Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Capacidad Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de declaración jurada de acuerdo con el formulario de Garantía de Mantenimiento de oferta incluido en la Sección "Formularios". |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19. (**) NO APLICA |
6. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar - Sección Formularios (**) Obs.: Deberán presentar la constancia de no ser funcionario público |
7. Certificado de Cumplimiento Tributario (**) |
8. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
9. Documentos legales |
9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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9.3. Oferentes en Consorcio. |
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4.Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de oferta.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1) Para contribuyente de IRACIS - IRE GENERAL.
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los últimos años (2020 y 2021)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los últimos años (2020 y 2021)
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los en los últimos años (2020 y 2021), no deberá ser negativo.
2) Para contribuyentes de IRPC - IRE SIMPLE
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio en los últimos años (2020 y 2021), de los ejercicios fiscales requeridos.
3) Para contribuyentes de IRP - IRP RSP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los últimos años (2020 y 2021), incluyendo el último mes cerrado antes de la
apertura de sobres.
4) Contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los últimos 12 meses, cerrados al mes inmediato anterior a la Fecha de
Apertura, conforme al calendario perpetuo de la SET.
OBS.: Todos los integrantes del consorcio deberàn cumplir los requisitos financieros.
a. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la fecha de apertura. b. Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de años 2019, 2020 y 2021 para contribuyente de IRACIS - IRE GENERAL, conforme Resolución Nº 49/14 del Ministerio de Hacienda. c. Formulario 120 de los últimos 12 meses, cerrados al mes inmediato anterior a la Fecha de Apertura, conforme al calendario perpetuo de la SET., para contribuyentes sólo del IVA General. d- Formulario 106 y 501 de años 2019, 2020 y 2021 para contribuyentes del IRPC - IRE SIMPLE. e- Formulario 104 y 515 de los años 2019, 2020 y 2021 para contribuyentes del IRP - IRP RSP |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en provisión de alimentos con facturaciones de venta por un monto equivalente al 50% como mínimo del
monto total ofertado en la presente licitación, de los años 2020 y 2021.
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El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
1. La empresa oferente deberá contar como mínimo con un (01) local o Centro de Distribución propia o alquilada, el mismo deberá estar debidamente habilitado por la Municipalidad donde tributa o fija su domicilio comercial, la habilitación deberá estar al día al momento de la apertura de ofertas.
2. El oferente en el caso de no poseer local propio, el mismo deberá contar con un convenio de alquiler con una vigencia mínima de un año y que asegure el cumplimiento del Contrato desde su firma hasta el cumplimiento total de sus obligaciones, en caso de ser adjudicado.
3. Registro Sanitario de Producción del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semilla (SENAVE), vigente, (Solo para
importador y/o exportador de productos o sub productos de origen vegetal) de verduras, legumbres y frutas in natura.
4. Registro de Marca, en caso de que sea fabricante del producto ofertado.
5. Habilitación de vehículos, por lo menos de 01 (un) vehículo, destinado al transporte del producto expedido por el SENACSA,
vigente para el oferente que cotice productos: HUEVO Y LÁCTEOS.
6. Documento que demuestre ser Representante, Importador, Distribuidor Oficial o Sub distribuidor Oficial en el Paraguay de los productos ofertados.
7. Autorizaciones: En caso de ser Representante de la marca ofertada y la empresa oferente sea importadora, y/o distribuidora oficial en el Paraguay del bien o producto ofertado, deberá presentar Autorización del Fabricante.
8. Para Distribuidor: Autorización expedida por el representante para el Paraguay de la marca ofertada, y esta autorización deberá estar acompañada del documento que acredite la representación invocada.
9. Para los Fabricantes, registro de marca vigente al momento de la apertura y documento que demuestre de poseer la capacidad de producción para proveer la cantidad ofertada en el tiempo solicitado.
1. La empresa oferente deberá contar como mínimo con un (01) local o Centro de Distribución propia o alquilada, el mismo deberá estar debidamente habilitado por la Municipalidad donde tributa o fija su domicilio comercial, la habilitación deberá estar al día al momento de la apertura de ofertas. 4. Registro de Marca, en caso de que sea fabricante del producto ofertado. |
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
A los efectos de ajustarse a lo que establece el Decreto N° 9270 por la cual se establece la Modalidad Complementaria de Contratación denominada Proceso Simplificado para la Adquisición de Productos Agropecuarios de la Agricultura familiar y se fijan criterios para la realización de los procesos de contratación y selección aplicados para estas Adquisiciones. En ese sentido la convocante aplica el 10% para los siguientes items: 3, 6 y 16.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en la carta de invitación del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
Nota1: Conforme a lo previsto en el Decreto reglamentario de la Ley de Contrataciones los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos licitatorios, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado - SIPE, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo, no siendo la inscripción una exigencia para participar en el proceso tradicional.