El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El producto para la fumigación debe cumplir con las regulaciones nacionales para el uso de insecticidas y que no tengan impacto ambiental y no ser nocivos para los seres humanos. Deben ser utilizados para la fumigación no deben ocasionar manchas, debe ser incoloro, de amplio espectro y poder residual.
En caso de resistencia a los productos por la plagas, se debe variar las formulaciones a emplear por cada aplicación, a fin de la eliminación TOTAL de las plagas.
Los productos deben estar habilitados por la DINAVISA del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y el oferente debe estar registrado como empresa de fumigación, en los órganos competentes.
Se controlaran los insectos rastreros y voladores, entre ellos las cucarachas de varias especies, grillos, ácaros, mosquitos, arácnidos, polillas, hormigas, moscas, termitas y roedores.
El trabajo de fumigación deberá ejecutarse por personal idóneo, dirigido por el asesor técnico de la empresa.
Deberá contar con equipos pulverizadores: tres (03) fumigadoras tipo mochila (como mínimo) con motor naftero, con capacidad mínima de 15 a 20 litros; tres (03) fumigadoras manuales, equipos de protección para realizar el servicio (botas, chaquetas, máscaras protectoras, anteojos, guantes), Dispositivo electrónico de detección de termitas, no invasivo, a efectos de no dañar la estructura edilicia de los locales a fumigar. Este dispositivo debe ayudar a localizar, confirmar y rastrear la presencia y alcance de la actividad de termitas en lugares específicos a fin de aplicar el tratamiento conforme al grado de infestación existente. Es de suma importancia localizar exactamente y seguir la presencia de termitas sin la necesidad de penetración física en paredes, pisos o techos, sin interrumpir ni desplazar la actividad de las termitas a otras áreas.
Además debe contar con los siguientes equipos de protección individual (EPls): mascarillas, anti inhalantes, guantes, guardapolvos, botas, cascos.
El Oferente deberá proveer al personal encargado de la fumigación, maquinarias, equipos y materiales necesarios para brindar el servicio; el plantel del personal encargado de la fumigación, deberá estar capacitado para las tareas y deberá contar con uniformes que los identifiquen.
En todos los casos, el día y el horario de aplicación serán previamente coordinado entre el Administrador del Contrato de la ADUANA y el personal técnico de la empresa adjudicada y la misma será determinada mediante Orden de Servicio, emitida por el Departamento de Servicios Generales de la ADUANA.
La empresa garantizará la calidad y la especificidad de los productos, la profesionalidad con que se realizarán los trabajos, por los meses que dure la prestación del servicio a partir de la fecha en que se efectúe el primer tratamiento. Los productos a utilizarse deben ser autorizados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
El oferente adjudicado asumirá total responsabilidad por los daños que puedan ocasionar los productos utilizados para la fumigación a los muebles, equipos de oficina y equipos informáticos en general.
Para el tratamiento efectivo de insectos se deben hacer pulverizaciones con productos específicos de alta tecnología de formulación que brinden buen seguimiento, excelente poder residual y aseguren mínimo olor y baja toxicidad. Los Servicios se realizaran hasta el exterminio de la plaga, asi como también conforme a necesidad y en coordinación con el administrador del contrato.
Se realizará en los sectores críticos como ser: oficinas en las partes internas de los muebles y escritorio, de igual manera los que cuentan con equipamiento informático y telefonía, así como en lugares donde se expenden comidas o se almacenan alimentos, se deben realizar tareas más minuciosas y se usará Gel Insecticida (Fipronil).
Las fumigaciones se deben realizar principalmente en las zonas de entradas (ventanas, puertas, umbrales, aleros, plomerías, puntos eléctricos de ingreso, respiraderos, albañales) y en el interior de las oficinas (gavetas, escritorios, armarios, rejillas de los sanitarios).
Los productos deben ser no sistemáticos, atrayentes, desecantes sólidos, reguladores de crecimiento, feromonas, insecticidas repelentes, químicos inorgánicos o similares. En el caso de los roedores se debe utilizar rodenticidas que actúan como anticoagulantes para que los mismos se deshidraten y no produzcan olores desagradables.
c. DESRATIZACIÓN:
Los trabajos se realizarán conforme al Sistema Manejo Integrado de plagas (MIP), interviniendo directamente en los factores de vida de los roedores: agua, alimento y refugio.
Eliminación y control directo de roedores (rata común, lauchas u otras especies) por métodos de saneamiento básico, físico o químicos (cebos, jaulas, trampas y otros).
Colocar los portacebos/comederos en lugares donde se observen signos de presencia de roedores, como: excrementos, manchas grasosas, pelos, pisadas o en vecindad de sus madrigueras.
Colocar los portacebos/comederos a una distancia de entre 5 y 15 metros una de otra. Esta distancia dependerá del grado de infestación del lugar.
Colocar en los portacebos/comederos una cantidad de cebos entre 25 y 200 gramos, dependiendo del tipo de roedor a eliminar.
No contaminar cursos de agua.
Mantener en forma continua la cantidad de cebos limpios y frescos hasta que no se evidencie signos de presencia de roedores.
No tocar los cebos con las manos, pues los roedores rechazan el olor humano. Disponer de un mapa señalando la ubicación del portacebos/comedero.
Siempre que se pueda, colocar los cebos directamente dentro del refugio de los roedores y luego, taponarlos.
Eliminar todos los refugios de roedores encontrados, en especial, las madrigueras en la tierra.
Los raticidas (rodenticidas) utilizados serán del TIPO ANTICUAGULANTE SANGUINEO, conocidos como raticidas de Segunda Generación, con principio activo BROMADIOLONE, grupo de las Cumarinas y de Clasificación Toxicológica ll.
Todos los raticidas colocados en porta en porta cebos o comederos de uso profesional y a prueba de manipulaciones. No se permitirán la utilización de cebos o cualquier producto químico a cielo descubierto.
- LIC. DANIEL MONREALE, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES
- EL SERVICIO AYUDARA A COMBATIR Y CONTROLAR LAS PLAGAS E INSECTOS EN LAS OFICINAS Y DEPOSITOS DE LA DNA, ESPECIALMENTE DONDE MERCADERIAS INCAUTADAS Y ARCHIVO.
- SUCESIVO
- DE ACUERDO A LAS NECESIDADES DE LOS DEPOSITOS Y DIFERENTES DEPENDENCIAS
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
NO APLICA
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
LOTE 1 AL LOTE 5 |
1 |
UNIDAD |
LUGAR INDICADO EN LA ORDEN DE SERVICIO |
será en un plazo que no deberá exceder los 2 (dos) días corridos, posteriores a la recepción de la Orden de Servicio, expedida por el Administrador del Contrato (Dpto. de Servicios Generales) y la culminación de dichos trabajos deberá ser en el mismo día del inicio de los trabajos |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
INFORME |
INFORME | 5 DIAS HABILES LUEGO DE LA EMISION DE LA ORDEN DE SERVICIO |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
|
|
|
|
|
|
|
2. Documentos. Consorcios |
|
|
|
|