Fecha de Consulta: 03-05-2023
Consulta:
Consideramos que es limitante que sea un requisito de experiencia y calificación tener como actividad principal fabricación de prendas de vestir, ya que existen en el mercado nacional muchas empresas que venden y cumplen con los requerimientos técnico, económicos tiempo de actividad en el mercado y es un absurdo solicitar que la actividad principal de los oferentes sea fabricación de textil.
Solicitamos amablemente a la convocante eliminar esta condición y todos los oferentes que cumplan con los requisitos económico y técnicos de los productos ofertados puedan ofertar así el estado pueda tener mejores ofertas y variedad, dando así cumplimento al art.4 de igualdad y libre competencia.
Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
con que cumpla con los 30% de factura o contratos ya demuestra experiencia suficiente