Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 INTERCONEXIONES. DISPOSICIONES PARTICULARES. Teniendo en que lo establecido en la página 34 del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) específicamente en los numerales 7.7 “INTERCONEXIONES” y 7.7.1 “DISPOSICIONES PARTICULARES” que dicen: “…Se hará de tal forma a interrumpir el servicio en el menor tiempo posible, previa autorización de la Gerencia Comercial Gran Asunción y la Fiscalización; y se comunicará a los Usuarios afectados a la interrupción del servicio el día, la hora y el tiempo probable del corte de suministro. Una vez realizada la interconexión en el extremo se procederá al Flushing o limpieza de tubería antes de proceder a la interconexión del otro extremo…", considerando que en el PBC no se contemplan varios rubros que serán necesarios para la ejecución completa de los servicios licitados, solicitamos a la Convocante la inclusión de todos los rubros que serán necesarios dependiendo de cada caso particular, como ser: EMPALMES, COMO SER, EMPALME EN CAÑOS DE HF, ABESTO CEMENTO, PE, PVC e INTERCONEXION DE RAMALES. 09-10-2023 23-10-2023
12 Prórroga Solicitamos a la convocante conceda una prorroga de 30 días, para un mejor estudio de las ofertas. 11-10-2023 23-10-2023
13 “Requisito documental para evaluar la capacidad técnica.” Solicitamos a la convocante, considerar la adecuación de la CAPACIDAD TECNICA establecida en el PBC, específicamente en la página 14, donde dice: “Requisito documental para evaluar la capacidad técnica.” “Numeral 6. Declaración Jurada donde declare no haber recibido amonestación y/o apercibimiento y/o sanciones más de tres veces consecutivas en un mismo contrato, por parte de la ESSAP S.A.” Este requisito debe ser suprimido, debido a que viola abiertamente la constitución nacional y establece una inhabilidad para contratar que no está previsto en el Art. 40 de la Ley 2051/03. La convocante impone por esta vía una imposibilidad legal de participar en contra de los preceptos de la Ley de Contrataciones y de nuestra máxima ley constitucional. Pedimos se suprima el numeral 6, y la exigencia de la presentación de declaración jurada en razón de que viola el Art. 17 “De los derechos procesales”, donde clara y categóricamente señala que: “En el proceso penal, o en cualquier otro del cual pudiera derivarse pena o sanción, toda persona tiene derecho a: … 4. Que no se le juzgue más de una vez por el mismo hecho…” obviamente el requisito esta puesto para eliminar de la competencia a algún oferente especifico. Si una empresa fue sancionada, y cumplió con la pena, no se le puede establecer otra nueva sanción por el mismo hecho, de ser así sería arbitraria e inconstitucional e ilegal y contraria al espíritu de ley. Claramente el numeral 6, viola también el Art. 107 de la Constitución que garantiza la libre concurrencia, donde garantiza que:” Toda persona tiene derecho a dedicarse a la actividad económica licita de su preferencia, dentro de un régimen de igualdad de oportunidades...” En este caso en particular, se estaría impidiendo la competencia a los oferentes que por alguna razón tuvieron inconvenientes en la ejecución contractual con la convocante, sin mediar consideración alguna a las razones o motivos que pudieron ocasionar dicha situación, y estableciendo una doble sanción sobre el mismo hecho. Debe considerarse que la Ley 2051/03 solo permite la inhabilidad para contratar y presentar propuestas a las empresas que: “…; c) los oferentes, proveedores o contratistas que, por causas imputables a ellos mismos, se les hubiere rescindido administrativamente más de un contrato, dentro de un lapso de dos años calendario, contados a partir de la notificación de la primera rescisión. Dicho impedimento prevalecerá ante la propia Unidad Operativa de Contratación (UOC) durante dos años calendario, contados a partir de la notificación de la rescisión del segundo contrato; …” Es inconstitucional e ilegal que la convocante por vía del requisito de capacidad técnica inserte una nueva inhabilidad legal de participar en este llamado, y por tanto solicitamos se suprima el numeral 6, que consta en la pág. 14 del PBC. 12-10-2023 23-10-2023
14 Prórroga de entrega y apertura de ofertas Solicitamos a la convocante una prórroga para la entrega y apertura de ofertas de 15 de 30 días, para un mejor estudio de las condiciones de la licitación, lo que permitirá una mayor participación de oferentes. 12-10-2023 23-10-2023
15 Especificaciones Tecnicas y Reglamentos Contractuales - Capitulo 1 De las Dispocisiones Generales - LOTE Nº 3 Buenas tardes Con respecto a las Especificaciones Tecnicas y Reglamentos Contractuales - Capitulo 1 De las Dispocisiones Generales - LOTE Nº 3, mencionan el siguiente apartado "Los proveedores que tengan Contratos Vigentes para la Fabricación y Provisión de Accesorios Fundido, Tubos de PE, PVC, Galvanizados, Polipropileno y otros materiales que tengan relación a los Servid esta Licitación, no serán habilitados como proveedores de la Gerencia Comercial Gran Asunción." Consultamos cual es el requisito para fabricantes? 16-10-2023 23-10-2023
16 tipo de martillete El martillete con compresor de aire puede ser remplazado por martillete eléctrico? 19-10-2023 23-10-2023
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