Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:
Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.
Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el Sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del Sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y
Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el Sistema Electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.
Capacidad Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
6. Certificado de Cumplimiento Tributario (**) |
7. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
8. Documentos legales |
8.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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8.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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8.3. Oferentes en Consorcio. |
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4.Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
a) Para contribuyente de IRE GENERAL.
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente.
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los 3 años (2020, 2021 y 2022).
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total.
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los 3 años (2020, 2021 y 2022).
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital. El promedio de los 3 años no deberá
ser negativo (2020, 2021 y 2022).
Observación: Si en alguno de los tres años, o los tres años presentados por la Empresa, su pasivo es igual a 0, se considerará el Ratio de Liquidez
igual a 1 y se dará por cumplido el Ratio de Endeudamiento. Esta salvedad en el PBC hace posible calcular el promedio del índice de liquidez de
los 3 (tres) ejercicios analizados, debido a que se otorga un valor que puede ser promediado.
b) Para contribuyente de IRE SIMPLE.
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso): Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los 3 años (2020, 2021 y 2022)
c) Para contribuyente de IRP.
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los 3 años (2020, 2021 y 2022)
d) Para contribuyentes de exclusivamente IVA General.
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los 3 años (2020, 2021 y 2022)
Los oferentes al efecto de lo anteriormente señalado, deberán presentar los documentos que se indican en los requisitos documentales
Observación: En Caso de Oferentes en Consorcio, todos los integrantes del Consorcio deberán cumplir con la capacidad financiera mínima requerida.
a) Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los años 2020, 2021 y 2022 para contribuyente de IRE General. |
b) IVA General de 36 (treinta y seis) meses de los años 2020, 2021 y 2022 según la Circular Nº 11/2020 y las demás reglamentaciones vigentes de la SET, para contribuyentes sólo del IVA General. |
c) Formulario 106 de los años 2020, 2021 y 2022 para contribuyentes del IRE Simple. |
d) Formulario 104 de los años 2020, 2021 y 2022 para contribuyentes de Renta Personal. |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en confección de prendas de vestir, con contratos y/o facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50% (cincuenta por ciento) como mínimo del monto total máximo ofertado en la presente licitación, de los últimos 3 (tres) años (2020, 2021 y 2022).
Nota 1 para el oferente: El resultado de la suma de los montos de contratos y/o recepciones finales y/o facturaciones de venta deberá ser igual o superior al monto equivalente al 50% del monto total máximo de la presente licitación. Las facturaciones, recepciones finales y facturaciones de venta deben estar autenticados por escribanía publica y podrá presentarse la cantidad que fuere necesaria para acreditar el volumen o monto solicitado, siempre que hayan sido emitidas dentro del periodo mencionado (2020, 2021 y 2022).
Nota 2 para el oferente: Cada contrato y/o facturaciones de ventas y/o recepciones finales, deberán estar acompañados de su correspondiente certificado de buen cumplimiento del contrato o de la orden de compra, caso contrario no podrán ser consideradas para evaluar el presente requisito. Estos documentos deben contener datos bien legibles tales como número de factura/contrato, fecha de emisión/suscripción, timbrado, nombre de la empresa, nombre o razón social a nombre de la cual se emitió la factura/contratada/contratante, monto en guaraníes/monto de ejecución a la fecha.
Nota 3 para el oferente: En caso de presentar recepciones finales, las mismas deben hacer mención de la fecha de emisión y de los montos de los servicios, caso contrario no podrán ser consideradas para evaluar el presente requisito.
Observación: En Caso de Oferentes en Consorcio, El oferente líder deberá deberá sumar el 60% de la Experiencia y el 40% restante los demás
integrantes del Consorcio
a) Copia autenticada de contratos y/o facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida. |
b) Certificado de buen cumplimiento de los contratos o certificados de buen cumplimiento de las órdenes de compra correspondientes a los contratos y/o facturaciones y/o recepciones finales presentadas. |
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
a) El oferente deberá presentar una declaración jurada donde declare contar con la capacidad de producción y provisión de los bienes requeridos.
b) El oferente deberá presentar una declaración jurada donde declare que cumplirá con las Especificaciones Técnicas y con el plazo de entrega de los bienes.
c) Capacidad del personal: El oferente deberá presentar en carácter de declaración jurada el listado de Recursos Humanos a su cargo, con el Currículum Vitae de cada personal propuesto, acompañado de las documentaciones personales, 5 (cinco) personales registrados en IPS como mínimo a modo de determinar que la empresa cuente con la capacidad suficiente de mano de obra para cumplir con el plazo de entrega conforme a la cantidad de prendas requeridas.
d) Infraestructura: El oferente deberá contar indefectiblemente con un taller o salón de ventas donde desarrolle su actividad comercial, ya sea propio o alquilado (en este caso se deberá presentar copia autenticada del contrato de alquiler). A los efectos de comprobar que la misma se dedica al rubro de confecciones y venta de textiles, prendas de vestir, uniformes, etc, en forma principal. El Comité de evaluación podrá realizar la visita a los locales declarados por el oferente, a modo de determinar que efectivamente el mismo cuenta con el local (talleres o salón de ventas propio o alquilados). Además de la visita, el Comité se encuentra facultado a verificar cualquier
fuente pública o privada para determinar que los datos ofrecidos por los oferentes sean verdaderos y se correspondan con los declarados.
Para el cumplimiento del requisito, el oferente deberá presentar:
- Declaración Jurada de contar con taller o salón de ventas donde desarrolla su actividad comercial.
- Croquis de la ubicación del taller y salón de ventas en carácter de Declaración Jurada.
En caso de constatarse mediante la visita de que el taller o salón de ventas no corresponde al oferente, no existiese o se verifique que no se dedica de forma principal al objeto del presente llamado (textiles, provisión de uniformes, etc) la oferta será descalificada.
Observación: el requisito exigido no hace referencia a que el inmueble en donde esté asentado la firma proveedor deba ser propio, es decir el local en donde funcione el Taller o Salón de Venta, puede ser arrendado.
Lo que se busca con la exigencia es que se cuenta con Taller y salón de Venta, que sean propios de las empresas (marca Comercial) que se presente a concursar en el marco de la licitación y evitar con ello la posibilidad de vulnerabilidad del Pliego de Bases y Condiciones en cuanto a la tercerización.
e) El oferente deberá presentar una certificación del fabricante, representante o distribuidor del tejido donde declare que este cumple con las especificaciones técnicas, con carácter de declaración jurada.
f) El oferente deberá presentar la copia autenticada del título de propiedad (en caso de ser propio) o copia autenticada del contrato de alquiler (en caso de ser alquilado) del taller o salón de ventas donde el oferente desarrolla su actividad comercial.
g) El oferente deberá presentar, en el caso de los ítems 8 y 10, informe expedido por el INTN de ensayo de identificación y cuantificación de fibras.
Observación: En Caso de Oferentes en Consorcio, El oferente líder deberá deberá sumar el 60% de la Capacidad Técnica y el 40% restante los demás integrantes del Consorcio
a) Declaración jurada del oferente, donde declare contar con la capacidad de producción y provisión de los bienes requeridos. |
b) Declaración jurada del oferente donde declare que cumplirá con las Especificaciones Técnicas y con el plazo de entrega de los bienes. |
c) Capacidad de personal. |
d) Infraestructura: El oferente deberá contar indefectiblemente con un taller o salón de ventas donde desarrolle su actividad comercial, ya sea propio o alquilado (en este caso se deberá presentar copia autenticada del contrato de alquiler). A los efectos de comprobar que la misma se dedica al rubro de confecciones y venta de textiles, prendas de vestir, uniformes, etc, en forma principal. El Comité de evaluación podrá realizar la visita a los locales declarados por el oferente, a modo de determinar que efectivamente el mismo cuenta con el local (talleres o salón de ventas propio o alquilados). Además de la visita, el Comité se encuentra facultado a verificar cualquier fuente pública o privada para determinar que los datos ofrecidos por los oferentes sean verdaderos y se correspondan con los declarados. Para el cumplimiento del requisito, el oferente deberá presentar: - Declaración Jurada de contar con taller o salón de ventas donde desarrolla su actividad comercial. - Croquis de la ubicación del taller y salón de ventas en carácter de Declaración Jurada. En caso de constatarse mediante la visita de que el taller o salón de ventas no corresponde al oferente, no existiese o se verifique que no se dedica de forma principal al objeto del presente llamado (textiles, provisión de uniformes, etc) la oferta será descalificada. Observación: el requisito exigido no hace referencia a que el inmueble en donde esté asentado la firma proveedor deba ser propio, es decir el local en donde funcione el Taller o Salón de Venta, puede ser arrendado. Lo que se busca con la exigencia es que se cuenta con Taller y salón de Venta, que sean propios de las empresas (marca Comercial) que se presente a concursar en el marco de la licitación y evitar con ello la posibilidad de vulnerabilidad del Pliego de Bases y Condiciones en cuanto a la tercerización. |
e) El oferente deberá presentar una certificación del fabricante, representante o distribuidor del tejido, donde declare que este cumple con las especificaciones técnicas, con carácter de declaración jurada. |
f) Copia autenticada del título de propiedad (en caso de ser propio) o copia autenticada del contrato de alquiler (en caso de ser alquilado) del taller o salón de ventas donde el oferente desarrolla su actividad comercial. |
g) En el caso de los ítems 8 y 10, Presentar informe expedido por el INTN de ensayo de identificación y cuantificación de fibras. |
El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.
Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme a lo previsto en el Decreto reglamentario de la Ley de Contrataciones los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos licitatorios, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado - SIPE, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo, no siendo la inscripción una exigencia para participar en el proceso tradicional.