Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término “servicio” aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Declaración Jurada por la que el oferente garantiza el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores dependientes y como prestador de servicios para el Estado según formulario proforma. |
6.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
7. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
8. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios. (**) |
9. Documentos legales |
9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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9.3. Oferentes en Consorcio. |
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4.Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
a) Ejemplo para contribuyente de IRACIS
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 últimos años 2020, 2021 y 2022.
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 últimos años 2020, 2021 y 2022.
El promedio en los últimos 3 años 2020, 2021 y 2022. No deberá ser negativo.
b) Ejemplo para contribuyentes de IRPC
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos.
c) Ejemplo para contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos.
d) Ejemplo de contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
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Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
-Las empresas deberán demostrar la experiencia en la prestación remunerada de servicios de limpieza integral en el mercado nacional, demostrados con la presentación de constancias y certificados de los mismos equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación de los últimos 5 años (2018, 2019, 2020, 2021, 2022). El porcentaje mencionado corresponde a la sumatoria de los años mencionados.
-Existencia legal: las empresas deberán tener una experiencia de por lo menos 5 años en la prestación de servicios de limpieza comprobada por medio de la Constitución de sociedad en caso de sociedades o Constancia de Registro único de Contribuyente en caso de las unipersonales cuya actividad principal, en ambos casos se refiera al servicio de limpieza de edificios.
-Comprobación de desempeño anterior, mediante certificado o constancia emitida por persona jurídica de derecho público o privado, para la cual el Oferente presto servicio de limpieza, con un plazo mínimo de 12 (doce) meses ininterrumpidos aplicados en los años 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022, se acreditara la experiencia requerida en este punto tomando la fecha de vencimiento de cada contrato.
- Presentar contratos que demuestren la ejecución de los servicios, certificado, actas definitivas o constancias equivalentes al 50 % como minimo del monto total ofertado, el porcentaje mencionado corresponde a la sumatoria de los años 2018, 2019 2020 2021 y 2022, de haber realizado servicios de limpieza con empresas públicas o privadas a las cuales ha prestado servicio de limpieza. Se exige que los contratos hayan empleado al menos a 8 (ocho) trabajadores como mínimo.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
-Constancia de RUC emitida por la SET en caso de las unipersonales o Constitución de sociedad en caso de sociedades, en ambos casos se refiere al servicio de limpieza de edificios. |
-Patente comercial vigente a la fecha de apertura, del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente |
- Comprobación de desempeño anterior, mediante certificado o constancia emitida por persona jurídica de derecho público o privado, para la cual el Oferente presto servicio de limpieza, con un plazo mínimo de 12 (doce) meses ininterrumpidos aplicados en los años 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022, se acreditara la experiencia requerida en este punto tomando la fecha de vencimiento de cada contrato. |
- Presentar contratos que demuestren la ejecución de los servicios, certificado, actas definitivas o constancias equivalentes al 50 % como minimo del monto total ofertado, el porcentaje mencionado corresponde a la sumatoria de los años 2018, 2019 2020 2021 y 2022, de haber realizado servicios de limpieza con empresas públicas o privadas a las cuales ha prestado servicio de limpieza. Se exige que los contratos hayan empleado al menos a 8 (ocho) trabajadores como mínimo.
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Con el objetivo de calificar la capacidad técnica del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1- Constancia de Visita Técnica o declaración jurada de conocer el sitio, a fin de verificar y relevar todos los datos necesarios para una mejor cotización y a la vez aclarar todas las dudas con respecto a las especificaciones técnicas.
2- Declaración Jurada del Oferente, donde manifieste contar con equipos y maquinarias suficientes y apropiadas de acuerdo a lo requerido en las especificaciones técnicas para satisfacer las necesidades de la convocante en lo que respecta a la limpieza de los espacios requeridos, uniformes para cada funcionario (con distintivo de la empresa adjudicada para su identificación) y materiales para el cumplimiento de los servicios solicitados. Se deberán listar los equipos o maquinarias.
3- De conformidad al Art. 284 del Decreto 14390/92 establece la observancia laboral que las empresas con 100 o más trabajadores a su cargo deberán poseer Comisiones Internas de Prevención de Accidentes (CIPA) y para acreditar dicho requisito deberán estar debidamente reconocidas y homologadas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
4- Certificado de Cumplimiento Laboral, expedido por el MTESS (Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social). Sin Observaciones.
5- Constancia de Registro de habilitación para Servicio de Limpieza y Desinfección emitido por DIGESA (Dirección General de Salud Ambiental).
6- Reglamento interno de condiciones de trabajo, homologado, legalizado, y registrado por el MTESS (Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social).
7- En el caso de los Consorcios deberá indicarse en la oferta cual es la empresa líder, quién deberá cumplir con al menos el 60% de los requisitos y el 40% restante el o los demás integrantes del consorcio
1-Constancia de Visita Técnica o declaración jurada de conocer el sitio para todos los items. |
2- Declaración Jurada de contar con equipos y maquinarias suficientes y apropiadas de acuerdo a lo requerido en las especificaciones técnicas para satisfacer las necesidades de la convocante en lo que respecta a la limpieza de los espacios requeridos, uniformes para cada funcionario (con distintivo de la empresa adjudicada para su identificación) y materiales para el cumplimiento de los servicios solicitados. Se deberán listar los equipos o maquinarias.(propios). |
3- De conformidad al Art. 284 del Decreto 14390/92 establece la observancia laboral que las empresas con 100 o más trabajadores a su cargo deberán poseer Comisiones Internas de Prevención de Accidentes (CIPA) y para acreditar dicho requisito deberán estar debidamente reconocidas y homologadas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. |
4- Certificado de Cumplimiento Laboral, expedido por el MTESS (Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social). Sin Observaciones. |
5- Constancia de Registro de habilitación para Servicio de Limpieza y Desinfección emitido por DIGESA (Dirección General de Salud Ambiental). |
6- Reglamento interno de condiciones de trabajo, homologado, legalizado, y registrado por el MTESS (Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social). |
7- En el caso de los Consorcios deberá indicarse en la oferta cual es la empresa líder, quién deberá cumplir con al menos el 60% de los requisitos y el 40% restante el o los demás integrantes del consorcio. |
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
No aplica
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme a lo previsto en el Decreto reglamentario de la Ley de Contrataciones los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos licitatorios, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado - SIPE, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo, no siendo la inscripción una exigencia para participar en el proceso tradicional.