El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Justificación de la necesidad
Esta contratación busca otorgarle legitimidad, autenticar y validar los documentos de nuestra Institución a través del uso de sello.
Justificación de la planificación
Este es un llamado que se realiza periódicamente considerando que el servicio solicitado es fundamental para dotar a los documentos de legitimidad.
Justificación de las especificaciones técnicas
Las especificaciones técnicas fueron elaboradas teniendo en cuenta las características de los tipos de sellos requeridos en la Institución.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ITEM | DESCRIPCIÓN DEL BIEN | ESPECIFICACIONES TECNICAS | UNIDAD DE MEDIDA | PRESENTACION |
1 | SELLO DE PLASTICO COMUN DE 1 LINEA | MANGO DE PLÁSTICO DE 1 CM HASTA 6 CM DE BASE. SELLO DE 1 LÍNEA | UNIDAD | UNIDAD |
2 | SELLO DE PLASTICO COMUN DE 3 LINEAS | MANGO DE PLÁSTICO DE 1 CM HASTA 6 CM DE BASE. SELLO DE 3 LÍNEA | UNIDAD | UNIDAD |
3 | SELLO DE MADERA DE 4 LINEAS | MANGO DE MADERA DE 8 CM HASTA 10 CM DE BASE.SELLO DE 4 LÍNEAS | UNIDAD | UNIDAD |
4 | SELLO DE MADERA DE 5 LINEAS | MANGO DE MADERA DE 10 CM HASTA 12 CM DE BASE.SELLO DE 5 LÍNEAS | UNIDAD | UNIDAD |
5 | SELLO DE PLASTICO COMUN DE 6 LINEAS | MANGO DE PLÁSTICO DE 1 CM HASTA 6 CM DE BASE. SELLO DE 6 LÍNEA | UNIDAD | UNIDAD |
6 | SELLO DE PLASTICO COMUN OVALADO | MANGO DE PLÁSTICO DE HASTA 50 X 30 MM DE DIÁMETRO SELLO OVALADO | UNIDAD | UNIDAD |
7 | SELLO CON ESTUCHE DE 1 A 3 LINEAS (AUTOMATICO) | SELLO DE 1 A 3 LÍNEAS, HASTA 48 X 17 MM, EN ESTUCHE DE ENTINTAJE AUTOMÁTICO HASTA 4,5 CM DE PLÁSTICO, SELLO CON ESTUCHE | UNIDAD | UNIDAD |
8 | SELLO FECHADOR DE METAL Y PLASTICO | SELLO FECHADOR DE METAL CON GOMA HASTA 4 MM | UNIDAD | UNIDAD |
9 | SELLO NUMERADOR O FOLIADOR DE METAL Y PLASTICO O MADERA | METAL AUTOMATICO HASTA 6 DIGITOS 6MM | UNIDAD | UNIDAD |
10 | GOMA DE REPUESTO | PARA DE SELLO CON ESTUCHE DE 1 A 3 LINEAS (AUTOMATICO) | UNIDAD | UNIDAD |
La sección de Patrimonio y Suministro procederá a su inspección y verificación según las especificaciones técnicas, con la participación o no del representante de la firma adjudicada, comprobada alguna diferencia entre lo solicitado y lo entregado, o constatándose alguna falla del bien, la Circunscripción Judicial del Departamento Central notificará dicha irregularidad al proveedor y el mismo estará obligado a sustituir el bien rechazado, en un plazo no mayor a 2 (dos) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la notificación.
Los gastos de transporte de los bienes solicitados correrán por cuenta del proveedor.
OBS.: La vigencia del Contrato será de 12 (doce) meses.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
1 |
SELLO DE PLASTICO COMUN DE 1 LINEA |
1 |
Unidad |
Sección Suministros |
A partir de Abril/2023. La entrega de los bienes será de un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles, computados a partir del día siguiente de la recepción por parte del proveedor de la Orden de Compra emitida por la Convocante. |
2 |
SELLO DE PLASTICO COMUN DE 3 LINEAS |
1 |
Unidad |
Sección Suministros |
|
3 |
SELLO DE MADERA DE 4 LINEAS |
1 |
Unidad |
Sección Suministros |
|
4 |
SELLO DE MADERA DE 5 LINEAS |
1 |
Unidad |
Sección Suministros |
|
5 |
SELLO DE PLASTICO COMUN DE 6 LINEAS |
1 |
Unidad |
Sección Suministros |
|
6 |
SELLO DE PLASTICO COMUN OVALADO |
1 |
Unidad |
Sección Suministros |
|
7 |
SELLO CON ESTUCHE DE 1 A 3 LINEAS (AUTOMATICO) |
1 |
Unidad |
Sección Suministros |
|
8 |
SELLO FECHADOR DE METAL Y PLASTICO |
1 |
Unidad |
Sección Suministros |
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9 |
SELLO NUMERADOR O FOLIADOR DE METAL Y PLASTICO O MADERA |
1 |
Unidad |
Sección Suministros |
|
10 | GOMA DE REPUESTO PARA DE SELLO CON ESTUCHE DE 1 A 3 LINEAS (AUTOMATICO) |
1 |
Unidad |
Sección Suministros |
No aplica.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Orden de Compra / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
A partir de Abril/2023. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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