CAPACIDAD TÉCNICA
En donde dice “El Oferente deberá contar con infraestructura para la fabricación de cajas de seguridad.
Requisito documental para evaluar la capacidad técnica
Declaración Jurada en donde se indique que cuenta con infraestructura para fabricación de cajas de seguridad”
Se solicita encarecidamente a la convocante dejar como opcional dicho requisito; o aceptar la presentación de declaración jurada de contar con la capacidad de suministro de los bienes en el tiempo requerido, para aquellos oferentes que se dediquen a la distribución de dichos bienes. Con esto se da oportunidad de mayor participación de oferentes en concordancia al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS –
CAPACIDAD TÉCNICA
En donde dice “El Oferente deberá contar con infraestructura para la fabricación de cajas de seguridad.
Requisito documental para evaluar la capacidad técnica
Declaración Jurada en donde se indique que cuenta con infraestructura para fabricación de cajas de seguridad”
Se solicita encarecidamente a la convocante dejar como opcional dicho requisito; o aceptar la presentación de declaración jurada de contar con la capacidad de suministro de los bienes en el tiempo requerido, para aquellos oferentes que se dediquen a la distribución de dichos bienes. Con esto se da oportunidad de mayor participación de oferentes en concordancia al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS –
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente informamos que:
El oferente deberá contar con infraestructura para la fabricación de cajas de seguridad, dado que las mismas se constituyen en bienes imprescindibles para la operativa del Banco, se debe considerar que en ellas se guardan dinero, títulos valores y pagares de los clientes y no contar con las mismas representa un alto riesgo de seguridad para las Sucursales y Dependencias, por tanto es necesario contar con las mismas en tiempo y forma atendiendo además que las mismas deben contar con un reloj con claves de seguridad que gestionan los fabricantes . Por tanto, la aceptación de un oferente que no sea fabricante puede traer consigo retrasos en la provisión que representan un alto riesgo de seguridad para el Banco, esto adicionado a experiencias anteriores de adquisiciones de no fabricantes en donde el proveedor no pudo proporcionar el bien en tiempo y forma, y que pueden exponer severamente a asaltos y la seguridad del personal; por tanto, nos mantenemos en este requerimiento. Por lo expuesto el Banco no puede quedar sin el bien dado que representa un riesgo a la operatividad y seguridad del banco.
Nos ratificamos en los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, teniendo en cuenta la experiencia de la propia convocante en la adquisición de cajas de seguridad de proveedores no fabricantes en donde no se dio cumplimiento en la provisión del bien en tiempo y forma. Favor considerar que los bienes objetos de esta contratación deben contar con un reloj con claves de seguridad que gestionan los fabricantes por lo que la presente adquisición es de suma importancia e imprescindibles para la operativa del Banco; no contar con las mismas o sufrir contratiempos en su provisión representa un alto riesgo de seguridad para las Sucursales y Dependencias del Banco.
2
Capacidad Tecnica
CAPACIDAD TÉCNICA
En donde dice “El Oferente deberá contar con infraestructura para la fabricación de cajas de seguridad.
Requisito documental para evaluar la capacidad técnica
Declaración Jurada en donde se indique que cuenta con infraestructura para fabricación de cajas de seguridad”
Se solicita encarecidamente a la convocante dejar como opcional dicho requisito; o aceptar la presentación de declaración jurada de contar con la capacidad de suministro de los bienes en el tiempo requerido, para aquellos oferentes que se dediquen a la distribución de dichos bienes. Con esto se da oportunidad de mayor participación de oferentes en concordancia al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS –
CAPACIDAD TÉCNICA
En donde dice “El Oferente deberá contar con infraestructura para la fabricación de cajas de seguridad.
Requisito documental para evaluar la capacidad técnica
Declaración Jurada en donde se indique que cuenta con infraestructura para fabricación de cajas de seguridad”
Se solicita encarecidamente a la convocante dejar como opcional dicho requisito; o aceptar la presentación de declaración jurada de contar con la capacidad de suministro de los bienes en el tiempo requerido, para aquellos oferentes que se dediquen a la distribución de dichos bienes. Con esto se da oportunidad de mayor participación de oferentes en concordancia al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS –
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente informamos que:
El oferente deberá contar con infraestructura para la fabricación de cajas de seguridad, dado que las mismas se constituyen en bienes imprescindibles para la operativa del Banco, se debe considerar que en ellas se guardan dinero, títulos valores y pagares de los clientes y no contar con las mismas representa un alto riesgo de seguridad para las Sucursales y Dependencias, por tanto es necesario contar con las mismas en tiempo y forma atendiendo además que las mismas deben contar con un reloj con claves de seguridad que gestionan los fabricantes . Por tanto, la aceptación de un oferente que no sea fabricante puede traer consigo retrasos en la provisión que representan un alto riesgo de seguridad para el Banco, esto adicionado a experiencias anteriores de adquisiciones de no fabricantes en donde el proveedor no pudo proporcionar el bien en tiempo y forma, y que pueden exponer severamente a asaltos y la seguridad del personal; por tanto, nos mantenemos en este requerimiento. Por lo expuesto el Banco no puede quedar sin el bien dado que representa un riesgo a la operatividad y seguridad del banco.
Nos ratificamos en los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, teniendo en cuenta la experiencia de la propia convocante en la adquisición de cajas de seguridad de proveedores no fabricantes en donde no se dio cumplimiento en la provisión del bien en tiempo y forma. Favor considerar que los bienes objetos de esta contratación deben contar con un reloj con claves de seguridad que gestionan los fabricantes por lo que la presente adquisición es de suma importancia e imprescindibles para la operativa del Banco; no contar con las mismas o sufrir contratiempos en su provisión representa un alto riesgo de seguridad para las Sucursales y Dependencias del Banco.
3
Capacidad Tecnica
CAPACIDAD TÉCNICA
En donde dice “El Oferente deberá contar con infraestructura para la fabricación de cajas de seguridad.
Requisito documental para evaluar la capacidad técnica
Declaración Jurada en donde se indique que cuenta con infraestructura para fabricación de cajas de seguridad”
Se solicita encarecidamente a la convocante dejar como opcional dicho requisito; o aceptar la presentación de declaración jurada de contar con la capacidad de suministro de los bienes en el tiempo requerido, para aquellos oferentes que se dediquen a la distribución de dichos bienes. Con esto se da oportunidad de mayor participación de oferentes en concordancia al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS –
CAPACIDAD TÉCNICA
En donde dice “El Oferente deberá contar con infraestructura para la fabricación de cajas de seguridad.
Requisito documental para evaluar la capacidad técnica
Declaración Jurada en donde se indique que cuenta con infraestructura para fabricación de cajas de seguridad”
Se solicita encarecidamente a la convocante dejar como opcional dicho requisito; o aceptar la presentación de declaración jurada de contar con la capacidad de suministro de los bienes en el tiempo requerido, para aquellos oferentes que se dediquen a la distribución de dichos bienes. Con esto se da oportunidad de mayor participación de oferentes en concordancia al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS –
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente informamos que: El oferente deberá contar con infraestructura para la fabricación de cajas de seguridad, dado que las mismas se constituyen en bienes imprescindibles para la operativa del Banco, se debe considerar que en ellas se guardan dinero, títulos valores y pagares de los clientes y no contar con las mismas representa un alto riesgo de seguridad para las Sucursales y Dependencias, por tanto es necesario contar con las mismas en tiempo y forma atendiendo además que las mismas deben contar con un reloj con claves de seguridad que gestionan los fabricantes . Por tanto, la aceptación de un oferente que no sea fabricante puede traer consigo retrasos en la provisión que representan un alto riesgo de seguridad para el Banco, esto adicionado a experiencias anteriores de adquisiciones de no fabricantes en donde el proveedor no pudo proporcionar el bien en tiempo y forma, y que pueden exponer severamente a asaltos y la seguridad del personal; por tanto, nos mantenemos en este requerimiento. Por lo expuesto el Banco no puede quedar sin el bien dado que representa un riesgo a la operatividad y seguridad del banco.
Nos ratificamos en los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, teniendo en cuenta la experiencia de la propia convocante en la adquisición de cajas de seguridad de proveedores no fabricantes en donde no se dio cumplimiento en la provisión del bien en tiempo y forma. Favor considerar que los bienes objetos de esta contratación deben contar con un reloj con claves de seguridad que gestionan los fabricantes por lo que la presente adquisición es de suma importancia e imprescindibles para la operativa del Banco; no contar con las mismas o sufrir contratiempos en su provisión representa un alto riesgo de seguridad para las Sucursales y Dependencias del Banco.
4
Constancias de cumplimiento satisfactorias de clientes,
En el Pliego de Bases y Condiciones, sección Capacidad Técnica, menciona lo siguiente:
“Constancias de cumplimiento satisfactorias de clientes, 3 (tres) como mínimo, por la provisión de cajas de seguridad, formalizadas por medio de notas que contengan la debida identificación del emisor y que sean correspondientes a los últimos (3) años (2020, 2021 y 2022), expedidas por empresas privadas y/o públicas con quienes mantiene y/o mantuvo relaciones comerciales.
Requisito documental para evaluar la capacidad técnica
Copia de constancias de cumplimiento satisfactorias de clientes, 3 (tres) como mínimo, por la provisión de cajas de seguridad, formalizadas por medio de notas que contengan la debida identificación del emisor y que sean correspondientes a los últimos (3) años (2020, 2021 y 2022), expedidas por empresas privadas y/o públicas con quienes mantiene y/o mantuvo relaciones comerciales.”
Solicitamos amablemente aceptar constancias de cumplimiento satisfactorias por la provisión de cajas de seguridad, puertas de seguridad, puerta de bóveda o similares. Con el objeto de dar mayor oportunidad de participación a potenciales oferentes; en concordancia con el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS –
21-06-2023
19-07-2023
Constancias de cumplimiento satisfactorias de clientes,
En el Pliego de Bases y Condiciones, sección Capacidad Técnica, menciona lo siguiente:
“Constancias de cumplimiento satisfactorias de clientes, 3 (tres) como mínimo, por la provisión de cajas de seguridad, formalizadas por medio de notas que contengan la debida identificación del emisor y que sean correspondientes a los últimos (3) años (2020, 2021 y 2022), expedidas por empresas privadas y/o públicas con quienes mantiene y/o mantuvo relaciones comerciales.
Requisito documental para evaluar la capacidad técnica
Copia de constancias de cumplimiento satisfactorias de clientes, 3 (tres) como mínimo, por la provisión de cajas de seguridad, formalizadas por medio de notas que contengan la debida identificación del emisor y que sean correspondientes a los últimos (3) años (2020, 2021 y 2022), expedidas por empresas privadas y/o públicas con quienes mantiene y/o mantuvo relaciones comerciales.”
Solicitamos amablemente aceptar constancias de cumplimiento satisfactorias por la provisión de cajas de seguridad, puertas de seguridad, puerta de bóveda o similares. Con el objeto de dar mayor oportunidad de participación a potenciales oferentes; en concordancia con el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS –
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente informamos que: Se podrá aceptar provisión de cajas de seguridad y /o puerta de bóveda. Favor remitirse a la Adenda.
5
CAPACIDAD TÉCNICA
CAPACIDAD TÉCNICA
En donde dice “El Oferente deberá contar con infraestructura para la fabricación de cajas de seguridad.
Requisito documental para evaluar la capacidad técnica
Declaración Jurada en donde se indique que cuenta con infraestructura para fabricación de cajas de seguridad”
Se solicita encarecidamente a la convocante dejar como opcional dicho requisito; o aceptar la presentación de declaración jurada de contar con la capacidad de suministro de los bienes en el tiempo requerido, para aquellos oferentes que se dediquen a la distribución de dichos bienes. Con esto se da oportunidad de mayor participación de oferentes en concordancia al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS –
CAPACIDAD TÉCNICA
En donde dice “El Oferente deberá contar con infraestructura para la fabricación de cajas de seguridad.
Requisito documental para evaluar la capacidad técnica
Declaración Jurada en donde se indique que cuenta con infraestructura para fabricación de cajas de seguridad”
Se solicita encarecidamente a la convocante dejar como opcional dicho requisito; o aceptar la presentación de declaración jurada de contar con la capacidad de suministro de los bienes en el tiempo requerido, para aquellos oferentes que se dediquen a la distribución de dichos bienes. Con esto se da oportunidad de mayor participación de oferentes en concordancia al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS –
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente informamos que: El oferente deberá contar con infraestructura para la fabricación de cajas de seguridad, dado que las mismas se constituyen en bienes imprescindibles para la operativa del Banco, se debe considerar que en ellas se guardan dinero, títulos valores y pagares de los clientes y no contar con las mismas representa un alto riesgo de seguridad para las Sucursales y Dependencias, por tanto es necesario contar con las mismas en tiempo y forma atendiendo además que las mismas deben contar con un reloj con claves de seguridad que gestionan los fabricantes . Por tanto, la aceptación de un oferente que no sea fabricante puede traer consigo retrasos en la provisión que representan un alto riesgo de seguridad para el Banco, esto adicionado a experiencias anteriores de adquisiciones de no fabricantes en donde el proveedor no pudo proporcionar el bien en tiempo y forma, y que pueden exponer severamente a asaltos y la seguridad del personal; por tanto, nos mantenemos en este requerimiento. Por lo expuesto el Banco no puede quedar sin el bien dado que representa un riesgo a la operatividad y seguridad del banco.
Nos ratificamos en los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, teniendo en cuenta la experiencia de la propia convocante en la adquisición de cajas de seguridad de proveedores no fabricantes en donde no se dio cumplimiento en la provisión del bien en tiempo y forma. Favor considerar que los bienes objetos de esta contratación deben contar con un reloj con claves de seguridad que gestionan los fabricantes por lo que la presente adquisición es de suma importancia e imprescindibles para la operativa del Banco; no contar con las mismas o sufrir contratiempos en su provisión representa un alto riesgo de seguridad para las Sucursales y Dependencias del Banco.
6
Porcentaje de Multa
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección Condiciones Contractuales, Porcentaje de Multa, menciona lo siguiente:
“El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes, prestación de servicios será de: 0,50 % “
Considerando el porcentaje establecido como interés moratorio 0,10% por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante la reducción y ajuste del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0,10%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato, el principio de reciprocidad entre las partes. Lo solicitado se sustenta en el Art. 44 de la Constitución Nacional: “…No se exigirán fianzas excesivas ni se impondrán multas desmedidas”.
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección Condiciones Contractuales, Porcentaje de Multa, menciona lo siguiente:
“El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes, prestación de servicios será de: 0,50 % “
Considerando el porcentaje establecido como interés moratorio 0,10% por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante la reducción y ajuste del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0,10%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato, el principio de reciprocidad entre las partes. Lo solicitado se sustenta en el Art. 44 de la Constitución Nacional: “…No se exigirán fianzas excesivas ni se impondrán multas desmedidas”.
Conforme a lo expuesto por la Gerencia Departamental de Asesoría Jurídica informamos que:
La determinación de los porcentajes establecidos en los pliegos, son prerrogativa de la Convocante, y no tienen más límite que los establecidos por las normativas vigentes.
Las multas se establecen para una etapa posterior a la del concurso propiamente dicho, y sólo se prevén para un eventual incumplimiento de cualquiera de las partes, lo cual se constituiría además en causal de rescisión del contrato, modo anormal de finalización del mismo.
En cuanto al principio constitucional invocado y la supuesta falta de reciprocidad (entendemos, desproporción) en cuanto a las multas establecidas para el proveedor y la convocante, consideramos que los porcentajes establecidos, se ajustan a los utilizados normalmente para este tipo de Convocatorias, aclarando por último que al BNF en nada favorece la multa establecida para casos de atrasos en la entrega del servicio contratado.
7
EXPERIENCIA REQUERIDA
EXPERIENCIA REQUERIDA
En donde dice " El oferente deberá presentar constancia de RUC donde indique que su actividad principal es la fabricación de otros productos elaborados de metal. "
Solicitamos amablemente dejar como opcional dicho requisito, ya que limita la participación de oferentes que no sean fabricantes pero que se dediquen a la distribución y/o representación de los bienes requeridos; o cuya actividad principal sea diferente a lo solicitado, pero que cuentan con la experiencia en el rubro. Dicha consulta realizamos en concordancia al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -
EXPERIENCIA REQUERIDA
En donde dice " El oferente deberá presentar constancia de RUC donde indique que su actividad principal es la fabricación de otros productos elaborados de metal. "
Solicitamos amablemente dejar como opcional dicho requisito, ya que limita la participación de oferentes que no sean fabricantes pero que se dediquen a la distribución y/o representación de los bienes requeridos; o cuya actividad principal sea diferente a lo solicitado, pero que cuentan con la experiencia en el rubro. Dicha consulta realizamos en concordancia al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente informamos que: El oferente deberá presentar constancia de RUC donde indique que su actividad principal es la fabricación de otros productos elaborados de metal, dado que se requiere que sea fabricante es así que la aceptación de un oferente que no sea fabricante puede traer consigo retrasos en la provisión que representan un alto riesgo de seguridad para el Banco, y exponer a los funcionarios a asaltos e intervenciones por parte de los organismos de control externo.
Nos ratificamos en los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, teniendo en cuenta la experiencia de la propia convocante en la adquisición de cajas de seguridad de proveedores no fabricantes en donde no se dio cumplimiento en la provisión del bien en tiempo y forma. Favor considerar que los bienes objetos de esta contratación deben contar con un reloj con claves de seguridad que gestionan los fabricantes por lo que la presente adquisición es de suma importancia e imprescindibles para la operativa del Banco.
8
Experiencia requerida
Experiencia requerida
En donde dice "Demostrar la experiencia en la Provisión de cajas de seguridad, con contratos, facturas, y/o recepciones finales por un monto equivalente al 25% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los últimos 3 (tres) años (2020, 2021 y 2022)."
Se solicita encarecidamente a la convocante aclarar si nuestra interpretación es correcta; entendemos que no es necesaria la presentación de un contrato por cada año mencionado, dando como cumplido con el requisito con la presentación de al menos un contrato que sea equivalente como mínimo al 25% de los ofertado
Experiencia requerida
En donde dice "Demostrar la experiencia en la Provisión de cajas de seguridad, con contratos, facturas, y/o recepciones finales por un monto equivalente al 25% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los últimos 3 (tres) años (2020, 2021 y 2022)."
Se solicita encarecidamente a la convocante aclarar si nuestra interpretación es correcta; entendemos que no es necesaria la presentación de un contrato por cada año mencionado, dando como cumplido con el requisito con la presentación de al menos un contrato que sea equivalente como mínimo al 25% de los ofertado
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente informamos que: Es correcta la interpretación siempre y cuando el documento presentado se encuentre dentro de los años solicitados. Se podrán presentar la cantidad de contratos que consideren necesarios para acreditar el monto requerido.
9
Experiencia requerida
En donde dice " El oferente deberá presentar constancia de RUC donde indique que su actividad principal es la fabricación de otros productos elaborados de metal. " Solicitamos amablemente dejar como opcional dicho requisito, ya que limita la participación de oferentes que no sean fabricantes pero que se dediquen a la distribución y/o representación de los bienes requeridos; o cuya actividad principal sea diferente a lo solicitado, pero que cuentan con la experiencia en el rubro. Otro documento que se suele solicitar a modo de garantizar el correcto suministro es la cadena de AUTORIZACIÓN (Autorización del Fabricante a Distribuidor y Distribuidor a cliente) Dicha consulta realizamos en concordancia al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS –
En donde dice " El oferente deberá presentar constancia de RUC donde indique que su actividad principal es la fabricación de otros productos elaborados de metal. " Solicitamos amablemente dejar como opcional dicho requisito, ya que limita la participación de oferentes que no sean fabricantes pero que se dediquen a la distribución y/o representación de los bienes requeridos; o cuya actividad principal sea diferente a lo solicitado, pero que cuentan con la experiencia en el rubro. Otro documento que se suele solicitar a modo de garantizar el correcto suministro es la cadena de AUTORIZACIÓN (Autorización del Fabricante a Distribuidor y Distribuidor a cliente) Dicha consulta realizamos en concordancia al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS –
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente informamos que: El oferente deberá presentar constancia de RUC donde indique que su actividad principal es la fabricación de otros productos elaborados de metal, dado que se requiere que sea fabricante es así que la aceptación de un oferente que no sea fabricante puede traer consigo retrasos en la provisión que representan un alto riesgo de seguridad para el Banco, y exponer a los funcionarios a asaltos e intervenciones por parte de los organismos de control externo.
Nos ratificamos en los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, teniendo en cuenta la experiencia de la propia convocante en la adquisición de cajas de seguridad de proveedores no fabricantes en donde no se dio cumplimiento en la provisión del bien en tiempo y forma. Favor considerar que los bienes objetos de esta contratación deben contar con un reloj con claves de seguridad que gestionan los fabricantes por lo que la presente adquisición es de suma importancia e imprescindibles para la operativa del Banco.
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CAPACIDAD TÉCNICA
En donde dice “El Oferente deberá contar con infraestructura para la fabricación de cajas de seguridad. Requisito documental para evaluar la capacidad técnica Declaración Jurada en donde se indique que cuenta con infraestructura para fabricación de cajas de seguridad” Se solicita encarecidamente a la convocante dejar como opcional dicho requisito; o aceptar la presentación de declaración jurada de contar con la capacidad de suministro de los bienes en el tiempo requerido, para aquellos oferentes que se dediquen a la distribución de dichos bienes. Con esto se da oportunidad de mayor participación de oferentes en concordancia al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS-
En donde dice “El Oferente deberá contar con infraestructura para la fabricación de cajas de seguridad. Requisito documental para evaluar la capacidad técnica Declaración Jurada en donde se indique que cuenta con infraestructura para fabricación de cajas de seguridad” Se solicita encarecidamente a la convocante dejar como opcional dicho requisito; o aceptar la presentación de declaración jurada de contar con la capacidad de suministro de los bienes en el tiempo requerido, para aquellos oferentes que se dediquen a la distribución de dichos bienes. Con esto se da oportunidad de mayor participación de oferentes en concordancia al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS-
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente informamos que: El oferente deberá contar con infraestructura para la fabricación de cajas de seguridad, dado que las mismas se constituyen en bienes imprescindibles para la operativa del Banco, se debe considerar que en ellas se guardan dinero, títulos valores y pagares de los clientes y no contar con las mismas representa un alto riesgo de seguridad para las Sucursales y Dependencias, por tanto es necesario contar con las mismas en tiempo y forma atendiendo además que las mismas deben contar con un reloj con claves de seguridad que gestionan los fabricantes . Por tanto, la aceptación de un oferente que no sea fabricante puede traer consigo retrasos en la provisión que representan un alto riesgo de seguridad para el Banco, esto adicionado a experiencias anteriores de adquisiciones de no fabricantes en donde el proveedor no pudo proporcionar el bien en tiempo y forma, y que pueden exponer severamente a asaltos y la seguridad del personal; por tanto, nos mantenemos en este requerimiento. Por lo expuesto el Banco no puede quedar sin el bien dado que representa un riesgo a la operatividad y seguridad del banco. Nos ratificamos en los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, teniendo en cuenta la experiencia de la propia convocante en la adquisición de cajas de seguridad de proveedores no fabricantes en donde no se dio cumplimiento en la provisión del bien en tiempo y forma. Favor considerar que los bienes objetos de esta contratación deben contar con un reloj con claves de seguridad que gestionan los fabricantes por lo que la presente adquisición es de suma importancia e imprescindibles para la operativa del Banco; no contar con las mismas o sufrir contratiempos en su provisión representa un alto riesgo de seguridad para las Sucursales y Dependencias del Banco.