1. En el punto Capacidad técnica, numeral 2 del Pliego de Bases y Condiciones se requiere la presentación del Certificado laboral de la firma emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Al respecto, se solicita que el certificado, a fin de ser aceptado, sea emitido sin observaciones y que no se acepten los certificados que sean emitidos en controversia ya que éste último da cuenta de la existencia de un incumplimiento por parte de la empresa con el Ministerio del trabajo.
1. En el punto Capacidad técnica, numeral 2 del Pliego de Bases y Condiciones se requiere la presentación del Certificado laboral de la firma emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Al respecto, se solicita que el certificado, a fin de ser aceptado, sea emitido sin observaciones y que no se acepten los certificados que sean emitidos en controversia ya que éste último da cuenta de la existencia de un incumplimiento por parte de la empresa con el Ministerio del trabajo.
El referido documento será analizado por los integrantes del comité de evaluación de oferta, quienes serán los encargados de corroborar la validez del documento.
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Portal SICP
En la planilla de precios descargable del Portal SICP puede observarse que en punto Descripción figura Servicio de limpieza de edificios y tal no es el objeto de la presente contratación. El presente llamado hace referencia a servicio de contratación de personal para servicios varios tal como se desprende de las especificaciones técnicas del Pliego de Bases y Condiciones. Ambos servicios son completamente distintos e incluso poseen códigos de catálogo distintos, mientras el Servicio de limpieza de edificios cuenta con código 76111501-001 que corresponde al Nivel 5; por otra parte, el servicio de mano de obra cuenta con código 80111613-9999. Se solicita la corrección de la descripción obrante en la Planilla de Precios a fin de adecuarla a lo solicitado en el pliego de bases y condiciones.
En la planilla de precios descargable del Portal SICP puede observarse que en punto Descripción figura Servicio de limpieza de edificios y tal no es el objeto de la presente contratación. El presente llamado hace referencia a servicio de contratación de personal para servicios varios tal como se desprende de las especificaciones técnicas del Pliego de Bases y Condiciones. Ambos servicios son completamente distintos e incluso poseen códigos de catálogo distintos, mientras el Servicio de limpieza de edificios cuenta con código 76111501-001 que corresponde al Nivel 5; por otra parte, el servicio de mano de obra cuenta con código 80111613-9999. Se solicita la corrección de la descripción obrante en la Planilla de Precios a fin de adecuarla a lo solicitado en el pliego de bases y condiciones.
El objeto principal del llamado radica en la necesidad de contratar una empresa que será la encargada de mantener la limpieza de las oficinas, depósitos y predios con el fin de brindar un ambiente saludable tanto como para los personales de la institución como para los diferentes usuarios que concurren las distintas sedes, en base a lo expuesto se mantiene el criterio de servicio de limpieza.
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Formularios
7. En la planilla de pagos al personal existen numerosas incongruencias. Específicamente en el numeral 2, referido al ítem 2 del lote 1, se exige el pago del salario mínimo, no obstante, al verificar las especificaciones técnicas, se observa que el personal afectado al cumplimiento de este ítem debe prestar servicios únicamente dos veces por semana, por lo que no se justifica el pago del salario mensual. Se solicita la modificación de la planilla de pagos. Siguiendo con la planilla de pagos al personal, se tiene que en el numeral 2, referido al ítem 3 del lote 1 figura que debe abonarse el salario mínimo cuando figura el trabajo debe ejecutarse en el plazo de 5 días desde que fuese autorizado el mismo mediante la correspondiente orden de servicio. 5. En el numeral 3 de la planilla de pagos referido al ítem 1 del lote 2 se establece que debe abonarse el salario mínimo. Sin embargo, la configuración del servicio tal como se encuentra descripto en las especificaciones técnicas no se condice con la referida exigencia puesto que allí se indica que este servicio se presta según necesidad de la Convocante por lo que bien puede ser prestado por personal que ya está afectado a la prestación del servicio en otros ítems. Se solicita la exclusión de este punto de la planilla de pagos al personal.
7. En la planilla de pagos al personal existen numerosas incongruencias. Específicamente en el numeral 2, referido al ítem 2 del lote 1, se exige el pago del salario mínimo, no obstante, al verificar las especificaciones técnicas, se observa que el personal afectado al cumplimiento de este ítem debe prestar servicios únicamente dos veces por semana, por lo que no se justifica el pago del salario mensual. Se solicita la modificación de la planilla de pagos. Siguiendo con la planilla de pagos al personal, se tiene que en el numeral 2, referido al ítem 3 del lote 1 figura que debe abonarse el salario mínimo cuando figura el trabajo debe ejecutarse en el plazo de 5 días desde que fuese autorizado el mismo mediante la correspondiente orden de servicio. 5. En el numeral 3 de la planilla de pagos referido al ítem 1 del lote 2 se establece que debe abonarse el salario mínimo. Sin embargo, la configuración del servicio tal como se encuentra descripto en las especificaciones técnicas no se condice con la referida exigencia puesto que allí se indica que este servicio se presta según necesidad de la Convocante por lo que bien puede ser prestado por personal que ya está afectado a la prestación del servicio en otros ítems. Se solicita la exclusión de este punto de la planilla de pagos al personal.
El formulario establecido en el pliego estándar limita la edición de los campos para la convocante, por lo que los datos consignados son meramente referenciales, El oferente deberá llenar con los montos a los cuales se compromete a pagar a los personales contratados por la misma.
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Especificaciones Tecnicas
6. En la Sección denominada Especificaciones técnicas en el punto referido al ítem 1 del lote 2 los servicios se encuentran descriptos en forma vaga ya que no se establece la cantidad de personal ni las horas en que éstos deben prestar servicios. Además, existe una contradicción entre el horario señalado en este punto, que establece que el servicio se presta según necesidad de la Convocante, por lo que se contradice con el horario establecido en la planilla de pagos al personal. Por otra parte, como en la propia descripción del servicio figura que éste se presta según necesidad de la Convocante, no es necesario que se asigne a personal específico para este ítem, sino que el servicio bien puede ser prestado por personal que ya se encuentra asignado a la ejecución del contrato mediante el pago de las remuneraciones adiciones que correspondan.
6. En la Sección denominada Especificaciones técnicas en el punto referido al ítem 1 del lote 2 los servicios se encuentran descriptos en forma vaga ya que no se establece la cantidad de personal ni las horas en que éstos deben prestar servicios. Además, existe una contradicción entre el horario señalado en este punto, que establece que el servicio se presta según necesidad de la Convocante, por lo que se contradice con el horario establecido en la planilla de pagos al personal. Por otra parte, como en la propia descripción del servicio figura que éste se presta según necesidad de la Convocante, no es necesario que se asigne a personal específico para este ítem, sino que el servicio bien puede ser prestado por personal que ya se encuentra asignado a la ejecución del contrato mediante el pago de las remuneraciones adiciones que correspondan.
La naturaleza de servicio requerido por la convocante exige la flexibilidad en cuanto a la cantidad de personal o carga horaria siempre y cuando no superen las 8 horas, pudiendo desarrollarse en el horario comprendido entre las 7:00hs. y las 17:00hs. de acuerdo a la necesidad.
Si bien en la planilla de pago al personal se declara el salario a percibir por 30 dias de trabajo, el pago efectivo que realizara en proporción a las horas o días trabajados conforme al jornal mínimo diario.
En el ítem 1 del Lote 2, se solicita la provisión de personal para trabajos varios dentro del rubro de limpieza, el servicio podrá ser realizado por personal de la empresa asignado a la ejecución del contrato, siempre y cuando esta actividad no se superponga a las actividades asignadas en los demás ítems del llamado.