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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
djvera
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
22-08-2023 - 16:02
Fecha de Fin
25-08-2023 - 13:45
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
se reitera:: La observación que realiza la DNCP no contradice a la normativa ya que en observaciones anteriores se ha explicado que lo que pretende requerir la convocante corresponde a un requerimiento para la ejecución asimismo se ha explicado que de acuerdo a lo que establece el Art. 40 de la Ley N° 2051/03, el oferente que presenta su oferta debe demostrar que no se encuentra en mora con el seguro social. En el caso de que sea adjudicado, para la firma del contrato debe volver a presentar la constancia de no adeudar aporte obrero patronal y cada vez que la convocante realice el pago, el mismo adjudicado debe remitir la constancia de cumplimiento con la seguridad social y el formulario de informe de Servicios Personales en el cual detallan los funcionarios inscriptos en el IPS. De esta forma se puede ver que en todas las etapas el oferente/adjudicado no puede encontrarse en mora con el IPS, por lo que solicitar una cantidad determinada de funcionarios y con una antigüedad como requisito de participación resulta limitante. por lo tanto, se reitera que lo solicitado." El oferente indicara la cantidad de 06 (seis) técnicos como mínimo que estarán involucrados en el proyecto, indicando el nombre de la certificación en cableado estructurado y/o fibra óptica, así también, el cargo que ocupa en la empresa . La lista de las personas asignadas por el oferente, encargadas de realizar los servicio técnico dentro del previo de la convocante, deberá ser provisto con su oferta, y luego debe ser actualizado en forma trimestral. La empresa adjudicada no podrá subcontratar a otra empresa para dar cumplimiento a las obligaciones asumidas. Del total de técnicos certificados el oferente deberá contar como mínimo con (04) cuatro técnicos certificados por el fabricante sobre cableado estructurado, para la realización de los servicios contratados, El personal propuesto debe formar parte del staff con antigüedad mínima de 12 meses demostrable con la planilla de IPS.3. El oferente deberá designar un coordinador del proyecto con experiencia comprobada en implementaciones informáticas relacionadas al llamado en cuestión demostrables con contratos anteriores. El personal propuesto debe formar parte del staff con antigüedad mínima de 12 meses demostrable con la planilla de IPS" no corresponde

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.