Consulta
En el PBC, para el ítem Escáner
Solicitan:
“Velocidad de escaneo: 35 ppm/70 ipm2: 300 dpi blanco y negro, color, escalas de gris”
Solicitamos sean aceptados equipos con velocidad de escaneo de 30ppm/60ipm a 240 dpi blanco y negro, color, escalas de gris, aclarando que la diferencia es de 5ppm/10ipm, prácticamente imperceptible para los usuarios finales. La consulta es cursada de tal forma a no limitar la participación de potenciales oferentes, considerando que actualmente solo la marca Epson, modelo DS-1630 cumple la totalidad de las Especificaciones Técnicas, así también, cabe destacar que no hay justificación técnica para mantener dicho requerimiento.
“Velocidad de escaneo: 35 ppm/70 ipm2: 300 dpi blanco y negro, color, escalas de gris”
Solicitamos sean aceptados equipos con velocidad de escaneo de 30ppm/60ipm a 240 dpi blanco y negro, color, escalas de gris, aclarando que la diferencia es de 5ppm/10ipm, prácticamente imperceptible para los usuarios finales. La consulta es cursada de tal forma a no limitar la participación de potenciales oferentes, considerando que actualmente solo la marca Epson, modelo DS-1630 cumple la totalidad de las Especificaciones Técnicas, así también, cabe destacar que no hay justificación técnica para mantener dicho requerimiento.
REMITIRSE A LO ESTABLECIDO EN LA ADENDA N° 01/2023
2
Consulta - Especificaciones Tecnicas
Consulta
En el PBC, para el ítem Escáner
Solicitan:
“Modo de escaneo: RGB x 30 Bits”
Solicitamos sean aceptados equipos con modo de escaneo RGB x 24 bits, garantizando de igual forma la calidad de las imágenes escaneadas, el escáner solicitado corresponde a un segmento de oficina donde son procesados documentos administrativos, razón por la cual el requerimiento de RGB 24 Bits ya cumple con el requisito de calidad, cabe mencionar que modo de escaneo RGB 30 Bits es utilizado en un ambiente fotográfico y los archivos generados son extremadamente pesados, aspecto que podría perjudicar el espacio en disco de cada estación de trabajo y a la vez enlentecer la red. La consulta es cursada de tal forma a no limitar la participación de potenciales oferentes, considerando que actualmente solo la marca Epson, modelo DS-1630 cumple la totalidad de las Especificaciones Técnicas
Solicitamos sean aceptados equipos con modo de escaneo RGB x 24 bits, garantizando de igual forma la calidad de las imágenes escaneadas, el escáner solicitado corresponde a un segmento de oficina donde son procesados documentos administrativos, razón por la cual el requerimiento de RGB 24 Bits ya cumple con el requisito de calidad, cabe mencionar que modo de escaneo RGB 30 Bits es utilizado en un ambiente fotográfico y los archivos generados son extremadamente pesados, aspecto que podría perjudicar el espacio en disco de cada estación de trabajo y a la vez enlentecer la red. La consulta es cursada de tal forma a no limitar la participación de potenciales oferentes, considerando que actualmente solo la marca Epson, modelo DS-1630 cumple la totalidad de las Especificaciones Técnicas
REMITIRSE A LO ESTABLECIDO EN LA ADENDA N° 01/2023
3
Consulta - Especificaciones Tecnicas
En el PBC, para el ítem Escáner
Solicitan:
“Tipo de escáner: Digitalizador de documentos a color con cama plana”
Solicitamos a la convocante admitan el escáner de documentos con un accesorio de cama plana, una vez conectado funciona de forma unificada, prácticamente imperceptible para el usuario del escáner. Con esto también se garantiza el procesamiento de documentos encuadernados, hojas delicadas o cualquier otro tipo de documentos que desea procesar la institución en la cama plana. Este mecanismo inclusive es ventajoso para la institución, atendiendo que ahorraría espacio físico en caso que no sea necesario la utilización de la cama plana. La consulta es cursada de tal forma a no limitar la participación de potenciales oferentes, considerando que actualmente solo la marca Epson, modelo DS-1630 cumple la totalidad de las Especificaciones Técnicas
“Tipo de escáner: Digitalizador de documentos a color con cama plana”
Solicitamos a la convocante admitan el escáner de documentos con un accesorio de cama plana, una vez conectado funciona de forma unificada, prácticamente imperceptible para el usuario del escáner. Con esto también se garantiza el procesamiento de documentos encuadernados, hojas delicadas o cualquier otro tipo de documentos que desea procesar la institución en la cama plana. Este mecanismo inclusive es ventajoso para la institución, atendiendo que ahorraría espacio físico en caso que no sea necesario la utilización de la cama plana. La consulta es cursada de tal forma a no limitar la participación de potenciales oferentes, considerando que actualmente solo la marca Epson, modelo DS-1630 cumple la totalidad de las Especificaciones Técnicas
REMITIRSE A LO ESTABLECIDO EN LA ADENDA N° 01/2023
4
Consulta - Especificaciones Tecnicas
En el PBC, para el ítem Escáner
Solicitan:
“Interfaz: USB 3.0”
Solicitamos a la convocante admitan el escáner con interfaz USB 2.0, con esta interfaz ya es garantizada la transmisión de datos del escáner a las estaciones de trabajo. La consulta es cursada de tal forma a no limitar la participación de potenciales oferentes, considerando que actualmente solo la marca Epson, modelo DS-1630 cumple la totalidad de las Especificaciones Técnicas
Solicitamos a la convocante admitan el escáner con interfaz USB 2.0, con esta interfaz ya es garantizada la transmisión de datos del escáner a las estaciones de trabajo. La consulta es cursada de tal forma a no limitar la participación de potenciales oferentes, considerando que actualmente solo la marca Epson, modelo DS-1630 cumple la totalidad de las Especificaciones Técnicas
REMITIRSE A LO ESTABLECIDO EN LA ADENDA N° 01/2023
5
Con relacion a las especificaciones tecnicas del item 1 -
Solicitamos sean aceptados equipos con interfaz USB 2.0 de alta velocidad, ya que es compatible con mayor cantidad de dispositivos, de manera a no limitar a potenciales oferentes a participar en el llamado.
30-03-2023
31-03-2023
Con relacion a las especificaciones tecnicas del item 1 -
Solicitamos sean aceptados equipos con interfaz USB 2.0 de alta velocidad, ya que es compatible con mayor cantidad de dispositivos, de manera a no limitar a potenciales oferentes a participar en el llamado.
REMITIRSE A LO ESTABLECIDO EN LA ADENDA N° 01/2023
6
Con relación al plazo de entrega de los bienes -
Consultamos que el plazo de entrega de los bienes sea de 45 días hábiles contados a partir de la recepción de orden de compras por parte del proveedor, ya que son equipos de gran porte, los cuales tienen su proceso de importacion.
Consultamos que el plazo de entrega de los bienes sea de 45 días hábiles contados a partir de la recepción de orden de compras por parte del proveedor, ya que son equipos de gran porte, los cuales tienen su proceso de importacion.
Remitirse a lo establecido en el plan de entregas del PBC.
Cabe destacar que existen otras licitaciones con requerimiento de mayor cantidad de escáneres (todas adjudicadas) y con menor plazo de entrega a lo establecido por esta convocante:
*ID 421377*
Plazo de entrega: 10 días corridos
Cantidad de escáner: 13 (trece)
*ID 418662*
Plazo de entrega: 08 días hábiles
Cantidad de escáner: 05 (cinco)
*ID 411937*
Plazo de entrega: 10 días corridos
Cantidad de escáner: 10 (diez)
*ID 411536*
Plazo de entrega: 10 días hábiles
Cantidad de escáner: 07 (siete)
*ID 403173*
Plazo de entrega: 05 días hábiles
Cantidad de escáner: 07 (siete)
7
*-Especificaciones Técnicas
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ITEM 1 – ESCANER, Modo de escaneo, dice: “RGB x 30 Bits / 8 Bits en escala de gris”
Solicitamos que sean aceptados escáner con una profundidad de bits a color de 24 bits (8x3) como mínimo, considerando que este es el valor estandarizado en equipos con tecnología de digitalización con iluminación de ledes RGB y ampliamente aceptado entre los fabricantes de escáneres de documentos. Exigir valores no estandarizados de profundidad de bits la participación de un mayor número de marcas y potenciales oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido dentro del artículo Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ITEM 1 – ESCANER, Modo de escaneo, dice: “RGB x 30 Bits / 8 Bits en escala de gris”
Solicitamos que sean aceptados escáner con una profundidad de bits a color de 24 bits (8x3) como mínimo, considerando que este es el valor estandarizado en equipos con tecnología de digitalización con iluminación de ledes RGB y ampliamente aceptado entre los fabricantes de escáneres de documentos. Exigir valores no estandarizados de profundidad de bits la participación de un mayor número de marcas y potenciales oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido dentro del artículo Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
REMITIRSE A LO ESTABLECIDO EN LA ADENDA N° 01/2023
8
*-Especificaciones Técnicas
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ITEM 1 – ESCANER, Requerimiento de Sistema, dice: “Windows 7.8/8.1, 10, Mac OS X”
Solicitamos que sean aceptados escáner con soporte para sistemas operativos Windows 10 o superior, considerando que los sistemas operativos anteriores a este ya no cuentan con soporte técnico por parte de Microsoft, y tanto la asistencia técnica como las actualizaciones de software de Windows Update para proteger los equipos contra vulnerabilidades críticas ya no están disponibles para estos productos. Así también, solicitamos que el soporte para sistemas operativos Mac OS X sean ELIMINADO o considerado como OPCIONAL, debido a que no es un Sistema Operativo ampliamente utilizado como estación de captura, por lo que no es técnicamente indispensable.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ITEM 1 – ESCANER, Requerimiento de Sistema, dice: “Windows 7.8/8.1, 10, Mac OS X”
Solicitamos que sean aceptados escáner con soporte para sistemas operativos Windows 10 o superior, considerando que los sistemas operativos anteriores a este ya no cuentan con soporte técnico por parte de Microsoft, y tanto la asistencia técnica como las actualizaciones de software de Windows Update para proteger los equipos contra vulnerabilidades críticas ya no están disponibles para estos productos. Así también, solicitamos que el soporte para sistemas operativos Mac OS X sean ELIMINADO o considerado como OPCIONAL, debido a que no es un Sistema Operativo ampliamente utilizado como estación de captura, por lo que no es técnicamente indispensable.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
REMITIRSE A LO ESTABLECIDO EN LA ADENDA N° 01/2023
9
*-Especificaciones Técnicas
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ITEM 1 – ESCANER, Velocidad de escaneo, dice:
“35 ppm/70 ipm2: 300 dpi blanco y negro, color, escalas de gris”
Solicitamos que sean aceptados escáner con una velocidad de escaneo de 30 ppm/60 ipm, considerando que la diferencia con lo solicitado es mínima y éste es el valor estandarizado ára los escáneres de escritorio con volúmenes de producción como el solicitado en el presente llamado. De esta manera la convocante permitirá la participación de un mayor número de potenciales oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido dentro del artículo Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ITEM 1 – ESCANER, Velocidad de escaneo, dice:
“35 ppm/70 ipm2: 300 dpi blanco y negro, color, escalas de gris”
Solicitamos que sean aceptados escáner con una velocidad de escaneo de 30 ppm/60 ipm, considerando que la diferencia con lo solicitado es mínima y éste es el valor estandarizado ára los escáneres de escritorio con volúmenes de producción como el solicitado en el presente llamado. De esta manera la convocante permitirá la participación de un mayor número de potenciales oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido dentro del artículo Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
REMITIRSE A LO ESTABLECIDO EN LA ADENDA N° 01/2023
10
*-Plan de Entregas
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Plan de entrega de los bienes, Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes, dice:
“El bien deberá ser entregado dentro de los 10 (diez) días hábiles contados a partir de la recepción de orden de compras por parte del proveedor”
Solicitamos que el plazo de entrega de los bienes sea ampliado en al menos 30 (treinta) días hábiles contados a partir de la recepción de orden de compras por parte del proveedor considerando los prolongados períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipos que no se fabrican en nuestro país, y que continúan vigentes los efectos adversos a causa de la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, a lo que se suma la situación de los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania que afecta los procesos de tránsito y circuitos comerciales y logísticos a nivel internacional y que las importaciones desde China, origen de casi todos los componentes o equipos vinculados al objeto de este llamado se vean resentidas por atrasos que dificultan la normal producción del tipo de equipos solicitados tanto por falta de componentes, provocando serias alteraciones en las cadenas de suministros a nivel mundial, sobre lo cual todas las agencias de noticias a nivel mundial vienen informando.
Lo solicitado se cursa en virtud del Principio de Economía y eficiencia, establecido en el inciso a) del artículo 4° de la Ley 2051/03, el cual proclama que las convocantes deberán garantizar al estado las mejores condiciones contractuales en materia de calidad técnica y economía, en consonancia artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Plan de entrega de los bienes, Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes, dice:
“El bien deberá ser entregado dentro de los 10 (diez) días hábiles contados a partir de la recepción de orden de compras por parte del proveedor”
Solicitamos que el plazo de entrega de los bienes sea ampliado en al menos 30 (treinta) días hábiles contados a partir de la recepción de orden de compras por parte del proveedor considerando los prolongados períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipos que no se fabrican en nuestro país, y que continúan vigentes los efectos adversos a causa de la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, a lo que se suma la situación de los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania que afecta los procesos de tránsito y circuitos comerciales y logísticos a nivel internacional y que las importaciones desde China, origen de casi todos los componentes o equipos vinculados al objeto de este llamado se vean resentidas por atrasos que dificultan la normal producción del tipo de equipos solicitados tanto por falta de componentes, provocando serias alteraciones en las cadenas de suministros a nivel mundial, sobre lo cual todas las agencias de noticias a nivel mundial vienen informando.
Lo solicitado se cursa en virtud del Principio de Economía y eficiencia, establecido en el inciso a) del artículo 4° de la Ley 2051/03, el cual proclama que las convocantes deberán garantizar al estado las mejores condiciones contractuales en materia de calidad técnica y economía, en consonancia artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
Remitirse a lo establecido en el plan de entregas del PBC.
Cabe destacar que existen otras licitaciones con requerimiento de mayor cantidad de escáneres (todas adjudicadas) y con menor plazo de entrega a lo establecido por esta convocante:
*ID 421377*
Plazo de entrega: 10 días corridos
Cantidad de escáner: 13 (trece)
*ID 418662*
Plazo de entrega: 08 días hábiles
Cantidad de escáner: 05 (cinco)
*ID 411937*
Plazo de entrega: 10 días corridos
Cantidad de escáner: 10 (diez)
*ID 411536*
Plazo de entrega: 10 días hábiles
Cantidad de escáner: 07 (siete)
*ID 403173*
Plazo de entrega: 05 días hábiles
Cantidad de escáner: 07 (siete)
En ningún momento se puede afirmar que esta convocatoria está en contraposición al Principio de Igualdad y Libre Competencia