El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Lic. Angelica Rocio Segovia, Directora General, Dirección General de Auditoria Interna.
Con el objetivo de transparentar la gestión institucional y rendir cuentas a la ciudadanía en la brevedad posible de los proyectos ejecutados en el Ejercicio 2022, se requiere de la revisión especial de los principales programas administrados por el ministerio, debido al tamaño del mismo y la cantidad de procesos que contienen la ejecución de los mismos en atención a dicha volumen de proyectos no es posible abarcar toda la revisión por parte de la Auditoría Interna, por lo que se requiere de dicha revisión independiente a efectos de dar una cobertura más amplia a los procesos de control de la gestión.
El mismo responde a una necesidad temporal.
Las especificaciones están establecidas en base a los conocimientos y experiencias de los funcionarios profesionales de la Auditoría Interna, con el asesoramiento de las empresas.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ESPECIFICACIONE TÉCNICAS
Ítem |
Código de catalogo |
Descripción del Bien |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Presentación |
1 |
93151607-001
|
Servicio de Auditoría Externa de Gestión Institucional
|
Unidad |
1 |
evento |
SERVICIO DE AUDITORIA EXTERNA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
ORGANISMO EJECUTOR: MINISTERIO DE URBANISMO, VIVIENDA Y HÁBITAT
El servicio solicitado es a los efectos de realizar una Auditoria Externa de Gestión Institucional de la ejecución de los programas vigentes en el MUVH.
El período a ser auditado comprende desde Enero a Diciembre del Ejercicio 2022.
Por Ley Nº 6152 de 22/08/2018 se crea el Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat (MUVH), y establece su carta orgánica. El congreso de la Nación Paraguaya sanciona con fuerza de Ley, en el Art. 1º - Objeto de la Ley establece; La presente Ley crea el Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat, en adelante el Ministerio, identificado con las siglas (MUVH), en sustitución de la Secretaría Nacional de la Vivienda y el Hábitat (SENAVITAT), tiene por objeto establecer su carta orgánica y funciones, así como los órganos que lo conforman. El Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat (MUVH) tendrá una adecuada asignación presupuestaria en la Ley de Presupuesto General de la Nación.
Diseñar, elaborar, gestionar, implementar y supervisar la Política Nacional de Urbanismo, Vivienda y Hábitat (PN-UVH), en adhesión a los deberes, derechos y garantías contenidos en la Constitución Nacional en el Título II, Capítulo VIII, Sección I, Artículo 100 y Leyes concordantes, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los habitantes de la República, atendiendo el sector habitacional y su correspondiente infraestructura de servicios básicos, ambientales, viales y de transporte, con énfasis especial en las acciones que permitan el acceso universal a la vivienda digna a través de programas, proyectos y planes que favorezcan especialmente a las familias de escasos recursos y en situación de vulnerabilidad, en el marco de las políticas socio económicas del gobierno nacional, con el fin de disminuir el déficit habitacional.
El trabajo de auditoría deberá ser adecuadamente planificado a fin de asegurar la realización de un trabajo de alta calidad y credibilidad, basado conforme a lo establecido en este término de referencia y en el conocimiento tanto de la actividad que desarrolla la institución a examinar, como de las disposiciones legales que le afecten.
Para tal efecto, deberá preparar programas específicos que incluyan objetivos, alcance, procedimientos detallados y oportunidad de su aplicación; así como el personal encargado de su desarrollo.
Los juicios y conclusiones que se emitan sobre el funcionamiento de la institución y sus resultados, deberán estar razonablemente sustentados en evidencias suficientes, relevantes y competentes de control y procedimientos sustantivos.
Cualquier situación que afecte o dificulte el proceso de auditoría, así como aquellos asuntos que podrían llevar al equipo de auditores a emitir una opinión calificada deberán ser oportunamente informados a las autoridades de la institución.
A fin de reducir el riesgo de auditoría, el equipo de auditores tendrá derecho al acceso ilimitado de la información y explicaciones consideradas necesarias de los funcionarios del MINISTERIO para facilitar la gestión de auditoría, incluyendo documentos legales, rendiciones de cuentas presentadas, notas y actos administrativos, ejecución presupuestaria, movimientos de cuenta bancaria, datos técnicos de los programas y cualquier información adicional que se requiera para cumplir con los objetivos y alcance de la auditoría.
Obtener una opinión profesional del equipo de auditores independientes, en base a pruebas, y evidencias de auditoría, realizadas de conformidad con Normas Internacionales de Auditoría, o Normas Nacionales que sean compatibles con dichas Normas Internacionales de Auditoría sobre:
A título ilustrativo, y sin perjuicio de que se identifiquen actividades adicionales durante el desarrollo de la consultoría, se indican a continuación algunas de las principales actividades a realizar:
El o la empresa auditora deberá seguir los siguientes principios:
La Convocante proporcionará los siguientes insumos e instalaciones:
PRODUCTOS |
PLAZO DE ENTREGA |
FORMA DE PAGO |
1. PLAN DE TRABAJO Y CRONOGRAMA acorde al relevamiento de datos. |
5 (cinco) días corridos, posteriores a la emisión de la Orden de Servicio |
No aplica |
2. PRIMER INFORME PRELIMINAR |
Luego de 25 (veinticinco) días corridos luego de la entrega del PTA y Cronograma. Conforme al Plan de Trabajo y Cronograma.
|
Una vez verificado el informe y el mismo sea satisfactorio se emitirá Acta de conformidad satisfactoria del Primer Informe Preliminar con el cual podrá acceder al pago del 30% del monto total del contrato. |
3. SEGUNDO INFORME PRELIMINAR |
Luego de 25 (veinticinco) días corridos luego de la entrega del primer informe preliminar. Conforme al Plan de Trabajo y Cronograma.
|
Una vez verificado el informe y el mismo sea satisfactorio se emitirá Acta de conformidad satisfactoria del Segundo Informe Preliminar con el cual podrá acceder al pago del 30% del monto total del contrato. |
4. INFORME FINAL |
Luego de 25 (veinticinco) días corridos luego de la entrega del segundo informe preliminar. Conforme al Plan de Trabajo y Cronograma.
|
Una vez verificado el informe y el mismo sea satisfactorio se emitirá Acta de conformidad satisfactoria del Informe Final con el cual podrá acceder al pago del 40% del monto total del contrato. |
CRONOGRAMA DE ENTREGAS | |||||||||||||||||||||||||||||||
DIAS | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | |
Actividad | |||||||||||||||||||||||||||||||
Cronograma | (*) | X | |||||||||||||||||||||||||||||
1er Informe Preliminar | X | ||||||||||||||||||||||||||||||
DIAS | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 | 49 | 50 | 51 | 52 | 53 | 54 | 55 | 56 | 57 | 58 | 59 | 60 | |
Actividad | |||||||||||||||||||||||||||||||
2do Informe Preliminar | X | ||||||||||||||||||||||||||||||
DIAS | 61 | 62 | 63 | 64 | 65 | 66 | 67 | 68 | 69 | 70 | 71 | 72 | 73 | 74 | 75 | 76 | 77 | 78 | 79 | 80 | 81 | 82 | 83 | 84 | 85 | 86 | 87 | 88 | 89 | 90 | |
Actividad | |||||||||||||||||||||||||||||||
Informe Final | X | ||||||||||||||||||||||||||||||
(*) EL DIA 1 SE CONTABILIZA DESDE LA FECHA DE RECEPCION DE LA ORDEN DE TRABAJOS. | |||||||||||||||||||||||||||||||
X= PLAZO LIMITE DE ENTREGA |
CONDICIONES DE PAGO Y APROBACION DE PRODUCTOS.
El equipo de auditores deberá disponer de la cantidad de profesionales que precise para la eficiente y exitosa realización y culminación del trabajo requerido en el plazo estipulado.
Dicha información deberá estar detallada en la Metodología del Trabajo propuesta.
Los profesionales requeridos deberán tener amplio conocimiento y experiencia en la aplicación de la Ley 1535/99 De Administración Financiera del Estado y su Decreto Reglamentario Nº 8127/00, Ley General de Presupuesto Nº 6026/18 y Decreto Reglamentario 8452/18, Ley N° 2.051/03 y sus reglamentaciones y demás disposiciones legales que regulan los procedimientos administrativos y financieros de las entidades del sector público.
Asimismo, serán evaluados en la oferta propuesta por la empresa, conforme a los criterios establecidos no deberán mantener vínculos de hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, y ningún relacionamiento comercial, con los responsables de las administraciones que tuvieron a su cargo el ejercicio fiscal a ser auditado a fin de evitar conflicto de intereses.
Por consiguiente, la empresa no podrá sustituir dichos profesionales para el inicio y ejecución de los trabajos. Salvo casos de fuerza mayor como ser por razones de muerte, incapacidad médica u otras razones fundamentadas y documentadas que imposibilite que el profesional pueda trabajar.
En tal sentido, la empresa deberá presentar un suplente el cual deberá tener calificaciones y experiencia equivalentes o mejores que el candidato original y ser presentado al mismo tiempo que notifica la indisponibilidad del profesional saliente.
Si éste no fuera el caso, y si se determinara que en la propuesta se ofrecieron los servicios del personal profesional sin confirmar su disponibilidad, la empresa será pasible de rescisión de contrato por incumplimiento del mismo.
MULTAS.
Si el contratista auditor no cumple con la entrega de la totalidad o parte de los servicios requeridos, en las fechas establecidas, sin perjuicio de los demás recursos que la contratante tenga en virtud del contrato, éste podrá deducir del precio del contrato, por concepto de multas, una suma equivalente al 0,3% del valor total en demora por cada día de atraso, a partir del primer día de atraso
CONFIDENCIALIDAD
El oferente adjudicado se compromete a mantener en absoluta confidencialidad los datos e informaciones que maneja como consecuencia de los servicios de auditoría objeto del presente llamado, obligándose a no revelar informaciones reservadas o críticas a personal no autorizado.
CRITERIOS DE CALIFICACIÓN
El criterio a ser aplicado para este apartado es la de CUMPLE/NO CUMPLE, en este sentido el oferente deberá demostrar que cuenta con los profesionales solicitados por la convocante.
Gerente / Supervisor |
1 (uno) |
Coordinador / Jefe de equipo |
1 (uno) |
Auditores Principales |
4 (cuatro) |
Cargo / Profesional |
Debe presentar Documentación |
CUMPLE/NO CUMPLE |
Gerente/Supervisor
|
- Título Universitario en Administración de Empresas, Contabilidad o Derecho. - Demostrar experiencia profesional en servicio de auditoría de 5 (cinco) o más entidades (públicas y/o privadas) en los últimos 5 (cinco) años. El mismo será comprobado a través de las siguientes documentaciones: - Certificado de trabajo y/o certificado de desempeño que demuestre haber participado en trabajos de dirección y/o coordinación y/o supervisión de similar característica al objeto del llamado. |
|
Coordinador/Jefe de Equipo |
- Título Universitario en Administración de Empresas, Contabilidad o Derecho. - Demostrar experiencia profesional en servicio de auditoría financiera o de gestión de 5 (cinco) o más entidades (públicas y/o privadas) en los últimos 5 (cinco) años. El mismo será comprobado a través de las siguientes documentaciones: - Certificado de trabajo y/o certificado de desempeño que demuestre haber participado en trabajos de dirección y/o coordinación y/o supervisión de similar característica al objeto del llamado. |
|
Auditor Principal 1 |
- Título Universitario en Administración de Empresas, Contabilidad o Derecho. - Demostrar experiencia profesional en servicio de auditoría financiera hasta en 3 (tres) entidades en los últimos 3 (tres) años. El mismo será comprobado a través de las siguientes documentaciones: - Certificado de trabajo y/o certificado de desempeño que demuestre haber participado en trabajos de similar característica al objeto del llamado. |
|
Auditor Principal 2 |
- Título Universitario en Administración de Empresas, Contabilidad o Derecho. - Demostrar experiencia profesional en servicio de auditoría financiera o gestión hasta en 3 (tres) entidades en los últimos 3 (tres) años. El mismo será comprobado a través de las siguientes documentaciones: - Certificado de trabajo y/o certificado de desempeño que demuestre haber participado en trabajos de similar característica al objeto del llamado. |
|
Auditor Principal 3 |
- Título Universitario en Administración de Empresas, Contabilidad o Derecho. - Demostrar experiencia profesional en servicio de auditoría en 3 (tres) entidades en los últimos 3 (tres) años. El mismo será comprobado a través de las siguientes documentaciones: - Certificado de trabajo y/o certificado de desempeño que demuestre haber participado en trabajos de similar característica al objeto del llamado. |
|
Auditor Principal 4 |
- Estudiante Universitario o Título Universitario en Administración de Empresas, Contabilidad o Derecho. - Demostrar experiencia profesional en servicio de auditoría en 3 (tres) entidades en los últimos 2 (dos) años. El mismo será comprobado a través de las siguientes documentaciones: - Certificado de trabajo y/o certificado de desempeño que demuestre haber participado en trabajos de similar característica al objeto del llamado. |
|
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
NO APLICA
Item |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
Servicio de Auditoría Externa de Gestión Institucional |
1 |
Unidad |
Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat Independencia Nacional N° 909 equina Manuel Domínguez |
90 días corridos (3 meses), posteriores a la emisión de la Orden de Servicio |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Orden de Servicio, Acta de Conformidad y/o Informe Final |
Orden de Servicio, Acta de Conformidad y/o Informe Final |
De acuerdo al Plan de entrega |
Observación: La orden de compra podrá ser remitida al proveedor vía e-mail y/o entregado al adjudicado de forma física. La misma deberá tener el acuse de recibo correspondiente en cada caso. Se recuerda la obligatoriedad del proveedor de verificar el correo consignado con la oferta.
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
|
|
|
|
|
|
|
2. Documentos. Consorcios |
|
|
|
|