El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
ECON. NELSON MELGAREJO, DIRECTOR GENERAL. DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.
LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CUENTA CON VARIOS EDIFICIOS CON TODAS LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD, ENTRE ELLOS LOS EXTINTORES DE INCENDIO, QUE DE ACUERDO A NORMAS DEBEN CONTAR CON MANTENIMIENTOS Y RECARGAS ANUALES, RAZONES QUE OCASIONAN LA NECESIDAD DE REALIZAR LA CONTRATACIÓN DE UNA EMPRESA QUE SE ENCARGUE DE LA RECARGA Y VERIFICACIÓN DE LOS MISMOS.
POR RAZONES DE SEGURIDAD ES QUE SE NECESITA MANTENER A LOS MISMOS CON LA CARGA NECESARIA, POR LO QUE LOS LLAMADOS SE REALIZAN EN FORMA PERIÓDICA Y DE TAL FORMA A QUE DICHOS SERVICIOS NO RESULTEN TAN ONEROSOS, DETERMINANDO LA MODALIDAD DE CONTRATO ABIERTO EN ATENCIÓN A LA IMPOSIBILIDAD DE DETERMINAR PREVIAMENTE LA CANTIDAD DE SERVICIOS QUE SE VAN A REQUERIR, TENIENDO EN CUENTA QUE DE LA VERIFICACIÓN DE LOS CILINDROS PUEDE RESULTAR QUE ALGUNO DE LOS EXTINTORES SE ENCUENTRE OBSOLETO O FALLAS QUE IMPIDA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO CONTRATADO.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Los bienes deberán cumplir con las siguientes Especificaciones Técnicas y Normas:
N° Ítem |
Código Catálogo |
Descripción |
ESPECIFICACIONES TECNICAS |
1 |
46191601-002 |
Recarga con Polvo Químico Seco (PQS) de 1 kg |
Recarga con Polvo Químico Seco (PQS) de 1kg |
2 |
46191601-002 |
Recarga con Polvo Químico Seco (PQS) de 4 kg |
Recarga con Polvo Químico Seco (PQS) de 4 kg |
3 |
46191601-002 |
Recarga con Polvo Químico Seco (PQS) de 6 kg |
Recarga con Polvo Químico Seco (PQS) de 6 kg |
4 |
46191601-002 |
Recarga con Polvo Químico Seco (PQS) de 10 kg |
Recarga con Polvo Químico Seco (PQS) de 10 kg |
5 |
46191601-002 |
Recarga con HCFC-123 Gas Ecológico Agente Líquido Vaporizable (Halogenado) 4 kg |
Recarga con HCFC-123 Gas Ecológico Agente Líquido Vaporizable (Halogenado) 4 kg |
6 |
46191601-002 |
Recarga con HCFC-123 Gas Ecológico Agente Líquido Vaporizable (Halogenado) 6 kg |
Recarga con HCFC-123 Gas Ecológico Agente Líquido Vaporizable (Halogenado) 6 kg |
7 |
46191601-002 |
Recarga de Espuma Mecánica AFFF 10 kg |
Extintor Espuma Mecánica AFFF 10 kg |
8 |
46191601-002 |
Recarga extintor tipo Anhídrido Carbónico (CO2) de 4 kg. |
Recarga extintor tipo Anhídrido Carbónico (C02) de 4 kg. |
9 |
46191601-002 |
Recarga extintor tipo Anhídrido Carbónico (CO2) de 6 kg. |
Recarga extintor tipo Anhídrido Carbónico (C02) de 6 kg. |
CONDICIONES GENERALES.
Solamente las Empresas que tienen Licencia para uso de la Marca INTN Servicios para el mantenimiento y recarga de extintores portátiles de incendio, correspondiente al tipo de agente extintor que será mantenido o recargado, y que estén habilitados y registrados por el Ministerio de Industria y Comercio, podrán participar de Concurso.
El costo deberá incluir la mano de obra, recarga, verificación de válvula y todos los materiales necesarios.
La Empresa que realice la recarga de los extintores portátiles de incendio deberá adecuarse a todos los requisitos establecidos al respecto en la Resolución del MIC N° 458/06 y 853/07 y de las Normas Paraguayas de referencia.
La firma ejecutora no puede realizar la recarga del extintor sin antes hacer el mantenimiento general, conforme a las condiciones específicas de cada extintor, como:
Descarga de presión y vaciamiento de agentes extintor.
Realizar peso Tara de cada cilindro (presentar en la planilla).
Prueba hidráulica de los cilindros conforme a las normativas.
Todos los extintores deberán contar con la Etiqueta de vencimiento de la garantía del servicio, proporcionada por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (I.N.T.N.) debe ser colocada en la parte frontal del extintor después de la ejecución del servicio, por la empresa responsable del mismo.
Los cilindros que no superen las pruebas hidrostáticas deberán seguir los procedimientos de la Resolución del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (I.N.T.N.) N°916/10 Art. 22 informe para la baja de tubos que no superen las pruebas hidrostáticas.
Luego de la recarga del extintor deber ser aplicada una prueba de escape del mismo, para asegurar que el extintor permanecerá en el rango de operación por lo menos de un año.
Se podrán realizar pruebas de calidad de 1 de cada 10 extintores, si dicha prueba da un resultado negativo todo será rechazado y se procederá a una nueva recarga la cual correrá por cuenta del oferente.
La empresa ejecutora de la recarga, es la responsable por el perfecto estado de funcionamiento del extintor, mientras dure el tiempo de garantía, salvo uso indebido o violación después de la entrega a la institución.
GARANTÍAS.
El periodo mínimo de validez de la carga será 1 (un) año desde la puesta en funcionamiento y cada cilindro deberá contar con las etiquetas de vencimiento aprobadas por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (I.N.T.N.) y consecuentemente los productos deberán contar con el sello de conformidad a las normas del mismo.
NORMATIVAS LEGALES.
Todos los Servicios que hacen relación a la presente Contratación deben adecuarse a lo estipulado en la norma paraguaya del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (I.N.T.N.).
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
NO APLICA.
El inicio de los servicios objeto del presente llamado, será con la recepción de la Orden de Servicio por Contrato Abierto. Y se realizará por partes o etapas, en coordinación con el Departamento de Servicios Generales de la CGR, de tal forma a no desabastecer de extintores a la Institución.
Es responsabilidad de la empresa adjudicada, el retiro de los equipos extintores de las dependencias de la institución y su posterior devolución al mismo lugar de origen con la recarga correspondiente.
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
Recarga de Polvo Químico Seco (PQS) de 1 kg. |
1 |
Unidad |
Departamento de Servicios Generales, oficina Central de la CGR, sito en Austria N° 1879, de lunes a viernes de 07:00 a 13:00 hs. |
De diez (10) días calendario a partir de la recepción de la Nota donde conste la Orden de Servicio a ser emitida por el Administrador de Contrato. |
2 |
Recarga de Polvo Químico Seco (PQS) de 4 kg. |
1 |
Unidad |
Departamento de Servicios Generales, oficina Central de la CGR, sito en Austria N° 1879, de lunes a viernes de 07:00 a 13:00 hs. |
De diez (10) días calendario a partir de la recepción de la Nota donde conste la Orden de Servicio a ser emitida por el Administrador de Contrato. |
3 |
Recarga de Polvo Químico Seco (PQS) de 6 kg. |
1 |
Unidad |
Departamento de Servicios Generales, oficina Central de la CGR, sito en Austria N° 1879, de lunes a viernes de 07:00 a 13:00 hs. |
De diez (10) días calendario a partir de la recepción de la Nota donde conste la Orden de Servicio a ser emitida por el Administrador de Contrato. |
4 |
Recarga de Polvo Químico Seco (PQS) de 10 kg. |
1 |
Unidad |
Departamento de Servicios Generales, oficina Central de la CGR, sito en Austria N° 1879, de lunes a viernes de 07:00 a 13:00 hs. |
De diez (10) días calendario a partir de la recepción de la Nota donde conste la Orden de Servicio a ser emitida por el Administrador de Contrato. |
5 |
Recarga con HCFC-123 Gas Ecológico Agente Liquido Vaporízale (Halogenado) de 4 Kg. |
1 |
Unidad |
Departamento de Servicios Generales, oficina Central de la CGR, sito en Austria N° 1879, de lunes a viernes de 07:00 a 13:00 hs. |
De diez (10) días calendario a partir de la recepción de la Nota donde conste la Orden de Servicio a ser emitida por el Administrador de Contrato. |
6 |
Recarga con HCFC-123 Gas Ecológico Agente Liquido Vaporízale (Halogenado) de 6 kg. |
1 |
Unidad |
Departamento de Servicios Generales, oficina Central de la CGR, sito en Austria N° 1879, de lunes a viernes de 07:00 a 13:00 hs. |
De diez (10) días calendario a partir de la recepción de la Nota donde conste la Orden de Servicio a ser emitida por el Administrador de Contrato. |
7 |
Recarga de Extintores con Espuma Mecánica AFFF10 KG. |
1 |
Unidad |
Departamento de Servicios Generales, oficina Central de la CGR, sito en Austria N° 1879, de lunes a viernes de 07:00 a 13:00 hs. |
De diez (10) días calendario a partir de la recepción de la Nota donde conste la Orden de Servicio a ser emitida por el Administrador de Contrato. |
8 |
Recarga de Extintores tipo Anhídrido Carbónico (CO2) de 4 Kg. |
1 |
Unidad |
Departamento de Servicios Generales, oficina Central de la CGR, sito en Austria N° 1879, de lunes a viernes de 07:00 a 13:00 hs. |
De diez (10) días calendario a partir de la recepción de la Nota donde conste la Orden de Servicio a ser emitida por el Administrador de Contrato. |
9 |
Recarga de Extintores tipo Anhídrido Carbónico (CO2) de 6 Kg. |
1 |
Unidad |
Departamento de Servicios Generales, oficina Central de la CGR, sito en Austria N° 1879, de lunes a viernes de 07:00 a 13:00 hs. |
De diez (10) días calendario a partir de la recepción de la Nota donde conste la Orden de Servicio a ser emitida por el Administrador de Contrato. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será: Nota de pedido de realización del servicio/Nota
de remisión del servicio/Acta de recepción
Frecuencia: Anual
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Orden de Servicio /Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Orden de Servicio /Nota de Remisión / Acta de recepción |
Mayo 2023 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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