Condición de Participación

Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".

Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:

Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.

Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y

Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.

Requisitos de Calificación

Calificación Legal

Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.   

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas que incluye la declaratoria debidamente firmada.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso a) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, aparecen en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Miembros, de conformidad a estándar debidamente firmado en su oferta y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP a fin de detectar si directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.

            El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.

  1. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) para los fines pertinentes.

Análisis de precios ofertados

Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:

1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS

A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de la etapa competitiva.

La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.

El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.

Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.

    1. Consorcios:

a.1. Provisión de Bienes

El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.

a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).

Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.

Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.

Margen de Preferencia Local - CPS

Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.

En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.

Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.

 

Requisitos documentales para la evaluación de las condiciones de participación

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

1.Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.]

2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*)

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución.

3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**)

4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)
5. Declaración Jurada de Declaración de Miembros,  de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios  (**)
6. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
7. Patente Comercial del muncipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**)

8. Documentos legales

8.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas.

  • Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*)
  • Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes RUC. (*)
  • En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el Poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

8.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas.

  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  • Constancia de Inscripción en el Registro Único de Contribuyentes RUC y fotocopia simple de los Documentos de Identidad de los representantes o apoderados de la Sociedad.
  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)
  • Copias simples de las Constancias del Registro de Personas y Estructuras Jurídicas, y las Constancias del Registro de Beneficiarios Finales, dispuestas por la Ley N° 6446/2019, Decreto Reglamentario N° 3241 del 10/01/2020 y la Resolución N° 202/2020 del 17/09/2020 de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes SEPRELAD

8.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes individuales especificados en el apartado Oferentes Individuales.Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
  • Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  • Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. 
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al Consorcio, cuando se haya formalizado el Consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
  • Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  • Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.
  • Copias simples de las Constancias del Registro de Personas y Estructuras Jurídicas, y las Constancias del Registro de Beneficiarios Finales, dispuestas por la Ley N° 6446/2019, Decreto Reglamentario N° 3241 del 10/01/2020 y la Resolución N° 202/2020 del 17/09/2020 de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes SEPRELAD.

Observación: El Margen de Preferencia Local - NO APLICA considerando que el Banco Nacional de Fomento tiene su domicilio en la ciudad de Asunción, capital de la República del Paraguay, la cual no pertenece a ningún Departamento según el Art. 157 de la Constitución Nacional, por ende el presupuesto o la condición prevista en el Art. 64 del Decreto, en los llamados que realice el Banco Nacional de Fomento no se presenta en ningún caso. Para tal efecto mencionamos las Resoluciones DNCP 306/2021 y 511/2021, para lo que hubiera lugar

Para los oferentes consorciados:

  1. CAPACIDAD FINANCIERA

Los índices financieros deberán ser cumplidos el 100% por cada uno de los integrantes.

  1. EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA

Todas las partes combinadas deberán cumplir con el 100% de los requisitos solicitados.

  1. CALIFICACIÓN LEGAL

El socio líder y cada socio deberá cumplir con el 100% de lo exigido

 

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

a. Para contribuyente de IRACIS/IRE RG
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2019, 2020 y 2021)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los años (2019, 2020 y 2021)
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital
El promedio de los años (2019, 2020 y 2021) no deberá ser negativo
b. Para contribuyente de IRPC/IRE SIMPLE o IRACIS/IRE SIMPLE
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2019, 2020 y 2021)
c. Para contribuyente de IRP/IRP RSP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2019, 2020 y 2021)
d. Para contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2019, 2020 y 2021)
Los oferentes al efecto de lo anteriormente señalado, deberán presentar los documentos que se indican en los requisitos
documentales.
Observación: Si en alguno de los tres años, o los tres años presentados por la Empresa, su pasivo es igual a 0, se considerará el Ratio de Liquidez igual a 1 y se dará por cumplido el Ratio de Endeudamiento.
Esta salvedad en el PBC hace posible calcular el promedio del índice de liquidez de los 3 (tres) ejercicios analizados, debido a que se otorga un valor que puede ser promediado.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

a. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente al inicio de la etapa competitiva.

b. Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los tres años (2019, 2020 y 2021) para contribuyente de IRACIS/IRE RG.
c. IVA General de 36 (treinta y seis) meses (2019, 2020 y 2021), para contribuyentes sólo del IVA General.
d. Formulario 106 IRPC, Formulario 501 IRE Simple de los 3 (tres) años (2019, 2020 y 2021) para contribuyentes del IRPC/IRE SIMPLE o IRACIS/IRE SIMPLE.
e. Formulario 104 IRP, Formulario 515 IRP-RSP de los 3 (tres) años (2019, 2020 y 2021) para contribuyentes de IRP/IRP-RSP.

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

Demostrar la experiencia en la provisión del servicio de seguro médico sanatorial, con contratos, facturas, y/o recepciones finales por un monto equivalente del 25% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los últimos 2 (dos) años (2021-2022).

 

Requisitos documentales para evaluar el criterio de experiencia requerida

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

  1. Constancia de RUC emitida por la SET.
  1. Patente comercial vigente al inicio de la etapa competitiva, del municipio donde esté asentado el establecimiento principal del oferente.
  1. Copia de contratos, facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida.

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

Haber provisto de manera satisfactoria el servicio de seguro médico sanatorial en los últimos dos años (2021, 2022).

De conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios, debidamente habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país.

Área Capital

Cantidad: La oferta presentada para el Área Capital debe estar constituida por un mínimo de 10 (diez) sanatorios, de los cuales 8 (ocho) con capacidad resolutiva de nivel 1 y 2 de atención; para atender los problemas de salud de baja y mediana complejidad de las especialidades médicas clínicas y quirúrgicas y 2 (dos) con capacidad resolutiva de nivel 3 de atención, para atender los problemas de salud de alta complejidad; 1 (uno) de los Sanatorios deberá contar con Servicio de Resonancia, propios y/o tercerizados, 24 horas con Certificación de Equipo de Funcionamiento. 

 

Capacidad Resolutiva de Baja y Mediana Complejidad: La atención de salud de baja y mediana complejidad se brindará en clínicas y sanatorios de nivel 1 y 2 de atención con capacidad instalada para prestar los siguientes servicios:

  • Atención de urgencia durante las 24 horas
  • Consultas ambulatorias y de ingresos hospitalarios en las especialidades médicas clínicas y quirúrgicas para adultos y pediátricos.
  • Servicio de recuperación en sala de urgencia
  • Centros de Especialidades Traumatológicas: para consultas, estudios, tratamientos y urgencias habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Propios y tercerizados. El Centro de Especialidades Traumatológicas deberá contar con quirófanos, arco en C, servicios de internación, Unidades de estudio de diagnóstico de imágenes para las atenciones de urgencias y servicios de traslado en caso de necesitar a unidades de terapia intensiva según indicación médica.
  • Centros de Especialidades Pediátricas para consultas, urgencias e internaciones habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Propios y tercerizados.
  • Servicio de diagnóstico propio o tercerizados de análisis clínicos, anatomía patológica y de imágenes radiográficas, ecográficos, tomografía, resonancia magnética, electrocardiograma y electroencefalograma.
  • Centros de Cirugía láser excimer para tratamiento oftalmológico y dermatológico con certificación de equipo en funcionamiento propio o tercerizados
  • Unidades de fisioterapia, quinesioterapia, hidroterapia propia o tercerizados.
  • Consultorio de Psicología Clínica y de Psicopedagogía.
  • Centro de vacunación (propio y tercerizados).
  • Los centros asistenciales se comprometen a habilitar espacios para cubrir las necesidades asistenciales en casos de epidemias, declaradas o no.
  • Servicio de Oncología con campana de flujo laminar. Con certificación de equipo en funcionamiento.

Observación: Los servicios de nivel 1 y 2 de atención deben contar con un sistema de referencia de pacientes para los casos en que el médico indica una atención de nivel 3, por la alta complejidad de la enfermedad del beneficiario.

 

Centros y/o Sanatorios Pediátricos: Además del servicio de urgencia en pediatría de los centros habilitados, la aseguradora deberá incluir en su oferta como mínimo 2 (dos) Centros con infraestructura propia y/o tercerizada Especializados exclusivamente en Pediatría para URGENCIAS E INTERNACIÓN

 

Capacidad Resolutiva de Alta Complejidad: La atención de salud de alta complejidad se brindará en sanatorios de nivel 3 de atención con capacidad instalada para prestar, entre otros, los siguientes servicios:

  • Atención de urgencia y emergencia durante las 24 horas.
  • Internación en unidades de terapia intensiva con 15 (quince) unidades para adulto.
  • Internación en unidades de terapia intensiva con 12 (doce) unidades para niños y neonatos.
  • Internación en unidad de aislamiento de pacientes con enfermedad infecto contagiosa, para adultos y pediátricos.
  • Servicios propios y tercerizados de diagnósticos generales y especializados de laboratorio de análisis clínicos, de anatomía patológica y de imágenes que incluye radiografía, ecografía, tomografía, resonancia magnética, eco cardiografía y servicios de hemodinámica con certificación de equipo en funcionamiento.
  • Centros de cirugías de alta complejidad cardiacas, neurológicas, vascular periférica y hemodinámica intervencionista y cirugías oncológicas.
  • Centros de cirugía Eximer Laser
  • Servicio de recuperación en sala de urgencia.

 

Observación: Los sanatorios de alta complejidad, deben también tener la capacidad instalada para brindar servicios de nivel 1 y 2 de atención a los beneficiarios a su libre elección.

 

Área Gran Asunción e Interior

Cantidad: La Prestadora de Servicios garantiza como mínimo los siguientes centros:

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez) centros ubicados en: Asunción, Luque, San Lorenzo, Fernando de la Mora, Mariano Roque Alonso y Limpio.

Interior: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé: 1 (uno); Coronel Oviedo: 4 (cuatro); Villarrica: 1 (uno); Caazapá: 1 (uno); Caaguazú: 1 (uno); Ciudad del Este: 2 (dos); Concepción: 2 (dos); Pedro Juan Caballero: 1 (uno); Santa Rita: 1 (uno); Encarnación: 2 (dos); San Ignacio Misiones: 2 (dos); Carapeguá: por lo menos 1 (uno); Hohenau: 1 (uno); Pilar: 1 (uno); San Pedro del Ycuamandiyu 1 (uno); San Estanislao 1 (uno).

En caso de no contar con todos los prestadores en las ciudades requeridas, se considerará las ciudades cabeceras de Departamentos.

 

Los Centros deberán reunir los siguientes requisitos como mínimo:

  • Servicios de URGENCIAS y de EMERGENCIAS 24 horas. En caso de producirse un evento que requiera prestación de terapia intensiva y de no contarse con el Centro Especializado, la Prestadora de Servicios se hará cargo del traslado del paciente hasta la Unidad de Terapia Intensiva más próxima.
  • Los centros asistenciales se comprometen a habilitar espacios para cubrir las necesidades asistenciales en casos de epidemias y/o pandemias declaradas o no.

 

Unidad de terapia intensiva para adultos y niños (opcional).

  • Unidades de Estudios de diagnóstico laboratorial y de imágenes (propios y tercerizados).
  • Unidades de fisioterapia y kinesioterapia (opcional).
  • Certificación del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o la Superintendencia de Salud como Centro de Internaciones de Servicios Médicos, convencionales y de alta complejidad (cuando corresponda).

 

Laboratorios de Análisis.

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez), de los cuales, por lo menos uno de los Laboratorios cuente con capacidad de realizar estudios de ADN y otros.

Interior del País: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé

Santa Rita

Coronel Oviedo

San Estanislao

Villarrica

Encarnación

Caazapá

San Ignacio Misiones

Caaguazú

Carapeguá

Ciudad del Este

Hohenau

Concepción

Pilar

Pedro Juan Caballero

San Pedro del Ycuamandiyu

 

CENTROS DE MEDICINA POR IMÁGENES

Asunción: Mínimo 5 (cinco). Por lo menos uno de los Centros deberá contar con equipos móviles para realizar estudios de ELECTROENCEFALOGRAFÍA en cualquier sala de Terapia Intensiva, así como la realización de estudios tales como: Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 16 CANALES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear CAMPO ABIERTO Y/O CERRADO.

Interior del País: Como mínimo en las localidades de: Encarnación y Ciudad del Este.

 

SERVICIOS DE AMBULANCIAS

Se exigirá como mínimo 1 (un) prestador de servicio de ambulancia que deberá contar con un mínimo de 7 (siete) móviles, 2 (dos) de los cuales estarán equipados con UTI, para traslado de pacientes desde y hasta cualquier punto del país que cuente con la Certificación Sanitaria de Habilitación y/o Registro, otorgada por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

 

CENTROS DE FISIOTERAPIA, KINESIOTERAPIA E HIDROTERAPIA

Se exigirá como mínimo (dos) 2 prestadores de servicios, a libre elección de los asegurados.

 

NOTA IMPORTANTE: Con la oferta se deberá presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados en Asunción, Gran Asunción e Interior del País. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

 

  • CAPACIDAD EN MATERIA DE PERSONAL ADMINISTRATIVO

a.   Requisitos Mínimos

Demostrar a través de una Declaración Jurada que cuenta con personal debidamente calificado para coordinar los servicios, como mínimo 70 (setenta) personales.

 

b.  Información requerida

Completar el formulario NÓMINA DE PROFESIONALES MÉDICOS.

 

OBSERVACIÓN: Esta información será meramente informativa y no regirá como criterio de calificación.

 

  • CAPACIDAD EN MATERIA DE PROFESIONALES DE LA SALUD HABILITADOS POR LA PRESTADORA EN LAS SIGUIENTES ESPECIALIDADES:

a.   Requisitos Mínimos

Se exige que el Oferente cuente en Asunción como mínimo con la cantidad de profesionales por especialización y experiencia no menor a 5 (cinco) años.

Especialidad

Cantidad Mínima Requerida

Nombre y Apellido

Dirección

Teléfono

Alergia e Inmunología (Adultos y Pediátrica)

8 (ocho)

 

 

 

Anatomía Patológica

9 (nueve)

 

 

 

Anestesiología

50 (cincuenta)*

 

 

 

Cardiología

10 (diez)

 

 

 

Cardiología Pediátrica

4 (cuatro)

 

 

 

Cirugía Cardiovascular

4 (cuatro)

 

 

 

Cirugía General

20 (veinte)

 

 

 

Cirugía Neurológica Neurocirugía

5 (cinco)

 

 

 

Cirugía Oncológica

5 (cinco)

 

 

 

Cirugía Pediátrica

9 (nueve)

 

 

 

Cirugía Plástica Reparadora

6 (seis)

 

 

 

Cirugía Tórax

4 (cuatro)

 

 

 

Cirugía Video Laparoscópicas

15 (quince)

 

 

 

Clínica Médica

30 (treinta)

 

 

 

Coloproctología

10 (diez)

 

 

 

Dermatología (Adultos y Pediátrica)

10 (diez)

 

 

 

Diabetología Endocrinología

10 (diez)

 

 

 

Fisioterapia - Kinesioterapia y

Rehabilitación (incluye Hidroterapia)

8 (ocho)

 

 

 

Flebología

8 (ocho)

 

 

 

Fonoaudiología

3 (tres)

 

 

 

Gastroenterología

10 (diez)

 

 

 

Geriatría

5 (cinco)

 

 

 

Ginecología y Obstetricia

50 (cincuenta)

 

 

 

Hematología y Hemoterapia

8 (ocho)

 

 

 

Hepatología

1 (uno)

 

 

 

Infectología

5 (cinco)

 

 

 

Mastología

7 (siete)

 

 

 

Medicina Familiar

2 (dos)

 

 

 

Nefrología

7 (siete)

 

 

 

Neumología

5 (cinco)

 

 

 

Neurología Clínica

8 (ocho)

 

 

 

Nutrición

3 (tres)

 

 

 

Oftalmología

20 (veinte)

 

 

 

Oncología (Adulto y Pediátrica)

5 (cinco)

 

 

 

Otoneurología

2 (dos)

 

 

 

Otorrinolaringología (Adultos y Pediátrica)

15 (quince)

 

 

 

Pediatría

50 (cincuenta)

 

 

 

Psiquiatría pediátrica

1 (un)

 

 

 

Psicología (adultos y niños)

5 (cinco)

 

 

 

Psicopedagogía

2 (dos)

 

 

 

Psiquiatría

3 (tres)

 

 

 

Reumatología

2 (dos)

 

 

 

Traumatología Ortopédica (Adultos y Pediátrica)

30 (treinta)

 

 

 

Toxicología

2 (dos)

 

 

 

Urología (Adultos y Pediátrica)

15 (quince)

 

 

 

Observación: *El servicio de anestesiología será prestado con médicos especialistas en anestesiología en convenio con la aseguradora y con Registro Profesional vigente o Constancia de Renovación del mismo, expedido por el Ministerio de Salud.

Todas las especialidades médicas deberán contar con profesionales especialistas y que cuenten con 5 (cinco) años de experiencia en la especialidad. Habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

Constancia de satisfacción emitidas por firmas o empresas a las cuales ha prestado su servicio, como mínimo 2 (dos), en los últimos 2 (dos) años (2021, 2022).

Completar el formulario de Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por imágenes.

Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 1, 2 y 3 para el Área Capital de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

Presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados en Asunción. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

Área Capital

Cantidad: La oferta presentada para el Área Capital debe estar constituida por un mínimo de 10 (diez) sanatorios, de los cuales 8 (ocho) con capacidad resolutiva de nivel 1 y 2 de atención; para atender los problemas de salud de baja y mediana complejidad de las especialidades médicas clínicas y quirúrgicas y 2 (dos) con capacidad resolutiva de nivel 3 de atención, para atender los problemas de salud de alta complejidad; 1 (uno) de los Sanatorios deberá contar con Servicio de Resonancia, propios y/o tercerizados, 24 horas con Certificación de Equipo de Funcionamiento. 

 

Capacidad Resolutiva de Baja y Mediana Complejidad: La atención de salud de baja y mediana complejidad se brindará en clínicas y sanatorios de nivel 1 y 2 de atención con capacidad instalada para prestar los siguientes servicios:

  • Atención de urgencia durante las 24 horas
  • Consultas ambulatorias y de ingresos hospitalarios en las especialidades médicas clínicas y quirúrgicas para adultos y pediátricos.
  • Servicio de recuperación en sala de urgencia
  • Centros de Especialidades Traumatológicas: para consultas, estudios, tratamientos y urgencias habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Propios y/o tercerizados. El Centro de Especialidades Traumatológicas deberá contar con quirófanos, arco en C, servicios de internación, Unidades de estudio de diagnóstico de imágenes para las atenciones de urgencias y servicios de traslado en caso de necesitar a unidades de terapia intensiva según indicación médica.
  • Centros de Especialidades Pediátricas para consultas, urgencias e internaciones habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Propios y/o tercerizados.
  • Servicio de diagnóstico propio o tercerizados de análisis clínicos, anatomía patológica y de imágenes radiográficas, ecográficos, tomografía, resonancia magnética, electrocardiograma y electroencefalograma.
  • Centros de Cirugía láser excimer para tratamiento oftalmológico y dermatológico con certificación de equipo en funcionamiento propio o tercerizados
  • Unidades de fisioterapia, quinesioterapia, hidroterapia propia o tercerizados.
  • Consultorio de Psicología Clínica y de Psicopedagogía.
  • Centro de vacunación (propio y tercerizados).
  • Los centros asistenciales se comprometen a habilitar espacios para cubrir las necesidades asistenciales en casos de epidemias, declaradas o no.
  • Servicio de Oncología con campana de flujo laminar. Con certificación de equipo en funcionamiento.

Observación: Los servicios de nivel 1 y 2 de atención deben contar con un sistema de referencia de pacientes para los casos en que el médico indica una atención de nivel 3, por la alta complejidad de la enfermedad del beneficiario.

 

Centros y/o Sanatorios Pediátricos: Además del servicio de urgencia en pediatría de los centros habilitados, la aseguradora deberá incluir en su oferta como mínimo 2 (dos) Centros con infraestructura propia y/o tercerizada. Especializados exclusivamente en Pediatría para URGENCIAS E INTERNACIÓN.

 

Capacidad Resolutiva de Alta Complejidad: La atención de salud de alta complejidad se brindará en sanatorios de nivel 3 de atención con capacidad instalada para prestar, entre otros, los siguientes servicios:

  • Atención de urgencia y emergencia durante las 24 horas.
  • Internación en unidades de terapia intensiva con 15 (quince) unidades para adulto.
  • Internación en unidades de terapia intensiva con 12 (doce) unidades para niños y neonatos.
  • Internación en unidad de aislamiento de pacientes con enfermedad infecto contagiosa, para adultos y pediátricos.
  • Servicios propios y tercerizados de diagnósticos generales y especializados de laboratorio de análisis clínicos, de anatomía patológica y de imágenes que incluye radiografía, ecografía, tomografía, resonancia magnética, eco cardiografía y servicios de hemodinámica con certificación de equipo en funcionamiento.
  • Centros de cirugías de alta complejidad cardiacas, neurológicas, vascular periférica y hemodinámica intervencionista y cirugías oncológicas.
  • Centros de cirugía Eximer Laser
  • Servicio de recuperación en sala de urgencia.

Observación: Los sanatorios de alta complejidad, deben también tener la capacidad instalada para brindar servicios de nivel 1 y 2 de atención a los beneficiarios a su libre elección.

 

Requisitos documentales para evaluar el presente criterio:

- Completar el formulario Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes.

- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud requisito para nivel 2 y 3 para área de Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

Deberán presentar contratos, constancias o cualquier otro documento que acredite fehacientemente que son actuales prestadores de servicios del oferente en Gran Asunción e Interior del País. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

  • Área Gran Asunción e Interior

Cantidad: La Prestadora de Servicios garantiza como mínimo los siguientes centros:

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez) centros ubicados en: Asunción, Luque, San Lorenzo, Fernando de la Mora, Mariano Roque Alonso y Limpio.

Interior: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé: 1 (uno); Coronel Oviedo: 4 (cuatro); Villarrica: 1 (uno); Caazapá: 1 (uno); Caaguazú: 1 (uno); Ciudad del Este: 2 (dos); Concepción: 2 (dos); Pedro Juan Caballero: 1 (uno); Santa Rita: 1 (uno); Encarnación: 2 (dos); San Ignacio Misiones: 2 (dos); Carapeguá: por lo menos 1 (uno); Hohenau: 1 (uno); Pilar: 1 (uno); San Pedro del Ycuamandiyu 1 (uno); San Estanislao 1 (uno).

En caso de no contar con todos los prestadores en las ciudades requeridas, se considerará las ciudades cabeceras de Departamentos.

Los Centros deberán reunir los siguientes requisitos como mínimo:

  • Servicios de URGENCIAS y de EMERGENCIAS 24 horas. En caso de producirse un evento que requiera prestación de terapia intensiva y de no contarse con el Centro Especializado, la Prestadora de Servicios se hará cargo del traslado del paciente hasta la Unidad de Terapia Intensiva más próxima.
  • Los centros asistenciales se comprometen a habilitar espacios para cubrir las necesidades asistenciales en casos de epidemias y/o pandemias declaradas o no.

Unidad de terapia intensiva para adultos y niños (opcional).

  • Unidades de Estudios de diagnóstico laboratorial y de imágenes (propios y tercerizados).
  • Unidades de fisioterapia y kinesioterapia (opcional).
  • Certificación del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o la Superintendencia de Salud como Centro de Internaciones de Servicios Médicos, convencionales y de alta complejidad (cuando corresponda).

 

Requisitos documentales para evaluar el presente criterio

- Completar el formulario Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes.

- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

-Presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados en Asunción, Gran Asunción e interior del país. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

 

Laboratorios de Análisis

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez), de los cuales, por lo menos uno de los Laboratorios cuente con capacidad de realizar estudios de ADN y otros.

Interior del País: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé

Concepción

San Ignacio Misiones

Coronel Oviedo

Pedro Juan Caballero

Carapeguá

Villarrica

Santa Rita

Hohenau

Caazapá

San Estanislao

Pilar

Caaguazú

Encarnación

San Pedro del Ycuamandiyu

Ciudad del Este

 

 

- Requisitos documentales para evaluar el presente criterio

- Completar el formulario Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes.

- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

-Deberán presentar contratos, constancias o cualquier otro documento que acredite fehacientemente que son actuales prestadores de servicios del oferente en Gran Asunción e Interior del País. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

 

- CENTROS DE MEDICINA POR IMÁGENES

Asunción: Mínimo 5 (cinco) Por lo menos uno de los Centros deberá contar con equipos móviles para realizar estudios de ELECTROENCEFALOGRAFÍA en cualquier sala de Terapia Intensiva, así como la realización de estudios tales como: Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 16 CANALES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear CAMPO ABIERTO Y/O CERRADO.

Interior del País: Como mínimo en las localidades de: Encarnación y Ciudad del Este.

 

Requisitos documentales para evaluar el presente criterio

- Completar el formulario de Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes

- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social: y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

-Presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados.

CENTROS DE FISIOTERAPIA, KINESIOTERAPIA E HIDROTERAPIA

- Se exigirá como mínimo (dos) 2 prestadores de servicios, a libre elección de los asegurados.

-Presentar Certificación Sanitaria de Habilitación y/o Registro, del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

  • Servicio de Ambulancia: Se exigirá como mínimo 1 (un) prestador de servicio de ambulancia que deberá contar con un mínimo de 7 (siete) móviles, 2 (dos) de los cuales estarán equipados con UTI, para traslado de pacientes desde y hasta cualquier punto del país.

Requisitos documentales para evaluar el presente criterio

Completar el formulario NÓMINA DE DIRECTORES Y DEMÁS FUNCIONARIOS CON QUE CUENTA EL OFERENTE y presentar Declaración Jurada que cuenta como mínimo 70 (setenta) personales.*

CAPACIDAD EN MATERIA DE PERSONAL ADMINISTRATIVO

-Contar como mínimo con 70 (setenta) personales. 

 

Requisitos documentales para evaluar el presente criterio

- Detallar en carácter de Declaración Jurada la nómina de los profesionales propuestos para desempeñarse en el lugar de ejecución de los servicios para fines del contrato según cada especialidad requerida, y la cantidad mínima de experiencia solicitada, y la conformidad de los profesionales mediante su firma en la planilla (Formulario NÓMINA DE PROFESIONALES MÉDICOS) o copia de Contrato de Prestación de Servicios, Celebrados entre el Servicio de Medicina Prepaga y los Profesionales Médicos de distintas especialidades.

- Presentar la certificación de especialidad de cada profesional.

- Aquellos oferentes que cuentan con convenio con Sociedades de Especialidades Médicas podrán presentar dicho documento con el listado de los profesionales, sin necesidad de completar el Formulario NÓMINA DE PROFESIONALES MÉDICOS

- Acompañar la Declaración Jurada o copia de las Sociedades. Para aquellos oferentes que cuentan con convenio con Sociedades de Especialidades Médicas podrán presentar dicho documento con el listado de los profesionales, sin necesidad de completar el Formulario NÓMINA DE PROFESIONALES MÉDICOS.

 

CAPACIDAD EN MATERIA DE PROFESIONALES DE LA SALUD HABILITADOS POR LA PRESTADORA EN LAS SIGUIENTES ESPECIALIDADES

Requisitos Mínimos

Se exige que el Oferente cuente en Asunción como mínimo con la cantidad de profesionales por especialización y experiencia no menor a 5 (cinco) años.

- Todas las especialidades médicas deberán contar con profesionales especialistas y que cuenten con 5 (cinco) años de experiencia en la especialidad, avalado por certificado de especialización y registro profesional vigente otorgado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Otros criterios que la convocante requiera

Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:

No aplica.

 

OTROS DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA LA FIRMA DEL CONTRATO:

  1. De conformidad al Art. 33 de la Resolución N° 70 de la SEPRELAD, el oferente adjudicado deberá proveer los datos y documentos respaldatorias solicitado en la misma.

Criterios de desempate de ofertas

El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.

Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.