* Con relación al ítem 1 UPS en donde el PBC solicita "Nivel de ruido ≤ 64 dB,",
solicitamos respetuosamente que también sean aceptado UPS que cumplan con "Alarmas audibles ≤62 dBA a 1m (típico)", considerando que la diferencia es mínima y es el estándar para el porte de equipo requerido. De manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
27-06-2023
29-06-2023
* Con relación al ítem 1 UPS en donde el PBC solicita "Nivel de ruido ≤ 64 dB,",
solicitamos respetuosamente que también sean aceptado UPS que cumplan con "Alarmas audibles ≤62 dBA a 1m (típico)", considerando que la diferencia es mínima y es el estándar para el porte de equipo requerido. De manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
Adecuarse a lo establecido en el PBC y en las especificaciones técnicas del presente llamado. Entendemos que las especificaciones se encuentran abiertas a varias marcas y modelos existentes en el mercado por lo que se cumple con lo establecido en la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
12
* Con relación al ítem 1 UPS en donde el PBC solicita
"Dimensiones Alto x Ancho x Profundidad 1430x510x1000 mm. como máximo.", Solicitamos amablemente este punto sea omitido o en su defecto sea aceptado "500 x 710 x 1500 (mm) 40kVA (con baterías internas)" ya que el tipo de formato es propio de cada ups, debido a que las diferentes marcas de UPS tienen diferentes formatos ya que resulta muy limitante para varios oferentes de manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas
27-06-2023
29-06-2023
* Con relación al ítem 1 UPS en donde el PBC solicita
"Dimensiones Alto x Ancho x Profundidad 1430x510x1000 mm. como máximo.", Solicitamos amablemente este punto sea omitido o en su defecto sea aceptado "500 x 710 x 1500 (mm) 40kVA (con baterías internas)" ya que el tipo de formato es propio de cada ups, debido a que las diferentes marcas de UPS tienen diferentes formatos ya que resulta muy limitante para varios oferentes de manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas
Adecuarse a lo establecido en el PBC y en las especificaciones técnicas del presente llamado. Por la inversión ya realizada y el lugar destinado donde se deberá instalar el equipo adquirido no podrá alojar equipos de tamaños superiores al máximo solicitado en el PBC , Entendemos que las especificaciones se encuentran abiertas a varias marcas y modelos existentes en el mercado por lo que se cumple con lo establecido en la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
13
* Con relacion al ítem 1 UPS en el punto donde pide
"Certificaciones, normas y aprobaciones", se aclara respetuosamente a la convocante que no se puede visualizar lo solicitado en este requerimiento por lo que solicitamos que sean aceptado certificaciones del tipo "IEC 62040-1, IEC62040-2, IEC 62040-3, CE". De manera a que la entidad se asegure de adquirir equipos con certificaciones y de calidad internacional con las mejores prestaciones disponibles en el mercado, los cuales cuenten con un respaldo y Servicio Post-Venta con personal técnico capacitado por la misma marca
27-06-2023
29-06-2023
* Con relacion al ítem 1 UPS en el punto donde pide
"Certificaciones, normas y aprobaciones", se aclara respetuosamente a la convocante que no se puede visualizar lo solicitado en este requerimiento por lo que solicitamos que sean aceptado certificaciones del tipo "IEC 62040-1, IEC62040-2, IEC 62040-3, CE". De manera a que la entidad se asegure de adquirir equipos con certificaciones y de calidad internacional con las mejores prestaciones disponibles en el mercado, los cuales cuenten con un respaldo y Servicio Post-Venta con personal técnico capacitado por la misma marca
Adecuarse a lo establecido en el PBC y en las especificaciones técnicas del presente llamado. Entendemos que las especificaciones se encuentran abiertas a varias marcas y modelos existentes en el mercado por lo que se cumple con lo establecido en la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
14
* Con relacion al ítem 1 UPS en el punto donde pide
"Respaldo del fabricante: El oferente deberá tener", se aclara respetuosamente a la convocante que no se puede visualizar lo solicitado en este requerimiento por lo que solicitamos que sean aclarado, de manera de ofertar correctamente con lo solicitado.
27-06-2023
29-06-2023
* Con relacion al ítem 1 UPS en el punto donde pide
"Respaldo del fabricante: El oferente deberá tener", se aclara respetuosamente a la convocante que no se puede visualizar lo solicitado en este requerimiento por lo que solicitamos que sean aclarado, de manera de ofertar correctamente con lo solicitado.
Favor adecuarse al PBC, el OFERENTE deberá tener un respaldo del Fabricante, según lo indicado en la Capacidad técnica
15
Autorización del Fabricante
solicitamos respetuosamente a la convocante en el marco de los principios generales de contratación pública a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria. b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Solicitamos Poder entregar la Autorización del Fabricante, legalizado y/o apostillado para la firma del contrato en caso de ser adjudicado.
Esto es debido al tiempo que conlleva la legalización de dichos documentos que se encuentran en proceso actualmente.
solicitamos respetuosamente a la convocante en el marco de los principios generales de contratación pública a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria. b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Solicitamos Poder entregar la Autorización del Fabricante, legalizado y/o apostillado para la firma del contrato en caso de ser adjudicado.
Esto es debido al tiempo que conlleva la legalización de dichos documentos que se encuentran en proceso actualmente.
Se aceptaran Cartas emitida por el fabricante de la marca ofertada y dirigida a la convocante en Original y/o copia autenticado. La Firma adjudicada deberá presentar la misma carta legalizado y/o apostillado para la firma del contrato.
16
Aclaración
Solicitamos a la convocante puedan pasar el sistema de adjudicación por ítem o por lote, permitiendo la participación de mas oferentes que se dedican a la comercialización de un u otro rubro.
Solicitamos a la convocante puedan pasar el sistema de adjudicación por ítem o por lote, permitiendo la participación de mas oferentes que se dedican a la comercialización de un u otro rubro.
Favor adecuarse a lo establecido en el PBC y en las especificaciones técnicas del presente llamado, debido a la premura y la urgencia de contar con los equipos solicitados.
17
/* Etapas y Plazos.
En el SICP, dentro del apartado, Etapas y Plazos, menciona:
“Fecha Límite de Consultas miércoles, 28 de junio de 2023 - 08:00”.
Al respecto, se solicita a la Convocante extender en al menos 10 (diez) días hábiles, el plazo máximo para la fecha límite de consultas contados a partir de la fecha definida inicialmente, esto a fin de que cada potencial oferente disponga del tiempo necesario para el análisis de los requerimientos del llamado, en todo lo referente a las especificaciones técnicas y la obtención de las documentaciones, precios de costos y tiempos de importación y/o entrega de los bienes licitados y así poder preparar y presentar una oferta acorde a la envergadura del llamado. De esta manera, se permitirá además, la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.”
En el SICP, dentro del apartado, Etapas y Plazos, menciona:
“Fecha Límite de Consultas miércoles, 28 de junio de 2023 - 08:00”.
Al respecto, se solicita a la Convocante extender en al menos 10 (diez) días hábiles, el plazo máximo para la fecha límite de consultas contados a partir de la fecha definida inicialmente, esto a fin de que cada potencial oferente disponga del tiempo necesario para el análisis de los requerimientos del llamado, en todo lo referente a las especificaciones técnicas y la obtención de las documentaciones, precios de costos y tiempos de importación y/o entrega de los bienes licitados y así poder preparar y presentar una oferta acorde a la envergadura del llamado. De esta manera, se permitirá además, la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.”
Favor adecuarse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC)
18
/* Adjudicación y contrato.
En el SICP, dentro del apartado, Sistema de adjudicación, menciona:
“Por total”.
Al respecto, se solicita a la Convocante, que el sistema de adjudicación para el presente llamado sea por ítems, consideramos que una modificación de este tipo debe ser tomada como una oportunidad de mejora para los planes del llamado, pues dicha modificación permitiría una mayor afluencia de ofertantes, teniendo en cuenta que muchos oferentes, aun teniendo excelentes propuestas técnicas y de alta calidad, no podrían ofrecer una propuesta tan global, y esto limita innecesariamente la apertura a ofertas variadas. También abre la puerta a la convocante para acceder a una variedad más rica en ofertas competitivas dentro del universo de productos que existen para este segmento.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.”
En el SICP, dentro del apartado, Sistema de adjudicación, menciona:
“Por total”.
Al respecto, se solicita a la Convocante, que el sistema de adjudicación para el presente llamado sea por ítems, consideramos que una modificación de este tipo debe ser tomada como una oportunidad de mejora para los planes del llamado, pues dicha modificación permitiría una mayor afluencia de ofertantes, teniendo en cuenta que muchos oferentes, aun teniendo excelentes propuestas técnicas y de alta calidad, no podrían ofrecer una propuesta tan global, y esto limita innecesariamente la apertura a ofertas variadas. También abre la puerta a la convocante para acceder a una variedad más rica en ofertas competitivas dentro del universo de productos que existen para este segmento.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.”
Adecuarse a lo establecido en el PBC y en las especificaciones técnicas del presente llamado, debido a la premura y la urgencia de contar con los equipos solicitados.
19
/* Experiencia Requerida.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, apartado Experiencia requerida, se solicita:
“Demostrar la experiencia en la adquisición de generadores y UPS, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 60 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los años 2019-2020-2021”.
Al respecto, se solicita a la Convocante considerar que la experiencia en provisión de equipos, sea de GENERADORES y/o UPS, ya que con estas modificaciones no comprometerán la calidad de los equipos citados ni suponen una flexibilización en la calidad de la experiencia de los oferentes, además permitirá una mayor concurrencia de una mayor cantidad de oferentes quienes tendrán la oportunidad de presentar ofertas variadas y competitivas en virtud de la amplitud del llamado.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, apartado Experiencia requerida, se solicita:
“Demostrar la experiencia en la adquisición de generadores y UPS, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 60 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los años 2019-2020-2021”.
Al respecto, se solicita a la Convocante considerar que la experiencia en provisión de equipos, sea de GENERADORES y/o UPS, ya que con estas modificaciones no comprometerán la calidad de los equipos citados ni suponen una flexibilización en la calidad de la experiencia de los oferentes, además permitirá una mayor concurrencia de una mayor cantidad de oferentes quienes tendrán la oportunidad de presentar ofertas variadas y competitivas en virtud de la amplitud del llamado.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.”
Adecuarse a lo establecido en el PBC y en las especificaciones técnicas del presente llamado ateniendo que lo solicitado estará cubriendo una necesidad critica del Datacenter.
20
/* Garantía de los equipos.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de DATOS DE LA LICITACIÓN, apartado Tiempo de funcionamiento de los bienes, se solicita:
“36 MESES contados a partir de la recepción definitiva de los bienes”.
Al respecto se solicita a la Convocante que sea aceptada una Garantía de 24 (veinticuatro) meses a partir de la fecha de entrega final de los bienes, teniendo en cuenta que es el plazo estándar a nivel internacional de garantía establecido por la mayoría de los fabricantes en el mercado, este pedido se orienta a fin de permitir la participación de un mayor número de oferentes y contratistas dentro del presente llamado licitatorio. Abriendo las puertas a la convocante para acceder a una variedad más rica en ofertas dentro del universo de productos que existen para este segmento.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de DATOS DE LA LICITACIÓN, apartado Tiempo de funcionamiento de los bienes, se solicita:
“36 MESES contados a partir de la recepción definitiva de los bienes”.
Al respecto se solicita a la Convocante que sea aceptada una Garantía de 24 (veinticuatro) meses a partir de la fecha de entrega final de los bienes, teniendo en cuenta que es el plazo estándar a nivel internacional de garantía establecido por la mayoría de los fabricantes en el mercado, este pedido se orienta a fin de permitir la participación de un mayor número de oferentes y contratistas dentro del presente llamado licitatorio. Abriendo las puertas a la convocante para acceder a una variedad más rica en ofertas dentro del universo de productos que existen para este segmento.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.”