Fecha de Respuesta:
18-05-2023
Respuesta:
Favor ajustarse al PBC, que establece: "La Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá expedirse en un monto en la moneda de la oferta, Dólares Americanos, que no deberá ser inferior al porcentaje especificado en el SICP (5% cinco por ciento). El oferente puede adoptar cualquiera de las formas de instrumentación de las garantías dispuestas por las normativas vigentes". El art. 54 "Garantía de mantenimiento de oferta" del Decreto Reglamentario N° 2992/19 establece que:
"b) La garantía de mantenimiento de oferta adoptará alguna de las siguientes formas: 1. Garantía bancaria emitida por un banco establecido en la República del Paraguay que cuente con autorización del Banco Central del Paraguay, la que deberá ajustarse a las condiciones establecidas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). 2. Póliza de seguros emitida por una Compañía autorizada a operar y emitir pólizas de seguros de caución en la República del Paraguay y que cuente con suficiente margen de solvencia. La póliza deberá ajustarse a las condiciones establecidas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP)."