El TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA ELECTORAL, con domicilio en la Avda. Eusebio Ayala N° 2759 esq. Santa Cruz de la Sierra, de la ciudad de Asunción, representado de forma conjunta o indistinta por la Lic. Mónica Guadalupe Castro Franco, con Cédula de Identidad Nº 3.715.289, designada como Directora de Procedimiento y Evaluación Administrativa, Dependiente de la Dirección General de Administración y Finanzas por Resolución DGAF/TSJE N° 32/2023 de fecha 07 de marzo de 2023 y el Ing. Com. Marcelo Andrés Denis Torrez, con Cédula de Identidad Nº 2.243.262, designado como Director de la Unidad Ejecutora de Contratos por Resolución DGAF/PRESIDENCIA N° 522/2019 de fecha 21 de mayo de 2019 y autorizados por Resolución DGAF/TSJE Nº 31/2023 de fecha 30 de enero de 2023, para suscribir órdenes de compra, trabajo y/o servicios y contratos en el marco de la Ley Nº 2051/03 De Contrataciones Públicas, denominada en adelante la Contratante, por una parte, y, por la otra, la empresa___________________, domiciliada____________________, de la ciudad de________, República del Paraguay, representada para este acto por ______________con Cédula de Identidad N°________, en carácter de Representante Legal, denominada en adelante el Contratista, denominadas en conjunto LAS PARTES, acuerdan celebrar el presente Contrato para la CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA LA DEMOLICIÓN DEL BLOQUE G DE LA SEDE CENTRAL DE LA JUSTICIA ELECTORAL PLURIANUAL 2023/2024, ID N° 425401, derivado de la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 6/2023, el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
El objeto del contrato es:
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA LA DEMOLICIÓN DEL BLOQUE G DE LA SEDE CENTRAL DE LA JUSTICIA ELECTORAL PLURIANUAL 2023/2024.
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
Los documentos adicionales del contrato son:
No aplica
a. El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria del presente llamado vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID N°425401
b. Otras consideraciones presupuestarias: Contratación PLURIANUAL 2023/2024 (Sujeto a la aprobación del Presupuesto General de la Nación correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024).
El presente contrato es el resultado del procedimiento de "CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA LA DEMOLICIÓN DEL BLOQUE G DE LA SEDE CENTRAL DE LA JUSTICIA ELECTORAL PLURIANUAL 2023/2024", ID N° 425401, convocado por la Unidad Operativa de Contrataciones de la Justicia Electoral. La adjudicación fue realizada según Resolución DGAF/TSJE N°_______.
Ítem |
Código de Catálogo |
Descripción del Servicio |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Precio Unitario (IVA Incluido) |
Precio Total |
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El precio total del presente Contrato asciende a la suma de Gs. ___________ (Guaraníes ________), incluido todos los impuestos.
El Contratista se compromete a prestar los servicios a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato.
La Contratante se compromete a pagar al Contratista como contrapartida de la prestación de los servicios y la subsanación de sus defectos, el precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en las Condiciones Contractuales.
Si durante la ejecución de los trabajos contratados se verificaren variaciones en el salario mínimo oficial, la Contratante reconocerá un reajuste de precios por el mismo porcentaje de aumento decretado, a partir de la fecha de vigencia de la disposición legal, sobre el ochenta por ciento (80%) del valor de los servicios en cuestión del presente contrato, conforme a la siguiente fórmula:
PR: Po [1+0,80 (S-1)]
S
Donde:
PR: Precio Reajustado.
Po: Precio Básico de la Oferta a ser ajustada.
S: Salario Mínimo Oficial, establecido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a partir de la fecha de vigencia de la variación de este índice.
So: Salario Mínimo Oficial, establecido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, vigente a la fecha de apertura de ofertas.
El ajuste se efectúa mensualmente aplicando las cláusulas de ajuste y el monto del ajuste se paga en las mismas condiciones que el certificado al cual se refiere. En caso que los índices oficiales que se deben utilizar en el cálculo no estén disponibles, se podrán efectuar ajustes provisionales utilizando los últimos índices conocidos. Los ajustes se corregirán cuando se conozcan los valores relativos a los meses en cuestión.
En caso de atrasos imputables al contratista en la ejecución de los trabajos, las prestaciones realizadas vencidos los plazos contractuales de ejecución, se pagarán sobre la base de los precios actualizados y ajustados al día de expiración del plazo contractual de ejecución.
La vigencia del presente contrato será a partir de la firma hasta el cumplimiento total de las obligaciones con el otorgamiento de la recepción definitiva de las obras.
Teniendo en cuenta que el plazo de ejecución del Contrato excede el presente ejercicio presupuestario, se aclara que la validez de la contratación quedará sujeta a la aprobación de la partida presupuestaria correspondiente.
Los servicios deberán ser prestados dentro de los plazos establecidos en el Plan de Prestación de Servicios del pliego de bases y condiciones.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
La administración del contrato estará a cargo de la Dirección de Patrimonio, y tendrá la responsabilidad de la gestión de éste, monitoreando el cumplimiento de las condiciones pactadas, los plazos, la prestación de los servicios a conformidad, el seguimiento continuo al Contrato con el acompañamiento necesario, además de realizar las acciones necesarias para asegurar una correcta ejecución contractual.
El administrador del Contrato será el responsable de solicitar la emisión para la suscripción de la Orden de Trabajo y/o Servicio. En caso de ausencia justificada de éste, podrá suscribir el Director de la Dirección General de Administración y Finanzas u otro funcionario designado del área respectiva, previa autorización de la Dirección General de Administración y Finanzas (DGAF).
Corresponderá a la Dirección de la Unidad Ejecutora de Contratos (UEC) en coordinación con la Dirección de la Unidad Operativa de Contratación (UOC), de manera enunciativa y no limitativa, gestionar garantías, Adendas, realizar el seguimiento de la ejecución contractual de conformidad a las condiciones pactadas, gestionar aplicación de multas, sanciones y la rescisión del Contrato cuando corresponda.
El responsable de la administración del Contrato, deberá remitir a la Dirección de Tesorería, un Informe del avance de la obra y los servicios efectivamente prestados, así como el porcentaje de ejecución del Contrato, a fin de contar con todas las documentaciones respaldatorias necesarias para realizar el registro contable de obligación y la generación de la solicitud de transferencia de recursos para el pago correspondiente al Contratista.
Así mismo, el responsable de la administración del Contrato, deberá remitir a la Dirección de la Unidad Ejecutora de Contratos (UEC), un Informe del avance de la obra y los servicios efectivamente prestados, así como el porcentaje de ejecución del Contrato, de manera a que ésta cuente con todas las documentaciones respaldatorias para realizar el seguimiento de las condiciones pactadas, a los efectos de dar acompañamiento a la correcta ejecución de los mismos de acuerdo a los plazos establecido.
El programa de ejecución de los trabajos es el establecido en la oferta, conforme con las Condiciones Contractuales.
Las obras serán como se describen a continuación:
Las obras se deberá a justar a lo establecido en la Sección Especificaciones Técnicas y Suministros Requeridos del Pliego de Bases y Condiciones y sus Adendas o modificaciones; y a la oferta presentada por el Contratista.
El porcentaje, número y fechas de entrega de anticipos y amortizaciones son los determinados en las condiciones contractuales.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en el pliego de bases y condiciones, la cual se presentará a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en el pliego de bases y condiciones. Superado el monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas”, caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 72 de la Ley N° 2051/2003 “De Contrataciones Públicas”, modificado por Ley N° 6716/2021.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme con las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las condiciones contractuales del presente pliego de bases y condiciones.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Asunción, República del Paraguay al día [___________] mes [___________] y año [_____________].
Sr. _____________________________________ Por y en nombre del Contratista |
_____________________________________ Lic. Mónica Guadalupe Castro Franco y/o Ing. Com. Marcelo Andrés Denis Torrez Por y en nombre de la Contratante Tribunal Superior de Justicia Electoral Representante Legal |