El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Ítem |
Código SIH |
Material |
Código de Catalogo (DNCP) |
Descripción del Articulo |
Especificación Técnica |
Unidad de medida |
Presentación |
Presentación de Entrega |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
1 |
6943 |
11001197 |
42142523-001 |
AGUJA HIPODERMICA DESCARTABLE: AGUJA 23G X 1 (USO PEDIÁTRICO) |
Estéril, tribicelada, descartable. Empaque individual. |
UNIDAD |
ENVASE ESTERIL |
CAJA X 25 UNIDADES COMO MINIMO. |
437.000 |
874.000 |
2 |
2370 |
11001195 |
42142523-001 |
AGUJA HIPODÉRMICA DESCARTABLE: AGUJA 21G X 1 |
Estéril, tribicelada, descartable |
UNIDAD |
ENVASE ESTERIL |
CAJA X 25 UNIDADES COMO MINIMO. |
246.500 |
493.000 |
3 |
2371 |
11001196 |
42142523-001 |
AGUJAS HIPODERMICAS DESCARTABLE:AGUJA 21G X 1 1/2 |
Estéril, tribicelada, descartable |
UNIDAD |
ENVASE ESTERIL |
CAJA X 25 UNIDADES COMO MINIMO. |
140.000 |
280.000 |
4 |
3893 |
11001212 |
42312301-001 |
ALGODÓN HIDRÓFILO:ALGODÓN HIDRÓFILO CORTADO 12CM X 6 MT |
"Uso Hospitalario C/bajo Tenor de impurezas; Color Blanco." |
GRAMOS |
UNIDAD |
PAQUETE X 10 UNIDADES COMO MINIMO. |
1.750.000 |
3.500.000 |
5 |
3894 |
11001213 |
42312301-001 |
ALGODÓN HIDRÓFILO:ALGODÓN HIDRÓFILO CORTADO 32CM X 6 MT. |
"Uso Hospitalario C/bajo Tenor de impurezas; Color Blanco." |
GRAMOS |
UNIDAD |
PAQUETE X 10 UNIDADES COMO MINIMO. |
2.500.000 |
5.000.000 |
6 |
3892 |
11001214 |
42312301-001 |
ALGODÓN HIDRÓFILO:ALGODÓN HIDRÓFILO CORTADO 8CM X 6 MT. |
"Uso Hospitalario C/bajo Tenor de impurezas; Color Blanco." |
GRAMOS |
UNIDAD. |
PAQUETE X 10 UNIDADES COMO MINIMO. |
2.000.000 |
4.000.000 |
7 |
5931 |
11001242 |
42231504-002 |
BOLSA FLEXIBLE PARA NUTRICIÓN PARENTERAL:BOLSA FLEXIBLE PARA NUTRICIÓN PARENTERAL. MATERIAL EVA 500 CC |
BOLSA FLEIBLE PARA NUTRICIÓN PARENTERAL de 500cc, con una linea de bajada.MATERIAL EVA.Esteril. Envase individual. |
UNIDAD |
ENVASE ESTERIL |
UNIDAD. |
4.500 |
9.000 |
8 |
5822 |
11001314 |
42221501-001 |
CATÉTER EPICUTÁNEO:CATÉTER EPICUTÁNEO CAVA DE SILICONA, DIÁMETRO 0,3 MM X 0,6 MM |
Catéter de acceso central por vía periferica, 100% Silicona de larga duración (más de un mes) radiópaco, 30 cm de largo ( + - 1) 2 FR 0,3 mm de diámetro interno y 0,6 mm de diámetro externo, estéril |
UNIDAD |
KIT |
CAJA X UNIDAD |
3.650 |
7.300 |
9 |
2530 |
11001339 |
42221504-003 |
CATÉTER INTRAVENOSO PERIFÉRICO: CATÉTER INTRAVENOSO PERIFÉRICO N°22 DE 25 MM DE LONGITUD MÁXIMA USO PEDIÁTRICO |
De poliuretano,estéril, descartable, radiópaco, flexible con bisel bi-angulado y trifacetado. Con conector p/ equipos de suero a rosca y/o presión (puntafina). Cámara de reflujo cristalina y filtro bioselectivo. Permite flujos iguales ó mayores a 35 ml/min. |
UNIDAD |
ENVASE ESTERIL |
CAJA/ ENVASE X 25 UNIDADES COMO MINIMO. |
750.000 |
1.500.000 |
10 |
9690 |
11001338 |
42221504-003 |
CATÉTER INTRAVENOSO PERIFÉRICO:CATÉTER INTRAVENOSO PERIFÉRICO N°20 DE POLIURETANO DE 30 A 32 MM DE LONGITUD MÁXIMA |
Hecho a base de resina de poliuretano, radiópaco, estéril, flexible, con bisel y trifacetado. Con protector de bioseguridad, libre de LATEX Y DEHP(Di(2-etilhexil)ftalato). Con conector para equipos de suero, a rosca y/o presión (punta fina). Cámara de reflujo cristalina y filtro bioselectivo. Permite flujos de 60 ml/min (+ - 10 ml) Envase Individual. |
UNIDAD |
ENVASE ESTERIL |
CAJA X 25 UNIDADES COMO MINIMO. |
500.000 |
1.000.000 |
11 |
3913 |
11001373 |
42311708-003 |
CINTA ADHESIVA :CINTA ADHESIVA QUIRÚRGICA 7.5 CM |
7,5 cm. de ancho x 5 m. de largo minimo, alta adherencia en sustrato impermeable, (a prueba de humedad) |
UNIDAD |
ROLLO |
CAJA X 4 UNIDADES COMO MINIMO. |
70.000 |
140.000 |
12 |
3916 |
11001370 |
42311708-003 |
CINTA ADHESIVA QUIRÚRGICA: CINTA ADHESIVA QUIRÚRGICA 10 CM ANTIALÉRGICA |
10 cm de ancho x 4,5 mt de largo mínimo, antialérgico, alta adherencia, impermeable |
UNIDAD |
ROLLO |
CAJA X 4 UNIDADES COMO MINIMO. |
92.500 |
185.000 |
13 |
3912 |
11001375 |
42311708-003 |
CINTA ADHESIVA: CINTA ADHESIVA QUIRÚRGICA ANTIALÉRGICA 5 CM |
5 cm de ancho x 4,5 m. de largo mínimo, antialérgica, alta adherencia, impermeable |
UNIDAD |
ROLLO |
CAJA X 4 UNIDADES COMO MINIMO. |
240.000 |
480.000 |
14 |
3914 |
11001376 |
42311708-003 |
CINTA ADHESIVA: CINTA ADHESIVA QUIRÚRGICA ANTIALÉRGICA 7.5 CM |
7,5 cm. de ancho x 5 m. de largo mìnimo, alta adherencia en sustrato impermeable, (a prueba de humedad), antialergico. |
UNIDAD |
ROLLO |
CAJA / ENVASE X 4 UNIDADES COMO MINIMO. |
42.000 |
84.000 |
15 |
3915 |
11001369 |
42311708-003 |
CINTA ADHESIVA: CINTA ADHESIVA QUIRÚRGICA DE 10 CM |
10 cm. de ancho x 5 mt. de largo mínimo, alta adherencia, en sustrato impermeable (a prueba de humedad) |
UNIDAD |
ROLLO |
CAJA/ ENVASE X 4 UNIDADES COMO MINIMO. |
110.000 |
220.000 |
16 |
3910 |
11001374 |
42311708-003 |
CINTA ADHESIVA:CINTA ADHESIVA QUIRÚRGICA ANTIALÉRGICA 2.5 CM |
2,5 cm de ancho x 4,5 m. de largo mínimo, antialérgica, alta adherencia, impermeable |
UNIDAD |
ROLLO |
CAJA X 4 UNIDADES COMO MINIMO. |
62.000 |
124.000 |
17 |
6110 |
11001238 |
41104112-002 |
COLECTOR CON CONTENEDOR DE ORINA: BOLSA ESTÉRIL PARA RECOLECCIÓN DE ORINA ADULTO C/URINÓMETRO |
UNIDAD |
ENVASE ESTERIL |
CAJA / ENVASE X 10 UNIDADES COMO MINIMO. |
62.000 |
124.000 |
|
18 |
3847 |
11001235 |
41104112-004 |
SISTEMA DE COLECTOR DE ORINA: BOLSA COLECTORA ORINA. ADULTOS. 1500 - 2000 CC |
Para adultos, con desagote y válvula antirreflujo de 1500 a 2000 cc. Con asa de sostén.- |
UNIDAD |
ENVASE ESTERIL |
CAJA/ENVASE X 10 UNIDADES COMO MINIMO. |
160.500 |
321.000 |
19 |
3926 |
11001417 |
42221505-002 |
CATATER PERICRANEAL: EQ. PERICRANEAL N° 21 |
Estèril Descartable |
UNIDAD |
ENVASE ESTERIL |
ENVASE ESTERIL |
7.500 |
15.000 |
20 |
3928 |
11001419 |
42221505-002 |
CATATER PERICRANEAL: EQ. PERICRANEAL N° 25 |
Estèril Descartable |
UNIDAD |
ENVASE ESTERIL |
ENVASE ESTERIL |
19.000 |
38.000 |
21 |
3896 |
11001447 |
42311511-001 |
GASA HIDRÓFILA NO ESTÉRIL |
Cortada en piezas de 40 m de largo mínimo X 90 a 100 cm de ancho, doblada en zig zag, algodón 100%, absorbente, mínimo 16 hebras/cm2 con terminaciones laterales como mínimo de tres hilos. Serán sometidos a los sgtes. estudios: -capacidad de retención de agua; -contenido de algodón; -peso/m2: como mínimo 24,5 g/m2; -acidez y alcalinidad; -número de hilos. (Según Farmacopea Americana USP 35 NF 30 o ediciones posteriores). |
METROS |
UNIDAD |
PAQUETE |
2.000.000 |
4.000.000 |
22 |
3549 |
11001449 |
42132205-001 |
GUANTE QUIRÚRGICO:GUANTE QUIRÚRGICO ESTÉRIL Nº8 1/2 |
Látex Quirúrgico. Largo |
UNIDAD |
ENVASE ESTERIL |
CAJA X 25 PARES COMO MINIMO. |
600.000 |
1.200.000 |
23 |
2724 |
11001495 |
42142609-001 |
JERINGA DESECHABLE 3 CC C/AGUJA 21 G X 1 1/2 |
Estéril, Embolo de goma.Envase individual grado medico. |
UNIDAD |
ENVASE ESTERIL |
ENVASE ESTERIL |
1.400.000 |
2.800.000 |
24 |
2729 |
11001496 |
42142609-001 |
JERINGA DESECHABLE 5 CC C/AGUJA |
Estéril C/Aguja 21X1.1/2. Embolo De Goma y Punta Enroscable.Envase individual grado medico. |
UNIDAD |
ENVASE ESETRIL |
ENVASE ESTERIL |
3.750.000 |
7.500.000 |
25 |
7009 |
11001500 |
42142609-001 |
JERINGA DESECHABLE CON AGUJA: JERINGA 50 ML A 60 ML |
Descartable, con aguja N° 18 o 18 1/2 o 21 o 21 1/2, pico fino con rosca, graduado por ml. De polipropileno, goma interna libre de Látex. Libre de pirógenos. |
UNIDAD |
UNIDAD |
EMPAQUE INDIVIDUAL EN PAPEL GRADO MEDICO Y/O BLISTER TRANSPARENTE. ESTERIL |
200.000 |
400.000 |
26 |
2731-3 |
11001498 |
42142609-001 |
JERINGA DESECHABLE CON AGUJA: JERINGA DESECHABLE DE 10 CC C/AGUJA 21G X 1 1/2 |
Estéril. Plástico c/aguja desmontable, 21g x 1 1/2 libre de pirógenos, con rosca embolo externo distal de goma que no permita filtraciones, graduado cada 0,5 ml. |
UNIDAD |
ENVASE ESTERIL |
CAJA / ENVASE X 25 UNIDADES COMO MINIMO. |
4.500.000 |
9.000.000 |
27 |
7077 |
11001515 |
42142518-002 |
PUNCH PARA BIOPSIA DE PIEL:PUNCH PARA BIOPSIA DE PIEL Nº 3 |
Caracteristica de los punch de tipo Regular. Borde cortante agudo de acero inoxidable. Mango Acanalado. Tamaño grabado en cada punc Numero 3 (3mm de diametro el borde cortante) Esteril desechable. Envase individual. |
UNIDAD |
ENVASE ESTERIL |
UNIDAD. |
1.150 |
2.300 |
28 |
7078 |
11001516 |
42142518-002 |
PUNCH PARA BIOPSIA DE PIEL:PUNCH PARA BIOPSIA DE PIEL Nº 4 |
Caracteristica de los punch de tipo Regular. Borde cortante agudo de acero inoxidable. Mango Acanalado. Tamaño grabado en cada punc Numero 4 (4mm de diametro el borde cortante) Esteril desechable. Envase individual. |
UNIDAD |
ENVASE ESTERIL |
UNIDAD. |
950 |
1.900 |
29 |
3007 |
11001715 |
42292904- 007 |
CARTUCHO DE RECARGA DE SUTURA: CARTUCHOS DE RECARGA DE SUTURA MECÁNICA LINEAL CORTANTE DE 75 MM. VARIACIÓN +- 5 MM DE LONGITUD Y DISPOSITIVO. |
Por cada 10 cartuchos debe incluir 1 dispositivo. Los cartuchos deben ser estériles, descartables para tejidos normales y gruesos. Con bisturí en las cargas, 3 filas de grapas a cada lado del bisturí. Altura de grapa 3,0 - 3,5-4,0. Las grapas de titanio |
UNIDAD |
KIT |
KIT |
2.500 |
5.000 |
30 |
3633 |
11001408 |
42181702- 003 |
ELECTRODO ADULTO:ELECTRODO DESCARTABLE ADULTOS |
Cabecera de metal, base de forma: a) circular o cuadrada con 4 cm (+ -1) de diámetro o de lado, b) rectangular de 5 cm(+ -1) de diagonal. Soporte de espuma, conductor de gel seco, adhesivo sin látex, hipoalergénico, lámina protectora individual. Debe poseer buena adherencia a la piel del paciente, resistiendo a la humedad, frio o calor sin despegarse, empaque resistente a la humedad. |
UNIDAD |
UNIDAD |
CAJA/ ENVASE X 50 UNIDADES COMO MINIMO. |
488.400 |
976.800 |
-Unidad Solicitante: Dirección de Logística de Suministros de Salud
- Dependencia: Gerencia de Abastecimiento y Logística
Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada:
Se realiza el llamado para satisfacer las necesidades de los distintos Servicios de la Institución a nivel país.
Justificar la planificación:
- Se solicita un llamado para una Licitación Pública Nacional, se trata de un llamado periódico, para una cobertura de 24 meses.
Justificar las especificaciones técnicas establecidas:
- Las especificaciones técnicas utilizadas son las que figuran en el Cuadro Básico de Dispositivos Médicos VIGENTE del IPS, aprobadas por la Máxima Autoridad de la institución.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Lugar de Entrega: Departamento de Administración de Suministros Médicos.
Con orden de entrega a ser expedida por la Dirección de Logística de Suministros de Salud a través del Departamento de Gestión de Medicamentos e Insumos de Salud, según necesidad del Servicio. Con entregas que podrán ser fraccionadas dentro del plazo
Cantidades mínimas: 20 % hasta los 8 (ocho) días corridos para la entrega de productos adjudicados a partir de la recepción de la orden de entrega por parte del proveedor, con entregas que podrán ser fraccionadas dentro del mencionado plazo. Saldo dentro de los 30(treinta) días, a partir de la recepción de la orden de entrega por parte del proveedor, según necesidad del servicio con entregas que podrán ser fraccionadas dentro del plazo establecido,
Cantidades máximas: una vez emitidas la totalidad de las cantidades mínimas, el plazo será de hasta 30 (treinta) días corridos, contados a partir de la recepción de la Orden de Entrega por parte del Proveedor. Las órdenes de entrega serán emitidas según necesidad del servicio, las mismas podrán ser fraccionadas, dentro del mismo plazo.
El IPS se compromete a adquirir solo las cantidades mínimas, en tanto que las cantidades máximas serán nominales, a ser solicitadas según necesidad de la Institución.
Procedimiento de entrega de órdenes: Será comunicado al proveedor vía correo electrónico la existencia de órdenes a ser entregadas correspondiente al llamado, previa confirmación de lectura del correo señalado, y en caso que el proveedor no hiciera efectivo el retiro de la/s orden/es de entrega en forma inmediata, el primer día hábil siguiente a dicha comunicación, se procederá a timbrar, contándose como fecha de recepción del proveedor la fecha del timbrado.
Requerimiento para entrega de artículos al Departamento de Administración de Suministros Médicos
a-En caso de presentarse dudas con relación a la procedencia del producto, se deberá entregar fotocopia del certificado de origen o de importación.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Los insumos que por su naturaleza y usos deban ser estériles, deberán llevar, en cada envase primario, en forma legible y en lugar bien visible, la fecha de esterilización y/o fecha de vencimiento (18 meses como mínimo), como también la leyenda USO EXCLUSIVO DEL IPS, en tinta de difícil remoción, al igual que la marca y/o procedencia del mismo.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Nombre del Proveedor:
Período de Evaluación (cada período consta de 30 dias)
Área evaluadora: Recepción de Productos/DASM
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (*) |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
Cada 30 días hasta alcanzar 24 meses. |
(*): Ésta columna presupone el mes de inicio de ejecución de Contrato, la misma está sujeta a modificación conforme la fecha de suscripción de dicho documento.
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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