que esté prestando servicios a otras empresas.

Deberá adjuntar también el Anexo H con las cantidades establecidas para cada ÍTEM, con los documentos respaldatorios de propiedad o alquiler de la camioneta doble cabina, en las condiciones establecidas en las Especificaciones Técnicas (copia autenticada de cédula verde y/o contrato de alquiler).

La Unidad Administradora del Contrato verificará que el listado de personal, la(s) camioneta(s), y los equipos y herramientas, cumplan cabalmente los requisitos establecidos en el presente Contrato. De encontrar alguna observación, no autorizará el inicio de los trabajos y el Contratista tendrá un plazo no mayor a 3 (tres) días hábiles para regularizar lo observado. De no regularizar lo observado en el plazo indicado, la Contratante iniciará los trámites para la Rescisión del Contrato por responsabilidad del Contratista conforme prescribe el Artículo 59 de la Ley 2051/2003 y sus reglamentaciones, y los antecedentes del incumplimiento serán remitidos a la DNCP   (Dirección Nacional de Contrataciones Públicas).

En este caso, la Contratante podrá adjudicar el saldo pendiente por ejecutar del contrato rescindido, al participante que hubiera presentado la siguiente proposición solvente más baja, siempre que la diferencia en precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiere resultado ganadora no sea superior al diez por ciento.

La Contratante, ejecutará la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato del Contratista cuyo Contrato fue rescindido. 

El Contratista será responsable del buen comportamiento de su personal, pudiendo la Contratante exigir el retiro inmediato de cualquier empleado u obrero cuya permanencia considere perjudicial para las buenas relaciones de la misma con autoridades o particulares.

Los gastos de transporte de personal así como de los equipos y herramientas necesarios para la ejecución de los trabajos previstos en este Contrato, estarán exclusivamente a cargo del Contratista.

Los gastos correspondientes al cumplimiento de la normativa ambiental nacional y municipal, en el cumplimiento de tareas asignadas, deberán estar incluidos dentro de los precios correspondientes en la Lista de Precios.

El Contratista será el único responsable por cualquier accidente que afecte a su personal durante la ejecución de los trabajos o en el trayecto de ida y vuelta a los sitios de trabajo.

Los móviles asignados a los trabajos contratados, serán los indicados en el Anexo H de la Oferta, debiendo los mismos estar en buenas condiciones de conservación y funcionamiento, el contratista deberá presentar semestralmente un certificado de control técnico vehicular.

Durante la vigencia contractual, la Contratante efectuará controles que considere necesarios del personal, móviles, equipos y herramientas, del Contratista. De encontrar alguna observación (personal que no forme parte del listado, que no esté en IPS en nivel de dependencia del Contratista, o sin equipo de seguridad, uniforme o carnet identificatorio, móviles que no reúnan condiciones para la ejecución de los trabajos, equipos y herramientas en mal estado, etc.) no entregará Órdenes de Trabajo al Contratista y lo notificará por escrito a fin de regularizar la situación en un plazo no mayor a 3 (tres) días hábiles. De no regularizar lo notificado en el plazo indicado, se volverá a notificar por segunda vez con un plazo de 2 (dos) días hábiles y la Contratante aplicará la penalidad prevista en las Condiciones Contractuales, para el segundo incumplimiento y de persistir en el incumplimiento, iniciará los trámites para la Rescisión del Contrato por responsabilidad del Contratista conforme establece el Artículo 59 de la Ley 2051/2003 y los antecedentes de incumplimiento serán remitidos a la DNCP  (Dirección Nacional de Contrataciones Públicas).

En este caso, la Contratante podrá adjudicar el saldo pendiente por ejecutar del contrato rescindido, al participante que hubiera presentado la siguiente proposición solvente más baja, siempre que la diferencia en precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiere resultado ganadora no sea superior al diez por ciento.

De ser así, la Contratante realizará un Estado de Cuentas Final con el Contratista cuyo Contrato fue rescindido y el saldo pendiente de ejecutar será el Monto Adjudicado al nuevo Contratista (de conformidad al Art. 33 de la Ley 2051/03).

Todos los móviles afectados a la ejecución de las tareas contratadas, deberán llevar en las dos puertas delanteras y en la parte trasera, el nombre de la firma Contratista, número de teléfono o celular de la firma Contratista y número de la licitación. El logotipo deberá cumplir el formato indicado en la especificación técnica.

Del mismo modo, también deberán llevar en las dos puertas traseras y en la parte trasera (al lado derecho del nombre y datos del Contratista) el número de móvil conforme a lo indicado en la especificación técnica.

El Contratista deberá estar plenamente informado de todo cuanto se relacione con la naturaleza de los trabajos y la localización de los sitios, sus condiciones generales y locales, y todo cuanto pueda influir sobre los mismos y los trabajos.

 

Recepción provisoria de las obras

La recepción provisoria de las obras será: 

  1. Si durante la verificación de los trabajos se encontraren defectos o deficiencias, el Fiscal comunicará al Contratista dicha situación, debiendo éste subsanarlos en el plazo no mayor a dos (2) días hábiles.
  2. Efectuadas las correcciones indicadas por el Fiscal, el Contratista solicitará una nueva inspección.
  3. Si de las verificaciones de una misma ampliación surgieren rechazos en más de dos (2) oportunidades, la Contratante comunicará por escrito al Contratista, pudiendo rescindir el Contrato sin más trámites.
  4. Cuando los trabajos fueren aprobados por el Fiscal, éste conformará en las Órdenes de Ejecución de Mantenimiento (OEM), la recepción de los mismos con la fecha de aprobación.
  5. Esta aprobación será considerada documento de Recepción Provisoria de los trabajos.

Recepción definitiva de las obras

La Recepción Definitiva tendrá lugar una vez transcurrido el periodo garantía correspondiente, el cual comienza a contar a partir de la aprobación de la última factura mensual correspondiente al último trabajo realizado en el marco del Contrato respectivo.

Para la emisión de la Recepción Definitiva, será obligatorio que el Contratista haya presentado con antelación la Solicitud de Devolución del Fondo de Reparo.

El Contratista deberá solicitar por escrito el Acta de Recepción Definitiva de los Trabajos, y de no existir ninguna obligación contractual pendiente entre las Partes en dicho período, la Contratante emitirá dentro de los treinta (30) días subsiguientes el Acta de Recepción Definitiva de los Trabajos, el cual liberará a ambas Partes de sus responsabilidades emergentes del presente documento, con lo que se dará término al Contrato.

En caso necesario y cumplidos los requisitos correspondientes, el Administrador de Contrato podrá gestionar de oficio la emisión del Acta de Recepción Definitiva.

Garantías contractuales

Garantías particulares:

No aplica

Terminación del contrato

Además de las establecidas en los Aspectos Generales del Contrato, son causales de terminación del contrato las siguientes:

1. Si el Contratista no cumpliere, con los trabajos correspondientes, conforme a las solicitudes hechas por la Contratante y a lo establecido en el contrato y documentos que lo integran.

2. Si a juicio de la Contratante, el Contratista se atrasare incumpliendo la ejecución de los trabajos contratados de tal forma que, no obstante los esfuerzos que pudiere realizar, no cumpliere con el presente contrato y entorpeciere con la normal ejecución de los trabajos de la Contratante.

3. Si el Contratista no diere cumplimiento a las leyes del trabajador y de la seguridad social con respecto a sus dependientes.

4. Por sustracción y/o destrucción de documentos, equipos o materiales de propiedad de la Contratante que hubieran sido entregados al Contratista para el cumplimiento de sus obligaciones, de conformidad con el presente contrato.

5. Por extralimitación en los trabajos encargados al Contratista, en contravención con las normas de la Contratante o de otras disposiciones legales, o en perjuicio de los usuarios de la Contratante o de terceros.

6. Por falta de constitución y entrega oportuna de las garantías y eventuales solicitudes de prórroga de las mismas.

En el caso de rescisión del contrato por causa imputable al Contratista; la Contratante podrá realizar la Contratación del saldo pendiente de ejecución del contrato rescindido conforme a lo establecido en la normativa vigente, dentro del mismo proceso licitatorio.

Mantenimiento de las comunicaciones y del paso de las aguas

Especificar las circunstancias en que puedan producirse restricciones en tales comunicaciones, servicios públicos y paso de aguas:

No aplica

Resolución de conflictos a través del arbitraje

Las partes se someterán a Arbitraje:

NO APLICA.

Fraude y Corrupción

1. La convocante exige que los participantes en los procedimientos de contratación, observen los más altos niveles éticos, ya sea durante el proceso de licitación o de ejecución de un contrato. La convocante actuará frente a cualquier hecho o reclamación que se considere fraudulento o corrupto.

2. Si se comprueba que un funcionario público, o quien actúe en su lugar, y/o el oferente o adjudicatario propuesto en un proceso de contratación, hayan incurrido en prácticas fraudulentas o corruptas, la convocante deberá:         

(i) En la etapa de oferta, se descalificará cualquier oferta del oferente y/o rechazará cualquier propuesta de adjudicación relacionada con el proceso de adquisición o contratación de que se trate;

(ii) Durante la ejecución del contrato, se rescindirá el contrato por causa imputable al proveedor;

(iii) Se remitirán los antecedentes del oferente o proveedor directamente involucrado en las prácticas fraudulentas o corruptivas, a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, a los efectos de la aplicación de las sanciones previstas. 

(iv) Se presentará la denuncia penal ante las instancias correspondientes si el hecho conocido se encontrare tipificado en la legislación penal.   

Fraude y corrupción comprenden actos como: 

(i) Ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar las acciones de otra parte;

(ii) Cualquier acto u omisión, incluyendo la tergiversación de hechos y circunstancias, que engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio económico o de otra naturaleza o para evadir una obligación;   

(iii) Perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar las acciones de una parte;   

(iv) Colusión o acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, incluyendo influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte.     

(v) Cualquier otro acto considerado como tal en la legislación vigente.

3. Los oferentes deberán declarar que por sí mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas orientadas a que los funcionarios o empleados de la convocante induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que les otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes (Declaratoria de Integridad).