Considerando la complejidad técnica del servicio del seguro, para llevar a cabo de manera eficaz la contratación del mismo, la convocante deberá tomar las medidas necesarias para contar con una política de administración del riesgo y conocer básicamente los riesgos a asegurar. Deberá abarcar como mínimo, una descripción clara de los bienes, personas y locales.
La cobertura tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión. La lista de precios que se constituye en un anexo del formulario de ofertas, y éste último, deberán ser descargados del SICP, formando ambos un solo documento.
Los plazos deberán ser previstos cuidadosamente, teniendo en cuenta que la fecha y hora establecidas determinarán el momento desde el cual empiezan las obligaciones del asegurador.
Las coberturas licitadas deberán establecerse por lotes o ítems. Excepcionalmente, si la convocante adoptara el sistema de adjudicación por el total, ésta deberá contar con una justificación donde se exponga las razones de la conveniencia de adoptar dicho sistema.
La convocante deberá incluir en esta sección, mínimamente, información acerca de:
Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: “La cobertura de la póliza se regirá conforme al pliego de bases y condiciones y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en el mismo. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en el PBC”.
La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.
Nº |
CODIGO DE CAT. |
MÓVIL |
TIPO VEHICULO |
MARCA |
MODELO |
AÑO |
NUMERO DE CHASSIS |
Nº DE CHAPA |
1 |
84131503-001 |
309 |
AMBULANCIA U.T.I. |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2021 |
8AC907643ME189442 |
IGR 666 |
2 |
84131503-001 |
310 |
AMBULANCIA U.T.I. |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2021 |
8AC907643ME189444 |
IGR 667 |
3 |
84131503-001 |
311 |
AMBULANCIA U.T.I. |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2021 |
8AC907643ME189447 |
IGR 668 |
4 |
84131503-001 |
312 |
AMBULANCIA U.T.I. |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2021 |
8AC907643ME189547 |
IGR 665 |
5 |
84131503-001 |
313 |
AMBULANCIA U.T.I. |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2021 |
8AC907643ME189629 |
IGR 869 |
6 |
84131503-001 |
314 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2022 |
8AC907643NE212024 |
IIP 352 |
7 |
84131503-001 |
315 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2022 |
8AC907643NE212025 |
IIP 353 |
8 |
84131503-001 |
316 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2022 |
8AC907643NE212048 |
IIP 351 |
9 |
84131503-001 |
317 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2022 |
8AC907643NE212078 |
IIM 638 |
10 |
84131503-001 |
318 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2022 |
8AC907643NE212079 |
IIM 639 |
11 |
84131503-001 |
319 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2022 |
8AC907643NE212080 |
IIM 640 |
12 |
84131503-001 |
320 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2022 |
8AC907643NE212081 |
IIN 283 |
13 |
84131503-001 |
321 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2022 |
8AC907643NE212082 |
IIN 284 |
14 |
84131503-001 |
322 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2022 |
8AC907643NE212083 |
IIP 350 |
15 |
84131503-001 |
323 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2022 |
8AC907643ME189789 |
IGR 674 |
16 |
84131503-001 |
324 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2021 |
8AC907643PE214927 |
IGR 675 |
17 |
84131503-001 |
325 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2021 |
8AC907643PE213207 |
IIX 723 |
18 |
84131503-001 |
326 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2023 |
8AC907643PE213273 |
IIX 721 |
19 |
84131503-001 |
327 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2023 |
8AC907643PE213332 |
IIX 722 |
20 |
84131503-001 |
328 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2023 |
8AC907643PE213333 |
IIX 724 |
21 |
84131503-001 |
329 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2023 |
8AC907643PE213334 |
IIX 725 |
22 |
84131503-001 |
330 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2023 |
8AC907643PE213336 |
IJD 028 |
23 |
84131503-001 |
331 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2023 |
8AC907643PE213395 |
IIX 720 |
24 |
84131503-001 |
332 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2023 |
8AC907643PE214924 |
IJD 029 |
25 |
84131503-001 |
333 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2023 |
8AC907643ME189788 |
IJD 032 |
26 |
84131503-001 |
334 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2021 |
8AC907643ME188820 |
IGR 669 |
27 |
84131503-001 |
335 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2023 |
8AC907643PE213335 |
IJD 027 |
28 |
84131503-001 |
336 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2021 |
8AC907643ME189393 |
IGR 670 |
29 |
84131503-001 |
337 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2023 |
8AC907643PE214925 |
IJD 030 |
30 |
84131503-001 |
338 |
AMBULANCIA CONVENCIONAL |
M BENZ |
SPRINTER F-3665 416 CDI |
2023 |
8AC907643PE214926 |
IJD 031 |
Para la evaluación de las coberturas sobre los riesgos en el uso de las ambulancias se deberá tener en cuenta las Normas y Leyes vigentes de Tránsito y Seguridad Vial.
1.2. REINTEGRO O INDEMNIZACIÓN: La Compañía en caso de daños deberá reparar, reintegrar o reemplazar el vehículo hasta el 100% (cien por ciento) del capital asegurado. El capital asegurado por cada unidad es el precio adjudicado en la licitación 402070 menos el 10% de cada precio adjudicado, coniderando la depreciación del valor de los vehículos por el transcurso del tiempo.
2. RESPONSABILIDAD CIVIL:
2.1. RIESGO CUBIERTO: La Póliza de Seguro deberá garantizar el pago de toda indemnización que tuviera que realizar el Instituto de Previsión Social por su responsabilidad civil por daños personales y/o materiales causados a terceros ocasionados por el vehículo asegurado o por carga transportada por el mismo vehículo.
2.2. INDEMNIZACIÓN: El pago de las indemnizaciones deberá estar sujeta a los siguientes términos:
3. ACCIDENTES PERSONALES DE OCUPANTES DE VEHICULOS:
3.1 RIESGO CUBIERTO: La Póliza debe cubrir el pago de las indemnizaciones, en el caso de que las personas transportadas en el vehículo asegurado sufran lesiones corporales, invalidez permanente o muerte, como consecuencia de una accidente que involucre al vehículo asegurado.
3.2. INDEMNIZACIONES: En caso de muerte e incapacidad permanente a consecuencia del accidente del conductor y/o acompañante, hasta 50.000.000 por cada uno y obligatoriamente para todos los asientos o cantidad de ocupantes del vehículo. Asistencia médica o gastos médicos al conductor y/o acompañante, hasta la suma de Gs. 7.500.000 por cada uno y obligatoriamente para todos los asientos o cantidad de ocupantes del vehículo.
3.3. ESCALA DE INDEMNIZACIONES EN CASO DE MUERTE O INCAPACIDAD PERMANENTE: La indemnización será determinada según siguiente escala:
1. MUERTE O INCAPACIDAD TOTAL DE POR VIDA FISICO O MENTAL |
INDEMNIZACION MAXIMA |
2. PERDIDA DE AMBAS MANOS O AMBOS PIES O LA VISTA DE AMBOS OJOS |
INDEMNIZACION MAXIMA |
3. PERDIDA TOTAL DE LA AUDICION DE AMBOS OIDOS |
80% DE LA INDEMNIZACION MAXIMA |
4. PERDIDA TOTAL DE UNA PIERNA O UN PIE |
80% DE LA INDEMNIZACION MAXIMA |
5. PERDIDA TOTAL DE UN SENTIDO O UN ORGANO NO ESPECIFICADO |
50% DE LA INDEMNIZACION MAXIMA |
6. PERDIDA TOTAL DE LA VISTA DE UN OJO |
50% DE LA INDEMNIZACION MAXIMA |
7 DEFORMACION DEL ROSTRO, HASTA |
50% DE LA INDEMNIZACION MAXIMA |
8. DEBILITAMIENTO PERMANETE DE UN ORGANO O DE UN SENTIDO NO ESPECIFICADO |
35 % DE LA INDEMNIZACION MAXIMA |
9. PERDIDA TOTAL DEL PULGAR Y EL INDICE DE CUALQUIERA DE LAS MANOS |
25% DE LA INDEMNIZACION MAXIMA |
10. PERDIDA TOTAL DEL PULGAR DE CUALQUIERA DE LAS MANOS |
20% DE LA INDEMNIZACION MAXIMA |
11. PERDIDA TOTAL DE CUALQUIERA DE LOS DEMAS DEDOS DE LAS MANOS |
12,5% DE LA INDEMNIZACION MAXIMA |
12. PERDIDA TOTAL DE CUALQUIERA DE LOS DEDO DE UN PIE |
5% DE LA INDEMNIZACION MAXIMA |
4. ACCESORIOS
4.1. Accesorios y equipos de Ambulancia Convencional como camilla, silla de ruedas, balón de oxígeno, muebles porta medicamentos, etc. Hasta Gs. 5.000.000, hasta un evento por año y por vehículo.-
4.2. Accesorios y equipos de Ambulancia de terapia camilla, silla de ruedas, balón de oxígeno, muebles porta medicamentos, incubadora, monitor cardiaco, desfibrilador, ventilador pulmonar, etc. hasta Gs. 300.000.000, hasta un evento por año y por vehículo.-
4.3. Radio y antena, hasta Gs. 500.000, un evento por año hasta un evento por año y por vehículo.-
4.4. Acondicionador de Aire, hasta Gs. 2.000.000, hasta un evento por año y por vehículo.-
4.5. Ruedas de auxilio, hasta gs. 1.000.000, hasta un evento por año y por vehículo.-
4.6. Otros Accesorios (Busca huellas, Anti vuelcos, herramientas), hasta 500.000, un hasta un evento por año y por vehículo.-
5. SERVICIOS ADICIONALES SIN COSTO:
5.1. Cobertura de grúa para auxilio a TODOS LOS VEHICULOS ASEGURADOS las 24 horas EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA, con asistencia de mecánica ligera.
5.2. Este servicio debe ser inmediato a la solicitud de Jefe del Departamento de Transporte y las personas debidamente autorizadas por el Instituto de Previsión Social Jefatura del Departamento de Transporte
6. PLAN DE ENTREGA:
La/s póliza/s deberán ser entregada dentro de los 10 días corridos de la firma del Contrato. La firma del Contrato se equiparará a la orden de entrega de la Póliza.
7. COBERTURA DEL SEGURO: Iniciará desde las 00:00 del tercer día corrido a la fecha de la firma del Contrato.
Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:
NO APLICA
Sr. Gustavo Paredes jefe Departamento de Transporte dependiente de la Dirección de Servicios Administrativos.
La contratación de Servicios de Seguro contra todo Riesgo para los Móviles del IPS es una contratación que ayuda a la cobertura de seguro de las 30 Ambulancias (25 convencionales y 5 UTI) en estado activo para los diversos servicios que deben realizar las distintas dependencias que cuentan con dichos móviles.
Se trata de llamados periódicos atendiendo las diferentes necesidades o situaciones que requieren cada móvil. Normalmente tiene una vigencia de 12 meses.
Son las especificaciones técnicas básicas solicitadas en los llamados de Contratación de Seguros contra todo Riesgo para los Móviles de acuerdo a las características de los mismos.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
NO APLICA.
La aseguradora que haya ganado la licitación, dentro del plazo de 30 días corridos desde la emisión de la póliza, deberá realizar una capacitación al área encargada de gestionar el contrato de seguros, explicando de qué se trata el riesgo cubierto, las cargas del asegurado, medios de comunicaciones aplicados para la agravación del riesgo y la denuncia del siniestro, plazos legales y condiciones contractuales establecidos por las partes.
Esta capacitación deberá realizarse en el lugar indicado por la convocante, tener una duración de entre 40 a 120 minutos (De una a tres horas cátedras) y al finalizar quedará constancia de ella en un documento comprobatorio (Acta o certificado y lista de asistencia).
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Serán presentados: 1 (un) Acta Recepción por cada Lote
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Orden de Entrega |
Acta de Recepción |
Será de 20 (veinte) días hábiles a partir de la fecha de recepción de la Orden de Entrega |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Empresas coaseguradoras. |
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