Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:
Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.
Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y
Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1.Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
6. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
7. Patente Comercial del muncipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
8. Documentos legales |
8.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
|
|
|
8.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
|
|
|
|
8.3. Oferentes en Consorcio. |
|
|
|
|
|
Observación: El Margen de Preferencia Local - NO APLICA considerando que el Banco Nacional de Fomento tiene su domicilio en la ciudad de Asunción, capital de la República del Paraguay, la cual no pertenece a ningún Departamento según el Art. 157 de la Constitución Nacional, por ende el presupuesto o la condición prevista en el Art. 64 del Decreto, en los llamados que realice el Banco Nacional de Fomento no se presenta en ningún caso. Para tal efecto mencionamos las Resoluciones DNCP 306/2021 y 511/2021, para lo que hubiera lugar
Para los oferentes consorciados:
|
Los índices financieros deberán ser cumplidos el 100% por cada uno de los integrantes. |
|
Todas las partes combinadas deberán cumplir con el 100% de los requisitos solicitados. |
|
El socio líder y cada socio deberá cumplir con el 100% de lo exigido |
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
a. Para contribuyente de IRACIS/IRE RG
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2019, 2020 y 2021)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los años (2019, 2020 y 2021)
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital
El promedio de los años (2019, 2020 y 2021) no deberá ser negativo
b. Para contribuyente de IRPC/IRE SIMPLE o IRACIS/IRE SIMPLE
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2019, 2020 y 2021)
c. Para contribuyente de IRP/IRP RSP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2019, 2020 y 2021)
d. Para contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2019, 2020 y 2021)
Los oferentes al efecto de lo anteriormente señalado, deberán presentar los documentos que se indican en los requisitos
documentales.
Observación: Si en alguno de los tres años, o los tres años presentados por la Empresa, su pasivo es igual a 0, se considerará el Ratio de Liquidez igual a 1 y se dará por cumplido el Ratio de Endeudamiento.
Esta salvedad en el PBC hace posible calcular el promedio del índice de liquidez de los 3 (tres) ejercicios analizados, debido a que se otorga un valor que puede ser promediado.
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
a. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente al inicio de la etapa competitiva. |
b. Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los tres años (2019, 2020 y 2021) para contribuyente de IRACIS/IRE RG. |
c. IVA General de 36 (treinta y seis) meses (2019, 2020 y 2021), para contribuyentes sólo del IVA General. |
d. Formulario 106 IRPC, Formulario 501 IRE Simple de los 3 (tres) años (2019, 2020 y 2021) para contribuyentes del IRPC/IRE SIMPLE o IRACIS/IRE SIMPLE. |
e. Formulario 104 IRP, Formulario 515 IRP-RSP de los 3 (tres) años (2019, 2020 y 2021) para contribuyentes de IRP/IRP-RSP. |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en la provisión del servicio de seguro médico sanatorial, con contratos, facturas, y/o recepciones finales por un monto equivalente del 25% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los últimos 2 (dos) años (2021-2022).
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
|
|
|
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
Haber provisto de manera satisfactoria el servicio de seguro médico sanatorial en los últimos dos años (2021, 2022).
De conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios, debidamente habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país.
Área Capital
Cantidad: La oferta presentada para el Área Capital debe estar constituida por un mínimo de 10 (diez) sanatorios, de los cuales 8 (ocho) con capacidad resolutiva de nivel 1 y 2 de atención; para atender los problemas de salud de baja y mediana complejidad de las especialidades médicas clínicas y quirúrgicas y 2 (dos) con capacidad resolutiva de nivel 3 de atención, para atender los problemas de salud de alta complejidad; 1 (uno) de los Sanatorios deberá contar con Servicio de Resonancia, propios y/o tercerizados, 24 horas con Certificación de Equipo de Funcionamiento.
Capacidad Resolutiva de Baja y Mediana Complejidad: La atención de salud de baja y mediana complejidad se brindará en clínicas y sanatorios de nivel 1 y 2 de atención con capacidad instalada para prestar los siguientes servicios:
Observación: Los servicios de nivel 1 y 2 de atención deben contar con un sistema de referencia de pacientes para los casos en que el médico indica una atención de nivel 3, por la alta complejidad de la enfermedad del beneficiario.
Centros y/o Sanatorios Pediátricos: Además del servicio de urgencia en pediatría de los centros habilitados, la aseguradora deberá incluir en su oferta como mínimo 2 (dos) Centros con infraestructura propia y/o tercerizada Especializados exclusivamente en Pediatría para URGENCIAS E INTERNACIÓN
Capacidad Resolutiva de Alta Complejidad: La atención de salud de alta complejidad se brindará en sanatorios de nivel 3 de atención con capacidad instalada para prestar, entre otros, los siguientes servicios:
Observación: Los sanatorios de alta complejidad, deben también tener la capacidad instalada para brindar servicios de nivel 1 y 2 de atención a los beneficiarios a su libre elección.
Área Gran Asunción e Interior
Cantidad: La Prestadora de Servicios garantiza como mínimo los siguientes centros:
Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez) centros ubicados en: Asunción, Luque, San Lorenzo, Fernando de la Mora, Mariano Roque Alonso y Limpio.
Interior: Como mínimo en las siguientes localidades:
Caacupé: 1 (uno); Coronel Oviedo: 4 (cuatro); Villarrica: 1 (uno); Caazapá: 1 (uno); Caaguazú: 1 (uno); Ciudad del Este: 2 (dos); Concepción: 2 (dos); Pedro Juan Caballero: 1 (uno); Santa Rita: 1 (uno); Encarnación: 2 (dos); San Ignacio Misiones: 2 (dos); Carapeguá: por lo menos 1 (uno); Hohenau: 1 (uno); Pilar: 1 (uno); San Pedro del Ycuamandiyu 1 (uno); San Estanislao 1 (uno).
En caso de no contar con todos los prestadores en las ciudades requeridas, se considerará las ciudades cabeceras de Departamentos.
Los Centros deberán reunir los siguientes requisitos como mínimo:
Unidad de terapia intensiva para adultos y niños (opcional).
Laboratorios de Análisis.
Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez), de los cuales, por lo menos uno de los Laboratorios cuente con capacidad de realizar estudios de ADN y otros.
Interior del País: Como mínimo en las siguientes localidades:
Caacupé |
Santa Rita |
Coronel Oviedo |
San Estanislao |
Villarrica |
Encarnación |
Caazapá |
San Ignacio Misiones |
Caaguazú |
Carapeguá |
Ciudad del Este |
Hohenau |
Concepción |
Pilar |
Pedro Juan Caballero |
San Pedro del Ycuamandiyu |
CENTROS DE MEDICINA POR IMÁGENES
Asunción: Mínimo 5 (cinco). Por lo menos uno de los Centros deberá contar con equipos móviles para realizar estudios de ELECTROENCEFALOGRAFÍA en cualquier sala de Terapia Intensiva, así como la realización de estudios tales como: Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 16 CANALES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear CAMPO ABIERTO Y/O CERRADO.
Interior del País: Como mínimo en las localidades de: Encarnación y Ciudad del Este.
SERVICIOS DE AMBULANCIAS
Se exigirá como mínimo 1 (un) prestador de servicio de ambulancia que deberá contar con un mínimo de 7 (siete) móviles, 2 (dos) de los cuales estarán equipados con UTI, para traslado de pacientes desde y hasta cualquier punto del país que cuente con la Certificación Sanitaria de Habilitación y/o Registro, otorgada por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
CENTROS DE FISIOTERAPIA, KINESIOTERAPIA E HIDROTERAPIA
Se exigirá como mínimo (dos) 2 prestadores de servicios, a libre elección de los asegurados.
NOTA IMPORTANTE: Con la oferta se deberá presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados en Asunción, Gran Asunción e Interior del País. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.
a. Requisitos Mínimos
Demostrar a través de una Declaración Jurada que cuenta con personal debidamente calificado para coordinar los servicios, como mínimo 70 (setenta) personales.
b. Información requerida
Completar el formulario NÓMINA DE PROFESIONALES MÉDICOS.
OBSERVACIÓN: Esta información será meramente informativa y no regirá como criterio de calificación.
a. Requisitos Mínimos
Se exige que el Oferente cuente en Asunción como mínimo con la cantidad de profesionales por especialización y experiencia no menor a 5 (cinco) años.
Especialidad |
Cantidad Mínima Requerida |
Nombre y Apellido |
Dirección |
Teléfono |
Alergia e Inmunología (Adultos y Pediátrica) |
8 (ocho) |
|
|
|
Anatomía Patológica |
9 (nueve) |
|
|
|
Anestesiología |
50 (cincuenta)* |
|
|
|
Cardiología |
10 (diez) |
|
|
|
Cardiología Pediátrica |
4 (cuatro) |
|
|
|
Cirugía Cardiovascular |
4 (cuatro) |
|
|
|
Cirugía General |
20 (veinte) |
|
|
|
Cirugía Neurológica Neurocirugía |
5 (cinco) |
|
|
|
Cirugía Oncológica |
5 (cinco) |
|
|
|
Cirugía Pediátrica |
9 (nueve) |
|
|
|
Cirugía Plástica Reparadora |
6 (seis) |
|
|
|
Cirugía Tórax |
4 (cuatro) |
|
|
|
Cirugía Video Laparoscópicas |
15 (quince) |
|
|
|
Clínica Médica |
30 (treinta) |
|
|
|
Coloproctología |
10 (diez) |
|
|
|
Dermatología (Adultos y Pediátrica) |
10 (diez) |
|
|
|
Diabetología Endocrinología |
10 (diez) |
|
|
|
Fisioterapia - Kinesioterapia y Rehabilitación (incluye Hidroterapia) |
8 (ocho) |
|
|
|
Flebología |
8 (ocho) |
|
|
|
Fonoaudiología |
3 (tres) |
|
|
|
Gastroenterología |
10 (diez) |
|
|
|
Geriatría |
5 (cinco) |
|
|
|
Ginecología y Obstetricia |
50 (cincuenta) |
|
|
|
Hematología y Hemoterapia |
8 (ocho) |
|
|
|
Hepatología |
1 (uno) |
|
|
|
Infectología |
5 (cinco) |
|
|
|
Mastología |
7 (siete) |
|
|
|
Medicina Familiar |
2 (dos) |
|
|
|
Nefrología |
7 (siete) |
|
|
|
Neumología |
5 (cinco) |
|
|
|
Neurología Clínica |
8 (ocho) |
|
|
|
Nutrición |
3 (tres) |
|
|
|
Oftalmología |
20 (veinte) |
|
|
|
Oncología (Adulto y Pediátrica) |
5 (cinco) |
|
|
|
Otoneurología |
2 (dos) |
|
|
|
Otorrinolaringología (Adultos y Pediátrica) |
15 (quince) |
|
|
|
Pediatría |
50 (cincuenta) |
|
|
|
Psiquiatría pediátrica |
1 (un) |
|
|
|
Psicología (adultos y niños) |
5 (cinco) |
|
|
|
Psicopedagogía |
2 (dos) |
|
|
|
Psiquiatría |
3 (tres) |
|
|
|
Reumatología |
2 (dos) |
|
|
|
Traumatología Ortopédica (Adultos y Pediátrica) |
30 (treinta) |
|
|
|
Toxicología |
2 (dos) |
|
|
|
Urología (Adultos y Pediátrica) |
15 (quince) |
|
|
|
Observación: *El servicio de anestesiología será prestado con médicos especialistas en anestesiología en convenio con la aseguradora y con Registro Profesional vigente o Constancia de Renovación del mismo, expedido por el Ministerio de Salud.
Todas las especialidades médicas deberán contar con profesionales especialistas y que cuenten con 5 (cinco) años de experiencia en la especialidad. Habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
Constancia de satisfacción emitidas por firmas o empresas a las cuales ha prestado su servicio, como mínimo 2 (dos), en los últimos 2 (dos) años (2021, 2022).
Completar el formulario de Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por imágenes.
Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 1, 2 y 3 para el Área Capital de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.
Presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados en Asunción. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.
- Área Capital
Cantidad: La oferta presentada para el Área Capital debe estar constituida por un mínimo de 10 (diez) sanatorios, de los cuales 8 (ocho) con capacidad resolutiva de nivel 1 y 2 de atención; para atender los problemas de salud de baja y mediana complejidad de las especialidades médicas clínicas y quirúrgicas y 2 (dos) con capacidad resolutiva de nivel 3 de atención, para atender los problemas de salud de alta complejidad; 1 (uno) de los Sanatorios deberá contar con Servicio de Resonancia, propios y/o tercerizados, 24 horas con Certificación de Equipo de Funcionamiento.
Capacidad Resolutiva de Baja y Mediana Complejidad: La atención de salud de baja y mediana complejidad se brindará en clínicas y sanatorios de nivel 1 y 2 de atención con capacidad instalada para prestar los siguientes servicios:
Observación: Los servicios de nivel 1 y 2 de atención deben contar con un sistema de referencia de pacientes para los casos en que el médico indica una atención de nivel 3, por la alta complejidad de la enfermedad del beneficiario.
Centros y/o Sanatorios Pediátricos: Además del servicio de urgencia en pediatría de los centros habilitados, la aseguradora deberá incluir en su oferta como mínimo 2 (dos) Centros con infraestructura propia y/o tercerizada. Especializados exclusivamente en Pediatría para URGENCIAS E INTERNACIÓN.
Capacidad Resolutiva de Alta Complejidad: La atención de salud de alta complejidad se brindará en sanatorios de nivel 3 de atención con capacidad instalada para prestar, entre otros, los siguientes servicios:
Observación: Los sanatorios de alta complejidad, deben también tener la capacidad instalada para brindar servicios de nivel 1 y 2 de atención a los beneficiarios a su libre elección.
Requisitos documentales para evaluar el presente criterio:
- Completar el formulario Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes.
- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud requisito para nivel 2 y 3 para área de Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.
Deberán presentar contratos, constancias o cualquier otro documento que acredite fehacientemente que son actuales prestadores de servicios del oferente en Gran Asunción e Interior del País. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.
Cantidad: La Prestadora de Servicios garantiza como mínimo los siguientes centros:
Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez) centros ubicados en: Asunción, Luque, San Lorenzo, Fernando de la Mora, Mariano Roque Alonso y Limpio.
Interior: Como mínimo en las siguientes localidades:
Caacupé: 1 (uno); Coronel Oviedo: 4 (cuatro); Villarrica: 1 (uno); Caazapá: 1 (uno); Caaguazú: 1 (uno); Ciudad del Este: 2 (dos); Concepción: 2 (dos); Pedro Juan Caballero: 1 (uno); Santa Rita: 1 (uno); Encarnación: 2 (dos); San Ignacio Misiones: 2 (dos); Carapeguá: por lo menos 1 (uno); Hohenau: 1 (uno); Pilar: 1 (uno); San Pedro del Ycuamandiyu 1 (uno); San Estanislao 1 (uno).
En caso de no contar con todos los prestadores en las ciudades requeridas, se considerará las ciudades cabeceras de Departamentos.
Los Centros deberán reunir los siguientes requisitos como mínimo:
Unidad de terapia intensiva para adultos y niños (opcional).
Requisitos documentales para evaluar el presente criterio
- Completar el formulario Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes.
- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.
-Presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados en Asunción, Gran Asunción e interior del país. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.
Laboratorios de Análisis
Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez), de los cuales, por lo menos uno de los Laboratorios cuente con capacidad de realizar estudios de ADN y otros.
Interior del País: Como mínimo en las siguientes localidades:
Caacupé |
Concepción |
San Ignacio Misiones |
Coronel Oviedo |
Pedro Juan Caballero |
Carapeguá |
Villarrica |
Santa Rita |
Hohenau |
Caazapá |
San Estanislao |
Pilar |
Caaguazú |
Encarnación |
San Pedro del Ycuamandiyu |
Ciudad del Este |
|
|
- Requisitos documentales para evaluar el presente criterio
- Completar el formulario Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes.
- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.
-Deberán presentar contratos, constancias o cualquier otro documento que acredite fehacientemente que son actuales prestadores de servicios del oferente en Gran Asunción e Interior del País. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.
- CENTROS DE MEDICINA POR IMÁGENES
Asunción: Mínimo 5 (cinco) Por lo menos uno de los Centros deberá contar con equipos móviles para realizar estudios de ELECTROENCEFALOGRAFÍA en cualquier sala de Terapia Intensiva, así como la realización de estudios tales como: Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 16 CANALES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear CAMPO ABIERTO Y/O CERRADO.
Interior del País: Como mínimo en las localidades de: Encarnación y Ciudad del Este.
Requisitos documentales para evaluar el presente criterio
- Completar el formulario de Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes
- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social: y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.
-Presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados.
CENTROS DE FISIOTERAPIA, KINESIOTERAPIA E HIDROTERAPIA
- Se exigirá como mínimo (dos) 2 prestadores de servicios, a libre elección de los asegurados.
-Presentar Certificación Sanitaria de Habilitación y/o Registro, del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Requisitos documentales para evaluar el presente criterio
Completar el formulario NÓMINA DE DIRECTORES Y DEMÁS FUNCIONARIOS CON QUE CUENTA EL OFERENTE y presentar Declaración Jurada que cuenta como mínimo 70 (setenta) personales.*
CAPACIDAD EN MATERIA DE PERSONAL ADMINISTRATIVO
-Contar como mínimo con 70 (setenta) personales.
Requisitos documentales para evaluar el presente criterio
- Detallar en carácter de Declaración Jurada la nómina de los profesionales propuestos para desempeñarse en el lugar de ejecución de los servicios para fines del contrato según cada especialidad requerida, y la cantidad mínima de experiencia solicitada, y la conformidad de los profesionales mediante su firma en la planilla (Formulario NÓMINA DE PROFESIONALES MÉDICOS) o copia de Contrato de Prestación de Servicios, Celebrados entre el Servicio de Medicina Prepaga y los Profesionales Médicos de distintas especialidades.
- Presentar la certificación de especialidad de cada profesional.
- Aquellos oferentes que cuentan con convenio con Sociedades de Especialidades Médicas podrán presentar dicho documento con el listado de los profesionales, sin necesidad de completar el Formulario NÓMINA DE PROFESIONALES MÉDICOS
- Acompañar la Declaración Jurada o copia de las Sociedades. Para aquellos oferentes que cuentan con convenio con Sociedades de Especialidades Médicas podrán presentar dicho documento con el listado de los profesionales, sin necesidad de completar el Formulario NÓMINA DE PROFESIONALES MÉDICOS.
CAPACIDAD EN MATERIA DE PROFESIONALES DE LA SALUD HABILITADOS POR LA PRESTADORA EN LAS SIGUIENTES ESPECIALIDADES
Requisitos Mínimos
Se exige que el Oferente cuente en Asunción como mínimo con la cantidad de profesionales por especialización y experiencia no menor a 5 (cinco) años.
- Todas las especialidades médicas deberán contar con profesionales especialistas y que cuenten con 5 (cinco) años de experiencia en la especialidad, avalado por certificado de especialización y registro profesional vigente otorgado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
No aplica.
OTROS DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA LA FIRMA DEL CONTRATO:
El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.
Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme las disposiciones del Decreto 7781/06, para las Contrataciones con Organismos de la Administración Central, el Oferente que resulte adjudicado, deberá contar con una cuenta corriente y/o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, o en su defecto, hallarse en condiciones de poder habilitar una cuenta corriente y/o caja de ahorro a su nombre, a fin de poder hacer efectivo el Pago Directo a Proveedores y Acreedores vía acreditación en cuenta bancaria.