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SE SOLICITA A LA CONVOCANTE QUE EN APARTADO CAPACIDAD TECNICA, ITEM 2 EN DONDE DICE Sistema de comunicación a través de una red de radio comunicaciones habilitada por la CONATEL propia de la oferente y/o a través de una empresa tercerizada, que debe operar las 24 horas del día, entre el lugar de prestación de servicios y la base de operaciones de la Contratante SEA MODIFICADO Y PASE A DECIR decir El personal de seguridad deberá contar con sus respectivos equipos de comunicación (teléfonos celulares con línea al día) Consideramos que el cambio en los términos solicitados, a más de ser razonable y práctico, sobre todo para la Convocante, serviría de alguna manera a rectificar una disposición del PBC que contradice la Resolución DNCP 248/2021, pues cercena de una manera irracional el concurso de varios oferentes. Recordemos, en ese sentido, que la Resolución 248/2021 en su Art. 1ro. establece: Artículo 1: Aprobar la Estrategia para el aumento de la competencia en las compras públicas y definir sus objetivos que serán: a) Incrementar la cantidad de oferentes en los procedimientos de contratación pública. b) Identificar y eliminar condiciones y requerimientos de participación que pudieran limitar irregular o innecesariamente la libre concurrencia. De este modo, de permanecer el PBC en los términos actuales, la libre competencia entre oferentes se vería afectada, y violaría los términos buscados y deseados tanto por la ley de Contrataciones Públicas, como por las resoluciones de la DNCP.