El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Ítem |
Código |
Descripción |
Unidad de medida de los Servicios |
Cantidad |
1 |
82131503-001 |
SERVICIO de GESTION, ARCHIVO, ALMACENAMIENTO y CUSTODIA EN BOVEDA ESPECIAL de DOCUMENTACION de la PRESIDENCIA de la REPÚBLICA - Libros del Registro Oficial - a correspondiente a 200 cajas con aproximadamente 5 libros en cadauna de ellas. |
Mes |
22 |
Gestión de Archivo, Almacenamiento y Custodia de las documentaciones de la Presidencia de la República.
Se prestarán estos servicios adaptándolos a los requisitos y necesidades específicas de la Convocante, con el objeto de preservación, resguardo y facilidad de acceso a los archivos institucionales.
La empresa nombrará una persona responsable de la cuenta del Gabinete Civil de la Presidencia de la República quién deberá estar disponible las 24 hs. Durante los siete (7) días de la semana.
Gestión de Archivo, Almacenamiento y Custodia de las documentaciones de la Presidencia de la Republica.
Se prestarán estos servicios adaptándolos a los requisitos y necesidades específicas de la Convocante, con el objeto de preservación, resguardo y facilidad de acceso a los archivos institucionales.
Para el cumplimiento del objeto del presente llamado, será necesario cumplir con los siguientes requerimientos:
El servicio requerido será aplicado a documentaciones a ser entregadas por la Presidencia de la República.
El servicio incluye Gestión de Archivo, Almacenamiento y Custodia de documentaciones de la Presidencia de la República
La convocante deberá aprobar la propuesta de las instalaciones, realizada por la oferente, en donde se almacenarán los documentos entregados por la Presidencia de la Repblica.
Esta etapa está referida a todas las actividades de supervisión de la instalación y equipamiento del local certificando que:
Servicio de suministro y carga de Cajas para el Archivo y Almacenaje de los Documentos físicos, que deberán ser de un diseño exclusivo para la guarda de este tipo de documentación histórica.
Los documentos a ser archivados deberán ser etiquetado y embalados para su almacenamiento en cajas con un diseño exclusivo y deberán ser depositadas, durante la vigencia del contrato, en espacios adecuados para el almacenamiento de documentos deberá contar con los requerimientos mínimos de seguridad como ser:
Cuando la convocante solicite se deberá remitir un inventario (BACKUP), como medio de consultas de la base de datos general, en un soporte magnético.
El servicio deberá incluir:
El OFERENTE deberá presentar con la propuesta COPIAS (certificadas por Escribano Público) de SEGUROS VIGENTES, sobre los siguientes riesgos:
El Oferente deberá presentar en su Oferta Certificaciones Internacionales vigentes de Sistemas de Gestión de Calidad (ISO 9001:2015) y de Seguridad de la Información (ISO/IEC 27001:2013), por las actividades de Guarda y custodia de documentos, digitalización como mínimo
Es la actividad por la cual el/la responsable del Departamento de Registro Oficial dependiente de la Dirección de Decretos y Leyes de la Presidencia de la República hace entrega de los documentos para su procesamiento de acuerdo al cronograma de entregas que deberá de elaborarse al inicio del servicio con el proveedor que ejecute el servicio.
Esta actividad deberá ser controlada mediante el uso de formatos de entrega y devoluciones de documentos, los mismos que deberán ser manejados en duplicado llevando el archivo el/la responsable del Departamento de Registro Oficial dependiente de la Dirección de Decretos y Leyes de la Presidencia de la Repúblic como el proveedor una copia para su control.
Durante la vigencia del contrato, la empresa adjudicada asumirá los costos inherentes a la guarda y archivo de los libros procesados,
La empresa adjudicada asumirá el costo ocasionado por el almacenamiento y guarda de los libros en una empresa especializada en Gestión de Archivos.
A la culminación de la vigencia del contrato, la prestadora del servicio deberá devolver los documentos en la misma cantidad en contenedores archivísticos para su conservación.
El Oferente deberá presentar con su oferta un Plan de Trabajo incluyendo todos los puntos mencionados en los Objetivos y Alcance, aportando a su vez mejoras.
El plan de trabajo debe reflejar la propuesta de servicio ofertada incluyendo además recursos humanos y hardware que serán utilizados en plazos bien definidos y vinculados a la productividad por medio de un Cronograma o calendarización de actividades que garantice el cumplimiento en tiempo y forma de los productos esperados.
Todos los informes deberán presentarse en formato impreso y electrónico de forma mensual. Estos deberán cumplir con la periodicidad establecida en el plan de trabajo para cada caso, y con la información requerida por el Administrador del contrato. Además, se solicitarán algunos informes de avances complementarios para situaciones puntuales que ameriten.
El oferente deberá proteger la información obtenida durante el desarrollo del trabajo de la misma manera en que protege su propia información confidencial, haciéndose responsable por cualquier daño/perjuicio que se pudiera ocasionar por el uso indebido de la información accedida.
El oferente consignará un Acuerdo de Confidencialidad que obligará, entre otras cosas:
Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado.
Dra. Paola Vargas
Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.
El Gabinete Civil de la Presidencia de la República es la Institución encargada del manejo, administrativo, financiero, legal y logístico del Ejecutivo, atendiendo a la necesidad de la preservación y resguardo de los acervos, documentos y legajos administrados por la Presidencia de la República
Justificar la planificación
Este servicio corresponde a una planificación sucesiva, ya que el mismo requiere una actualización permanente.
Justificar las especificaciones técnicas establecidas.
Las especificaciones técnicas establecidas en el presente llamado se elaboran Para lograr la máxima calidad de preservación y calidad en el resguardo de documentos en los servicios solicitados por el Gabinete Civil de la Presidencia de la República.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
NO APLICA
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
Será presentados 1 (uno) Nota de Informe de cumplimiento
Frecuencia: Mensual.
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 |
Abril 23 |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 |
Mayo 23 |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 |
Junio 23 |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 |
Julio 23 |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 |
Agosto 23 |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 |
Setiembre 23 |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 |
Octubre 23 |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 |
Noviembre 23 |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 |
Diciembre 23 |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 |
Enero 24 |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 |
Febrero 24 |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 | Marzo 24 |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 | Abril 24 |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 | Mayo 24 |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 | Junio 24 |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 | Julio 24 |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 | Agosto 24 |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 | Setiembre 24 |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 | Octubre 24 |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 |
Noviembre 24 |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 |
Diciembre 24 |
Informe de Cumplimiento 1 | Informe de Cumplimiento 1 |
Enero 25 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
|
|
|
|
|
|
|
2. Documentos. Consorcios |
|
|
|
|