Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Tiempo de entrega de los bienes En el PBC, en la sección de plazo de entrega de los bienes, tanto para el Item 1 y dos dice: "15 días calendarios posteriores a la notificación de la Orden de compra al proveedor, que se realizará en el correo electrónico declarado en la oferta". Rogamos a la convocante considerar plazos de entrega de por lo menos 70 días para el item 1 (servidor) y 30 días para el item 2 (switches). Esto es debido al tiempo normal que manejan hoy las marcas. 07-06-2023 09-06-2023
2 EETT Puertos USB 3.1 iteam. Puertos al menos 2 puertos USB 3.1. Exigido Solicitamos a la convocante que sean aceptados puertos USB 3.0 como minimo para los puertos USB solicitados. Lo anterior atendiendo a que con un puerto USB con velocidad 3.0 tambien se tendria una velocidad de transferencia de datos de altas prestaciones y este tipo de equipos (Servidores) generalmente dan servicios que no requieren conexion con velocidades 3.0 principalmente. Lo anterior a fin de dar una mayor participacion a potenciales oferentes y favorecer la libre competencia. 08-06-2023 09-06-2023
3 Plan de Entrega En el Pliego de bases y condiciones, en la sección relacionada al Plan de Entrega (Bienes), Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes, Lote N° 02 Equipos Informáticos varios, se solicita: “15 días calendarios posteriores a la notificación de la Orden de compra al proveedor, que se realizará en el correo electrónico declarado en la oferta” Al respecto, se solicita a la convocante que los plazos de entrega sean de 90 (noventa) días como mínimo, considerando los prolongados períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación (a medida) e importación de estos equipos que no se fabrican en nuestro país, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la disponibilidad de los equipos localmente, teniendo en cuenta a su vez los períodos de tiempo necesarios para las importaciones y despachos aduaneros. De esta manera, se permitirá, además, la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes. 09-06-2023 13-06-2023
4 Capacidad Técnica En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, REQUISITOS DE CALIFICACION Y CRITERIOS DE EVALUACION, Capacidad Técnica, se solicita: “1. Los oferentes deberán presentar el listado del personal idóneo para realizar los servicios; de este listado como mínimo 1 (un) técnico, lo cual será comprobado con la presentación de la planilla de pago del seguro social actualizada a la fecha de apertura de ofertas.” Al respecto, se solicita a la convocante aceptar la subcontratación para teniendo en cuenta que esto constituye en sí un hecho limitante de la participación y libre competencia. Por lo cual, a los fines de generar mayor amplitud participativa en el llamado, solicitamos la modificación de los términos de Sub-contratación previsto en el PBC, en concomitancia con la modificación del inciso mencionad obrante en la página 21 del PBC, antes transcripto. 09-06-2023 13-06-2023
5 Procesador En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, Procesador, se solicita: “Procesador instalado: Un procesador de al menos 48 núcleos.” Al respecto, se solicita a la convocante cambiar este parámetro a “Un procesador de al menos 48 núcleos.” teniendo en cuenta que lo solicitado para núcleos de procesadores excede sin una consideración técnica real al que se maneja por estándar para este tipo de equipos, y se considera que el parámetro técnicamente recomendado es un número de nucleos suficiente para que el equipo siga estando en disponibilidad para su buen y correcto funcionamiento, y con lo propuesto no se altera el equipo en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante, y un requerimiento mayor a eso, limitaría injusta e innecesariamente la participación de posibles oferentes, ya que se direcciona claramente a procesadores de la marca AMD, dejando fuera de esa manera la participación de equipos con procesadores de otra marca como INTEL, que actualmente sigue siendo la marca líder en procesadores ya que son más rápidos y tienen mejor eficiencia energética. 09-06-2023 13-06-2023
6 Procesador En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, Procesador, se solicita: “Al menos 256MB de caché L3” Al respecto, se solicita a la convocante cambiar este parámetro a “Al menos 48MB de caché” teniendo en cuenta que lo solicitado para la caché de procesadores excede sin una consideración técnica real al que se maneja por estándar para este tipo de equipos, y se considera que el parámetro técnicamente recomendado es cache suficiente para que el equipo siga estando en disponibilidad para su buen y correcto funcionamiento, y con lo propuesto no se altera el equipo en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante, y un requerimiento mayor a eso, limitaría injusta e innecesariamente la participación de posibles oferentes, ya que se direcciona claramente a procesadores de la marca AMD, dejando fuera de esa manera la participación de equipos con procesadores de otra marca como INTEL, que actualmente sigue siendo la marca líder en procesadores ya que son más rápidos y tienen mejor eficiencia energética. 09-06-2023 13-06-2023
7 EETT Switch Soporte para Montaje e Implementación Soporte para Montaje e Implementación. Se solicita a la convocante aclarar si los switch a ser configuradas se integraran a nuevos equipos storage o son equipos ya en producción. Esto con el fin de si son equipos están en producción especificar que equipos a interconectar con los switchs requieran de un horario especifico. 09-06-2023 13-06-2023
8 /* Especificaciones Técnicas En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, EN LA SECCION DE SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM 1, Factor de forma, se solicita: “Rackeable de 1U.” Al respecto, se solicita a la Convocante que sean aceptados equipos rackeables de 2U; teniendo en cuenta que lo expuesto no es un requisito técnicamente indispensable para la finalidad del presente llamado ni una característica estandarizada en equipos de similares configuraciones dentro del mercado, con la presente solicitud no se altera o disminuyen las prestaciones del equipo en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante. Este pedido obedece a la necesidad de replantear el requerimiento original del PBC, pues en sus términos actuales limitaría injusta e innecesariamente la participación de posibles oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”. 13-06-2023 13-06-2023
9 /* Especificaciones Tecnicas En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, EN LA SECCION DE SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM 1, Puertos, se solicita: “A menos 2 puertos USB 3.1.” Al respecto, se solicita a la Convocante cambiar la característica de “A menos 2 puertos USB 3.1” a OPCIONAL, o bien, que sean aceptados equipos con 2 (dos) puerto USB 3.0 como mínimo; teniendo en cuenta que lo expuesto no es un requisito técnicamente indispensable para la finalidad del presente llamado ni una característica estandarizada en equipos de similares configuraciones en el mercado, con la presente solicitud no se altera o disminuyen las prestaciones del equipo en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante. Este pedido obedece a la necesidad de replantear el requerimiento original del PBC, pues en sus términos actuales limitaría injusta e innecesariamente la participación de posibles oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”. 13-06-2023 13-06-2023
10 /* Especificaciones Tecnicas En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, EN LA SECCION DE SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM 1, Soporte para Montaje e Implementación, solicita: “Incluye: instalación y montaje en bastidor (rack). Instalación y configuración del hipervisor.” Al respecto, se solicita a la convocante aclarar de qué hipervisor se trata; ¿El oferente debe contemplar la licencia de dicho hipervisor? ¿Qué tipo de licencia?; Así también, solicitamos a la convocante aclarar el alcance de la configuración que solicitan, de modo a poder realizar una fina planificación y cotización de los servicios profesionales, de manera que sean cubiertas efectivamente las necesidades de los mismos, o en su defecto, que se facilite una visita técnica para dimensionar el alcance de dicha instalación y puesta en funcionamiento del equipo a ofertar. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y además lo establecido en el Decreto Reglamentario 2992/19, en su Art. 34, que determina el Contenido de los Pliegos: “El pliego de bases y condiciones deberá contener los requisitos a ser cumplidos por los oferentes y los criterios de evaluación que serán utilizados, la información necesaria para preparar las ofertas, las condiciones en las que serán ejecutados los contratos y en general los requerimientos particulares de acuerdo a la naturaleza de la necesidad que deba ser satisfecha”. 13-06-2023 13-06-2023
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