El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
LISTA DE BIENES
Item | Código de Catalogo | Descripción del Bien / servicio | Especificaciones tecnicas - Requerimientos Minimos | U.M. | CANT. MINIMA | CANT. MAXIMA | PRESENTACION |
1 | 42121604-003 | ACEPROMACINA MELEATO INYECTABLE | Acepromacina al 1% Frasco x 50 ml | UNIDAD | 75 | 150 | FRASCO |
2 | 51151703-001 | ADRENALINA AMPOLLA | Adrenalina ampolla 1 mg en 1 ml | UNIDAD | 100 | 200 | AMPOLLA |
3 | 12352104-005 | ALCOHOL GEL | Alcohol gel al 70% con aplicador para manos Frasco x 500ml | UNIDAD | 350 | 700 | FRASCO |
4 | 51102710-002 | ALCOHOL RECTIFICADO - SOLUCION | Alcohol rectificado 96 ° uso medicinal Frasco x 1 litro | UNIDAD | 100 | 200 | FRASCO |
5 | 51102601-9987 | AMPICILINA + CLOXACILINA + ASOCIADO UNGUENTO | POMO INTRAMAMARIO PARA SECADO Ampicilina benzatinica. 300 mg. Cloxacilina sódica. 100 mg.Estreptomicina (como sulfato) 100 mg. Excipiente c.s.p. 10 ml. - Caja conteniendo 20 pomos intramamarios. | UNIDAD | 10 | 20 | POMO |
6 | 51151616-001 | ATROPINA IMYECTABLE | Sulfato de atropina 1gr. Presentación frasco de 10 ml como minimo | UNIDAD | 25 | 50 | AMPOLLA |
7 | 42121608-9998 | BOROGLUCONATO DE CALCIO + CLORURO DE MAGNESIO + ASOCIADO INYECTABLE | Borogluconato de Calcio 20% + Cloruro de Magnesio 0,85% + cafeina 0,05g + vitamina B12 3.000 mcg cada 100ml Inyectable Frasco x 250 ml | UNIDAD | 50 | 100 | FRASCO |
8 | 42121608-9998 | BOROGLUCONATO DE CALCIO + CLORURO DE MAGNESIO + ASOCIADO INYECTABLE | Gluconato de calcio 17 g + Acido Borico 3 g + Cafeína 0,05 g + Vitamina B1 0,10 g + Cloruro de Magnesio 0,8 g + Agua para inyectable c.s.p 100 mL. Frasco x 250ml | UNIDAD | 25 | 50 | FRASCO |
9 | 42121608-9998 | BOROGLUCONATO DE CALCIO + CLORURO DE MAGNESIO + ASOCIADO INYECTABLE | Dextrosa 40 g, Gluconato de Calcio 17g, Acido Bórico 3 g Vitamina B1 0,10 g, Cloruro de Magnesio 0,8 g, Excipientes c.s.p 100 mL. Frasco x 250ml |
UNIDAD | 25 | 50 | FRASCO |
10 | 51101550-007 | CEFALEXINA AMPOLLA | Cefalexina monohidrato 185 mg/ml inyect Frasco x 100 ml como minimo | UNIDAD | 30 | 60 | FRASCO |
11 | 51102601-9993 | CEFTIOFUR INYECTABLE | Ceftiofur 50mg/ml inyectable Frasco x 100 ml | UNIDAD | 20 | 40 | FRASCO |
12 | 51161630-002 | CLORFENIRAMINA MALEATO INYECTABLE | Clorfeniramina 10mg/ Ampolla x 2 ml | UNIDAD | 40 | 80 | AMPOLLA |
13 | 51102707-005 | CLORHEXIDINA SOLUCION | Clorhexidina al 5% solucion x 1 litro | UNIDAD | 50 | 100 | FRASCO |
14 | 51102724-001 | CLORURO DE BENZALCONIO S/ NITRITO SOLUCION | Cloruro de benzalconio al 1,2 g/100ml. Frasco x 1 litro. Antiséptico germicida con sección detergente y fungicida para uso local en las afecciones externas. | UNIDAD | 50 | 100 | FRASCO |
15 | 51191802-001 | CLORURO DE POTASIO SOLUCION INYECTABLE | Cloruro de potasio 3 molar x 10 ml | UNIDAD | 250 | 500 | FRASCO |
16 | 51102601-018 | CLOXACILINA + ESTREPTOMICINA + ASOCIADO INYECTABLE | Pomos Intramamarios para mastitis aguda Cloxacilina sodica. 200 mg. + Esreptomicina (como sulfato) 100 mg. + Prednizolona. 5 mg. + Excipiente c.s.p. en pomo. | UNIDAD | 50 | 100 | POMO |
17 | 10191509-017 | CURABICHERA EN AEROSOL | Curabichera aerosol a base de Cipermetrina 0,55 g. + Diclorvós (DDVP) 3,00 g. c.s.p 100 ml. Envase aerosol x 200 ml como minimo | UNIDAD | 100 | 200 | ENVASE |
18 | 10191509-017 | CURABICHERA EN AEROSOL | Curabichera aerosol a base de Diclorvós (DDVP) 3,5 g. + Cipermetrina 0,64 g. + Sulfato de Neomicina 1,0 g. + butóxido de piperonilo 1,0 g. + Oxido de Zinc 5,0 g. Excipientes c.s.p. 100 g. Envase aerosol x 200 ml como minimo | UNIDAD | 100 | 200 | ENVASE |
19 | 10191509-042 | CURABICHERA EN LIQUIDO | Curabichera líquido a base de Fenthión 3,0 g. + Diclorvós (DDVP) 2,0 g. c.s.p 100 ml. Bidón x 500 ml. | UNIDAD | 25 | 50 | BIDON |
20 | 10191509-018 | CURABICHERA EN PASTA | Curabichera en pasta a base de Cipermetrina 0,50 g. + diclorvós (DDVP) 1,50 g. Excipientes c.s.p. 100 g. Pote x 500 g. | UNIDAD | 25 | 50 | POTE |
21 | 51181704-016 | DEXAMETASONA FOSFATO SODICO SOLUCION INYECTABLE | Dexametasona fosfato sodico 2,5mg/ml Frasco x 50 ml como minimo | UNIDAD | 75 | 150 | FRASCO |
22 | 51191601-003 | DEXTROSA ISOTONICA - SOLUCION PARENTERAL | Suero Glucosado al 5% (dextrosa) solucion parenteral Frasco x 500 ml | UNIDAD | 150 | 300 | FRASCO |
23 | 51191601-001 | DEXTROSA HIPERTONICA - SOLUCION PARENTERAL | Suero Glucosado al 50% (dextrosa) solucion parenteral Frasco x 500 ml | UNIDAD | 25 | 50 | FRASCO |
24 | 42121604-9995 | DIACETURATO DE DIAZOAMINODIBENZAMIDINA INYECTABLE | Diminazene diaceturate 4% iny 25 ml | UNIDAD | 25 | 50 | AMPOLLA |
25 | 51142009-002 | DIPIRONA INYECTABLE | Dipirona 500 mg/ml inyectable x 100 ml | UNIDAD | 25 | 50 | FRASCO |
26 | 42121606-006 | DORAMECTINA INYECTABLE | Doramectina 1gr x 50 ml | UNIDAD | 15 | 30 | AMPOLLA |
27 | 51102601-001 | ENROFLOXACINA INYECTABLE | Enrofloxacina 5% Frasco x 100 ml | UNIDAD | 35 | 70 | FRASCO |
28 | 51131805-002 | ETAMSILATO AMPOLLA | Etamsilato 250 mg ampollas de 2 ml | UNIDAD | 100 | 200 | AMPOLLA |
29 | 42121604-9993 | FENBENDAZOL + PIRANTEL + Asociado comprimido | Antiparasitario interno de amplio espectro. Para caninos y felinos. A base de fenbendazol 450mg + pirantel 100mg + praziquantel 50mg oral. Caja x 96 comprimidos | UNIDAD | 15 | 30 | CAJA |
30 | 42121604-006 | FENBENDAZOL Solución | Antiparasitario interno ORAL. Fenbendazol 10gr. Excipientes c.s.p 100ml. frasco x 15ml como minimo | UNIDAD | 25 | 50 | FRASCO |
31 | 51171706-001 | SULFAGUANIDINA+BISMUTO+ASOCIADO COMPRIMIDO | Cada comprimido contiene: Sulfaguanidina 0,75 g Carbón vegetal 0,60 g Subnitrato de bismuto 0,30 g Excipientes c.s. Pote x 50 comprimidos como minimo para uso veterinario. |
UNIDAD | 25 | 50 | pote |
32 | 10191511-001 | FIPRONIL | Antiparasitario externo para moscas de los cuernos, garrapatas, uras y piojos Frasco x 1000 ml | UNIDAD | 15 | 30 | FRASCO |
33 | 41116015-9857 | FLORFENICOL ESTANDAR | Florfenicol 30 gr.D131 Frasco x 100ml | Unidad | 5 | 10 | FRASCO |
34 | 42121604-002 | FUROSEMIDA SOLUCION | Furosemida 5gr Frasco x 10 ml como minimo | UNIDAD | 25 | 50 | FRASCO |
35 | 42181503-001 | GEL PARA ECOGRAFÍA | Gel para ecografia pote x 1 kg. | UNIDAD | 8 | 15 | POTE |
36 | 51101584-006 | GENTAMICINA AMPOLLA | Gentamicina 10% fco x 50 ml como minimo | UNIDAD | 30 | 60 | FRASCO |
37 | 42121602-999 | HEMOSTATICO INYECTABLE | Adenocromo (carbazocromo) 5mg en 10 ml Frasco x 20 ml | UNIDAD | 25 | 50 | FRASCO |
38 | 42121602-999 | HEMOSTATICO INYECTABLE | Adrenocromo Monosemicarbazona 5 mg (Carbazocromo) o (Adrenoxil) Sodio Salicilato USP vigente 1,250 g + Acohol Bencílico NF vigente 0,200 mL. Frasco x 50ml como minimo | UNIDAD | 50 | 100 | FRASCO |
39 | 42121607-008 | HIERRO + VITAMINA SOLUCION INYECTABLE | Hierro elemental 200 mg ( como complejo hierro dextrano ) Cianocobalamina 50 mg ( Vitamina B12 ) solución inyectable. Frasco x 100ml. | UNIDAD | 40 | 80 | FRASCO |
40 | 42121606-9992 | IMIDOCARB INYECTABLE | Imidocarb 12g en 100ml Frasco x 20 ml | UNIDAD | 15 | 30 | FRASCO |
41 | 51102722-002 | IODOPOVIDONA JABON LIQUIDO | Jabón líquido a base de iodopovidona 7,5g. X 1 litro | UNIDAD | 150 | 300 | FRASCO |
42 | 51102722-001 | IODOPOVIDONA SOLUCION | iodopovidona solucion al 10% Frasco x 1 litro | UNIDAD | 150 | 300 | FRASCO |
43 | 51142919-001 | ISOFLURANO SOLUCIÓN | Isoflurano 100% Solución inhalante x 100ml | UNIDAD | 35 | 70 | FRASCO |
44 | 42121607-005 | IVERMECTINA INYECTABLE | ivermectina 1gr en 100ml. Frasco x 50 ml como minino | UNIDAD | 60 | 120 | FRASCO |
45 | 51142934-003 | KETAMINA INYECTABLE | Ketamina clorhidrato 11,52 gr. (equivalente a 10 gr. de ketamina base) (100mg/ml) frasco x 50 ml como minimo | UNIDAD | 100 | 200 | FRASCO |
46 | 51142934-003 | KETAMINA INYECTABLE | Ketamina al 5% (50mg/ml) x 50 ml | UNIDAD | 150 | 300 | FRASCO |
47 | 51142138-001 | KETOROLAC INYECTABLE | Ketorolac 60 mg inyectable Frasco ampolla x 2 ml como minimo. | UNIDAD | 30 | 60 | FRASCO |
48 | 42121608-9992 | LEVAMISOL + PIRANTEL + ASOCIADO GOTA | Antiparasitario interno de amplio espectro, nematodicida, cestodicida. A base de Levamisol 1g + Pirantel 0,333g + Praziquantel 0,333g + metilbromuro de homoatropina 0,666g cada 100ml en Gota de uso veterinario, Frasco x 10 ml. Como minimo | UNIDAD | 20 | 40 | FRASCO |
49 | 51201808-001 | LEVAMISOL INYECTABLE | Levamisol 7,5 % Frasco x 100 ml | UNIDAD | 18 | 36 | FRASCO |
50 | 51142904-003 | LIDOCAINA (SIN EPINEFRINA) INYECTABLE | Lidocaina 2% sin epinefrina x 50ml | UNIDAD | 50 | 100 | FRASCO |
51 | 51142904-009 | LIDOCAINA AEROSOL | Lidocaina base 100mg. Frasco 50 ml | UNIDAD | 25 | 50 | FRASCO |
52 | 51142937-004 | LIDOCAINA CLORHIDRATO - GEL | Lidocaina Clorhidrato 2g, Carboximetilcelulosa 2g, metilparabeno 0,1g. Gel 25ml | UNIDAD | 15 | 30 | FRASCO |
53 | 51142904-002 | LIDOCAINA CON EPINEFRINA INYECTABLE | Lidocaina al 2% con epinefrina, Ampolla x 2 ml como minimo. | UNIDAD | 25 | 50 | AMPOLLA |
54 | 51171806-001 | METOCLOPRAMIDA AMPOLLA | Metroclopramida 5 mg/ml inyec Frasco x 50 ml como minimo para uso veterinario | UNIDAD | 25 | 50 | FRASCO |
55 | 51101603-003 | METRONIDAZOL - INYECTABLE | Metronidazol 5 mg/ml Frasco autocolapsable, conteniendo como minimo 100ml. Solución para perfusión intravenosa lista para su administración. Frasco sistema cerrado con doble puerto estéril, sin derrame de fluidos. | UNIDAD | 75 | 150 | FRASCO |
56 | 42121608-9989 | Meloxicam Inyectable+C113 | Meloxicam 5ml; agente de formulación 1ml (5mg/ml). Uso veterinario frasco ampolla x 10 ml. Como minimo. | UNIDAD | 50 | 100 | FRASCO |
57 | 51141921-002 | MIDAZOLAM - AMPOLLA | Midazolam 0,5 gr. (5mg/ml). Uso veterinario frasco ampolla x 20 ml. Como minimo. | UNIDAD | 250 | 500 | AMPOLLA |
58 | 51102601-015 | OXITETRACICLINA + BENCIDAMINA INYECTABLE | Oxitetraciclina + Bencidamina Inyectable: Oxitetraciclina Clorhidrato 6,4 g + Bencidamina Clorhidrato 2,0 g csp100,0ml. Frasco 250 ml | UNIDAD | 10 | 20 | FRASCO |
59 | 51102601-015 | OXITETRACICLINA + BENCIDAMINA INYECTABLE | Oxitetraciclina + Bencidamina Inyectable: Oxitetraciclina Clorhidrato 6,4 g, 2 - dietilamino 2'6' - Acetoxilidida, Clorhidrato 2,0g + Bencidamina Clorhidrato 2,0g + Cloruro de magnesio Hexahidratado: 3,2g. 2 - Aminoetanol: 4,0g. 1,2 - Dihidroxipropano: 75,0gr. Frasco 250 ml | UNIDAD | 10 | 20 | FRASCO |
60 | 51102601-007 | OXITETRACICLINA + NEOMICINA + ASOCIADO OVULO | antibiotico intrauterino a base de clorhidrato de oxitetraciclina 500 mg, sulfato de neomicina 100 mg, papaina 150 mg, excipientes c.s.p 1 ovulo caja x 50 ovulos | UNIDAD | 5 | 10 | CAJA |
61 | 51102601-007 | OXITETRACICLINA + NEOMICINA + ASOCIADO OVULO | Oxitetraciclina Ovulos: Oxitetraciclina Clorhidrato 500 mg + Neomicina sulfato 150mg + papaina 1000 mg + excipiente efervecente csp. 5000mg. Presentacion de entrega caja con 50 ovulos como minimo. | UNIDAD | 75 | 150 | CAJA |
62 | 51102601-9990 | OXITETRACICLINA + VITAMINA POLVO ORAL | OXITETRACICLINA HCL 5,5 gr, Vitamina A 250.000 UI, Vitamina D3 50.000 UI, Vitamina E 100 UI. POLVO ORAL. Sobre x 100 gr. | UNIDAD | 50 | 100 | sobre |
63 | 51102601-004 | OXITETRACICLINA INYECTABLE | Oxitetraciclina inyectable larga acción: oxitetraciclina al 20% Frasco x 100 ml | UNIDAD | 25 | 50 | FRASCO |
64 | 51182203-001 | OXITOCINA - AMPOLLA | oxitocina 20 U excipientes csp 1 ml frasco x 50 ml | UNIDAD | 10 | 20 | FRASCO |
65 | 51102601-008 | PENICILINA + ESTREPTOMICINA + ASOCIADO INYECTABLE | Penicilina G Benzatina 1.200.000 UI + Penicilina G Procaína 600.000 UI + Penicilina G Sódica 600.000 UI + Dihidroestreptomicina base (sulfato) 500 mg. + Estreptomicina 500 mg. | UNIDAD | 125 | 250 | CAJA |
66 | 51102601-008 | PENICILINA + ESTREPTOMICINA + ASOCIADO INYECTABLE | Penicilina G Benzatina 3.000.000 UI + Penicilina G Procaína 1.500.000 UI + Penicilina G Sódica 1.500.000 UI + Dihidroestreptomicina base (sulfato) 1.250 mg. + Estreptomicina 1.250 mg. Cada ampolla de solvente contiene: Bencidamina Hcl. 200 mg. | UNIDAD | 300 | 600 | CAJA |
67 | 51102601-008 | PENICILINA + ESTREPTOMICINA + ASOCIADO INYECTABLE | Penicilina G Benzatina 6.000.000 UI + Penicilina G Procaína 3.000.000 UI + Penicilina G Sódica 3.000.000 UI + Dihidroestreptomicina base (sulfato) 2.500 mg. Cada ampolla de solvente contiene: Bencidamina Hcl. 0,4 g. | UNIDAD | 150 | 300 | CAJA |
68 | 51131901-001 | POLIGELINA SOLUCIÓN COLOIDAL | Poligelina al 3,5% Frasco x 500 ml | UNIDAD | 25 | 50 | FRASCO |
69 | 42121607-9996 | PROGESTERONA INTRAVAGINAL PARA BOBINO | progesterona 1 g; silicona inerte c.s.p 1 dispositivo paque x 10 dispositivos | UNIDAD | 5 | 10 | PAQUETE |
70 | 51142941-001 | PROPOFOL - AMPOLLA | Propofol al 1% emulsión inyectable. Frasco ampolla x 20 ml. Como minimo | UNIDAD | 350 | 700 | FRASCO |
71 | 51171917-001 | RANITIDINA INYECTABLE | Ranitidina 2 gr inyect Frasco x 50 ml | Unidad | 25 | 50 | FRASCO |
72 | 51191602-002 | SUERO FISIOLÓGICO SOLUCIÓN | Suero fisiologico cloruro de sodio al 0,9% Frasco x 500 ml | UNIDAD | 350 | 700 | FRASCO |
73 | 51191602-002 | SUERO FISIOLÓGICO SOLUCIÓN | Suero fisiologico cloruro de sodio al 0,9% Frasco x 1000 ml | UNIDAD | 250 | 500 | FRASCO |
74 | 51191604-001 | SUERO RINGER LACTATO - SOLUCIÓN | Suero Ringer Lactato Frasco x 1000 ml | UNIDAD | 125 | 250 | FRASCO |
75 | 51191604-001 | SUERO RINGER LACTATO - SOLUCIÓN | suero ringer lactato Frasco x 500 ml | UNIDAD | 175 | 350 | FRASCO |
76 | 51102601-013 | SULFATIAZOL+SULFADIAZINA + ASOCIADO INYECTABLE | antibacteriano- quimioterapeitico : sulfatiazol sodico 7 g, sulfadiazina sodica 6 g, sulfamerazina sodica 6 g, sulfametazina sodica 6 g, excipientes c.s.p 100 ml. Frasco x 100ml como minimo | UNIDAD | 13 | 25 | FRASCO |
77 | 51102722-003 | TINTURA DE YODO SOLUCION | Tintura de yodo solución antiséptica: tintura de yodo al 2% Frasco x 1000ml | UNIDAD | 50 | 100 | FRASCO |
78 | 51142921-001 | TIOPENTAL SODICO (RSA) INYECTABLE | Tiopental sódico x 1000mg Anestésico Frascoampolla x 1 g. Barbitúrico de acción ultracorta inyectable | UNIDAD | 50 | 100 | FRACO |
79 | 42121604-9999 | TRIAMCINOLONA ACETONIDO INYECTABLE | Triamcinolona 6mg inyect Frasco x 20 ml | UNIDAD | 25 | 50 | FRASCO |
80 | 51171630-002 | VASELINA - LIQUIDA | Vaselina liquida medicinal x 1 litro | UNIDAD | 25 | 50 | FRASCO |
81 | 42121604-012 | VITAMINA B + ASOCIADO INYECTABLE | Vitamina B1 10.000 mg. Vitamina B2 200 mg. Vitamina B6 200 mg. Vitamina B12 Cianocobalamina 1.000 mcg. Nicotinamida 10.000 g. Agua destilada c.s.p 100 ml. inyectable Frasco x 100ml | UNIDAD | 25 | 50 | FRASCO |
82 | 51191905-030 | VITAMINA C - AMPOLLA | Vitamina C 10.000mg. inyectable x 50 ml | UNIDAD | 10 | 20 | AMPOLLA |
83 | 42121604-999 | VITAMINA INYECTABLE | Vitamina ADE (Vitamina A 500.000 Ul. Vitamina D3 75.000 Ul. Vitamina E 50 mg. Exipientes c.s.p. 1 ml.) inyectable x 50 ml |
UNIDAD | 25 | 50 | FRASCO |
84 | 42121604-999 | VITAMINA INYECTABLE | Vitamina A 1.500.000 UI, Vitamina D3 400.000 UI, Vitamina E 100 mg, Vitamina B1 400mg, Vit B2 150mg, Vit B6 200 mg, Vit B12 480mcg, Nicotinamida 1000 mcg inyectable. frasco x 50 ml | UNIDAD | 3 | 5 | FRASCO |
85 | 42121604-010 | VITAMINAS + MINERALES INYECTABLE | vitamina B1 8 g; vitamina B2 16 g; vitamina B6 11,6 g; vitamina B12 0,020 g; vitamina C 5 g; vitamina D3 5 g; vitamina k3 1 g; Niacina 10 g; Acido folico 2,8 g; Biotina 0,3 g; pantotenato de calcio 47 g; cloruro de sodio 217 g; cloruro de potasio 34 g; sulfato de magnesio 7 g; excipientes solubles c.s.p 1000 g FRASCO X 100 ml como minimo | UNIDAD | 25 | 50 | FRASCO |
86 | 42121604-013 | XILAZINA INYECTABLE | Xilacina 20mg/ml Frasco x 20 ml | UNIDAD | 175 | 350 | FRASCO |
87 | 42121604-9992 | Yohimbina Solución Inyectable | Yohimbina clorhidrato 200 mg; frasco x 10 ml como minimo csp 100ml (2mg/ml) | UNIDAD | 15 | 30 | FRASCO |
CONDICIONES GENERALES
INSPECCIONES Y PRUEBAS GENERALES DE LOS BIENES REQUERIDOS:
las inspecciones y pruebas se realizarán en base a las especificaciones técnicas requeridas, verificando que el bien ofertado cumple con todas y cada una de ellas, en caso contrario serian devueltas y en un plazo no mayor a 5 (cinco) días corridos contados a partir de la recepción de la Nota de Comunicación por parte del Proveedor y/o de su rechazo en la recepción misma del bien, la adjudicataria deberá volver solicitar la verificación del bien ajustándose estrictamente a las especificaciones técnicas requeridas evitando así la causal de rescisión del contrato contraído entre las partes. Los bienes deberán ser nuevos y estar bien embalados, no se deberá observar ninguna avería de forma y contenido, se realizará una inspección minuciosa de cada BIEN por los técnicos designados por la convocante. En los casos que se requieren y/o en cualquier etapa de la ejecución del contrato, ante indicios o detección de variaciones de concentración de los insumos, principios activos de los insumos, la convocante podrá requerir informes laboratoriales del INTN, el CEMIT o a través de sus laboratorios, que servirán como una herramienta de verificación de los parámetros determinados en las especificaciones técnicas. Para dichas pruebas, el proveedor deberá cubrir los costos y reponer directamente la cantidad utilizada para el muestro de calidad, en el plazo indicado. En el caso que se detectará diferencias entre lo requerido y lo proveído conforme a los análisis realizados, se remitirá todo el lote del insumo analizado, el cual deberá ser repuestos en el plazo indicado.
EMBALAJES, ENVASES Y OTROS REQUISITOS:
Todos los productos adjudicados para su entrega deben tener la impresión USO EXCLUSIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS VETERINARIAS - UNA, fecha de vencimiento y lote visible según la naturaleza del bien adquirido, con tinta de difícil remoción.
Los embalajes de los productos suministrados deberán ser adecuados, de tal forma a que impida su deterioro y permita su conservación y protección de la humedad y cualquier otro agente del medio ambiente nocivo para el mismo. Los embalajes o envases deberán estar etiquetados con la misma información descripta para los productos, indicando cantidad máxima de apilamiento y la leyenda Frágil, en el caso de que así lo sean.
Los embalajes o envases deberán estar etiquetados con la misma información descrita para los productos, indicando cantidad máxima de apilamiento y la leyenda Frágil, en caso de que así lo sea.
Los medicamentos entregados deberán cumplir estrictamente con la cadena de frío, según corresponda. En caso de comprobarse la ruptura de la cadena de frío en algún punto, el proveedor deberá reemplazar el lote correspondiente en un plazo no mayor a 10 días hábiles, siendo pasible del cobro de las multas correspondientes.
Embalaje Primario: Debe cumplir con las condiciones de conservación adecuada del medicamento conforme la naturaleza del principio activo.
Embalaje Secundario: Caja que contiene al envase primario y puede ser de: cartón, plástico u otro material que el fabricante disponga.
VENCIMIENTO DE LOS PRODUCTOS:
El vencimiento mínimo de los medicamentos, insumos y reactivos no deberán ser inferior a 12 (doce) meses al momento de la entrega, si por la naturaleza del mismo o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del artículo deberá ser autorizada por la Convocante; además, se deberá presentar Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de Lote que serán entregados. La validez de dicha póliza deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha del vencimiento del artículo a entregar.
Además, deberán presentar Declaración Jurada por la cual el oferente se compromete en caso de ser adjudicados a canjear los medicamentos e insumos 3 a 6 meses antes de su vencimiento, previo informe de la Convocante.
GARANTÍA A SER APLICADO PARA CADA ITEM.
De conformidad a lo establecido en las especificaciones técnicas las garantías serán proveídas por el periodo requerido o en el caso de no haberse establecido deberán contar con una garantía mínima de 12 (doce) meses como mínimo.
La garantía deberá abarcar contra toda falla de diseño y/o fabricación (variaciones de concentración, principios activos de los insumos, consistencia, medidas y/o granulometría, alteraciones o deficiencias en los componentes químicos o minerales del bien), contado a partir de la fecha de entrega. La misma será aplicada en cualquier momento de la ejecución del contrato para la provisión de los bienes requeridos, conforme a lo establecido en el apartado de INSPECCIONES Y PRUEBAS GENERALES DE LOS BIENES.
La gestión de la ejecución de la garantía, deberá poder ser hecha a través del Oferente, corriendo en su caso, por cuenta del Oferente que resulte adjudicado, la gestión de dicha ejecución.
El presente proceso licitatorio se da inicio a solicitud del Dr. Pablo Romero, Encargado del Deposito Central de Farmacia de la Facultad de Ciencias Veterinarias UNA., solicita a la Dirección de Administración y Finanzas el inicio del llamado a licitación para la compra de los medicamentos en el Hospital Veterinario y demás dependencias tanto para la Sede Central (San Lorenzo) como el de las Filiales del interior del país (Concepción, San Estanislao, Caazapá y San Juan Bautista).
Por ello, y en el marco de lo citado precedentemente se ha procedido a planificar y programar el proceso licitatorio en concordancia con las necesidades a ser suplidas con el presente proceso licitatorio.
Atendiendo las características del presente procedimiento de contratación, es oportuno mencionar que los requisitos establecidos van dirigidas a potenciales oferentes cuya infraestructura, capacidad técnica y legal sea apta para ejecutar sin inconvenientes el contrato objeto de la presente licitación
Consideramos que nuestra solicitud se encuentra enmarcado bajo el Art. 4° Principios Generales, inc a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los Organismos, Entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, y b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta Ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
Departamento de Clínicas Veterinarias de la Facultad de Ciencias Veterinarias UNA Sede San Lorenzo. Sito en Ruta Mcal. Estigarribia Km 13 Campus UNA. Se realizará en coordinación con el Departamento de Contrataciones y la Unidad encargada de Administrar el Contrato, de Lunes a Viernes de 08:00 hs. a 12:00 hs. |
La entrega conforme a la necesidad de la convocante: Dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días calendarios contados a partir de la recepción de la orden de compra por parte del proveedor. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
Los embalajes de los productos suministrados deberán ser adecuados, de tal forma a que impida su deterioro y permita su conservación y protección de la humedad y cualquier otro agente del medio ambiente nocivo para el mismo. Los embalajes o envases deberán estar etiquetados con la misma información descripta para los productos, indicando cantidad máxima de apilamiento y la leyenda Frágil, en el caso de que así lo sean. Los embalajes o envases deberán estar etiquetados con la misma información descrita para los productos, indicando cantidad máxima de apilamiento y la leyenda Frágil, en caso de que así lo sea. Los medicamentos entregados deberán cumplir estrictamente con la cadena de frío, según corresponda. En caso de comprobarse la ruptura de la cadena de frío en algún punto, el proveedor deberá reemplazar el lote correspondiente en un plazo no mayor a 5 (cinco) días corridos, siendo pasible del cobro de las multas correspondientes. Embalaje Primario: Debe cumplir con las condiciones de conservación adecuada del medicamento conforme la naturaleza del principio activo. Embalaje Secundario: Caja que contiene al envase primario y puede ser de: cartón, plástico u otro material que el fabricante disponga).
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Una vez adjudicado, las inspecciones y pruebas se realizarán en base a las especificaciones técnicas requeridas, verificando que el bien ofertado cumple con todas y cada una de ellas, en caso contrario serian devueltas y en un plazo no mayor a 5 (cinco) días corridos contados a partir de la recepción de la Nota de Comunicación por parte del Proveedor y/o de su rechazo en la recepción misma del bien, la adjudicataria deberá volver solicitar la verificación del bien ajustándose estrictamente a las especificaciones técnicas requeridas evitando así la causal de rescisión del contrato contraído entre las partes. Los bienes deberán ser nuevos y estar bien embalados, no se deberá observar ninguna avería de forma y contenido, se realizará una inspección minuciosa de cada BIEN por los técnicos designados por la convocante. En los casos que se requieren y/o en cualquier etapa de la ejecución del contrato, ante indicios o detección de variaciones de concentración de los insumos, principios activos de los insumos, la convocante podrá requerir informes laboratoriales del INTN, el CEMIT o a través de sus laboratorios, que servirán como una herramienta de verificación de los parámetros determinados en las especificaciones técnicas. Para dichas pruebas, el proveedor deberá cubrir los costos y reponer directamente la cantidad utilizada para el muestro de calidad, en el plazo indicado. En el caso que se detectará diferencias entre lo requerido y lo proveído conforme a los análisis realizados, se remitirá todo el lote del insumo analizado, el cual deberá ser repuestos en el plazo indicado.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Para Bienes: Nota de Remisión, la cual deberá llevar la firma y aclaración de los responsables asignados de la dependencia receptora para el efecto.
Frecuencia: mínimo conforme a la necesidad en atención al tipo de bien requerido.
Planificación de indicadores de cumplimiento:
Se ha optado por la aplicación de la modalidad por Contrato Abierto por cantidad mínima y máxima, que, por la naturaleza del llamado, no puede determinarse cantidad ni frecuencia.
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
|
|
|
|
|
|
|
2. Documentos. Consorcios |
|
|
|
|