solicitamos respetuosamente extender el mismo a 90 días, teniendo en cuenta que se trata de una gran cantidad de equipos y el 90% de los proveedores no cuenta con esa cantidad en su stock, especialmente para negocios como la licitación de referencia que solicitan requerimientos específicos, obliga a incurrir en una importación, lo cual está asociado a plazos logísticos y de trámites aduaneros. De esta forma podrían dar la posibilidad a más oferentes de presentar su oferta. Y como es de público conocimiento, debido a la Pandemia Covid-19, la cadena de suministro y logística se ve afectada, por lo que se puede incurrir en retrasos que escapan de las manos de los oferentes.
solicitamos respetuosamente extender el mismo a 90 días, teniendo en cuenta que se trata de una gran cantidad de equipos y el 90% de los proveedores no cuenta con esa cantidad en su stock, especialmente para negocios como la licitación de referencia que solicitan requerimientos específicos, obliga a incurrir en una importación, lo cual está asociado a plazos logísticos y de trámites aduaneros. De esta forma podrían dar la posibilidad a más oferentes de presentar su oferta. Y como es de público conocimiento, debido a la Pandemia Covid-19, la cadena de suministro y logística se ve afectada, por lo que se puede incurrir en retrasos que escapan de las manos de los oferentes.
El plazo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, obedece a una necesidad perentoria en contar con los equipos solicitados a fin de sustituir los que ya no funcionan y están fuera de operatividad, en dependencias muy importantes que requieren con urgencia de nuevos equipos para realizar sus actividades. Por lo cual no es posible modificar dicho plazo de entrega. Ajustarse a lo establecido en el PBC.
2
/* Especificaciones técnicas
En el pliego de bases y condiciones en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS / Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas se solicita:
LOTE N°2
ITEM 1 - Computadoras personales (PC) de escritorio TIPO 2 - Estándar MITIC (VERSIÓN 3)
Sin embardo, las especificaciones técnicas en la planilla del SICP dentro del LOTE Nº2 Ítem 1 corresponden a la versión 4 de las especificaciones técnicas estándar de la MITIC, generando una discrepancia entre lo solicitado en el pliego y lo solicitado en la planilla del SICP.
Al respecto, se solicita a la convocante aclarar si las especificaciones técnicas a tener en cuenta para el ítem 1 del Lote nº 2 serán las especificaciones estándar versión 3 solicitadas es el PBC o serán las especificaciones estándar versión 4 solicitadas en el SICP, a fin de no generar confusiones dentro del proceso de evaluación de las ofertas y de evitar que el proceso sea anulado por irregular.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de afianzar los términos del pliego de una manera concisa, clara y transparente, lo cual permitirá crear un marco amplio de participación sin que existan variables que desalienten la competitividad del proceso, pudiendo los oferentes ofertar de manera adecuada, al amparo del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante , teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el pliego de bases y condiciones en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS / Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas se solicita:
LOTE N°2
ITEM 1 - Computadoras personales (PC) de escritorio TIPO 2 - Estándar MITIC (VERSIÓN 3)
Sin embardo, las especificaciones técnicas en la planilla del SICP dentro del LOTE Nº2 Ítem 1 corresponden a la versión 4 de las especificaciones técnicas estándar de la MITIC, generando una discrepancia entre lo solicitado en el pliego y lo solicitado en la planilla del SICP.
Al respecto, se solicita a la convocante aclarar si las especificaciones técnicas a tener en cuenta para el ítem 1 del Lote nº 2 serán las especificaciones estándar versión 3 solicitadas es el PBC o serán las especificaciones estándar versión 4 solicitadas en el SICP, a fin de no generar confusiones dentro del proceso de evaluación de las ofertas y de evitar que el proceso sea anulado por irregular.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de afianzar los términos del pliego de una manera concisa, clara y transparente, lo cual permitirá crear un marco amplio de participación sin que existan variables que desalienten la competitividad del proceso, pudiendo los oferentes ofertar de manera adecuada, al amparo del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante , teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Las especificaciones técnicas a ser utilizadas es la Versión 4 del estándar MITIC, tanto para el Lote N° 1 y Lote N° 2.
3
/*Muestras, Lote 5
En el PBC, en la sección de DATOS DE LA LICITACION, en el apartado MUESTRAS, se solicita:
Las muestras deberán ser entregadas en el día de la Apertura de Ofertas o 24 horas posteriores al Acto de Apertura, en el lugar y hora fijado en el sistema de información de Contrataciones Públicas, las mismas deben estar acompañado de una nota detallando los ítems entregados. La falta de presentación de las muestras solicitadas al momento de la Apertura de Ofertas será causal de descalificación de la oferta.
Las muestras deberán ser presentadas en sus correspondientes cajas originales. Criterio de evaluación a ser considerados, indicando las inspecciones y prueba a aplicar:
El comité de evaluación verificará las muestras a fin de determinar si los bienes se adecuan a las Especificaciones Técnicas requeridas, mediante un informe técnico de la Dirección de TICs
Al respecto, se solicita a la Convocante, que las muestras solicitadas para los ítems del Lote 5 sean eliminadas o consideradas de manera opcional debido a que con la presentación de los catálogos ya se podrá corroborar el cumplimento de las especificaciones técnicas que se solicita en cada ítem..
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección de DATOS DE LA LICITACION, en el apartado MUESTRAS, se solicita:
Las muestras deberán ser entregadas en el día de la Apertura de Ofertas o 24 horas posteriores al Acto de Apertura, en el lugar y hora fijado en el sistema de información de Contrataciones Públicas, las mismas deben estar acompañado de una nota detallando los ítems entregados. La falta de presentación de las muestras solicitadas al momento de la Apertura de Ofertas será causal de descalificación de la oferta.
Las muestras deberán ser presentadas en sus correspondientes cajas originales. Criterio de evaluación a ser considerados, indicando las inspecciones y prueba a aplicar:
El comité de evaluación verificará las muestras a fin de determinar si los bienes se adecuan a las Especificaciones Técnicas requeridas, mediante un informe técnico de la Dirección de TICs
Al respecto, se solicita a la Convocante, que las muestras solicitadas para los ítems del Lote 5 sean eliminadas o consideradas de manera opcional debido a que con la presentación de los catálogos ya se podrá corroborar el cumplimento de las especificaciones técnicas que se solicita en cada ítem..
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
Se solicita muestras de los equipos de manera a que la Dirección de TICs de la Institución, realice pruebas e inspecciones de los mismos de manera a corroborar el cumplimiento de las especificaciones técnicas solicitadas.
En caso de que el oferente que presente la muestra y no sea adjudicado, los mismos se devolverán íntegramente, en el plazo indicado en el PBC.
Ajustarse a lo establecido en el PBC.
4
/*Sistema de Adjudicación
En el SICP, dentro del apartado, Sistema de adjudicación, menciona:
Por Lote.
Al respecto, solicitamos de manera respetuosa a la Convocante, que el sistema de adjudicación para el Lote 5 sea por ítems, consideramos que una modificación de este tipo debe ser tomada como una oportunidad de mejora para los planes del llamado, pues al permitir una mayor afluencia de ofertantes, también se abre la puerta a la convocante para acceder una variedad más rica en ofertas dentro del universo de productos que existen para este segmento.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el SICP, dentro del apartado, Sistema de adjudicación, menciona:
Por Lote.
Al respecto, solicitamos de manera respetuosa a la Convocante, que el sistema de adjudicación para el Lote 5 sea por ítems, consideramos que una modificación de este tipo debe ser tomada como una oportunidad de mejora para los planes del llamado, pues al permitir una mayor afluencia de ofertantes, también se abre la puerta a la convocante para acceder una variedad más rica en ofertas dentro del universo de productos que existen para este segmento.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
Esta convocante no considera que sea limitante la adjudicación por Lotes, en años anteriores se utilizó el mismo sistema de adjudicación, presentándose varios potenciales oferentes.
Evidenciando con ello, que si es posible la participación de varios oferentes, el mismo facilitara a la Convocante la decisión de optar por la oferta más conveniente.
Favor remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
5
/*Plazo de Entrega
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, en el apartado Plan de Entrega de los Bienes, se solicita:
Plazo de entrega: 05 días calendarios, contando a partir de la firma y recepción de la orden de compra por parte del proveedor.
Al respecto, y en vista a eventos de fuerza mayor que acompañan la producción internacional de equipos tecnológicos y electrónicos, solicitamos a la Convocante extender en al menos 60 (sesenta) días hábiles, el plazo para la entrega de los Bienes para los ítems del Lote 5, contados a partir de la fecha de la recepción de la Orden de Compra, considerando los períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipamientos que no se fabrican en nuestro país, y atendiendo además a que continúan vigentes las secuelas derivadas de la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid 19, a lo que se suma la persistente situación de los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania con la afectación internacional que ello conlleva, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la disponibilidad de componentes en el mercado mundial, y que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se están viendo significativamente afectados por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc., de lo cual la prensa internacional viene desde hace semanas haciéndose eco.
Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, en observancia de la economía y la eficiencia que se busca, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido dentro del artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud , esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, en el apartado Plan de Entrega de los Bienes, se solicita:
Plazo de entrega: 05 días calendarios, contando a partir de la firma y recepción de la orden de compra por parte del proveedor.
Al respecto, y en vista a eventos de fuerza mayor que acompañan la producción internacional de equipos tecnológicos y electrónicos, solicitamos a la Convocante extender en al menos 60 (sesenta) días hábiles, el plazo para la entrega de los Bienes para los ítems del Lote 5, contados a partir de la fecha de la recepción de la Orden de Compra, considerando los períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipamientos que no se fabrican en nuestro país, y atendiendo además a que continúan vigentes las secuelas derivadas de la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid 19, a lo que se suma la persistente situación de los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania con la afectación internacional que ello conlleva, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la disponibilidad de componentes en el mercado mundial, y que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se están viendo significativamente afectados por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc., de lo cual la prensa internacional viene desde hace semanas haciéndose eco.
Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, en observancia de la economía y la eficiencia que se busca, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido dentro del artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud , esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
El plazo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, obedece a una necesidad perentoria en contar con los equipos solicitados a fin de sustituir los que ya no funcionan y están fuera de operatividad, en dependencias muy importantes que requieren con urgencia de nuevos equipos para realizar sus actividades. Por lo cual no es posible modificar dicho plazo de entrega. Ajustarse a lo establecido en el PBC.
6
/*Lote 5, ítem 1-UPS de 800VA
En el PBC, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, se solicita:
Ítem 1- Rango de voltaje -30% +25%.
Al respecto se solicita a la Convocante que sea aceptado rango de voltaje +10 a -10V, teniendo en cuenta que es el rango típico estandarizado por la mayoría de los fabricantes de equipamientos de UPS en el mercado, incluyendo marcas reconocidas como Schneider-APC, Vertiv, Eaton, VCP, etc, esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes dentro del proceso licitatorio.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, se solicita:
Ítem 1- Rango de voltaje -30% +25%.
Al respecto se solicita a la Convocante que sea aceptado rango de voltaje +10 a -10V, teniendo en cuenta que es el rango típico estandarizado por la mayoría de los fabricantes de equipamientos de UPS en el mercado, incluyendo marcas reconocidas como Schneider-APC, Vertiv, Eaton, VCP, etc, esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes dentro del proceso licitatorio.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, se solicita:
Ítem 1 - salida nema: 4 con respaldo AVR y 4 estabilizadores como mínimo.
Al respecto, se solicita a la convocante que también sean aceptadas ups con 4 salidas del tipo IEC-320-C13 o Euroamericana, atendiendo a que se trata de EETT estandarizadas técnicamente para el tipo de equipo solicitado y se encuentra dentro del rango característico para las ups. De esta forma, se estará posibilitando asimismo la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, se solicita:
Ítem 1 - salida nema: 4 con respaldo AVR y 4 estabilizadores como mínimo.
Al respecto, se solicita a la convocante que también sean aceptadas ups con 4 salidas del tipo IEC-320-C13 o Euroamericana, atendiendo a que se trata de EETT estandarizadas técnicamente para el tipo de equipo solicitado y se encuentra dentro del rango característico para las ups. De esta forma, se estará posibilitando asimismo la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el Pliego de Bases y Condiciones, MUESTRAS dice:
Las muestras deberán ser entregadas en el día de la Apertura de Ofertas o 24 horas posteriores al Acto de Apertura
Solicitamos a la institución que el requisito de presentación de Muestras sea excluido de los requisitos del PBC o en su reemplazo que sea exigido la presentación de Declaración Jurada donde se observe la Planilla de Datos Garantizados, debidamente completadas y firmadas conforme al formato establecido en la Sección de Suministros requeridos Especificaciones Técnicas (considerado como documento sustancial, para la evaluación técnica y debe ser presentada en el Acto de Apertura). Deberán detallar el número de página del catálogo donde se cumple con el requerimiento; la falta de información clara y precisa será motivo de descalificación (conforme catálogo y lo declarado en planilla).
Teniendo en cuenta que para los Lotes N° 1 y 2 se solicitan equipos conforme al nuevo Dictamen 711/2022 de la MITIC, cabe destacar que estas actualizaciones de especificaciones técnicas fueron publicadas por la DNCP en enero de este año, y desde su publicación, las grandes marcas han realizado el proceso de Fabricación de los equipos que se adecuen a dichos requerimientos, por lo que a la fecha no se cuenta con equipos en el mercado que se ajusten a estos.
Por lo tanto, de mantenerse este requisito, se estaría limitando la participación de potenciales marcas tales como HP, Lenovo, Acer y será beneficiado únicamente la marca DELL, no existiendo una competencia en igualdad en condiciones con las otras marcas que se encuentran en transito en nuestro país y al ser modificado por DDJJ, la convocante tendrá una competencia real en precios y mejores condiciones para el estado en ahorro de costos y uno numero mayor de empresas participantes.
En el Pliego de Bases y Condiciones, MUESTRAS dice:
Las muestras deberán ser entregadas en el día de la Apertura de Ofertas o 24 horas posteriores al Acto de Apertura
Solicitamos a la institución que el requisito de presentación de Muestras sea excluido de los requisitos del PBC o en su reemplazo que sea exigido la presentación de Declaración Jurada donde se observe la Planilla de Datos Garantizados, debidamente completadas y firmadas conforme al formato establecido en la Sección de Suministros requeridos Especificaciones Técnicas (considerado como documento sustancial, para la evaluación técnica y debe ser presentada en el Acto de Apertura). Deberán detallar el número de página del catálogo donde se cumple con el requerimiento; la falta de información clara y precisa será motivo de descalificación (conforme catálogo y lo declarado en planilla).
Teniendo en cuenta que para los Lotes N° 1 y 2 se solicitan equipos conforme al nuevo Dictamen 711/2022 de la MITIC, cabe destacar que estas actualizaciones de especificaciones técnicas fueron publicadas por la DNCP en enero de este año, y desde su publicación, las grandes marcas han realizado el proceso de Fabricación de los equipos que se adecuen a dichos requerimientos, por lo que a la fecha no se cuenta con equipos en el mercado que se ajusten a estos.
Por lo tanto, de mantenerse este requisito, se estaría limitando la participación de potenciales marcas tales como HP, Lenovo, Acer y será beneficiado únicamente la marca DELL, no existiendo una competencia en igualdad en condiciones con las otras marcas que se encuentran en transito en nuestro país y al ser modificado por DDJJ, la convocante tendrá una competencia real en precios y mejores condiciones para el estado en ahorro de costos y uno numero mayor de empresas participantes.
Se solicita muestras de los equipos de manera a que la Dirección de TICs de la Institución, realice pruebas e inspecciones de los mismos de manera a corroborar el cumplimiento de las especificaciones técnicas solicitadas.
En caso de que el oferente que presente la muestra y no sea adjudicado, los mismos se devolverán íntegramente, en el plazo indicado en el PBC.
Ajustarse a lo establecido en el PBC.
9
Especificaciones Tecnicas
Solicitamos a la institución actualizar las especificaciones técnicas del Lote N° 3 Notebook Tipo 3 Básico y Lote N° 4 Notebook Tipo 2 Intermedia al nuevo estándar de equipos informáticos conforme a la Resolución DNCP N° 4704/22 donde te establece la UTILIZACIÓN OBLIGATORIA DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESTÁNDARES PARA COMPRAS PÚBLICAS DE EQUIPOS INFORMÁTICOS APROBADAS POR LA RESOLUCIÓN MITIC N° 711/22 considerando que las especificaciones técnicas se encuentran desfasadas desde el año 2016 y las marcas ya no cuentan con equipos que se adecuen a dichos requerimientos, como por ejemplo las celdas de batería, la tecnología actual cuenta con 3 celdas con autonomía superior a 10 horas de uso continuo, así también la actualización al nuevo estándar será beneficioso para la institución ya que contara con equipos de fabricación reciente, rendimiento y performance de última generación y disponibilidad de repuesto por 10 años más adelante. De mantenerse lo solicitado perjudicará a la institución y al patrimonio del estado ya que permitirá equipos desactualizados y fuera de producción.
Solicitamos a la institución actualizar las especificaciones técnicas del Lote N° 3 Notebook Tipo 3 Básico y Lote N° 4 Notebook Tipo 2 Intermedia al nuevo estándar de equipos informáticos conforme a la Resolución DNCP N° 4704/22 donde te establece la UTILIZACIÓN OBLIGATORIA DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESTÁNDARES PARA COMPRAS PÚBLICAS DE EQUIPOS INFORMÁTICOS APROBADAS POR LA RESOLUCIÓN MITIC N° 711/22 considerando que las especificaciones técnicas se encuentran desfasadas desde el año 2016 y las marcas ya no cuentan con equipos que se adecuen a dichos requerimientos, como por ejemplo las celdas de batería, la tecnología actual cuenta con 3 celdas con autonomía superior a 10 horas de uso continuo, así también la actualización al nuevo estándar será beneficioso para la institución ya que contara con equipos de fabricación reciente, rendimiento y performance de última generación y disponibilidad de repuesto por 10 años más adelante. De mantenerse lo solicitado perjudicará a la institución y al patrimonio del estado ya que permitirá equipos desactualizados y fuera de producción.
Por cuestiones presupuestarias, como convocante optamos para dicho ítem por la Versión 3 del estándar MITIC, atendiendo que las mismas cumplirían de igual manera con las necesidades institucionales.
10
PLAZO
En el Pliego de Bases y Condiciones, Plan de entrega de los bienes indica para todos los lotes: "El plazo de entrega será 05 (cinco) días calendario, contados a partir de la recepción de la orden de compra por parte del proveedor"
Solicitamos a la convocante ampliar el plazo de entrega a como mínimo 60 (sesenta) días corridos contados a partir del día siguiente de la recepción de la Orden de compra, considerando que los bienes solicitados obligan a realizar los trámites de importación y de no darse la ampliación se estaría limitando la participación de potenciales oferentes y direccionado a un oferente que ya cuenta en su inventario.
En el Pliego de Bases y Condiciones, Plan de entrega de los bienes indica para todos los lotes: "El plazo de entrega será 05 (cinco) días calendario, contados a partir de la recepción de la orden de compra por parte del proveedor"
Solicitamos a la convocante ampliar el plazo de entrega a como mínimo 60 (sesenta) días corridos contados a partir del día siguiente de la recepción de la Orden de compra, considerando que los bienes solicitados obligan a realizar los trámites de importación y de no darse la ampliación se estaría limitando la participación de potenciales oferentes y direccionado a un oferente que ya cuenta en su inventario.
El plazo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, obedece a una necesidad perentoria en contar con los equipos solicitados a fin de sustituir los que ya no funcionan y están fuera de operatividad, en dependencias muy importantes que requieren con urgencia de nuevos equipos para realizar sus actividades. Por lo cual no es posible modificar dicho plazo de entrega. Ajustarse a lo establecido en el PBC.