PBC, solicita;
Experiencia requerida
c. Cartas de referencia, certificados o constancias acompañados de sus contratos respectivos. El oferente deberá presentar copia de 1 contrato de igual condición este llamado suscripto con mínimo de 400 titulares por empresa o institución dentro del periodo comprendido (2019, 2020,2021) acompañada de su respectiva constancia o carta de cumplimiento satisfactorio.
1- Consulta
Esta exigencia resulta alta para el mercado nacional por lo que de sostenerse la misma se elimina prácticamente toda posibilidad de participación ya que sería muy contadas las empresas con posibilidad de cumplir con 1 contrato de 400 titulares.
Adquiere mayor relevancia cuando nos remitimos a los antecedentes de los últimos llamados a licitación realizado por instituciones con gran cantidad de beneficiarios, como ser Ministerio de Hacienda ID N° 419853, Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones ID N° 424337, entre otros, donde se han permitido que la experiencia pueda ser comprobada con las constancias acompañados de sus contratos respectivos.
Solicitamos a esta convocante que este ítem “c” quede redactado de la siguiente manera;
c. Cartas de referencia, certificados o constancias acompañados de sus contratos respectivos. El oferente deberá presentar copia de contrato suscripto por empresa o institución dentro del periodo comprendido (2019, 2020,2021) acompañada de su respectiva constancia o carta de cumplimiento satisfactorio.
PBC, solicita;
Experiencia requerida
c. Cartas de referencia, certificados o constancias acompañados de sus contratos respectivos. El oferente deberá presentar copia de 1 contrato de igual condición este llamado suscripto con mínimo de 400 titulares por empresa o institución dentro del periodo comprendido (2019, 2020,2021) acompañada de su respectiva constancia o carta de cumplimiento satisfactorio.
1- Consulta
Esta exigencia resulta alta para el mercado nacional por lo que de sostenerse la misma se elimina prácticamente toda posibilidad de participación ya que sería muy contadas las empresas con posibilidad de cumplir con 1 contrato de 400 titulares.
Adquiere mayor relevancia cuando nos remitimos a los antecedentes de los últimos llamados a licitación realizado por instituciones con gran cantidad de beneficiarios, como ser Ministerio de Hacienda ID N° 419853, Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones ID N° 424337, entre otros, donde se han permitido que la experiencia pueda ser comprobada con las constancias acompañados de sus contratos respectivos.
Solicitamos a esta convocante que este ítem “c” quede redactado de la siguiente manera;
c. Cartas de referencia, certificados o constancias acompañados de sus contratos respectivos. El oferente deberá presentar copia de contrato suscripto por empresa o institución dentro del periodo comprendido (2019, 2020,2021) acompañada de su respectiva constancia o carta de cumplimiento satisfactorio.
la Dirección Administrativa, como unidad Requirente, responde cuanto sigue:
Existen coberturas corporativas para empresas en el sector público y privado que inclusive superan la cantidad de titulares mínimos solicitados por la convocante, dicho requerimiento asegura la certeza del cumplimiento del contrato en las mejores condiciones calidad/costo, tal y como se encuentra estipulado en el Artículo 4° de la Ley 2051/03.
Por lo que se solicita a los posibles oferentes ceñirse a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones
2
Capacidad Técnica
PBC, solicita;
Capacidad Técnica
2. CENTROS ASISTENCIALES EN ASUNCIÓN
Respecto a los Sanatorios para Asunción será requerido por lo menos 5 (cinco) de NIVEL 3, categoría vigente establecida por la Superintendencia de Salud, con Unidad de Terapia Intensiva con su respectiva habilitación. Además, dos de ellos dentro de sus instalaciones deberá contar con Equipo de tomografía y de resonancia magnética con certificación de funcionamiento demostrado a través de ficha técnica respectivamente y mínimamente 1 (uno) de ellos deberá contar con: Centro de Especialidades Pediátricas, Servicio de Hemodinamia, Unidad de Medicina Transfusional y Unidad Coronaria y Centro de Especialidad Cardiológicas, todos ellos habilitados por el MSPyBS.
2- Consulta
La propuesta de modificación presentada a la Convocante en esta consulta permitirá lograr que los beneficiarios de la institución que se encuentren ubicados en las localidades del Gran Asunción puedan tener una mayor variedad de centros y con mejor infraestructura, así también, no tener que recurrir hasta Asunción, evitando así el traslado y ahorrar tiempo.
Lograr tener 5 centros en Asunción de Nivel 3, es casi imposible, atendiendo a que los no todos los sanatorios firman convenios con las empresas de medicina prepaga por políticas interna.
Solicitamos a esta convocante que este ítem quede redactado de la siguiente manera;
Capacidad Técnica
2. CENTROS ASISTENCIALES EN ASUNCIÓN y/o GRAN ASUNCION
Respecto a los Sanatorios para Asunción y/o Gran Asunción, será requerido por lo menos 5 (cinco) de NIVEL 3, categoría vigente establecida por la Superintendencia de Salud, con Unidad de Terapia Intensiva con su respectiva habilitación. Además, dos de ellos dentro de sus instalaciones deberá contar con Equipo de tomografía y de resonancia magnética con certificación de funcionamiento demostrado a través del propio centro y mínimamente 1 (uno) de ellos deberá contar con: Área y/o Centro de Especialidades Pediátricas, Servicio de Hemodinamia, Unidad de Medicina Transfusional y Unidad Coronaria y Instituto y/o Centro de Especialidad Cardiológicas.
PBC, solicita;
Capacidad Técnica
2. CENTROS ASISTENCIALES EN ASUNCIÓN
Respecto a los Sanatorios para Asunción será requerido por lo menos 5 (cinco) de NIVEL 3, categoría vigente establecida por la Superintendencia de Salud, con Unidad de Terapia Intensiva con su respectiva habilitación. Además, dos de ellos dentro de sus instalaciones deberá contar con Equipo de tomografía y de resonancia magnética con certificación de funcionamiento demostrado a través de ficha técnica respectivamente y mínimamente 1 (uno) de ellos deberá contar con: Centro de Especialidades Pediátricas, Servicio de Hemodinamia, Unidad de Medicina Transfusional y Unidad Coronaria y Centro de Especialidad Cardiológicas, todos ellos habilitados por el MSPyBS.
2- Consulta
La propuesta de modificación presentada a la Convocante en esta consulta permitirá lograr que los beneficiarios de la institución que se encuentren ubicados en las localidades del Gran Asunción puedan tener una mayor variedad de centros y con mejor infraestructura, así también, no tener que recurrir hasta Asunción, evitando así el traslado y ahorrar tiempo.
Lograr tener 5 centros en Asunción de Nivel 3, es casi imposible, atendiendo a que los no todos los sanatorios firman convenios con las empresas de medicina prepaga por políticas interna.
Solicitamos a esta convocante que este ítem quede redactado de la siguiente manera;
Capacidad Técnica
2. CENTROS ASISTENCIALES EN ASUNCIÓN y/o GRAN ASUNCION
Respecto a los Sanatorios para Asunción y/o Gran Asunción, será requerido por lo menos 5 (cinco) de NIVEL 3, categoría vigente establecida por la Superintendencia de Salud, con Unidad de Terapia Intensiva con su respectiva habilitación. Además, dos de ellos dentro de sus instalaciones deberá contar con Equipo de tomografía y de resonancia magnética con certificación de funcionamiento demostrado a través del propio centro y mínimamente 1 (uno) de ellos deberá contar con: Área y/o Centro de Especialidades Pediátricas, Servicio de Hemodinamia, Unidad de Medicina Transfusional y Unidad Coronaria y Instituto y/o Centro de Especialidad Cardiológicas.
la Dirección Administrativa, como unidad Requirente, responde cuanto sigue:
La convocante solicita dichos requerimientos a fin de proporcionar las mejores condiciones y de este modo satisfacer las necesidades institucionales de acuerdo con las necesidades de sus beneficiarios, tal y como se encuentra estipulado en el Artículo 4° de la Ley 2051/03.
Por lo que se solicita a los posibles oferentes ceñirse a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones
3
Prestadores
Solicitamos a la Convocante realizar la modificación del cuadro de prestadores solicitados en relación al departamento de Alto Paraguay, esto teniendo en cuenta que es de imposible cumplimiento para cualquier oferente, ya que en el mencionado departamento no existe centro asistencial habilitado por el MSP y Bs tal como puede verificarse en el portal de la Superintendencia de Salud.
Solicitamos a la Convocante realizar la modificación del cuadro de prestadores solicitados en relación al departamento de Alto Paraguay, esto teniendo en cuenta que es de imposible cumplimiento para cualquier oferente, ya que en el mencionado departamento no existe centro asistencial habilitado por el MSP y Bs tal como puede verificarse en el portal de la Superintendencia de Salud.
la Dirección Administrativa, como unidad Requirente, responde cuanto sigue:
favor remirtirse a la Adenda Publicada.
4
Beneficiarios adherentes
Solicitamos a la convocante aclarar en el ítem 2 Beneficiarios adherentes (con costo a cargo del Titular) en el numeral 1) es correcta la interpretación de que cuando el titular sea casado se abonará por el Padre y/o Madre la prestadora de servicios, una cuota mensual que no podrá exceder el 35% (treinta y cinco por ciento), por persona, del precio del contrato abonado por el grupo familiar.
Solicitamos a la convocante aclarar en el ítem 2 Beneficiarios adherentes (con costo a cargo del Titular) en el numeral 1) es correcta la interpretación de que cuando el titular sea casado se abonará por el Padre y/o Madre la prestadora de servicios, una cuota mensual que no podrá exceder el 35% (treinta y cinco por ciento), por persona, del precio del contrato abonado por el grupo familiar.
la Dirección Administrativa, como unidad Requirente, responde cuanto sigue:
Se aclara que el porcentaje que deberá abonar el titular por el Padre y/o Madre en el acaso del que titular sea casado es del 30% (treinta por ciento)
5
Experiencia Requerida
Solicitamos a la convocante aclarar si es correcta la interpretación de que en el ítem Experiencia Requerida, apartado Requisitos documentales para la evaluación de experiencia, al referirse a "recepciones finales" se refiere al contrato firmado entre la entidad de medicina prepaga y la contratante de los servicios.
Solicitamos a la convocante aclarar si es correcta la interpretación de que en el ítem Experiencia Requerida, apartado Requisitos documentales para la evaluación de experiencia, al referirse a "recepciones finales" se refiere al contrato firmado entre la entidad de medicina prepaga y la contratante de los servicios.
la Dirección Administrativa, como unidad Requirente, responde cuanto sigue:
Se aclara que la recepción final es el documento el cual se emite al momento de la finalización de un contrato en el cual la empresa o entidad emite su conformidad con los servicios recibidos.
6
Centros Asistenciales
Solicitamos a la convocante modificar el ítem Infraestructura administrativa y hospitalaria, numeral 2) Centros Asistenciales de Asunción en cuanto a los requerimientos “Además dos de ellos dentro de sus instalaciones deberá contar con Equipo de tomografía y de resonancia magnética con certificación de funcionamiento demostrado a través de ficha técnica respectivamente y mínimamente 1 (uno) de ellos deberá contar con: Centro de Especialidades Pediátricas, Servicio de Hemodinamia, Unidad de Medicina Transfusional y Unidad Coronaria y Centro de Especialidad Cardiológicas, todos ellos habilitados por el MSPyBS”, requisito que se repite en el numeral 20) Otros servicios, inciso r) Centros asistenciales, apartado ➢En Asunción y Gran Asunción. Solicitamos eliminar estos requisitos dado que resultan limitantes y claramente evidencian un direccionamiento hacia un determinado oferente, limitando la concurrencia de eventuales proveedores porque se han establecido requisitos que no resultan técnicamente indispensables para la prestación del servicio. De esta manera se ha quebrantado el principio de Igualdad y Libre Competencia consagrado en el Inc. b) del Art. 4° de la Ley N° 2051/03, que reza: “Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública”. Las especificaciones técnicas de los pliegos de requisitos de licitación se deben establecer con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, por lo cual se solicita a la convocante la exclusión de los requisitos citados, a fin de dotar al presente procedimiento licitatorio de legalidad y armonizar el pliego con la normativa vigente.
Solicitamos a la convocante modificar el ítem Infraestructura administrativa y hospitalaria, numeral 2) Centros Asistenciales de Asunción en cuanto a los requerimientos “Además dos de ellos dentro de sus instalaciones deberá contar con Equipo de tomografía y de resonancia magnética con certificación de funcionamiento demostrado a través de ficha técnica respectivamente y mínimamente 1 (uno) de ellos deberá contar con: Centro de Especialidades Pediátricas, Servicio de Hemodinamia, Unidad de Medicina Transfusional y Unidad Coronaria y Centro de Especialidad Cardiológicas, todos ellos habilitados por el MSPyBS”, requisito que se repite en el numeral 20) Otros servicios, inciso r) Centros asistenciales, apartado ➢En Asunción y Gran Asunción. Solicitamos eliminar estos requisitos dado que resultan limitantes y claramente evidencian un direccionamiento hacia un determinado oferente, limitando la concurrencia de eventuales proveedores porque se han establecido requisitos que no resultan técnicamente indispensables para la prestación del servicio. De esta manera se ha quebrantado el principio de Igualdad y Libre Competencia consagrado en el Inc. b) del Art. 4° de la Ley N° 2051/03, que reza: “Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública”. Las especificaciones técnicas de los pliegos de requisitos de licitación se deben establecer con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, por lo cual se solicita a la convocante la exclusión de los requisitos citados, a fin de dotar al presente procedimiento licitatorio de legalidad y armonizar el pliego con la normativa vigente.
la Dirección Administrativa, como unidad Requirente, responde cuanto sigue:
La convocante solicita dichos requerimientos a fin de proporcionar las mejores condiciones y de este modo satisfacer las necesidades institucionales de acuerdo con las necesidades de sus beneficiarios, tal y como se encuentra estipulado en el Artículo 4° de la Ley 2051/03.
Por lo que se solicita a los posibles oferentes ceñirse a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones
7
Flota
Solicitamos a la convocante aclarar si es correcta la interpretación de que el enunciado “9. Deberá presentar Declaración Jurada Detallando la flota con que la/s empresa/s cuentan para la prestación del servicio” se refiere a la presentación del listado de empresas de ambulancias que brindarán el servicio, y que bastará con indicar el nombre de dichas empresas.
Solicitamos a la convocante aclarar si es correcta la interpretación de que el enunciado “9. Deberá presentar Declaración Jurada Detallando la flota con que la/s empresa/s cuentan para la prestación del servicio” se refiere a la presentación del listado de empresas de ambulancias que brindarán el servicio, y que bastará con indicar el nombre de dichas empresas.
la Dirección Administrativa, como unidad Requirente, responde cuanto sigue:
Se aclara que la Declaración Jurada detallada de flota es el listado de vehículos con la que cuenta la firma.